Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

LILAS SADP 2023-06-30 T-19:49

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El Notario que suscribe, certifica que el documento adjunto denominado “ACTA”

es copia fiel e íntegra de la Escritura Pública otorgada en este Oficio con fecha

31-05-2023 bajo el Repertorio 13688.

Firmado electrónicamente po ) 2 Cadot, de la Cuadragesima
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Santiago, 2 :

Documento emitido con Firma Electrónica Avanzada, conforme a la Ley N*19.799 y
el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 10 de Octubre de
2006.

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FELIX JARA CADOT
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< Verifique este documento en http://www.notariafjc.cl ingresando el siguiente código:20230531192140′ JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “LILAS SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL” “En SANTIAGO DE CHILE, a treinta y uno de mayo del año dos mil
veintitrés, ante mí, FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular de la
Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle
Huérfanos número mil ciento sesenta, subsuelo, comparece: don
ALEXANDER MAXIMILIANO LETONJA CEPEDA, chileno, abogado,
soltero, cedula de identidad número trece millones ochocientos
veintiocho mil novecientos dieciocho guion cuatro, domiciliado para
estos efectos en Avenida El Golf número cuarenta, oficina mil
setecientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; el
compareciente, mayor de edad, quien acredita su identidad con la
cédula antes citada, expone: Que debidamente facultado viene en
reducir a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de
Accionistas de “LILAS SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA
PROFESIONAL”, manifestando que se encuentra suscrita por las
personas que en ella misma se indican. El Acta que se reduce a
escritura pública .es del siguiente tenor: “ACTA JUNTA

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “LILAS SOCIEDAD ANÓNIMA

20230531192140GC 1

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DEPORTIVA PROFESIONAL”. En Santiago, a treinta y uno de mayo
de dos mil veintitrés, a las diez horas, en las oficinas ubicadas en calle
Huérfanos número mil ciento sesenta, subsuelo, comuna de Santiago,
Región Metropolitana, se reunieron en Junta Extraordinaria los
Accionistas de “Lilas Sociedad Anónima Deportiva Profesional”, en
adelante la “Sociedad”. La Junta fue presidida por don Mario Efraín
Paredes Sánchez, y con la asistencia de don Esteban Efraín Paredes
Quintanilla actuando como Secretario especialmente designado al
efecto, y con la asistencia de los accionistas que a continuación se
indican: ASISTENCIA: Asistieron por la totalidad de acciones, los
siguientes accionistas: Uno) Sociedad Comercial MP SpA, en su
calidad de titular de sesenta y nueve mil dieciséis acciones,
debidamente representada por don Esteban Efraín Paredes
Quintanilla. Dos) Mario Efraín Paredes Sánchez, en su calidad de
titular de una acción. Tres) Guillermo Lee Lastra, en su calidad de
titular de treinta mil novecientos cincuenta y siete acciones. Por tanto,
se encontraban presentes los tres accionistas que poseen la totalidad
de las noventa y nueve mil novecientos setenta y cuatro acciones
emitidas, suscritas y pagadas de la Sociedad. NOTARIO PÚBLICO: De
conformidad con lo establecido en el artículo cincuenta y siete de la Ley
número dieciocho mil cuarenta y seis, asistió a esta Junta el Notario
Titular de la Notaría Pública de Santiago, don Félix Jara Cadot. HOJA
DE ASISTENCIA: Visto que todos los accionistas asistentes firmarán el
acta de esta junta, se omitió la suscripción de una hoja de asistencia

separada. CONVOCATORIA Y OTRAS FORMALIDADES: El

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Presidente pidió dejar constancia que no se publicaron avisos de
citación, por cuanto se había obtenido el compromiso de la totalidad de
los accionistas de la Sociedad en orden a concurrir a la Junta, como
efectivamente ocurrió. Igualmente, señaló que de conformidad con lo
establecido en el artículo sesenta y dos de la Ley número dieciocho mil
cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, pueden participar en la
Junta y ejercer sus derechos a voz y voto los titulares de acciones
inscritas en el Registro de RIAS al inicio de esta Junta, situación
en la que se encontraban las acciones presentes. CONSTITUCIÓN DE
LA JUNTA: El Presidente informó a los señores accionistas que los
poderes presentados fueron revisados y encontrados conforme por el
abogado don Alexander Letonja Cepeda, por lo que se dieron por
aprobados sin observaciones. El Presidente manifestó que,
encontrándose presentes y debidamente representadas en esta Junta
la totalidad de las noventa y nueve mil novecientas setenta y cuatro
acciones emitidas por la Sociedad, se reunía el quórum legal para la
celebración de la Junta. En consecuencia, agregó que, al haberse
cumplido las exigencias previstas por la ley y los estatutos para que las
juntas puedan válidamente reunirse, declaraba constituida la presente
Junta Extraordinaria de Accionistas. TABLA: El Presidente señaló que
esta Junta tiene por objeto someter a la consideración de los señores
accionistas las siguientes materias: I. La proposición de aumentar el
capital de la sociedad, que actualmente es de ochocientos cuarenta y
cinco millones seiscientos treinta y un mil doscientos ochenta y cinco

