( MAT.: Informa sobre requerimiento de la
AÑOS Superintendencia de Valores y Seguros
MUTUALIDAD DE CARABINEROS
CORPORACIÓN DE SEGUROS ANT.: OFORD. N*39 de 18.01.2018 de la SVS.
Santiago, 25 de enero 2018
Xx
mé 45109
DE: MUTUALIDAD DE CARABINEROS
A : SEÑOR DANIEL GARCIA SCHILLING
INTENDENTE DE SEGUROS
COMISION PARA EL MERCADO DE VALORES
En respuesta a lo solicitado por esa Intendencia
de Seguros, para que se informe acerca de las consecuencias que el Dictamen
N*262, de fecha 4 de enero de 2018 de la Contraloría General de la República,
pudiere afectar a esta Corporación de Seguros en cuanto al cumplimiento de sus
obligaciones patrimoniales, me permito informar lo siguiente:
El referido dictamen, en cuanto señala que no
procede que altas Autoridades Institucionales que se indican, integren el Consejo
de Administración de Mutualidad de Carabineros, no afecta el funcionamiento de
Mutualidad ni de su Consejo de Administración, por cuanto éste se integra
válidamente con aquellos Consejeros a quienes no afecta este impedimento.
Adicionalmente, las decisiones que adopta esta
Corporación de Seguros se realizan conforme a lo establecido en su Planificación
Estratégica y sus Políticas Corporativas aprobadas por el Consejo de
Administración, por lo que en opinión de esta Mutualidad no procede tomar
medidas adicionales para el cumplimiento de sus obligaciones patrimoniales.
Subgerente Técnico (S)
MUTUALIDAD DE CARABINEROS
Cy/ Gerencia, As. Legal.
Edo Sanchez/archivo
Asegurando tus decisiones
1916 – 2016
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=f79b35612e4aee81f418db32f206bd07VFdwQmVFOUVRWGhOUkVGNFRsUmpOVTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108