Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

PARAUCO: PARQUE ARAUCO S.A. 2010-01-14 T-17:27

P

Resumen corto:
Nombramiento de director independiente y aprobación de política de habitualidad en Parque Arauco S.A. comunicado a SVS y en www.parauco.com. Contacto: Avenida Kennedy 5413, piso 7, Las Condes, Santiago. Tel: (562) 299 0500.

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Resumen largo:Hecho Esencial Parque Arauco S.A.: Nombramiento de director independiente y aprobación de política de habitualidad. Comunicado a Superintendencia de Valores y Seguros y publicado en www.parauco.com. Contacto: Avenida Kennedy 5413, piso 7, Las Condes, Santiago. Teléfono (562) 299 0500.

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Santiago, 14 de enero de 2010 HECHO ESENCIAL PARQUE ARAUCO S.A.

Señor Guillermo Larraín Ríos Superintendente de Valores y Seguros Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1.449, piso 12 PRESENTE Ref.: Informa Hecho Esencial. Parque Arauco S.A.
Inscripción en el Registro de Valores N* 403

De mi consideración:

En virtud de lo establecido en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10? de la Ley de Mercado de Valores y en la Sección Il número 2.2 de la Norma de Carácter General N* 30 de esa Superintendencia, por la presente, debidamente facultado, comunico a usted la siguiente información esencial respecto de la Sociedad.

a) Según las disposiciones del artículo 50 bis de la Ley N*18.046 sobre Sociedades Anónimas modificada por la Ley N* 20.382, y Oficio Circular N*590 de esa Superintendencia, el directorio de Parque Arauco S.A. er sesión ordinaria de esta fecha ha tomado conocimiento y dejó constancia de haberse efectuado la declaración jurada de calidad de director independiente del señor Rafael Aldunate Valdés. El mismo señor Aldunate nombró como miembros del Comité de Di5rectores de Parque Arauco S.A. a los señores directores Guillermo Said Yarur y Patricio Claro Grez.

b) A continuación, y de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley sobre Sociedades Anónimas, el directorio de Parque Arauco S.A, aprobó la siguiente política general de habitualidad, respecto de aquellas operaciones consideradas ordinarias en relación al giro de la sociedad, según lo dispuesto en el literal b) del inciso 2 del artículo 147 de la Ley N*18.046. Lo anterior, permite que la sociedad lleve a cabo operaciones con partes relacionadas sin dar cumplimiento a los requisitos y procedimientos establecidos en el inciso 1* del referido artículo.

El documento se envía adjunto y en carácter de Hecho Esencial a la Superintendencia de Valores y Seguros, y también se encontrará publicado en la página web www.parauco.com, además de estar disponible para los interesados en las oficinas de Parque Arauco S.A. ubicadas en Avenida Kennedy 5413, piso 7, Las Condes, Santiago.

Sin otro particular le saluda muy atentamente,

Andrés Olivos Bambach Vicepresidente Ejecutivo Parque Arauco S.A.
q Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores

Bolsa de Corredores, Bolsa de Valores Representantes de Tenedores de Bonos

Avda. Kennedy 5413 – 7 Piso Edificio Cerro Colorado – Las Condes – Santiago de Chile Teléfono (562) 299 0500 | Fax (562) 211 4077 211 9921 | www.parquearauco.cl

9

8, e

ParqueArauco

POLITICAS GENERALES DE HABITUALIDAD

PARQUE ARAUCO S.A.
Sociedad Anónima Abierta Inscripción Registro de Valores N*%0403

INTRODUCCIÓN

De acuerdo a lo dispuesto en la Ley N%18.046 sobre Sociedades Anónimas, modificada por la Ley N* 20.382, Parque Arauco S.A. (PASA), en su calidad de sociedad anónima abierta, ha aprobado en sesión de directorio de fecha 14 de enero de 2010 la siguiente política general de habitualidad, respecto de aquellas operaciones consideradas ordinarias en relación al giro de PASA, según lo dispuesto en el literal b) del inciso 2? del artículo 147 de la Ley N%18.046.

Lo anterior, permite que PASA lleve a cabo operaciones con partes relacionadas sin dar cumplimiento a los requisitos y procedimientos establecidos en el inciso 1* del referido artículo.

El presente documento se ha enviado en carácter de Hecho Esencial a la Superintendencia de Valores y Seguros, y también se encuentra publicada en la página web www.parauco.com además de encontrarse disponible para los interesados en las oficinas de PASA ubicadas en Avenida Kennedy 5413, piso 7, Las Condes, Santiago.

