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MONEDA S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS 2024-10-11 T-17:46

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Resumen corto:
Asamblea del Fondo aprobó modificar el reglamento para invertir hasta 100% en MLHY y un rescate en especie. Aportantes pueden solicitar rescate en acciones de MLHY, notificando en un plazo de 5 días.

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Docusign Envelope ID: 4A691264-7E2D-4725-97D6-01DC1550537C

)) MONEDA

Patria Investments

Hecho Esencial Santiago, 11 de octubre de 2024

Señora

Solange Berstein Jáuregui Presidenta

Comisión Para el Mercado Financiero Presente

Ref: Moneda Deuda Latinoamericana Fondo de Inversión.

De Nuestra consideración:

En cumplimiento con lo dispuesto en los Artículos 9 y 10 inciso segundo de la Ley 18.045 y en el Artículo 18 de la Ley 20.712, y encontrándome debidamente facultado al efecto, en representación de Moneda S.A. Administradora General de Fondos, sociedad administradora de Moneda Deuda Latinoamericana Fondo de Inversión (en adelante, el Fondo), comunico a Ud. como hecho esencial del Fondo lo siguiente:

Con esta fecha la Asamblea Extraordinaria de Aportantes del Fondo ha aprobado, entre otras, las siguientes materias:

1. Modificar el Reglamento Interno para incrementar el límite de inversión en cuotas de Moneda LatAm High Yield Credit Fund Plc (*MLHY) hasta un 100% del activo del Fondo.

2. Aprobar un rescate en especie extraordinario pagadero en cuotas de MLHY, el que se regirá por las siguientes reglas:

A contar de cada fecha en que la Administradora lo comunique mediante hecho esencial y por un plazo que expirará al quinto día corrido siguiente (cada una, la Fecha _ de Solicitud de Rescate), los Aportantes podrán informar a la Administradora de su intención de concurrir al rescate en especie.

Se hace presente que para todos los efectos se entenderá que el rescate en especie supone que hayan entrado en vigencia las modificaciones al Reglamento Interno del Fondo acordadas en la asamblea de aportantes realizada con esta fecha.

Conforme a lo anterior, los Aportantes del Fondo podrán solicitar a la Administradora el rescate de cuotas, conforme a los términos, condiciones y plazos que se indican a continuación:

a) El pago de los rescates a los Aportantes se efectuará en acciones de MLHY, fondo de inversión extranjero. Será condición previa para poder solicitar el rescate en especie, que los aportantes a dicha fecha cumplan con los requisitos de elegibilidad y cuenten con la documentación necesaria (incluyendo documentos de on boarding Docusign Envelope ID: 4A691264-7E2D-4725-97D6-01DC1550537C

b)

d)

f)

g)

MONEDA

Patria Investments y custodia internacional) para ser accionistas de MLHY. Para mayor información de los Aportantes, la Administradora mantendrá en sus oficinas y a disposición de los Aportantes del Fondo, copias de los documentos corporativos de MLHY, en los cuales se detallan los requisitos para ser accionistas y los términos y condiciones en los que se realizarán las inversiones de este último.

Cada Aportante podrá solicitar el rescate de las cuotas de que sea titular a la Fecha de Solicitud de Rescate por hasta un número de cuotas que determinará la Administradora y que permita la distribución entre los aportantes del Fondo de acciones de MLHY de que sea titular el Fondo a la Fecha de Pago de Rescate (según dicho término se define más abajo), en la prorrata que a cada aportante corresponda. No se pagará a los aportantes que soliciten el rescate de sus cuotas montos en dinero, salvo que hubiere una diferencia o saldo del rescate que no fuere posible ser pagado en cuotas enteras de MLHY, en cuyo caso dicho saldo será pagadero en USD o en pesos chilenos, moneda de circulación nacional, cuando el aportante así lo solicitare. La solicitud de rescate se hará por los medios establecidos en el Contrato General de Fondos.

Los Aportantes dispondrán de un plazo que vencerá en la Fecha de Solicitud de Rescate para notificar a la Administradora su voluntad de solicitar el rescate.
Aquellos Aportantes que no soliciten el rescate en el plazo indicado, se entenderá que han optado por no efectuar rescate alguno. En tal caso, la Administradora podrá ofrecer a los aportantes que sí hubieren optado por participar del rescate en especie incrementar el número de cuotas rescatadas hasta completar el número de cuotas máximo del rescate en especie a que se hace referencia en la letra b) anterior.

La Administradora comunicará al Aportante, dentro de los diez días hábiles bursátiles siguientes a la Fecha de Solicitud de Rescate la aceptación o rechazo de la misma y la fecha de pago efectivo (la Fecha de Pago de Rescate).

El pago del rescate en acciones de MLHY se realizará de acuerdo con la cantidad de acciones de MLHY que integren la cartera del Fondo. Para efectos de determinar el número total de acciones de MLHY que corresponde pagar a los Aportantes que soliciten el rescate de cuotas del Fondo se utilizará el valor cuota del Fondo y el valor de cada acción de MLHY vigente en la Fecha de Pago de Rescate (esto es el valor acción publicado ese día).

Una vez pagado el rescate en especie, la Administradora remitirá al Aportante, por correo electrónico, un comprobante de rescate, el cual indicará, entre otros, el número de acciones de MLHY que correspondan al Aportante en virtud del rescate solicitado y el número de cuotas de Moneda Deuda Latinoamericana Fondo de Inversión rescatadas.

Las cuotas que hubieran sido cedidas o transferidas, en cualquier forma, durante el período comprendido entre la Fecha de Solicitud de Rescate y la fecha de pago del mismo, perderán el derecho a ser rescatadas.
Docusign Envelope ID: 4A691264-7E2D-4725-97D6-01DC1550537C

MONEDA

Patria Investments

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,

DocuSigned by: llfonso Dual Carda-Huidobro

301F854C22C7494…
Alfonso Duval García-Huidobro Gerente General Moneda S.A. Administradora General de Fondos

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=0e2f5f2964b4872c9d858e7e97bb846eVFdwQmVVNUVSWGROUkZWNVQwUm5lazVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1728679801

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