Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

NUEVAPOLAR: EMPRESAS LA POLAR S.A. 2011-09-08 T-18:51

N

Santiago, 8 de septiembre de 2011

Señor Fernando Coloma,
Superintendente,
Superintendencia de Valores y Seguros,
Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1.449,
Presente

Ref: Empresas La Polar S.A.
Inscripción Registro de Valores N° 806
HECHO ESENCIAL

De nuestra consideración:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 y en el inciso segundo del artículo 10 de la Ley N° 18.045, sobre Mercado de Valores, se informa a esa Superintendencia, como hecho esencial, que en la sesión de directorio celebrada el 6 de septiembre de 2011, el directorio de la compañía acordó y aprobó, para los efectos de lo dispuesto en la letra b) del artículo 147 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, la “Política general de habitualidad, respecto de operaciones ordinarias en consideración al giro de la Sociedad”, que permite a la sociedad ejecutar operaciones con partes relacionadas sin cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en los números 1) al 7) del referido artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas, siempre que dichas operaciones tengan por objeto contribuir al interés social y se ajusten, en precio, términos y condiciones, a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su celebración.

Copia del texto íntegro de la referida política será puesto a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el sitio de Internet de la Compañía.

Saluda atentamente a usted,

(ya Lar»

Empresas La Polar S.A.
Cesar Barros
Presidente

C.C.: Bolsa de Comercio de Santiago.
Bolsa Electrónica de Chile.
Bolsa de Corredores de Valparaíso

Política general de habitualidad, respecto de operaciones ordinarias en consideración al giro de la Sociedad

En cumplimiento de lo establecido en las disposiciones introducidas por la Ley N° 20.382 a la Ley N° 18.048 de Sociedades Anónimas (‘LSA”), Empresas La Polar S.A. (la “Sociedad” o la “Compañía”), en su calidad de sociedad anónima abierta, viene en establecer la siguiente política general de habitualidad, respecto de aquellas operaciones que sean ordinarias en consideración al giro de la Sociedad (la “Política”), a fin de que, conforme a lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 147 de la LSA, la Sociedad pueda ejecutar tales operaciones con partes relacionadas, sin necesidad de cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en los números 1) al 7) del inciso 1 del referido artículo.

La presente Política de Habitualidad, fue aprobada en la sesión de directorio de la Sociedad celebrada con fecha 6 de septiembre de 2011. Esta Política entrará en vigencia a contar de esta fecha, y se mantendrá vigente mientras el directorio de la Compañía no acuerde modificarla en conformidad a la Ley. La Política de Habitualidad se encuentra publicada en la página web de la Sociedad (www.lapolar.cl) y disponible para los interesados en las oficinas de ella, ubicadas en Av. Eduardo Frei Montalva N° 520, Renca, Santiago.

Operaciones Ordinarias del Giro.- Conforme a esta Política, son operaciones ordinarias, en consideración al giro de la Sociedad, todos los actos, contratos o actividades de cualquier naturaleza que digan relación con el ejercicio del comercio en general, incluyendo la compra, venta, consignación, distribución, importación, exportación, representación, comisión, envase, fraccionamiento y comercialización por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales muebles, la realización en el país o en el extranjero de inversiones permanentes o de renta en toda clase de bienes, corporales o incorporales, así como la adquisición, conservación, venta, enajenación y negociación en cualquier forma y a cualquier título, de toda clase de bienes, ya sea en el país o en el extranjero y la percepción de sus frutos y rentas.

En este contexto, se considerarán operaciones ordinarias habituales, las siguientes operaciones de la Sociedad con Partes Relacionadas:

1.- La compra, venta, consignación, distribución, importación, exportación, representación, comisión, envase, fraccionamiento y comercialización de toda clase de bienes corporales muebles.

2.- La prestación de todo tipo de servicios que permitan a las Partes Relacionadas desarrollar sus giros individuales, de forma de destinar sus capacidades y recursos preferentemente a la consecución de dichos objetivos, incluyendo pero no limitado a aquellos relativos a mantención y administración de datos, de cobranza y recaudación, administración de activos; las operaciones referidas a la administración financiera y servicios generales que abarcan, entre otras actividades, las que dicen relación con la contabilidad, informes de todo tipo, gestión, libro de compras y ventas, tesorería y bancos, asesoría en aspectos tributarios, legales, de marketing, de publicidad y medios, en materia de seguros y contraloría interna; y la contratación de servicios informáticos, de infraestructura, mantención y archivo de datos, software, hardware y, en general, de servicios relacionados a tecnologías de la información.

La adquisición, conservación, venta, enajenación y negociación en cualquier forma y a cualquier título, incluyendo el arrendamiento, leasing, comodato y la suscripción de cualquier otro contrato, nominado o no, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, ya sea en el país o en el extranjero y la percepción de sus frutos y rentas.

Las operaciones que sean calificadas como cuentas corrientes mercantiles, comercio exterior o préstamos financieros estructurados que se celebren para la optimización del manejo de caja de las Partes Relacionadas.

Los convenios suscritos con Partes Relacionadas que correspondan a sociedades financieras del Grupo Empresarial al que pertenece la Sociedad, que tengan por objeto potenciar la intermediación de servicios financieros, la vinculación de éstos al retail o el mejoramiento de las carteras de clientes.

Los acuerdos o convenios que digan relación con la fidelización de clientes.

Operaciones con partes relacionadas referidas al otorgamiento de avales, fianzas y codeadas solidarias, y garantías en general.

La contratación de servicios informáticos, de infraestructura, mantención y archivo de datos, software, hardware y, en general, de servicios relacionados a tecnologías de la información.

Operaciones Ordinarias con Partes Relacionadas.- Las operaciones ordinarias indicadas en el artículo anterior, que la Sociedad ejecute con Partes Relacionadas, podrán ejecutarse en forma habitual, sin necesidad de cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en los números 1) al 7) del inciso 1 del artículo 147 de la LSA, toda vez que conforme a la presente Política, se entenderán como operaciones ordinarias en consideración al giro de la Soc

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=284673d33d58faebf7765fcdae8abc6cVFdwQmVFMVVRVFZOUkVWNlRYcEZNRTlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

Por Hechos Esenciales
Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

Categorias

Archivo

Categorías

Etiquetas

27 (2457) 1616 (1196) 1713 (992) Actualizaciones (15444) Cambio de directiva (8623) Colocación de valores (1640) Compraventa acciones (1311) Dividendos (11066) Dividend payments (1275) Dividends (1283) Emisión de valores (1640) fondo (6097) fund (1545) General news (1469) Hechos relevantes (15442) importante (4948) IPSA (4177) Junta Extraordinaria (5492) Junta Ordinaria (10687) Noticias generales (15443) Nueva administración (8623) Others (1462) Otros (15438) Pago de dividendos (10840) Profit sharing (1275) Regular Meeting (1610) Relevant facts (1467) Reparto de utilidades (10840) Transacción activos (1311) Updates (1470)