Santiago, 25 de agosto de 2020
HECHO ESENCIAL
POTASIOS DE CHILE S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 1086
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Señor Presidente,
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10 de la Ley
de Mercado de Valores y en la Norma de Carácter General N* 30 de la Comisión para el
Mercado Financiero, informo a usted, en carácter de hecho esencial de Potasios de Chile-S.A.
(en adelante la “Sociedad”), lo siguiente:
Ayer la Sociedad suscribió un contrato de crédito con Banco BTG Pactual Chile (en adelante
“BTG”), en virtud del cual BTG otorgó a la Sociedad un préstamo por la suma de US$
21.000.000 (en adelante el “Préstamo”). El capital del Préstamo se amortizará en tres cuotas
de distinto valor, la primera el 24 de febrero de 2022, la segunda el 24 de agosto del mismo
año y la tercera el 24 de febrero de 2023. El Préstamo devenga intereses a una tasa fija de
5,25% anual, los que se pagarán semestralmente.
Los fondos obtenidos se destinarán al refinanciamiento de pasivos de la Sociedad, incluyendo
el refinanciamiento de los siguientes pasivos que la Sociedad mantiene con BTG: (1)
préstamo por US$ 6.000.000, con vencimiento en noviembre de 2020, y (ii) préstamo por el
equivalente a US$5.000.000, con vencimiento en enero de 2021.
El Préstamo está garantizado con prenda sobre acciones serie A, emitidas por Sociedad
Química y Minera de Chile S.A. (“SQM”), obligándose la Sociedad a mantener una relación
de cobertura garantía/deuda sobre acciones serie A y/o serie B de SQM, entre el 175% y el
150%, en los términos establecidos en el referido contrato de crédito.
Dicho contrato de crédito contiene una cláusula de cross-default con obligaciones de terceros,
que, en síntesis, consiste en que BTG podrá hacer exigible anticipadamente el total de las
sumas que se les adeudan en virtud de dicho contrato de crédito, considerándose en tal evento
el total de dichas obligaciones como de plazo vencido y actualmente exigibles, si cualquiera
de las sociedades Inversiones SOYA SpA, Norte Grande S.A., Sociedad de Inversiones Oro
Blanco S.A., Nitratos de Chile S.A., Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A. o SQM,
cesare en el pago de alguna obligación financiera, contraída ya sea con BTG o con terceros,
o se hiciere exigible anticipadamente alguna obligación de una cualquiera de las sociedades
antes mencionadas, ya sea por aceleración o por cualquier otra causa, por un monto total
igual o superior a US$ 10.000.000.-Eo-anterior, en,la medida que dicha situación no sea
solucionada dentro del plazo acoídado al efecto. / Y
, UA
MN
Sin otro particular, le saluda atentamente,
c.c: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Corredores de Chile.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=5fd418888116a6ec199a0203c397e454VFdwQmVVMUVRVFJOUkUwelRWUnJNRTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108