pesos, dividido en noventa y nueve mil novecientas setenta y cuatro

acciones, a la suma de mil doscientos cincuenta millones cuarenta y
cuatro mil novecientos cuarenta y siete pesos dividido en ciento
cuarenta y siete mil setecientos ochenta y cinco acciones, es decir,
mediante la emisión y colocación de cuarenta y siete mil ochocientas
once acciones ordinarias, para ser suscritas y pagadas al valor de ocho
mil cuatrocientos cincuenta y ocho coma cinco nueve cero tres dos
cuatro cuatro cero dos tres tres cuatro pesos cada una. II. Renuncia al
derecho preferente a suscribir acciones. II. Adoptar los demás
acuerdos necesarios para llevar a efecto lo resuelto por la Junta.
DESARROLLO DE LA JUNTA. Después de un amplio debate sobre las
materias expuestas por el señor Presidente, la Junta aprobó, por
unanimidad, los siguientes acuerdos: 1. AUMENTO DE CAPITAL. El
Presidente indicó que ha estimado pertinente discutir acerca del
aumento de capital de la Sociedad mediante la emisión de acciones de
pago. Se aumentaría el capital de la sociedad en cuatrocientos cuatro
millones cuatrocientos trece mil seiscientos sesenta y dos pesos
mediante la emisión y colocación de cuarenta y siete mil ochocientas
once acciones. Agregó el Presidente que, encontrándose reunidas el
cien por ciento de las acciones de la Sociedad, era posible, si así se
acordaba por unanimidad, proceder de inmediato a ofrecer dichas
acciones preferentemente a los accionistas para su suscripción y pago.
En caso de que los actuales accionistas no quisieren adquirir las
acciones de pago, total o parcialmente, se procederá a ofrecer el saldo
no suscrito a terceros interesados, para su suscripción y pago. En todo

caso el capital deberá quedar integramente suscrito y pagado dentro

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del plazo de tres años contado desde la fecha de la presente Junta. En
conformidad al artículo diecinueve del Reglamento de Sociedades
Anónimas, la unanimidad de las acciones de la Sociedad con derecho
a voto acordó que la Sociedad no capitalice las reservas sociales
provenientes de utilidades y de revalorizaciones legales existentes a la
fecha del último balance en forma previa a la emisión de acciones de
pago. A continuación, la Junta acordó aumentar el capital de la
sociedad de la suma actual AE ochocientos cuarenta y cinco millones
seiscientos treinta y un mil doscientos ochenta y cinco pesos, dividido
en noventa y nueve mil novecientas setenta y cuatro acciones
nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; a la suma de mil
doscientos cincuenta millones cuarenta y cuatro mil novecientos
cuarenta y siete pesos dividido en ciento cuarenta y siete mil
setecientos ochenta y cinco acciones nominativas, de una sola serie y
sin valor nominal, es decir, se aumenta el capital en la suma de
cuatrocientos cuatro millones cuatrocientos trece mil seiscientos
sesenta y dos pesos. Los Accionistas presentes acuerdan, por
unanimidad, que el precio de las acciones emitidas será de ocho mil
cuatrocientos cincuenta y ocho coma cinco nueve cero tres dos cuatro
cuatro cero dos tres tres cuatro pesos, las que, conforme dispone el
artículo veintisiete de la Ley sobre Sociedades Anónimas, serán
ofrecidas preferentemente a los accionistas en proporción a su
participación en el capital social. Del mismo modo, el Presidente
propuso que las acciones de pago que se emitan con motivo del

