Resumen corto:
CasafíMdeas HECHO ESENCIAL : MATRIZ IDEAS S.A. N DE REGISTRO DE VALORES: 923 Santiago, 31 de marzo de 2010 ñor Fernando Coloma Correa Superintendente Superintendencia de Valores y Seguros Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 Santiago Presente Ref.: Informa hecho esencial De nuestra considera
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CasafíMdeas
HECHO ESENCIAL : MATRIZ IDEAS S.A.
N DE REGISTRO DE VALORES: 923
Santiago, 31 de marzo de 2010 ñor
Fernando Coloma Correa Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 Santiago
Presente
Ref.: Informa hecho esencial De nuestra consideración:
Debidamente facultado por Matriz Ideas S.A.. sociedad anónima inscrita en el Registro de Valores bajo el Número 923 (la Sociedad). y en virtud de lo dispuesto en el artículo 147 inciso segundo letra b de la Ley N* 18.046. y el numeral 2,2. de la Sección 11 de la Norma de Carácter General N? 30 de la Superintendencia de Valores y Seguros, vengo en informar el siguiente hecho esencial:
El Directorio de Matriz Ideas S.A., en sesión ordinaria celebrada con fecha 17 de marzo del presente año, acordó y aprobó las políticas generales de habitualidad respecto de aquellas operaciones que sean ordinarias en consideración al giro de la Sociedad, con el objeto que conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 147 de la Ley 18.046, la Sociedad pueda ejecutar tales Operaciones con partes relacionadas, sin necesidad de cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en los números | a 7 del inciso primero del referido artículo,
Se adjunta a la presente copia del texto que contiene las referidas políticas aprobadas por el Directorio.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted, ‘ 7 >
Gustabo Gómez Lackin Gfrente General MAYRIZ IDEAS S.A
IS Bolsa Electronica de Santiag Corredores de Bolsa de V Bolsa de Comercio de Santiago
41so
POLITICA GENERAL DE HABITUALIDAD
Matriz Ideas S.A.
Sociedad Anónima Abierta Inscripción Registro de Valores N* 923
La presente política general de habitualidad fue aprobada por el directorio de Matriz Ideas S.A. en sesión celebrada con fecha 17 de marzo del año 2010.
INTRODUCCIÓN
En cumplimiento de lo prescrito en las disposiciones introducidas por la Ley N* 20.382 a la Ley N*18.046 de Sociedades Anónimas (LSA), Matriz Ideas S.A. ( la Sociedad) en su calidad de sociedad anónima abierta, viene en establecer la siguiente política general de habitualidad respecto de aquellas operaciones que sean ordinarias en consideración al giro de la Sociedad (la Política), con el objeto que conforme a lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 147 de la LSA, la Sociedad pueda ejecutar tales operaciones con partes relacionadas, sin necesidad de cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en los números 1 a 7 del inciso 1 del referido artículo.
La presente política fue aprobada en sesión de Directorio de la Sociedad celebrada con fecha 17 de marzo del año 2010, se encuentra publicada en la página web de la Sociedad (www.casaideas.cl) y disponible para los accionistas interesados en sus oficinas ubicadas en calle Tocornal 356, Santiago.
1. Objeto de la Política.
Esta Política general de habitualidad tiene por objeto determinar aquellas operaciones ordinarias en consideración al giro de la Sociedad, que podrán ejecutarse con partes relacionadas sin necesidad de cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en los números 1 a 7 del inciso 1 del artículo 147 de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, todo ello de acuerdo a lo establecido en el inciso 2 del mismo articulo.
2. Definiciones.
2.1 Operaciones Ordinarias. Todo acto, contrato, negociación, actividad u operación de cualquier naturaleza que se desarrolle periódicamente por la Sociedad dentro de su giro social y que sean necesarias para el normal desarrollo de las actividades de la Sociedad.
Lo anterior, sin perjuicio de que su contratación sea por períodos mensuales, anuales o de mayor extensión.
