Santiago, 11 de Febrero de 2014
Señor
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
HECHO ESENCIAL
Molinos de Chile y Río de la Plata Holding S.A. inscripción N*103 en el Registro
Especial de Entidades Informantes conforme a la NCG No. 284 de 2010
Ref.: Distribución de Dividendos provisorios acordada en Sesión Extraordinaria de
Directorio.
De nuestra consideración:
Por intermedio de la presente, nos dirigimos a usted en representación de la sociedad
Molinos de Chile y Río de la Plata Holding S.A., rol único tributario N*59.500.004-1 ,
inscripción N*103 en el Registro Especial de Entidades Informantes conforme a la NCG
No. 284 de 2010, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9? e inciso segundo del
artículo 10? de la Ley N* 18.045, para informar en carácter de hecho esencial que el
Directorio en Sesión Extraordinaria, celebrada el día 10 de Febrero de 2014, tomó los
siguientes acuerdos:
Distribución de dividendos:
El reparto de dividendos provisorios por la suma de USD 20.000.000, lo que
equivale a un dividendo de USD 803,890831625065 por acción. El dividendo se
repartirá sobre 24.879 acciones de serie única.
El pago de estos dividendos provisorios se efectuará el día 04 de Marzo de 2014,
mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de cada uno de los
accionistas que se encuentren inscritos en el Registro de Accionistas el quinto día
hábil anterior al pago de dicho dividendo.
Se dejó constancia de que los dividendos acordados distribuir, corresponden a
rentas de fuente extranjera, por lo que en conformidad a lo previsto en el artículo
41D de la Ley de la Renta, no se encuentran sujetos a tributación en Chile. Se
dejó constancia igualmente, que la distribución efectiva de los dividendos al
accionista mayoritario, requiere, en la parte correspondiente, que se obtenga la
autorización del Comité de Inversiones Extranjeras de Chile, de manera ue se
procederá en dicho sentido.
El aviso al que se refiere el artículo 10 del Reglamento de Sociedades Anónimas y la
Circular N*660 de la SVS, será publicado en el diario El Mostrador el día 17 de Febrero
de 2014.
Don Lorenzo Gálmez Muñoz se encuentra facultado para informar como hecho esencial
los acuerdos adoptados en la referida junta por acuerdo adoptado en ella misma.
Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
y e
SL PA
£- Lorenzo Gálmez Muñoz
e Molinos de Chile y Río de la Plata Holding S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=a6b22d07cd53b5fabf8978fcca9fa49fVFdwQmVFNUVRWGxOUkVGNFRsUkZOVTEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909