La Polar.
Señor
Santiago, 10 de Abril de 2015
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1.449
Presente
Ref: Empresas La Polar S.A.
Inscripción Registro de Valores N° 806
HECHO ESENCIAL
De nuestra consideración:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 y en el inciso segundo del artículo 10 de la Ley N° 18.045, sobre Mercado de Valores, Empresas La Polar S.A. (en adelante indistintamente “La Polar” o la “Empresa”) informamos a esta Superintendencia, y al mercado en general, como hecho esencial, lo siguiente:
1. Que en sesión celebrada con fecha 8 de abril del presente, el Directorio de La Polar acordó no nombrar reemplazante para el cargo de Director vacante luego de la renuncia del Sr. Cesar Barros Montero, atendido que en la próxima junta ordinaria de accionistas se procederá a la elección del directorio de la Empresa.
En la misma sesión de Directorio se acordó informar que, en forma consistente a lo comunicado y previsto en los Hechos Esenciales de fechas 28 de Junio y 13 de Septiembre de 2012, y sin perjuicio de los demás procesos en curso de sus filiales con el Servicio de Impuestos Internos, se tomó conocimiento de la Resolución emitida por dicha entidad en el proceso de revisión administrativa fiscalizadora (“RAF”) llevado a cabo respecto de la sociedad matriz, Empresas La Polar S.A., en virtud de la cual se resolvieron las liquidaciones N°13 a 18 correspondientes a los períodos agosto y junio de 2010 (en lo que respecta a reintegros del artículo 97 de la Ley de la Renta (en adelante “LIR”); y para los años tributarios 2009, 2010 y 2011 (en lo que respecta al Impuesto único del inciso tercero del artículo 21 el a LIR).
Lo resuelto, en términos generales, implica el pago por parte de la empresa de aproximadamente $563.000.000 por diversos conceptos comprendidos en las liquidaciones N°13, 15 y 18, más eventuales reajustes, intereses y multas. Como consecuencia del término de la RAF, se ha liberado la devolución solicitada oportunamente por la empresa, del Pago Provisional por Utilidades Absorbidas correspondientes al período 2011, ascendente a $1.251.613.824, y se ha establecido que la pérdida tributaria correspondiente al mismo año queda fijada en $43.132.649.320.-
Se hace presente que lo anterior es consistente con lo informado, y en su caso provisionado, por la empresa en las Notas N°14 y 27.4.3 de los Estados Financieros emitidos por la Empresa a partir del segundo trimestre del año 2012, y reiteradas en forma regular en sus posteriores emisiones, incluyendo los últimos presentados con fecha 31 de marzo pasado. También se condice con la opinión de sus asesores tributarios que fuera incluida en los mismos Estados Financieros. Atendido lo anterior, se estima que lo informado no genera efectos financieros para la Empresa, distintos a los ya informados en esas oportunidades.
Sin otro en particular, saluda atentamente.
C.C.: Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Corredores de Valparaíso
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=4559d0ca9bf898c4db849c7ab0256c32VFdwQmVFNVVRVEJOUkVFd1RYcEZkMDFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909