Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

LIBERTY COMPAÑIA DE SEGUROS GENERALES S.A. 2019-08-02 T-14:01

L

Liberty.

Seguros

Santiago, 02 de agosto de 2019.

Señor

Joaquín Cortés Huerta

Presidente

Comisión para el mercado financiero
PRESENTE

REF.: Informa Hecho Esencial
Liberty Compañía de Seguros Generales S.A.

De nuestra consideración:

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 9? y 10” inciso segundo de la Ley N* 18.045
sobre Mercado de Valores, en el 147 N’ 7 letra b) de la Ley N” 18.046 sobre Sociedades
Anónimas y en las circulares número 991 y 662 de esa Comisión, comunicamos a usted
el siguiente hecho esencial:

Cumplimos en informar que en sesión de Directorio de Liberty Compañía de Seguros
Generales S.A. (la “Compañía”), celebrada el día 31 de julio de 2019, se aprobó la
actualización del Código de Gobierno Corporativo de la Compañía, documento que,
entre otras cosas, modificar y actualizar la política de habitualidad de la Compañía para
Operaciones con partes relacionadas.

Se adjunta al presente hecho esencial copia del Código de Gobierno Corporativo de la
Compañía, aprobado por el Directorio, el que quedará a disposición de los accionistas
en las Oficinas de la Compañía y en el sitio web www. liberty.cl

Sin otro particular, saluda atentamente a usted.

Francista Larfaín Donoso
Gerente Legal y Cumplimiento
Liberty Compañía de Seguros Generales S.A.

LIBERTY COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES S.A.
Casa Matriz, Avda. Andres Bello 2457, piso 12, Providencia, Santiago de Chile

Liberty.
Seguros

CÓDIGO DE GOBIERNO
CORPORATIVO

LIBERTY COMPAÑÍA DE SEGUROS
GENERALES $.A.

Fecha: pulido A . ca : –
(dd/mm/aaaa) |. Nerslón : Historlal:de cambios $n elidocumento
— Creación del documento
18-06-2018 Primera – Se procede a refundir, modificar e incorporar
Versión dentro del Código la política de habitualidad
para operaciones con. partes relacionadas
23-07-2019 Segunda – Se introducen modificaciones en la política
versión de habitualidad
] FECHA: * : :
o Sm _(ddimm/asaa) | AMA
REVISIÓN Oficial de Cumplimiento 23-07-2019
Gerencia Legal y de
Cumplimiento
APROBACIÓN | Difectorio 31-07-2019

1)
1
In

Iv)
v)
vI
vIÓ

Índice

ObjetiVO..oocociaconiooonarincecóóooos

Disposiciones Generales….
DirectoriO….ioonmsiommm*orso eannoaro
– B.1. Política de habitualidad…….
Rol del Gerente General. oie… .
Comités de Directorio……… A

Funciones de Gestión dé Riesgo y Control Interno

Vigencia n.ccoonionincrocronos Paprvacraroaasocansorosoanosa Porrvtoraraaoasas covinnannnannonaroós

1.- OBJETIVO.

1.1, Obietivo del Código de Gobierno Corporativo.

El objetivo’de las normas de que dan cuenta el presente instrumento (en adelante también el
“Código”) es refundir en un solo documento aquellas normas legales y reglamentarias, así como
las pautas establecidas por el Directorio de Liberty Compañía de Seguros Generalés S.A. [en
adelante también el “Liberty o “la Compañía”) respecto del Gobierno Corporativo de Liberty, sin
perjuicio de. lo establecido en sus Estatutos Sociales y en el Código-de Ética ya aprobado por el

Directorio. Dentro de la normativa considerada para tales efectos se. destacan las siguientes:

a) Leyes de Mercado de Válorés y de Sociedades Anónimas, modificadas por la Ley 20.382,
que introdujo una serie de normas con la finalidad de contribuir xxal perfeccionamiento de
los Gobiernos Corporativos en las empresas chilenas.

b) El Reglamento de Sociedades Anónimas, contemplado en el Decreto 702 de.2011 de
Hacienda, publicado en el Diario Oficial de’6 de julio de 2012

c) Norma de Carácter General 309 de 20 de junio de 2011 y sus modificaciones
posteriores, de la Superintendencia de Valores y Seguros, hoy Comisión para el Mercado
Financiero, conforme .con la cual Liberty ha éstimado conveniente adoptar: algunos

estándares o pautas de conducta de Gobierno Corporativo y sistemas de control de riesgos.

