MASISA S.A.
Sociedad Anónima Abierta Inscrita en el Registro de Valores N°825
HECHO ESENCIAL
Santiago, 21 de septiembre de 2023
Señora
Solange Berstein Jauregui
Presidenta de la Comisión para el Mercado Financiero PRESENTE
De mi consideración:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9° e inciso segundo del artículo 10 de la Ley N°18.045 de Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N°30 de la Comisión para el Mercado Financiero, debidamente facultado al efecto, vengo a informar en carácter de hecho esencial respecto de los negocios de Masisa S.A. (Masisa o el Emisor), lo siguiente:
El día de hoy se celebró la junta de tenedores de bonos de la Serie L, emitida por Masisa, en la cual los tenedores aprobaron las siguientes modificaciones al contrato de emisión que consta en la escritura pública de fecha 27 de noviembre de 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, Repertorio N°20.927-2008 (conjuntamente con sus modificaciones, el Contrato de Emisión de Bonos):
1. Reemplazar la letra C de la Cláusula Novena del Contrato de Emisión de Bonos, con el objeto de establecer el límite en dos comas cinco veces para la Razón Deuda Financiera Neta sobre EBITDA, señalada en el Contrato, y un periodo de excepción para la misma desde los Estados Financieros Consolidados de septiembre de 2023 hasta los Estados Financieros Consolidados de diciembre de 2024, ambas fechas incluidas.
2. Reemplazar la letra K de la Cláusula Novena del Contrato de Emisión de Bonos, con el objeto de (i) modificar el límite de la Razón entre Pasivo Exigible Neto sobre Patrimonio a cero coma seis veces y (ii) ajustar las consecuencias señaladas para el Emisor respecto de la Razón entre Pasivo Exigible Neto sobre Patrimonio.
3. Modificar la letra L de la Cláusula Novena del Contrato de Emisión de Bonos derogando la obligación del Emisor de mantener una Caja Mínima.
4. Agregar una nueva letra L de la Cláusula Novena del Contrato de Emisión de Bonos con la obligación de amortización de deuda financiera en el caso de venta de ciertos activos industriales de propiedad del Emisor.
5. Reemplazar la letra C de la Cláusula Décima, modificar la letra H de la Cláusula Décima, incorporar una nueva letra K a la cláusula Décima, y modificar la cláusula Vigésimo Cuarta del Contrato de Emisión de Bonos, con el objeto de adecuar dichas cláusulas a los acuerdos indicados en los literales anteriores. Asimismo, se acordó eliminar algunas definiciones del Contrato de Emisión de Bonos que estaban en desuso.
6. Facultar al Representante de los Tenedores de Bonos para acordar con el Emisor el texto específico de las modificaciones al Contrato de Emisión de Bonos, y para suscribir la escritura pública de modificación respectiva, así como cualquier escritura pública que tenga por objeto rectificar o complementar la escritura de modificación del Contrato de Emisión de Bonos, con el objeto de subsanar las eventuales observaciones que pueda realizar la Comisión para el Mercado Financiero antes de proceder a la inscripción de dicha escritura modificatoria.
Consecuentemente, el Contrato de Emisión será modificado en lo pertinente, recogiendo los acuerdos adoptados en la referida junta.
Atentamente,
Alejandro Carrillo Escobar
Gerente General MASISA S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=2d309c6c8a4f5c2b5715966bf76f274bVFdwQmVVMTZRVFZOUkZGM1RWUk5ORTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1695332401