POLITICAS GENERALES DE HABITUALIDAD

PRIMERO.- Por el presente documento se exponen las políticas generales de habitualidad establecidas por PASA para la realización de aquellas operaciones definidas como ordinarias en consideración al giro de PASA, las que podrán ejecutarse por ésta con partes relacionadas sin los requisitos y procedimientos establecidos en los numerales 1 a 7 del inciso 1* del artículo 147 de la Ley N*18.046. Tales operaciones deberán tener por objeto contribuir al interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalecen en el mercado

SEGUNDO.- Para todos los efectos, se aplican las siguientes definiciones:

A) Son operaciones con partes relacionadas de las descritas en el artículo 146 de la Ley N018.046, toda negociación, acto, contrato u operación en que deba intervenir PASA y, además, alguna de las siguientes personas.
1) Una o más personas relacionadas a la sociedad, conforme al artículo 100 de la ley N018.045.
2) Un director, gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador de la sociedad, por si o en representación de personas distintas de la sociedad, o sus respectivos cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad inclusive.
3) Las sociedades o empresas en las que las personas indicadas en el número anterior sean dueños, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, de un 10% o más de su capital, o directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales.
4) Aquellas que establezcan los estatutos de la sociedad o fundadamente identifique el comité de directores, en su caso, aun cuando se trate de aquellas que puedan ejecutarse sin cumplimiento de los requisitos establecidos en el inciso 1* del artículo 147 de la Ley N%18.046.

5) Aquellas en las cuales haya realizado funciones de director, gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador, un director, gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador de la sociedad, dentro de los últimos 18 meses.

B) A su vez, las personas relacionadas referidas en el artículo 100 de la Ley N%18.045 son las siguientes:

a) Las entidades del Grupo Empresarial al que pertenece PASA;

b) Las personas jurídicas que tengan, respecto de PASA, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada;

c) Los directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o liquidadores de PASA según descritos en su Registro Público, y sus cónyuges o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, así como toda entidad controlada, directamente o a través de otras personas, por cualquiera de ellos; y

d) Toda persona que, por si sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación conjunta, pueda designar al menos un miembro del directorio de PASA o controle un 10% o más de su capital con derecho a voto.

TERCERO.- Conforme a los estatutos de PASA, su giro social es a) la actividad inmobiliaria, construcción, explotación, desarrollo, arriendo yo administración de centros comerciales y otros inmuebles de carácter civil o comercial, en Chile o el extranjero, por cuenta propia o ajena, en forma individual o en asociación con terceros; b) la actividad comercial en general por medio de la compra, venta o arriendo de toda clase de bienes muebles o inmuebles y la prestación de servicios, en Chile o el extranjero, por cuenta propia o ajena, en forma individual o en asociación con terceros; c) La inversión en bienes, valores o sociedades de los mismos giros o rubros, en Chile o el extranjero, por cuenta propia o ajena, en forma individual o en asociación con terceros Por consiguiente, se han definido como operaciones ordinarias en consideración al giro de la sociedad, todos los actos, contratos, operaciones o actividades de cualquier naturaleza que digan relación con el ejercicio de la actividad inmobiliaria con particular énfasis en los inmuebles comerciales; el comercio en general; y la inversión en bienes muebles o raíces, acciones o valores chilenos o extranjeros.

CUARTO.- En este sentido, se consideran ordinarias las siguientes operaciones:

1) La adquisición, desarrollo, explotación, venta, enajenación y negociación en cualquier forma y a cualquier titulo, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, ya sea en Chile o en el extranjero, y en particular relación con inmuebles de carácter comercial o civil.

2) La compra, venta, arriendo, comodato, consignación, distribución, importación, exportación, representación, comisión y comercialización de toda clase de servicios y de bienes muebles e inmuebles destinados al desarrollo del giro social.

3) La prestación de todo tipo de asesorías y servicios relacionados con el giro social, destinados a la mejor administración y desarrollo del negocio de partes relacionadas.

4) Las operaciones que sean calificadas como financieras, entre ellas cuentas corrientes mercantiles o préstamos financieros que se celebren para la mejor operación de las partes relacionadas.

Las operaciones bancarias ordinarias de cualquier clase, entre otras las de mesa de dinero, comercio exterior, adquisición de divisas, contratación de créditos, contratos de cuenta corriente, fondos mutuos, pactos y otros, que se celebren con yo a favor de partes relacionadas.

Las operaciones referidas a la prestación de servicios de soporte y administración particular yo general con y a favor de partes relacionadas.

El otorgamiento de toda clase de garantías, reales o personales para caucionar todo tipo de obligaciones de partes relacionadas.

La suscripción de todo tipo de contratos de asesoría, perfeccionamiento, capacitación, préstamos, donaciones, financiamiento y otros de carácter laboral con o a favor de personal interno o a contrata de la sociedad, sus filiales o relacionadas.

QUINTO.- Esta política entrará en vigencia desde la fecha de su aprobación por el Directorio y su comunicación a la Superintendencia de Valores y Seguros, y podrá ser modificada por el Directorio, modificación que será comunicada y publicada de igual manera.

El Directorio de Parque Arauco S.A.
Santiago de Chile, 14 de enero de 2010.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=a4c02adec1510fac1d983d62da3bd225VFdwQmVFMUVRWGhOUkVGM1RrUmpNazEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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