1.2. Código de Gobierno Corporativo

1.2.1. LINEAMIENTOS GENERALES

Liberty reconoce y declara que la efectividad del gobierno:corporativo de uria compañía de seguros

constituye un elemento esencial para el correcto desarrollo de sus actividades y negocios.

Una vigilancia atenta de los negocios.de Liberty por parte de su Directorio, constituye para Liberty
una regla fundamental para el niantenimiento de ún modelo. regulatorio eficiente, y dar así a los
accionistas, al mercado y a la autoridad una seguridad en torno a la correcta administración y
conducción de los negocios de la Compañía y, además, dar las. herramientas a la autoridad
respecto de nuestros procedimientos ‘internós, y focalizar de mejor forma el esfuerzo dé

supervisión necesario, Adicionalmente, constituye un objetivo para Liberty el que, en situaciones
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adversas o.que afecten el normal desairollo de la Compañía, el ról del: Directorio sea aún más
importante, tendiendo a establecer. un rol activo en la búsqueda y adopción de medidás que

permitan una normalización de sus actividades.

En mérito de lo anterior, el presente Código establece principios y buenas prácticas, de un

adecuado gobierno corporativo y sistemas de gestióri de riesgos y control’interno en Liberty.

Las Normas contenidas en el presente Manual, pretenden también constituir una base eficiente

para que lá Autoridad pueda llevar a cabo una correcta evaluación de la calidad de los gobiernos
corporativos de Liberty, todo ello en elmarco de la aplicación del nuevo modelo de supervisión

basada en riesgos.

Liberty está plenamente consciente que la evaluación de la cálidad de los gobiernos corporativos
será considerada. por la Comisión para el Mercado Financiero en la definición de sus políticas,

planes y prioridades de supervisión respecto de Liberty.

I.- DISPOSICIONES GENERALES.

2.1: Definiciones y conceptos.

Para los efectos del presente Mánual de Gobierno Corporativo y sin perjuicio de las definiciones

contenidas en él, se entenderá por:

+xx. Compañía o Liberty, es Liberty Compañia de Seguros Generales’S.A.

xx Cliente o Asegurado, aquellos potenciales o actuales clientes que contratan con

la Compañía, pólizas de seguros que cubran fiesgos que la ley autoriza a asegurar.

+ Código, es el presente Código de Gobierno Corporativo.

+ Comisión, lo es la Comisión para el Mercado Financiero regulada por el Decreto
Ley N* 3.538, modificado por la Ley N” 21.000.

+ Gobierno Corporativo, sé refiere al conjunto dé principios y normas que regulan
el diseño, integración y funcionamiento de los órganos de: gobierno de la empresa: los

Accionistas, el Directorio y la Alta Administración: Estas relaciones y prácticas tienen

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el propósito de acrecentar el valór para los accionistas y responder, en la medida de lo

posible, a los objetivos de los grupos de interés relacionados con la Compañía.

2.2. Ámbito de aplicación.

A las disposiciones del presente Código quedarán sujetos los Directores, Gerentes, los
Operadores, ejecutivos principales y demás personas que estén bajo dependencia de las personas
antes señaladas, y que réalicen para Liberty aquellas actividades o’funciones que permitan el
desarrolló y concreción del objeto social de Liberty y del cumplimiento por parte de ésta, de tódas
las obligaciones legales y reglamentarias dictadas tanto por la autoridad competente, como por

la Compañía, en adelante el “Personal Afecto”.

Adicionalmente a lo señalado en. el párrafo precedente, el Personal Afecto, junto’con ceñirse a la
morál y a las buenas costumbres, así comio.al ordenamiento jurídico imperante, deberán reflejar
en el desempeño de sus labores los valores de honestidad, integridad, prudencia, probidad,

respeto, dignidad, dedicación, sobriedad y reserva.

Es responsabilidad de-la alta administración de la Compañía divulgar y porier en conocimiento

del Personal Afecto las normas del presente Código, así como velar-por su observancia.

2.3. Principios Fundamentales.

La Compañía considera como fundamentales para el correcto desemipeño de la función de
administración, los principios que se’enuncian a continuación, y, por tanto, deben ser tenidos
én consideración tanto-en el actuar de Liberty, como en la interpretación € integración de las
normas de éste Código:

Buena Fe.

