La Polar S.A. informa que el plazo para la implementación de la Operación de integración con AD Retail S.A., acordada el 28 de abril de 2023, ha sido extendido por cuarta vez hasta el 5 de enero de 2024. Los efectos financieros de esta modificación aún no se pueden determinar.
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HECHO ESENCIAL
EMPRESAS LA POLAR S.A.
Santiago, 22 de diciembre de 2023
Señora
Solange Berstein Jáuregui
Comisión para el Mercado Financiero
Av. Libertador Bernardo O’Higgins N°1449
Santiago
De nuestra consideración:
En representación de Empresas La Polar S.A. (en adelante, la Sociedad), en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° y en el inciso segundo del artículo 10° de la Ley N°18.045 sobre Mercado de Valores, y el numeral 2.2 de la Sección 1 de la Norma de Carácter General N°30 de la Comisión para el Mercado Financiero, encontrándome debidamente facultado por el directorio, por medio de la presente vengo a informar lo siguiente en carácter de hecho esencial:
e Tal como fue informado a vuestra Comisión, con fecha 28 de abril de 2023, la Sociedad y AD Retail S.A. (en adelante, AD Retail y conjuntamente con la Sociedad, las Compañías), celebraron un documento denominado Acuerdo de Negocios, en virtud del cual las Compañías manifestaron su interés recíproco en explorar alternativas de integración de sus negocios, para aprovechar sinergias del negocio de retail que resulten beneficiosas para ellas, sus colaboradores y accionistas, y el potenciamiento del negocio financiero de las mismas (el Acuerdo), fijando un periodo inicial de 90 días para la implementación de la Operación, según dicho término se define en el Acuerdo.
e El plazo para la implementación de la Operación ha sido modificado en tres ocasiones, mediante instrumentos de fecha 28 de julio de 2023, 26 de octubre de 2023, y 24 de noviembre de 2023, extendiendo en este último caso dicho plazo hasta el 24 de diciembre de 2023.
e Al respecto, mediante instrumento suscrito en esta misma fecha, las Compañías acordaron modificar nuevamente el plazo de implementación de la Operación, extendiéndolo hasta el día 5 de enero de 2024. Las demás disposiciones del Acuerdo no fueron modificadas, permaneciendo plenamente vigentes.
A esta fecha no es posible determinar los efectos financieros que la modificación al Acuerdo pudiere tener sobre los activos, pasivos o resultados de la Sociedad. La Sociedad mantendrá a esta Comisión debidamente informada de todo desarrollo relevante que se produzca en relación con los hechos que se pactan.
Sin otro particular, se despide atentamente,
Manuel José Vial Claro Vicepresidente del Directorio Empresas La Polar S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=6abd657d4342d7a583433cfd4c1407c1VFdwQmVVMTZSWGxOUkZVeVQxUlJNVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1703291702