Santiago, 25 de septiembre de 2020
HECHO ESENCIAL
NORTE GRANDE S.A.
Inscripción Registro de Valores N° 408
Señor Joaquín Cortez Huerta,
Presidente Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref.: Inicio segundo periodo de colocación de acciones de pago.
Señor Presidente:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10 de la Ley N° 18.045, de Mercado de Valores y en la Norma de Carácter General N° 30 de la Comisión para el Mercado Financiero (“CMFE”), y debidamente facultado, informo a Usted lo siguiente, en carácter de hecho esencial de Norte Grande S.A. (la “Sociedad”), en relación con el aumento de capital aprobado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 24 de abril de 2020 (la “Junta”), cuyas acciones de pago fueron inscritas en el Registro de Valores que lleva la CMF con fecha 14 de julio de 2020, bajo el N° 1097:
Conforme fue informado en hecho esencial de la Sociedad de fecha 10 de septiembre pasado, el 8 de septiembre de 2020 venció el periodo de opción preferente establecido en el artículo 25 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, para que accionistas de la Sociedad suscriban y paguen las 70.040.363.679 acciones de pago que fueron colocadas y ofrecidas por el directorio a los accionistas de la Sociedad para ser suscritas y pagadas en dicho periodo de opción preferente (en adelante el “Periodo de Opción Preferente Legal”). Durante dicho periodo, se suscribieron y pagaron un total de 65.937.080.807 acciones de pago, por un valor total de $117.104.255.507 pesos, equivalentes a la cantidad de US$151.540.081 dólares de los Estados Unidos de América, quedando pendiente de suscripción y pago la cantidad de 4.103.282.872 acciones de pago.
De conformidad a lo acordado por la Junta, si en el Periodo de Opción Preferente Legal no se recaudare todo el monto del aumento de capital propuesto y quedare un remanente de acciones de pago ofrecidas en el Periodo de Opción Preferente Legal que no hayan sido suscritas y pagadas en dicho periodo, así como las fracciones resultantes de la aplicación de prorrateo entre los accionistas, éstas serán ofrecidas en un segundo periodo a aquellos accionistas o a sus cesionarios que hubieren suscrito y pagado acciones de pago en el Periodo de Opción Preferente Legal, a prorrata de las acciones que estos hayan suscrito y pagado durante el Periodo de Opción Preferente Legal, al mismo precio al que fueron ofrecidas en dicho periodo (en adelante este segundo periodo, el “Segundo Periodo”).
El directorio de la Sociedad, en sesión extraordinaria celebrada ayer, 24 de septiembre de 2020, acordó:
1) Colocar y ofrecer en el Segundo Periodo la totalidad de las 4.103.282.872 acciones de pago que quedaron sin suscribir y pagar al término del Periodo de Opción Preferente Legal (las “Acciones Ofrecidas”), que fueron emitidas por la Sociedad con cargo al aumento de capital acordado en la Junta. De conformidad a lo acordado por la Junta, tendrán derecho a participar en el Segundo Periodo aquellos accionistas o sus cesionarios que hubieren suscrito y pagado acciones de pago en el Periodo de Opción Preferente Legal, a prorrata de las acciones que estos hayan suscrito y pagado durante el Periodo de Opción Preferente Legal.
2) Dar inicio el día 13 de octubre de 2020 al Segundo Periodo para suscribir las Acciones Ofrecidas. Conforme a lo acordado por la Junta, el Segundo Periodo tendrá una duración de 30 días corridos a contar de esa fecha, y expirará el día 11 de noviembre de 2020.
3) Según lo acordado por la Junta, se acordó que el precio de colocación de las Acciones Ofrecidas en el Segundo Periodo será el mismo precio fijado para el Periodo de Opción Preferente Legal, es decir, la suma de $1,776 (uno coma siete siete seis pesos) por acción.
4) Aprobar que la Sociedad suscriba y pague acciones de pago emitidas por sus filiales Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A y Nitratos de Chile S.A., con cargo a los aumentos de capital de dichas sociedades acordados en juntas extraordinarias de accionistas celebradas el 24 de abril de 2020, hasta por la cantidad de acciones que le sean ofrecidas preferentemente a la Sociedad, durante el segundo periodo de opción preferente de dichas sociedades, pudiendo suscribir y pagar dichas acciones en una o en diversas oportunidades dentro del respectivo segundo periodo de suscripción preferente de las mismas, según la disponibilidad de caja de la Sociedad.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
c.c: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores
Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=32864e6b18bfd2ea398d33735f3bdca2VFdwQmVVMUVRVFZOUkZGNFRVUk5ORTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108