Sana competencia.

Ausencia de Conflicto de Intereses
Respeto y trato digno

Honestidad e integridad

Orden.

Transparencia Equidad.

DAS”? 4N na

Responsabilidad.

Dichos valores deben ser promovidos y resguardados por las diversas instancias de la Compañía.

Cada uno de los integrantes de la Compañía debe actuar conforme a dichos valores, de manera
uniforme, coherente: y permanente en el tiempo. En todo momento se: debe ‘hacer ejercicio

responsable de las atribuciones y actuar de manera correcta y leal.

Conforme-al Código de Ética aprobado por la Compañía, existen los canales’a través de los cuales

se pueden informar las trásgresiones al Código de Ética.o para solicitar asesoramiento sobre ésta
materia y su aplicación.

2.3. Marco regulatorio.

Las normas contenidas en el presente Manual, deberán ser consistentes con las leyes que rijan
la actividad de:seguros y las actividades de Compañía, incluyendo pero no limitado al Título VIH

del Libro II del Código de Comercio, a la Ley N* 18,046 sobre Sociedades Anónimas, entre otras.

Asimismo, la Compañía deberá cumplir con todas las normas que alefecto dicte la Comisión para

el Mercado Financiero. y que le sean aplicables,

III. DIRECTORIO.

3.1. Composición y funcionamiento.

El Directorío.es el órgano más relevante en la estructura de gobierno corporativo de la Compañia

y es el órgano que define los lineamientos estratégicos de la misma,

Los directores deben actuar de buena fe e informádamente, cumpliendo sus deberes. de lealtad y
debido cuidado para con la Compañía, sus. accionistas y clientes. Los directores al decidir
matérias relacionadas con los negocios de Liberty deben aplicar el mismo celo y cuidado y actuar

con la misma diligencia y prudencia que empléan en sus:propios negociós.

El Directorio de Liberty, de conformidad con sus estatutos, actualmente se encuentra compuesto
por cinco directores titulares y cinco directores suplentes. La totalidad de-los directores se elige

cada tres años.

El Directorio -sesiona en forma ordinaria una vez al mes. Las reuniones extraordinarias pueden
ser citadas por el Presidente del Directorio, por sí, o.a solicitud de uno o más directores titulares.
El gerente general es designado por el Directorio y permanece en £u cargo mieritras no exista un
acuerdo en contrario,

Sin: perjuicio de las facultades de representación judicial y extrajudicial para. el cumplimiento del
objeto social que la ley le entrega al Directorio, éste realiza especificamente ciertas funciones

claves, a saber:

e La aprobación, revisión y supervisión de las estrategias de la Compañía, los planes de
acción, los presupuestos anuales, la aprobación de los objetivos de corto y largo plazo,
el control y séguimiento mensual de los resultados de la Compañía; y la supervisión

de los principales índices, gastos, inversiones y adquisiciones de activos.
> Larevisión y aprobación de los Estados Financieros, merisuales y anuales.

e La designación, .control y, cuando se haga necesario, sustitución del Gerente General.

+ La aprobación, de acuerdo a lo establecido en la legislación, de las operaciones con
partes relacionadas,

* Garantizar el cumplimiento de la obligación de integridad de los sistemas contables y
de los Estados Finaricieros de la Compañía, incluida la realización de auditorias

independientes y la implantación de los debidós sistemas de control.

+ El examen de la efectividad de los informes de los auditores independientes y de las
prácticas de gobierno con las cuales opera la Compañía, realizando cambios a medida

que se hagan necesarios.

xx La revisión y aprobación de:todas las Políticas de la Compañía.

+ Todas aquellas otras obligaciones establecidas porla legislación vigente.

3.2. Asistenicia a sesiones y permisos de ausencia.

Los directores titulares deberán asistir a todas las sesiones de directorio salvo que por causa
justificada se vean imposibilitados de hacerlo. El Directorio evaluará las razones invocadas por
alguno de sus-miembros, otorgando los permisos de ausencia que correspondán, de ló que no

será necesario cónsignar en acta.

