MASISA S.A.
Sociedad Anónima Abierta
Inscrita en el Registro de Valores N*825
HECHO ESENCIAL
Santiago, 24 de julio de 2020.
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero
PRESENTE
De mi consideración:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9* e inciso segundo del artículo 10* de la Ley
N*18.045 de Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N*30 de la Comisión para el
Mercado Financiero, debidamente facultado al efecto, vengo en informar en carácter de hecho
esencial respecto de los negocios de Masisa S.A. (“Masisa” o la “Sociedad”), lo siguiente:
El día de hoy se celebró la junta de tenedores de bonos de la serie L emitida por Masisa, en la
cual los tenedores aprobaron las siguientes modificaciones al contrato de emisión que consta
en la escritura publica de fecha 27 de noviembre de 2008, otorgada en la Notaría de Santiago
de don Félix Jara Cadot, Repertorio N*“20.927-2008:
l. Letra /C/ de la Cláusula Novena del Contrato de Emisión de Bonos Razón Deuda
Financiera Neta sobre EBITDA.
i. Sujeto a la “Consumación de la Venta de los Activos Forestales Chilenos”, la
siguiente razón Deuda Financiera Neta sobre EBITDA:
a) Eximir al Emisor de la medición de la razón Deuda Financiera Neta sobre
EBITDA entre el 30 de junio de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2022,
ambas fechas inclusive.
b) Desde el 31 de diciembre de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2023,
ambas fechas inclusive, mantener una razón Deuda Financiera Neta sobre
EBITDA no superior a 3,5 veces.
c) Desde el 31 de diciembre de 2023 en adelante, mantener una razón Deuda
Financiera Neta sobre EBITDA no superior a 2,5 veces.
ii. Sujeto a la “Consumación de la Venta de los Activos Forestales Argentinos” la
siguiente razón Deuda Financiera Neta sobre EBITDA:
a) Eximir al Emisor de la medición de la razón Deuda Financiera Neta sobre
EBITDA entre el 30 de junio de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2022,
ambas fechas inclusive.
b) Desde el 31 de diciembre de 2022 en adelante, mantener una razón Deuda
Financiera Neta sobre EBITDA no superior a 2,5 veces.
iii. Durante el período de no medición de la razón Deuda Financiera Neta sobre
EBITDA y/o mientras el límite de esta sea superior a 2,5 veces el Emisor no podrá
realizar distribuciones de dividendos por sobre el mínimo legal, devoluciones de
capital o efectuar préstamos a sus accionistas.
II. Letra /L/ de la Cláusula Novena del Contrato de Emisión de Bonos Caja Mínima
i. Sujeto a la “Consumación de la Venta de los Activos Forestales Chilenos”, se
elimina la obligación de mantener una caja mínima de 45 millones de Dólares.
ii. Sujeto a la “Consumación de la Venta de los Activos Forestales Argentinos” el
Emisor deberá mantener una caja mínima de 25 millones de Dólares por un plazo de
12 meses contados desde el cumplimiento de la referida condición.
lll. Letra /C/ de la Cláusula Décima del Contrato de Emisión de Bonos Incumplimientos del
Emisor
i. El incumplimiento del límite de la razón Deuda Financiera Neta sobre EBITDA de
2,5 veces, no dará lugar a la exigibilidad anticipada del capital insoluto e intereses
devengados de los bonos, mientras esta sea igual o menor que 3,0 veces. Sin embargo
en dicho caso el Emisor no podrá realizar distribuciones de dividendos por sobre el
mínimo legal, ni devoluciones de capital, ni préstamos a sus accionistas mientras
persista el incumplimiento.
IV. Facultar al Representante de los Tenedores de Bonos para que éste, con las más amplias
facultades, suscriba junto al Emisor un contrato de modificación al Contrato de Emisión de
Bonos con el objeto de materializar la propuesta indicada precedentemente
Consecuentemente, el contrato de emisión será modificado en lo pertinente, recogiendo los
acuerdos adoptados en la referida junta.
Las modificaciones antes señaladas permitirán a la compañía disponer de las holguras
necesarias para enfrentar los desafíos que impone el nuevo entorno y avanzar en el desarrollo
de su plan estrategico.
Atentamente,
Patricio Reyes Urrutia
Gerente Legal y de Asuntos Corporativos
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=5fc301c15acf1c263710b40ba94a5caaVFdwQmVVMUVRVE5OUkUxNlRrUlJNMDVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108