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Santiago, 01 de junio de 2020
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero
PRESENTE
REF.: Comunica Hecho Esencial, citación a Junta General Extraordinaria de Accionistas
De nuestra consideración:
De conformidad a lo dispuesto en los artículos 9 y 10 inciso segundo de la ley 18.045 de
Mercado de Valores, y a lo previsto en las Circulares N* 662 y N* 991, dictadas por la Comisión para
el Mercado Financiero (“CMF”) y sus modificaciones, cumplo en informar en calidad de hecho
esencial que, en sesión de directorio de Liberty Compañía de Seguros Generales S.A. (la
“Compañía”), celebrada el día 28 de mayo de 2020, por la unanimidad de los asistentes, se acordó
convocar a Junta Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse el día 07 de julio de 2020, en el
domicilio social ubicado Avenida Andrés Bello número 2457, piso 12, Providencia, a las 11:00
horas, pudiéndose además participar en esta Junta Extraordinaria de manera remota, de
conformidad a lo establecido en la Norma de Carácter General N*435, en el Oficio Circular N*1141
de la CMF, y al acuerdo del Directorio de la Compañía, con el objeto de someter a su conocimiento
y aprobación las siguiente materia:
Operación con partes relacionadas (“OPR”): Aprobar en conformidad a los términos del Título XVI
de la ley número 18.046, sobre Sociedades Anónimas, en particular en su artículo 147, la operación
con partes relacionadas consistente en el “Acuerdo de Cooperación entre Liberty Compañía de
Seguros Generales S.A. y Liberty Mutual Insurance Company”, teniendo en consideración el
informe del evaluador independiente, señores Mazars Auditores Consultores LTDA., que se
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pondrá a disposición de los señores accionistas en el domicilio social y en el sitio web de la
Compañía http://www.liberty.cl.
Tendrán derecho a participar en la Junta Extraordinaria de Accionistas, los titulares de acciones
que se encuentren inscritos en el Registro de Accionistas de la Sociedad, a la media noche del
quinto día hábil anterior al día de su celebración.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted.
Pablo Advis J.
Gerente Legal
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REGLAS SORE PARTICIPACIÓN Y VOTO A DISTANCIA
De conformidad con la Norma de Carácter General N*435 y el Oficio Circular N” 1.141, ambos de la
Comisión para el Mercado Financiero, el Directorio de Liberty Compañía de Seguros Generales S.A.
ha acordado las siguientes reglas en materia de participación y votación a distancia:
Los accionistas con derecho a asistir a la junta de accionistas que se celebrará en el lugar y horario
indicado en la convocatoria, podrán ejercer ese derecho utilizando medios electrónicos o
tecnológicos de comunicación a distancia, que permitan a accionistas participar de la Junta sin estar
físicamente presentes en el lugar de su celebración.
La asistencia remota de los accionistas a la Junta por medios electrónicos o tecnológicos estará sujeta
a las siguientes reglas:
a)
b)
Si usted desea asistir a la Junta por medios remotos, deberá informarlo así a la Sociedad
mediante correo electrónico enviado a la dirección fiscalia(Oliberty.cl a más tardar el día 30
de junio de 2020 hasta las 23:59 hrs, adjuntando los siguientes antecedentes:
i. Tratándose de accionistas que sean personas naturales y actúan por si mismas: (i) Copia de
cédula de identidad vigente del accionista, por ambos lados.
ii. En caso de accionistas que sean personas naturales, pero que actuarán por medio de
apoderados o representantes: (i) Copia por ambos lados de las cédulas de identidad vigentes
del accionista y del apoderado o representante que actuará en la Junta; (ii) El poder para
comparecer en las Junta debidamente otorgado por el o los accionistas correspondientes en
formato paf con firma electrónica simple y/o avanzada.
iii. En caso de accionistas que sean personas jurídicas, pero que actuarán por medio de
apoderados o representantes: (i) Copia por ambos lados de las cédulas de identidad vigente,
de: 1. el o los representantes legales de la persona jurídica con facultades de delegar su
representación para la participación en las Juntas, y; 2. del apoderado o representante que
participará en la Junta en representación del accionista persona jurídica. (ii) Escritura de
personería vigente de los representantes legales de la persona jurídica (accionista), a menos
que los representantes se encuentren debidamente registrados en el sistema del DCV
(Depósito Central de Valores S.A.); (iii) El poder para comparecer en la Junta debidamente
otorgado por el o los accionistas correspondientes en formato pdf con firma electrónica
simple y/o avanzada.