3.3. Derecho y deber de información de los directores.

Con el objeto de que un director cumpla con su deber de votar de manera informada aquellas
materias que han de ser conocidas porel Directorio, cada diréctor deberá ejercer su derecho:de
información a través del Presidente o el Gerente General, o quien haga sus veces, solicitando la
información que corresponda. No obstante, lo anterior, este derecho será ejercido de forma tal
que no afecte la gestión de la Compañía, y con el exclusivo objeto de que el director requirente
pueda votar informadamente enel Directorio y/o en los Comités establecidos. por el Directorio,

desempeñándose adecuadamente en su cárgo.

Sin perjuicio del derecho de información que corresponde a cada director’en forma individual, el
Directorio podrá requerir:al Gerente General la contratación de una asesoría externa para los
efectos de que el Directorio cuente con la opinión de un tércero respecto de una determinada
materia, lo. cual se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste: a cada: Director para, con cargo
a la Compañía, requerir una asesoría independiente, en caso de no estar de acuerdo cón la

asesoría contratada por el Gerente General.

Salvo el derecho de información referido más arriba, los directores solo podrán actuar en lás
sesiones de directorio – en sála legalmente constituida – pudiendo dejar constancia de su opinión
sobre. las. materias tratadas en cada sesión, en la respectiva acta. Los directóres no actúan en
forma individual en la administración y gestión de la Compañía, salvo que los estatutos o

acuerdos del Directorio dispongan lo contrario.

3.4. Remuneración del Directorio.

Salvo que la Junta de Accionistas determinare algo diferente, los Directores, sean titulares o
suplentes, no percibirán remuneración por su función de tal. Lo anterior es sin perjuicio de la
remuneración que le corresponda á-cada director por sus funciones ejecútivas en otras empresas
del Grupo Liberty y, en.caso de directores. externos, titulares o:suplentes, o.al pago de honorarios

por el tiempo efectivamente destinado a estas funciones.

3.5. Presidente y Vicepresidente del Directorio.

El Presidente y Vicepresidente son elegidos por el Directorio entre uno de sus miembros por el

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mismo, período para el cual fue elegido dicho órgano. El Vicepresidente suple al Presidente en
caso de ausencia, vacancia o impedimento de éste. Las principales funciones de quien ejerce el

cargo de Presidente son:

(i) Presidir-las sesiones del Directorio y las Juntas de Accionistas.

() Convocarlas: sesiones del Directorio.

(ti)Proponer al Directorio las medidas que tiendan a desarrollar los negocios de la Compañía,

(tv) Firmar-las Memorias y las notas o resoluciones que emanen del Directorio y de las Juntas de

Accionistas.

(Dirigir el proceso dé auto evaluación del Directorio.

(vi)Efectuar el proceso de evaluación de desempeño del Gerente Generál.

(vii) Instar por el respeto de este Código dentro de la Compañía.

Además, son funciones del Presidente velar por:

(i) El establecimiento de procedimientos para el trabajo del Directorio.

(ti) La organización de la agenda de trabajo de cada sesión.

(iii) El suficiente y oportuno flujo de información a todos los miembros del Directorio.

(iv)El contenido completo y fidedigno de las deliberaciones y acuerdos del Directorio.en-las actas

respectivas, asi.como su adecuado.almacenamienio y respaldo.

3.6. Normas generales para la postulación de directores.

Los accionistas podrán proponer con-la debida antelación por escrito en carta dirigida al Gerente
General candidatos al cargo de director de la sociedad los que serán sometidos a’votación de la
junta de accionistas en la forma y condiciones establecidas en el Reglamento de: Sociedades
Anónimas. A dicha carta deberá acompañarse lá aceptación del director a esa nominación. y la
declaración de no tener inhábilidades para.desempeñar el cargo en caso de ser.elegido. En caso
que, al moniento de efectuarse la elección, .el número de candidatos sea inferior a la cantidad
de cargos a proveer, el presidente del Directorio podrá proponer candidatos a objeto de

completar ese número.

3.7. Quorum de sesiones.

Para que la sesión de Directorio pueda válidamente llevarse a electo, se requerirá la
concurrencia de.la mayoria:de sus miembros, sea mediante presencia fisica o mediante sistema
de audio u otro mecanismo de comunicación que permita la efectiva participación a distancia
del o los respectivos directores que participen en esta forma, de lo cual deberá certificarse por
el señor secretario y por el director que presida la respectiva sesión. Los átuerdos del Directorio
se-adoptarán cón el voto favorable de la mayoría absoluta de los directorés presentes, salvo los
acuerdos que según lá Ley o. los estatutos requieran de una mayoría superior, El director que
presida la sesión no tendrá la facultad de voto dirimente en casó de haberse producido un

empate para la adopción de un acuerdo.