aumento de capital propuesto, puedan ser pagados en dinero mediante

deposito o transferencia, o bien, a través de capitalización de créditos
que los accionistas o terceros tengan en contra de la Sociedad. II.
RENUNCIA AL DERECHO PREFERENTE A SUSCRIBIR ACCIONES.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticinco de la ley
sobre Sociedades Anónimas, los accionistas Sociedad Comercial MP
SpA y don Mario Efraín Paredes Sánchez renuncian totalmente a su
derecho preferente de suscribir y pagar en forma proporcional el
aumento de capital, señalado en el acuerdo uno precedente,
representativos de las acciones acordadas a emitir en la presente
Junta, transfiriéndole integramente su derecho de opción preferente de
suscripción a don Guillermo Lee Lastra. Por su parte, don Guillermo
Lee Lastra acepta, en este acto, la cesión realizada en su favor. II.
EMISIÓN, SUSCRIPCIÓN Y PAGO DEL AUMENTO DE CAPITAL. Se
acuerda emitir en este acto las acciones representativas del aumento
de capital acordado en esta Junta, que corresponden a cuarenta y siete
mil ochocientas once acciones nominativas, sin valor nominal y de la
misma serie, para ser suscritas y pagadas este mismo acto por don
Guillermo Lee Lastra, quien suscribe y paga con el voto favorable de
las noventa y nueve mil novecientas setenta y cuatro acciones en el
cual se divide el capital social, cuarenta y siete mil ochocientas once
acciones, por un valor individual de ocho mil cuatrocientos cincuenta
y ocho coma cinco nueve cero tres dos cuatro cuatro cero dos tres tres
cuatro pesos, con un total de cuatrocientos cuatro millones
cuatrocientos trece mil seiscientos sesenta y dos pesos, las que paga

con la capitalización de su acreencia con la sociedad por la suma de

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cuatrocientos cuatro millones cuatrocientos trece mil seiscientos sesenta
y dos pesos. El pago de las acciones en la forma descrita es aprobado
por la unanimidad de los accionistas. En consecuencia, quedan
integramente suscritas y pagadas en este acto por don Guillermo Lee
Lastra las cuarenta y siete mil ochocientas once acciones nominativas,
sin valor nominal y de una misma serie, representativas del aumento de
capital por cuatrocientos cuatro millones cuatrocientos trece mil
seiscientos sesenta y dos pesos. Los accionistas declaran encontrarse
conformes con el pago de ciento cuarenta y siete mil setecientos ochenta
y cinco acciones ordinarias emitidas por la Sociedad. IV.
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES. Con motivo del aumento
de capital de que dan cuenta los acuerdos precedentes, se sustituyen los
artículos Quinto Permanente y el Artículo Segundo Transitorio de los
estatutos sociales, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de
la sociedad es la suma de mil doscientos cincuenta millones cuarenta y
cuatro mil novecientos cuarenta y siete pesos, dividido en ciento cuarenta
y siete mil setecientos ochenta y cinco acciones nominativas, de una sola
serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y entera en la forma que
se indica en el artículo segundo transitorio de estos estatutos”.
“ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO”: El capital de la sociedad es la
suma de mil doscientos cincuenta millones cuarenta y cuatro mil
novecientos cuarenta y siete pesos, dividido en ciento cuarenta y siete mil
setecientos ochenta y cinco acciones nominativas, de una sola serie y sin
valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos

estatutos, las cuales se encuentran totalmente suscritas, pagadas y

distribuidas de la siguiente forma:/i/ con la cantidad de ciento dos
millones setecientos setenta y un mil cuatrocientos veinte pesos,
representativa de doce mil ciento cincuenta acciones, que corresponde al
capital de la sociedad al catorce de mayo de dos mil veinte; /ii/ Con la
cantidad de trescientos cincuenta y ocho millones seiscientos mil
trescientos sesenta y ocho pesos, representativa de cuarenta y dos mil
trescientos noventa y cinco acciones de pago, acordadas emitir por la
Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha
quince de mayo de dos mil veinte, las que fueron emitidas y pagados
mediante la capitalización de créditos en contra de la Sociedad, cuyo
monto fue estimado y aprobado por la misma junta; /iii/ Con la cantidad
de doscientos un millones setecientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos
noventa y siete pesos, representativa de veintitrés mil ochocientos
cincuenta y una acciones de pago, acordadas emitir por la Junta
Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha
veintiséis de abril de dos mil veintiuno, las que fueron emitidas y
pagados mediante la capitalización de créditos en contra de la Sociedad,
cuyo monto fue estimado y aprobado por la misma junta; /iv/ Con la
cantidad de ciento ochenta y dos millones quinientos quince mil pesos,
representativa de veintiún mil quinientas setenta y ocho acciones de
pago, acordadas emitir por la Junta Extraordinaria de Accionistas de la
Sociedad celebrada con fecha treinta y uno de diciembre de dos mil
veintiuno, las que fueron emitidas y pagados mediante la capitalización
de créditos en contra de la Sociedad, cuyo monto fue estimado y

