La Polar S.A.
Santiago, 30 de julio de 2012
Señor Fernando Coloma C.
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1.449
Presente
Ref: Empresas La Polar S.A.
Inscripción Registro de Valores N° 806
HECHO ESENCIAL
Por la presente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 y en el inciso segundo del artículo 10 de la Ley N° 18.045, sobre Mercado de Valores, Empresas La Polar S.A. (en adelante también “La Polar” o la “Empresa”) informa a esa Superintendencia, y al mercado en general, como hecho esencial, lo siguiente:
Mediante carta de fecha 27 de julio de 2012, el presidente de la Comisión de Acreedores del Convenio Judicial Preventivo de Empresas La Polar S.A. comunicó formalmente que dicha comisión, en su sesión N° 11 de fecha 18 de julio de 2012 y en uso de las facultades conferidas a ella, acordó, por la unanimidad de sus miembros, otorgar a Empresas La Polar S.A. la prórroga para el cumplimiento de la condición suspensiva que establece el referido Convenio, consistente en que esté aprobado y enterado el aumento de capital de MMS$ 120.000 al 31 de julio de 2012.
El plazo de la prórroga es de 90 días contados desde el 31 de julio de 2012, por lo tanto, el cumplimiento de la condición suspensiva que establece el Convenio, deberá verificarse, a más tardar, el 29 de octubre de 2012.
Saluda atentamente a usted,
Casa Matriz: Av. Pdte. Eduardo Frei Montalva
Teléfono: (56-2) 383 3000 – Fax. (56-2) 383 3025 – www.lapolar.cl
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=8baa8ef4b73b67f33340af83525a7e80VFdwQmVFMXFRVE5OUkVWM1RVUkJkMDVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909