3.8. Actas y archivo de antecedentes.

De las deliberaciones y acuerdos del Directorio-se dejará constancia por escrito en un Libro de
Actas, que-será firmado en cada oportunidad por los directores que hayan concurrido a la sesión
y por él secretario, en las formas autorizadas según se señala precedentemente. El director que
quisiere salvar responsabilidad por algún acto o acuerdo del Directorio, deberá dejar constancia
eri el acta de su oposición, debiendo darse cuenta de ello por el Presidente en la próxima Junta
General Ordinaria de Accionistas. Si-algún director falleciere o se imposibilitare por cualquier
causa para firmar la correspondiente acta, se dejará constancia de tal circunstancia por. el
Secretario al pie de dicha acta. El acta se entenderá aprobada desde el momento en que se
encuentra firmada por lás personas antes señaladas y desde ese mismo momento se podrán
llevar á efecto los acuerdos en ella adoptados. Con todo, la unanimidad de los directores que
concurrieron a uria sesión podrá disponer que los acuerdos adoptados.en ella sé lleven a efecto
sin esperar la aprobación del acta, de los:cual se dejará constancia en un documento firmado

por todos ellos’que contenga el acuerdo adoptado.

Sin perjuicio de. lo anterior, el Secretario del directorio deberá digitalizar y archivar en forma
electrónica las:actas y lós antecedentes fundantes de los acuerdos adoptados por el Directorio
que se le hubieren proporcionado, los que deberán estar o ser puestos a disposición permianente
de éstos y de los ejecutivos que xxasisten habitualmente a la sesión por medio electrónicos, con

posterioridad a la firma y/o aprobación del acta respectiva24.

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3.9. Quorum para aprobación operaciones relacionadas.

Todos los actos y :contratós que la: sociedad celebre con sus accionistas mayoritarios; sus
directores, sean titulares o suplentes, o ejecutivos o con personas relacionas con éstos, deberán
ser previamente aprobados por las dos terceras partes de los miembros: no inhabilitados del
Directorio y constar en el acta correspondiente, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 44
de la Ley N*18.046.- y otros pertinentes del mismo cuerpo legal o su Reglamento, respecto de
los Directores.

3.10. Notificación de renuncia al cargo de director,

La notificación de renuncia a. su: cargo que debe efectuar el director, podrá efectuarse mediante
comunicación escrita entregada por ministro de fe, al Presidente del Directorio o Gerente
General, o a quienes. hagan sus veces, todo ello sin que se requiera ninguna otra formalidad

adicional.

3.11. Obligación de información.

Los Directores y ejecutivos principales deberán informar anualmente a la sociedad, mediante
comunicación dirigida por correo electrónico al Secretario del Directorio, dentro del mes de enero
de cada año-o de los 30 días siguientes a la elección o:designación de un nuevo director, acerca
de sus datos personales con el fin de mantener actualizada y completa la información que debé
ser proporcionada a la Comisión para el mercado Financiero én cumplimiento del ártículo.68 de
la Ley de Mercado de Valores y. la Circular 2007 de la Comisión para el mercado financiero.
(Anexo A)

3.12. Revisión anual del Plan Estratégico de la Compañía.

El Directorio revisará a lo menos una vez al año el cumplimiento de los objetivos estratégicos de

corto y mediano plazo que el mismo Directorio haya fijado para el la Compañía,

3.13. Autoevaluación del Directorio.

Cada año el Directorio realizará un proceso-de-auto evaluación de su desempeño. como órgano

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directivo, conforme al alcance y forma de calificación, previamente definidos por el Directorio.

El proceso de autoevaluación que el Directorio realiza anualmente está inmerso dentro del
proceso general de autoevaluación que Liberty realiza én relación a los riesgos que la Compañia

está expuesta.

3.14. Operaciones con partes relacionadas que pueden ejecutarse sin los requisitos y
procedimientos previstos en el título XVI de la Sociedades Anónimas, y que se entienden

autorizadas por el Directorio.