aprobado por la misma junta; y /v/ Con la cantidad de cuatrocientos

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cuatro millones cuatrocientos trece mil seiscientos sesenta y dos pesos,
representativa de cuarenta y siete mil ochocientas once acciones de
pago, acordadas emitir por la Junta Extraordinaria de Accionistas de la
Sociedad celebrada con fecha treinta y uno de mayo de dos mil
veintitrés, las que fueron emitidas y pagados mediante la capitalización
de créditos en contra de la Sociedad, cuyo monto fue estimado y
aprobado por la misma junta. Conforme a lo anterior, las acciones se
encuentran distribuidas conforme al siguiente detalle: aj) Sociedad
Comercial MP SpA, sesenta y nueve mil dieciséis acciones; b) Mano
Efraín Paredes Sánchez, una acción; y C) Guillermo Lee Lastra, setenta y
ocho mil setecientas sesenta y ocho acciones.” PODERES ESPECIALES.
(uno) Se acordó facultar a don Alexander Letonja Cepeda para que
reduzca a escritura pública, en todo o en parte, la presente acta, una
vez que ésta se encuentre firmada por los concurrentes, y sin esperar
su ulterior aprobación. (dos) Se facultó a don Alexander Letonja
Cepeda para que, realice todas y cada una de las gestiones que sean
necesarias o conducentes a fin de obtener la completa legalización de
las modificaciones sociales que se acuerdan en la presente junta
extraordinaria, pudiendo rectificar o complementar la presente acta, la
escritura pública a que se reduzca o sus extractos según estimen
necesario; y para efectuar todas las gestiones que correspondan para
sanear la nulidad por vicios formales de estos últimos puedan adolecer
de acuerdo con la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y
nueve. (tres) Se facultó al portador de copia autorizada de la escritura

pública a que se reduzca la presente acta para requerir y firmar todas

las anotaciones e inscripciones que fueren pertinentes en los registros

competentes. FIRMA Y APROBACIÓN DEL ACTA: Se acordó por

unanimidad que todos los asistentes a esta Junta firmen el acta que
se levante de la reunión, la cual se entenderá aprobada por ese solo
hecho, pudiendo llevarse a efecto de inmediato los acuerdos
adoptados en la misma. No habiendo otras materias que tratar se
levantó la sesión a las diez horas treinta minutos horas. FIRMAN:
Esteban Efraín Paredes Quintanilla p.p. Sociedad Comercial MP
SpA; Mario Efraín Paredes Sánchez; Guillermo Lee Lastra.
CERTIFICADO NOTARIAL. FÉLIX JARA CADOT, Notario Público
titular de la cuadragésima primera Notaría de Santiago, certifica:
PRIMERO: Haber Concurrido a la Junta Extraordinaria de
Accionistas de “Lilas Sociedad Anónima Deportiva Profesional”,
celebrada entre las diez horas y las diez horas treinta minutos del día
treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés en las oficinas de la
Notaría ubicadas en calle Huérfanos número mil ciento sesenta,
subsuelo, comuna de Santiago, Región Metropolitana; SEGUNDO:
Que se encontraban presentes en dicha junta los accionistas que se
señalan en el acta precedente, y TERCERO: Que el acta precedente
reproduce fiel e integramente los acuerdos adoptados, todos los
cuales fueron acordados por la unanimidad de las acciones presentes.
Santiago treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. FÉLIX JARA
CADOT NOTARIO PÚBLICO.” Conforme con su original al Acta
recién copiada de la sociedad. En comprobante y previa lectura, el

compareciente se ratifica y firma. Se deja constancia que la presente

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SANTIAGO

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Esta(s) firma(s) corresponden a la escritura de

Fecha 24/0/2222. Rep N” IDLCE-2027
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escritura, se encuentra anotada en el Libro de Repertorios de

Instrumentos Públicos de esta Notaría con esta misma fecha. Se da

copia. Doy fe.

Documento emitido con Firma Electrónica Avanzada, conforme a la Ley N*19.799 y el Auto Acordado de la

Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 10 de Octubre de 2006.