2.2 Operaciones con Partes Relacionadas. Toda negociación, acto, contrato u operación en que deba intervenir la Sociedad y, además, alguna de las siguientes personas:
a) Una o más personas relacionadas a la Sociedad, conforme al artículo 100 de la Ley Ne18.045;
b) Un director, gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador de la sociedad, por sí o en representación de personas distintas de la sociedad, o sus respectivos cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad inclusive;
c) Las sociedades o empresas en las que las personas indicadas en el número anterior sean dueños directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, de un 10% o más de su capital, o directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales;
d) Aquellas que establezcan los estatutos de la sociedad o fundadamente identifique el comité de directores, en su caso, aun cuando se trate de aquellas indicadas en el inciso final del artículo 147; y,
e) Aquellas en las cuáles haya realizado funciones de director, gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador, un director, gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador de la sociedad, dentro de los últimos 18 meses.
2.3 Personas Relacionadas (Art. 100 Ley 18.045): Son relacionadas con una sociedad las siguientes personas:
a) Las entidades del grupo empresarial al que pertenece la sociedad;
b) Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones contenidas en la ley N*18.046;
c) Quienes sean directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o liquidadores de la sociedad, y sus cónyuges o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y, así como toda entidad controlada, directamente o a través de otras personas, por cualquiera de ellos; y,
d) Toda persona que, por sí sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación conjunta, pueda designar al menos un miembro de la administración de la sociedad o controle un 10% o más del capital o del capital con derecho a voto si se tratare de una sociedad por acciones.
3. Operaciones Ordinarias y habituales en consideración al Giro Social de Matriz Ideas
S.A.
3.1 Conforme a esta Política serán Operaciones Ordinarias y habituales en consideración al giro de la Sociedad todos los actos, contratos o actividades de cualquier naturaleza que digan relación con el ejercicio del comercio en general, incluyendo compra, venta, consignación, distribución, importación, exportación, representación, comisión, envase, fraccionamiento y comercialización por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes, corporales o incorporales, así como la adquisición, conservación, venta, enajenación, y negociación en cualquier en cualquier forma y a cualquier título, de toda clase de bienes, ya sea en el país o en el extranjero y la percepción de sus frutos y rentas.
3.2 En el contexto del numeral anterior, a título ilustrativo, y sin que esto implique limitación alguna, se considerarán Operaciones Ordinarias y habituales las siguientes operaciones de la Sociedad con Partes Relacionadas:
a) La compra, venta, consignación distribución, importación, exportación, representación, comisión, envase, fraccionamiento y comercialización de toda clase de bienes corporales muebles;
b) La prestación de todo tipo de servicios que permitan a las Partes Relacionadas desarrollar sus giros individuales, de forma de destinar sus capacidades y recurso preferentemente a la consecución de dichos objetivos, incluyendo pero no limitados a aquellos relativos a mantención y administración de datos, recaudación, administración de activos y otros;
c) La adquisición, conservación, venta, enajenación y negociación en cualquier forma ya cualquier título, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, ya sea en el país o en el extranjero y la percepción de sus frutos y rentas;
d) Las operaciones que sean calificadas como cuentas corrientes mercantiles o préstamos financieros estructurados que se celebren para la optimización del manejo de caja de las Partes Relacionadas;
e) La realización de operaciones bancarias y financieras, tales como la inversión en fondos mutuos y depósitos a plazo, la contratación de líneas de crédito y sobregiro en cuenta corriente, cartas de crédito y boletas de garantía, y las demás actividades necesarias para el manejo de los recursos líquidos de la Sociedad;
f) La contratación de servicios de marketing y publicidad para el desarrollo y promoción de los servicios y productos de la Sociedad;
g) La contratación de asesorías en materias financieras, contables, administrativas, tributarias, laborales y legales;
h) La contratación de asesorías y servicios, así como la adquisición de activos, bienes e insumos necesarios para la operación de la Sociedad; y,
i) El transporte y la distribución de mercaderías y productos que distribuye o comercializa la Sociedad.
3.3 Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad sólo podrá realizar operaciones con Partes Relacionadas cuando tales operaciones tengan por objeto contribuir al interés social y se ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado.
4. Divulgación y Vigencia.
Esta Política entrará en vigencia apenas sea informada como hecho esencial a la Superintendencia de Valores y Seguros.
Las modificaciones a esta Política serán puestas en conocimiento del público en el sitio web de la Sociedad www.casaideas.cl. Asimismo, una copia de este documento, como de sus modificaciones, estarán a disposición de los accionistas interesados en las oficinas de la Sociedad ubicadas en calle Tocornal 356, Santiago.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=d7b197003f16b238b988d6994b844588VFdwQmVFMUVRWHBOUkVGNlRVUk5NMDEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909