Una vez revisados los antecedentes conformes y en cualquier caso, antes de la fecha de
celebración de la Junta, la Sociedad le informará si cumple con los requisitos para participar
y le enviará las instrucciones para participar remotamente el día de la Junta al mismo correo
electrónico a través del cual el accionista haya confirmado su participación a la Junta a través
de medios remotos, adjuntándose una papeleta con las materias de votación en la Junta.
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a)
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Si fuere calificado para participar, se le solicitará que al momento de iniciar la
videoconferencia tenga a mano su documento de identificación (cédula de identidad).
Con al menos un día de anticipación a la fecha de la Junta, los accionistas que deseen
participar mediante medios remotos deberán enviar la un correo electrónico indicando su
votación a cada una de las materias de la Junta. Dicha votación deberá ser entregada en la
siguiente dirección: fiscaliaOliberty.cl. Se mantendrá de manera confidencial hasta la
votación de cada una de las materias en la Junta.
La falta en el envío de la papeleta no inhabilitará al accionista para votar en la Junta en la cual
participe en forma remota, debiendo en este caso enviar por correo electrónico con su voto
a la dirección fiscalia(Dliberty.cl. En este caso, el Secretario de la Junta procederá a leer el
voto al comienzo del escrutinio de cada una de las materias de la Junta.
La junta se celebrará por sistema de videoconferencia Microsoft Teams, a la cual podrá tener
acceso según las instrucciones que le serán enviadas de conformidad con la letra b)
precedente.
La conexión al sistema de seguimiento de la Junta deberá realizarse con anticipación de al
menos 5 minutos a la hora prevista para el inicio de la Junta. Transcurrida la hora límite fijada
al efecto, no se considerará presente al accionista que inicie la conexión con posterioridad.
El accionista que desee asistir a la Junta y ejercitar sus derechos deberá identificarse,
exhibiendo para ello su cédula de identidad. El Secretario de la Junta confirmará la validez de
la participación de dicho accionista, con la información que posea de conformidad a la letra
a) y b) anterior. Los accionistas que asistan a través de medios remotos serán incorporados
en la lista de asistentes, certificándose su presencia por el Presidente y Secretario de la Junta.
En caso que los accionistas aprueben votar las materias de la Junta mediante sistema de
papeleta, el Secretario de la Junta procederá a abrir los correos electrónicos recibidos de
conformidad con la letra b) anterior, y a leer a viva voz la votación de los accionistas
comunicados en forma remota.
En caso que los accionistas aprueben votar las materias de la Junta mediante aclamación, el
accionista que participe a través de medios remotos podrá hacerlo a viva voz, utilizando para
ello el medio tecnológico utilizado para efectos de su participación en la Junta. Asimismo, en
este caso las papeletas de votación enviadas por el accionista de conformidad con la letra b)
anterior quedarán sin efecto y carecerán de valor.
Los votos de las propuestas sobre puntos comprendidos en la tabla de la Junta podrán
emitirse a partir del momento en que la Presidencia de la Junta declare su válida constitución
y realice una indicación en tal sentido, y hasta la hora señalada al efecto por el Presidente.
Los accionistas asistentes a distancia podrán formular las preguntas o solicitar las
aclaraciones que consideren pertinentes, siempre que se refieran a asuntos comprendidos
en la tabla de la Junta.
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Si por circunstancias técnicas o por razones de seguridad derivadas de circunstancias
sobrevinientes, se produjere o practicare una interrupción de la comunicación o el fin de la
misma, no podrá invocarse esta circunstancia como privación ilegítima de los derechos del
accionista, ni como causa de impugnación de los acuerdos adoptados por la Junta
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Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=ecb961b962a3f370134eb7c73b0ee27fVFdwQmVVMUVRVEpOUkVVelQxUlJORTFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108