Verifique este documento en http://www.notariafjc.cl ingresando el siguiente código:20230531192140GC

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DIARIO OFICIAL. y

DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS

Núm. 43.589 | Viernes 30 de Junio de 2023 | Página 1 de 1

Empresas y Cooperativas
CVE 2337471

EXTRACTO

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41* Notaria de Santiago, con domicilio en
Huérfanos N? 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Que con fecha 31 de mayo de 2023, ante mí,
se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de LILAS
SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL, celebrada con esta misma fecha y con
asistencia de: Sociedad Comercial MP SpA, R.U.T. N* 77,119.433-8, debidamen te representada
por Esteban Efraín Paredes Sánchez, C.I. N” 13,899,344- 2; Mario Efraín Paredes Sánchez, C.I.
N* 7.894./799-3 y Guillermo Lee Lastra , C.I. N” 16.242,426-2, todos domiciliados para estos
efectos en El Molo 73-B, San Antonio, Región de Valparaíso, quienes en su calidad de únicos
accionistas de “LILAS SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL”, inscrita a
fojas 30 N* 30 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del
año 2013, acordaron lo siguiente: (i) Aumentar el capital de la sociedad de la suma actual de
$845.631.285, dividido en 99.974 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; a
la suma de $1.250.044.947 dividido en 147.785 acciones acciones nominativas, de una sola serie
y sin valor nominal, es decir, se aumenta el capital en la suma de $404.413.662, mediante la
emisión de 47.811 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente
suscritos y pagados en la Junta. (11) Se modifica el artículo Quinto permanente de los estatutos
sociales relativo al capital, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO
QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.250.044.947, dividido en 147.785 acciones
nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y entera en la forma que
se indica en el artículo segundo transitorio de estos estatutos.”; (111) Se modifica el Artículo
Segundo Transitorio referido al pago del capital en la forma señalada en escritura extractada. En
todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones
escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2023. Félix Jara Cadot, N.P.

CVE 2337471 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 7120001 Email: consultasQ diarioficial.cl
Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N*511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N*19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl

EXTRACTO

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41% Notaria de Santiago, con
domicilio en Huérfanos N* 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Que con fecha 31
de mayo de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta
Extraordinaria de Accionistas de LILAS SOCIEDAD ANONIMA DEPORTIVA
PROFESIONAL, celebrada con esta misma fecha y con asistencia de: Sociedad
Comercial MP SpA, R.U.T. N* 77.119.433-8, debidamente representada por
Esteban Efraín Paredes Sánchez, C.l. N” 13.899.344- 2; Mario Efraín Paredes
Sánchez, C.!l. N”7.894.799-3 y Guillermo Lee Lastra, C.!. N*16.242.426-2, todos
domiciliados para estos efectos en El Molo 75-B, San Antonio, Región de
Valparaíso, quienes en su calidad de únicos accionistas de “LILAS SOCIEDAD
ANONIMA DEPORTIVA PROFESIONAL”, inscrita a fojas 30 N*30 del Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2013,
acordaron lo siguiente: (1) Aumentar el capital de la sociedad de la suma actual de
$845.631.285, dividido en 99.974 acciones nominativas, de una sola serie y sin
valor nominal; a la suma de $1.250.044.947 dividido en 147.785 acciones
acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, es decir, se aumenta
el capital en la suma de $404.413.662, mediante la emisión de 47.811 acciones
nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritos y
pagados en la Junta. (ii) Se modifica el artículo Quinto permanente de los
estatutos sociales relativo al capital, reemplazando su texto actual por el siguiente:
“ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.250.044.947,
dividido en 147.785 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El
capital se suscribe y entera en la forma que se indica en el artículo segundo
transitorio de estos estatutos.”, (iii) Se modifica el Artículo Segundo Transitorio
referido al pago del capital en la forma señalada en escritura extractada. En todo
lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social. Demás
estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2023. Félix Jara
Cadot, N.P.

Documento Incorpora Firma Electrónica Avanzada, según lo indicado en la Ley N*19.799 y en el
Autoacordado de la Excma. Corte Suprema. Su validez puede ser consultada en el sitio http://www.e-

certchile.cl

2306-2812-39053
Firmado digitalmente por
FELIX EDUARDO JARA CADOT
Nombre de reconocimiento
(DN): c=CL,

E D U A R D st=METROPOLITANA DE
SANTIAGO, |=Santiago,
o=FELIX EDUARDO JARA
CADOT, ou=Notario Titular

O J A RA 516, cn=FELIX EDUARDO JARA
CADOT,
email=INFOSNOTARIAFJC.CL

( ADO | Fecha: 2023.06.28 12:41:00
-0400′

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