Aníbal Pinto N* 1101 – Casilla 96
Parral – Región del Maule – Chile
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“HECHO ESENCIAL”
LUZPARRAL S.A.
Inscripción en el Registro Especial de Entidades Informantes N*132
Lp-1011/2021
Parral, 27 de agosto de 2021
Señor
JOAQUÍN CORTEZ HUERTA
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Av. Libertador Bernardo O’Higgins N*1449
SANTIAGO
Señor Presidente,
En virtud de lo establecido en los artículos 9* y 10* inciso segundo de la Ley N*18.045 y en la Norma
de Carácter General N*30 de vuestra Comisión, estando debidamente facultado por el Directorio,
comunico a usted en carácter de HECHO ESENCIAL de LUZPARRAL S.A. (la “Compañía”) lo
siguiente:
Para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N*21.194 y su regulación complementaria, el día de
hoy tuvo lugar una junta extraordinaria de accionistas de la Compañía (la “Junta”), en que se
adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos:
1) La Junta acordó la división de la Compañía en dos sociedades: (1) Luzparral S.A., continuadora
de la Compañía, la cual tendrá por objeto exclusivo la distribución de energía eléctrica y aquellos
que por ley le están permitidos a las empresas de distribución, y a la cual se le asignaron todos
los activos y pasivos relacionados con este mismo objeto; y (ii) Luzparral Transmisión S.A. (la
“Nueva Sociedad”), cuyo objeto será el desarrollo de actividades de transmisión o transporte de
energía eléctrica, así como todos los demás negocios y actividades excluidas del giro de
distribución y que actualmente desarrollaba la Compañía, y a la cual se le asignaron todos los
activos y pasivos relacionados con estos mismos objetos (la “División”).
S
LUZPARRAL
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2) Para implementar la División, la Junta acordó:
a) Disminuir el capital de la Compañía en la cantidad de M$1.603.701., esto es, desde la cantidad
de M$10.273.738., dividido en 72.700.000 acciones, todas de igual valor, de una sola serie, sin
valor nominal, integramente suscrito y pagado, a la cantidad de M$8.670.037., dividido en igual
número y tipo de acciones, integramente suscrito y pagado; y aprobar la forma en que se
distribuirán las cuentas de patrimonio de la Compañía entre ésta y la Nueva Sociedad.
b) Aprobar un nuevo texto refundido de los estatutos de la Compañía, que reemplaza integramente
alos actuales, y que contiene las referidas modificaciones relativas a su capital y su objeto social,
así como modificaciones a la forma de resolución de controversias y otras en materias de orden
interno.
c) Aprobar los estatutos de la Nueva Sociedad, los cuales son sustancialmente iguales a los nuevos
estatutos de la Compañía, aunque difieren de éstos en lo relativo a la razón social, objeto social,
capital social y otras cuestiones de orden interno.
3) Se acordó, además, que sin perjuicio del cumplimiento oportuno de las formalidades de
inscripción y publicación del extracto de la escritura a la que se reduzca el acta de la Junta, la
División y las reformas de estatutos mencionadas previamente tendrán efecto y vigencia a contar
del 1? de octubre de 2021, fecha a contar de la cual cada uno de los accionistas de la Compañía
recibirá una acción de la Nueva Sociedad por cada acción que mantenga en la Compañía.
Finalmente, en conformidad con lo establecido en la Circular N*988 de vuestra Comisión, le informo
que a esta fecha no es posible determinar los efectos financieros que las materias que se informan en
este Hecho Esencial pudieren tener sobre los activos, pasivos o resultados de la Compañía más allá
de la redistribución de capital, activos y pasivos entre ésta y la Nueva Sociedad precedentemente
informada y que fue realizada para cumplir adecuada y eficientemente con la normativa aplicable.
Saluda atentamente a usted,
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=fd9b75a614054cc02e951c26f598e86cVFdwQmVVMVVRVFJOUkUweFRrUlZNazVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108