Resumen corto:
Marítima de Inversiones HECHO ESENCIAL MARÍTIMA DE INVERSIONES S.A. Inscripción Registro de Valores N* 1 Santiago, 9 de enero de 2023 Señora Solange Berstein Jáuregui Presidenta Comisión para el Mercado Financiero Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 Presente Ref.: Comunica Hecho Esencial.
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Marítima de Inversiones
HECHO ESENCIAL
MARÍTIMA DE INVERSIONES S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 1
Santiago, 9 de enero de 2023
Señora
Solange Berstein Jáuregui
Presidenta
Comisión para el Mercado Financiero Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 Presente
Ref.: Comunica Hecho Esencial.
Estimada señora Presidenta:
De acuerdo a lo establecido en el artículo 9% e inciso segundo del artículo 10% de la Ley N* 18.045 y en la Norma de Carácter General N* 30, el suscrito, debidamente facultado al efecto, informa en carácter de Hecho Esencial de Marítima de Inversiones S.A. (la Sociedad) que, en sesión de directorio celebrada con fecha de hoy, 9 de enero de 2023, se aprobó una nueva Política General de Habitualidad para Operaciones con Partes Relacionadas de la Sociedad, que se acompaña a la presente como anexo.
Esta política se encontrará a disposición de los accionistas de la Sociedad en las oficinas sociales y en el sitio web de la Sociedad, de conformidad con lo preceptuado por el literal b) de artí ulo 147 deyla Ley N*18.046.
c.c.: Bolsa de Comercio – Santiago Bolsa Electrónica de Chile – Santiago
Marítima de Inversiones
Política General de Habitualidad para Operaciones con Partes Relacionadas de Marítima de Inversiones S.A.
Introducción
De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del inciso segundo del artículo 147 de la Ley N*18.046 de Sociedades Anónimas (LSA), Marítima de Inversiones S.A. (la Sociedad), en su calidad de sociedad anónima abierta, establece la siguiente política general de habitualidad (la Política) respecto de aquellas operaciones que sean ordinarias en consideración a su giro, a fin de que la Sociedad pueda ejecutar tales operaciones con partes relacionadas sin necesidad de cumplir con las formalidades y procedimientos establecidos en los números 1) al 7) del inciso primero del referido artículo, en la medida que cumplan con los requisitos establecidos en esta Política.
La Política fue aprobada en sesión de directorio de la Sociedad celebrada con fecha 9 de enero de 2023, se encuentra publicada en la página web de la Sociedad (www.marinsa. cl) y disponible para los accionistas en sus oficinas ubicadas en Hendaya 60, oficina 1501, comuna de Las Condes, Santiago.
Objeto
A. Para ser incluida en esta Política, una operación no sólo tiene que ser habitual, sino que el carácter ordinario de la misma ha de ser funcional al objeto de la Sociedad.
De conformidad con el artículo 1 de los estatutos sociales, la Sociedad tiene por objeto
a) realizar actividades de inversión en bienes inmuebles, corporales o incorporales, urbanos o rurales y b) realizar actividades de inversión en bienes muebles incorporales, como acciones, bonos debentures, derechos en sociedades de personas, pagarés, letras de cambio, certificados de depósito, documentos negociables y valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos por el Estado, por instituciones públicas o por entidades o sociedades privadas, nacionales o extranjeras.
El giro de la Sociedad, a la fecha, se ha traducido en la inversión en acciones de Compañía Electro Metalúrgica S.A. y Compañía Sud Americana de Vapores S.A.
B. En consideración a lo anterior, el directorio de la Sociedad establece que las siguientes operaciones son habituales y ordinarias en consideración al giro social:
1. La compra o venta de valores de oferta pública y la contratación de servicios afines o complementarios al giro social, tales como servicios de custodia e intermediación de valores de oferta pública; servicios computacionales, informáticos y de telecomunicaciones; servicios de asesoría financiera; y servicios legales; entre otros;
2. Las operaciones de financiamiento, incluidos contratos de mutuo, cuenta corriente mercantil y cualquier otra modalidad que permita a la Sociedad contar con los
Marítima de Inversiones recursos que requiera para el desarrollo de su giro social o poner a disposición de entidades relacionadas sus excedentes de caja; y
3. La contratación de publicidad en medios de comunicación social.
C. Atendido lo expuesto en la letra B precedente, se consideran desde ya como Operaciones habituales con partes relacionadas, a título meramente ejemplar:
1. Contratación de servicios con Servicios y Consultorías Hendaya S.A.;
2. Contratación de servicios con Servicios Compartidos Ticel Ltda.;
3. Contratación de servicios de asesoría legal a estudio jurídico Claro y Cía; y
4. Contratación de publicidad con Ediciones Financieras S.A.
Requisitos
En todo caso, no obstante el listado contenido en esta Política, de conformidad con el literal
b) del inciso segundo del artículo 147 de la LSA, todas las operaciones que la Sociedad celebre habitualmente con partes relacionadas, deberán cumplir siempre con los siguientes requisitos:
i. – Tener por objeto contribuir al interés social; li. Ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su aprobación; y iii. No comprometer más del 10% del activo social.
Vigencia
La presente Política entrará en vigencia a contar de la fecha de su aprobación por el directorio, esto es, 9 de enero de 2023, y se mantendrá vigente mientras el directorio de la Sociedad no acuerde su modificación. En dicho caso, las modificaciones pertinentes serán puestas a disposición de la Comisión para el Mercado Financiero, y se cumplirá con los requisitos de publicidad exigidos por la LSA.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=34db36be72ead70cb614a91ecb62dd62VFdwQmVVMTZRWGhOUkVGNFRVUkpNazlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108