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MARITIMA DE INVERSIONES S.A. 2010-10-29 T-15:41

M

IN] Maritima
¿3 de Inversiones

Santiago, 29 de Octubre de 2010
335/10

Señor

Fernando Coloma Correa

Superintendente de Valores y Seguros

Avda. Libertador Bernardo O’Higgins 1449, piso 9

Santiago

Referencia: Política sobre determinación de la Utilidad Liquida Distribuible del Ejercicio y

Ajustes de Primera Aplicación

Estimado señor:

De acuerdo a lo requerido en las Circulares N* s 1.945 del 29 de Septiembre de 2009 y 1.983 del
30 de Julio del presente año, cumplo en comunicar a usted la política de determinación de la
“Utilidad Liquida Distribuible” aprobada por el Directorio de la sociedad en sesión efectuada
hoy.

Dicha política establece que la utilidad liquida distribuible se determinará, tomando como base la
“ganancia atribuible a los controladores”, presentada en el Estado de Resultados Consolidados
por Función, emitidos al 31 de Diciembre de cada año. Dicha utilidad será ajustada de todas
aquellas ganancias generadas como consecuencia de una variación en el valor razonable de
ciertos activos y pasivos, y que, al cierre del ejercicio, no estén realizadas o devengadas. De esta
forma, dichas ganancias serán restituidas a la determinación de la utilidad líquida distribuible, en
el ejercicio que éstas se realicen o devenguen. Adicionalmente, la Sociedad mantendrá un control
sobre todas aquellas ganancias descritas precedentemente, que al cierre de cada ejercicio anual no
hayan sido realizadas o devengadas.

En relación a los ajustes de primera adopción a IFRS, incluidos en los Resultados Acumulados al
31 de Diciembre de 2009, la Sociedad ha definido que se mantengan como utilidades o ganancias
no distribuibles. Dichos ajustes de primera adopción, y para los fines de determinar el saldo de
Ganancias o Pérdidas Acumuladas Distribuibles, serán controlados en forma independiente, y no
serán considerados al momento de determinar dicho saldo. Sin perjuicio de lo anterior, al
momento de realizarse o devengarse algunos de los montos considerados en los ajustes de
primera adopción (IFRS), como se indica precedentemente, serán incluidos en la determinación
de las utilidades liquidas distribuibles del ejercicio anual respectivo.

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,

MA. A DE INVERSIONES S.A.

Rodolfo Vergara S.
Gerente General

HENDAYA 60 – PISO 12 – TELEFONO 3307000 – LAS CONDES – CHILE

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=8898bc806683e90e661f6215d6b5ddd9VFdwQmVFMUVSWGROUkVWNlRucFpNVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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