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POTASIOS DE CHILE S.A. 2012-06-28 T-17:21

P

Santiago, 28 de junio de 2012.

Señor

Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
PRESENTE

REF.: COMUNICA HECHO ESENCIAL
POTASIOS DE CHILE S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE VALORES N* 1086

Ref.: Acuerdo sobre política de operaciones ordinarias habituales del giro social de Potasios
de Chile S.A.

De mi consideración:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 e inciso 2* del artículo 10 de la Ley
18.045 sobre Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N* 30 de esa
Superintendencia, encontrándome debidamente facultado, por la presente comunico a usted
la información esencial respecto de Potasios de Chile S.A. que se indica a continuación.

De conformidad con lo establecido en la letra b) del inciso segundo del artículo 147 de la
Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, en su texto incorporado a la Ley sobre Sociedades
Anónimas por la Ley N? 20.382, publicada en el Diario Oficial con fecha 20 de octubre de
2009, el directorio de Potasios de Chile S.A., en su sesión celebrada el día 27 de junio de
2012, aprobó la política general relativa a las operaciones habituales de la Sociedad que
corresponden a su giro ordinario, en los términos contenidos en el documento que se
adjunta.

Se deja constancia que la referida política quedará a disposición de los accionistas en las
oficinas sociales.

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,

LBS

Patricio Contesse Fica
Gerente General
Potasios de Chile S.A.

c.c.: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores
Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores
Bolsa de Corredores, Bolsa de Valores
Comisión Clasificadora de Riesgo

MN YN El Trovador 4285,
O Piso 11, Las Condes,
1 q Santiago de Chile
O Tel: (56-2) 4294900
A Fax: (56-2) 4294950

POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD PARA OPERACIONES CON
PERSONAS RELACIONADAS

En sesión ordinaria de directorio de Potasios de Chile S.A. (la “Sociedad”), celebrada con
fecha 27 de junio de 2012, se acordó por unanimidad reemplazar la política general de
habitualidad para operaciones ordinarias del giro social con partes relacionadas (la “Política
General de Habitualidad”) por la siguiente.

Se entenderá por operaciones habituales de la Sociedad aquéllas que efectúe ordinariamente
con partes relacionadas dentro de su giro social, y que tengan por objeto contribuir al
interés social.

Serán consideradas operaciones habituales con personas relacionadas dentro del giro
ordinario de la Compañía, aquéllas que se efectúen con las sociedades Inversiones Global
Mining (Chile) Limitada, Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A., Sociedad de
Inversiones Oro Blanco S.A., Nitratos de Chile S.A. y Norte Grande S.A.

Las operaciones con partes relacionadas que serán consideradas habituales dentro del giro
ordinario de la Sociedad son las siguientes:

(a) La inversión, compra y venta de acciones y valores de sociedades anónimas.

(b) La realización de operaciones bancarias y financieras de toda clase, como cuenta
corriente, cuenta corriente mercantil, préstamos financieros, créditos y operaciones
bancarias que se celebren para el mejoramiento del manejo de caja de las respectivas
sociedades.

(c) La contratación de asesorías y servicios profesionales, servicios gerenciales y de
administración, relativos a actividades de contabilidad, informes financieros,
tesorería, auditoría interna, tributarias, legales u otro servicio accesorio o
complementario a los anteriormente señalados.

(d) La adquisición y venta de activos, bienes e insumos necesarios para la operación de
las oficinas y equipos de administración de la Sociedad.

(e) La contratación de asesorías y servicios necesarios para la operación y desarrollo del
giro social, tales como servicios informáticos, servicios de infraestructura, data
center, software y hardware, administración de datos, etc.

Sin perjuicio de lo anterior, y de conformidad a lo establecido en el artículo 147 de la Ley
N*18.046, las operaciones habituales con partes relacionadas dentro del giro social, deberán
ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al
tiempo de su celebración.

La presente Política General de Habitualidad de la Sociedad quedará a disposición de los
accionistas en las oficinas sociales.

La presente Política General de Habitualidad entrará en vigencia a contar de esta fecha y se
mantendrá vigente mientras el directorio de la Sociedad no acuerde su modificación en

conformidad a la Ley.

Santiago, 28 de junio de 2012

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=e73ff2d205cbd5b92c8fe3c7d34e1cccVFdwQmVFMXFRVEpOUkVFMFRucFZOVTEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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