a
Av. Isidora Goyenechea 3520, C.P. 755-0071, Las Condes, Santiago, Chile.
T+600 700 4000 F + 56.2.694 7222
Santiago, 22 de Abril de 2010.
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
Ref.: Informa Hecho Relevante
De nuestra consideración:
Política de H
MAPFRE | SEGUROS
itualidad.-
Por medio de la presente comunicamos a||Ud., en calidad de hecho
esencial, que el Directorio de MAPFRE Compañía de Seguros de Vida de
Chile S.A., teniendo presente lo dispuesto en . letra b) del inciso final del
a
artículo 147 de la Ley N* 18.046, acordó fijar
siguiente Política General
de Habitualidad para operaciones con partes relacionadas sin necesidad
de cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en los numerales
1) a 7) de este último artículo:
1. La sociedad solo podrá celebrar Si con partes relacionadas
cuando tengan por objeto contribu
al interés social, sean
necesarias para el desarrollo de la empresa y se ajusten en precio,
términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al
tiempo de aprobación.
2.Se considerarán operaciones habituales y, en consecuencia, se
podrán realizar sin necesidad de era con las exigencias de los
numerales 1) a 7) del artículo 147 de la
ey N” 18.046, pero siempre
cumpliendo las condiciones del N* 1 E todas aquellas que
e
directamente correspondan o sean úti
s al giro social, esto es la
actividad aseguradora y sus actividades afines o complementarias
autorizadas y/o reguladas por el DFL
N* 251 (Ley de Seguros) y
demás normas legales y reglamentarias aplicables, y todas las
adquisiciones de bienes y contratación (de servicios necesarios para
la correcta operación de la empresa o conducentes al logro del objeto
social, la venta, oferta y promoción de seguros y para el adecuado
manejo de su política de inversiones.
Av. Isidora Goyenechea 3520, C.P. 755-0071, Las Condes, Santiago, Chile.
T+600 700 4000 F + 56.2.694 7222
MAPFRE | SEGUROS
3. Las operaciones señaladas en el párrafo anterior se considerarán
habituales independientemente de su
contratación es mensual, semestral,
monto y sin importar si su
anual o por otro período de
tiempo, debiendo solo tomarse en consideración para su calificación
de habituales la frecuencia y similitud de las operaciones con
aquellas que la sociedad efectúe o haya
para el correcto y eficiente desarrollo de
De acuerdo a la norma legal vigente, esta
accionistas en las oficinas sociales.
Sin otro particular le saluda atentamente
N
Julio Domingo Souto
Gerente General
MAPFRE Seguros de
efectuado en forma ordinaria
su giro.
ps de Habitualidad para
operaciones con partes relacionadas que
ará a disposición de los
Vida
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=968a8a05210f09443a0bd4d5eae1da5bVFdwQmVFMUVRVEJOUkVFd1RVUlpNRTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909