Existen ciertas operaciones que, pese a quedar sujetas a la regulación de ser relacionada,
pueden ejecutarse sin cumplir con los requisitos establecidos en este artículo, siempre que la
Operación haya sido previamente aprobada por el Directorio. Asi, las operaciones con partes
relacionadas que tengan por objeto contribuir al interés social, sé ajusten en precio, términos y
condiciones a aquellas que prevalezcan en elmercado ‘al tiempo de su ejecución, se entienden

aprobadas por el directorio siempre que:se trate de:

a) Operaciones a título. oneroso que no sean de mionto relevante y no se encuentren

comprendidas en la letra b) siguiente.

Para estos efectos, se entiende que es de monto relevante todo:acto:o coñtrato que supere el 1%
del patrimonio social, siempre que dicho acto o contrato exceda el equivalente a 2.000 unidades
de fomento y, en todo cáso, cuando sea superior a:20.000 unidades de fomento. Se presume
qué constituyen una sola operación todas aquellas que se perfeccionen en un: periodo de 12
meses consecutivos por medio de uno o más actos similares o complerrientarios, en los que

exista identidad de partes, incluidas las personas relacionadas, u objeto.

b) Aquellas operaciones que, conforme a políticas “¡generales de habitualidad,
determinadas por el directorio de la sociedad, sean ordinarias en consideración al giro

social,

Para dar cumplimiento a dichás normas y teniendo presente la necesidad de otorgar un expedito
funcionamiento a la sociedad, el Directorio ha estimado pertinente aprobar una política general
de habitualidad, para entender por aprobados los actos y contratos que celebra la Compañia
respecto a actividades que forman parte habitual del desatrollo de:su giro y en condiciones de

equidad similares a’las que habitualmente prevalecen en el mercado.

En: este último caso, el acuerdo que establezca dichas políticas o su-miodificación será informado:
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como hecho esencial y puesto a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el
sitio en Internet de las sociedades que cuenten con tales medios, sin perjuicio de informar las

operaciones como hecho esencial cuando corresponda.

b.1. Política de habitualidad. Esta política se aplicará a aquellas operaciones ordinarias qué
tengan por objeto contribuir al interés social, se ajusten en precio, términos y condiciones a
aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de sú aprobación o celebración y que se

ejecuten: o lleven a efecto:con sús partes relacionadas.

Se considerarán como-operaciones ordinarias de Liberty, todás aquellas que esta realice con
partes relacionadas y que tengan dirécta relación con su giro social, esto es, asegurar’a base. de
primas los riesgos comprendidos dentro del primer grupo de la clasificación del artículo octavo
del DFL N* 251 del año 1931, sobre Compañías de seguros, y cubrir cualquier otro riesgo qué
autorice la normativa legal y reglamentaria aplicable, que sean necesarias para la normal
operación de la compañía, en:su política de venta, ofertá y promoción de seguros, y el adecuado,

manejo de su política de inversiones.

Las mencionadas operaciones se considerarán habituáles independientemente: de si monto,
plazo o vigencia, sin importar si sú contratación es por periodos mensuales, semestrales,
anuales-o de un plazo superior, debiendo tomarse en consideración para su calificación de
habitualidad la frécuencia y similitud de estas operaciones con. aquellas que la sociedad efectúe
o haya efectuado en forma ordinaria y/o recurrentemente, para desarrollar en forma normal,

adecuada y eficientemente su giro.

Se considerarán operaciones habituales en. relación al giro, entre otras y sin. que la siguiente
enunciación sea taxativa, las siguientes: ofrecer todo tipo de seguros y reaseguros, en orden a
asegurar y reasegurar riesgos sobre la base de primas, de pérdidas o deterioros en las cosas o él
patrimonio, en conformidad a lo establecido en los artículos cuarto y octavo de DFL N* 251, así
como también asegurar: y reasegurar con entidades nacionales o. extranjéras, con la
intermediación de corredores. de seguros y reaseguros, efectuar cualquier otra actividad que la
Comisión para el mercado Financieró autorice o haya autorizado o declare acordes o
complementarias :al giro propio de las compañías de seguros generales, la contratación de
servicios profesionales, ejecutivos y de gerenciamiento a las sociedades pertenecientes a Liberty
Mutual Insurance Group con el objeto de dar cumplimiento: a las operaciones del giro de la
sociedad, la contratación de servicios o asesorías en materias econóniicas, comerciales,
financieras, contables, tributarias, legales, de inversión, administración de cartera, la

13

contratación de servicios. asociados a la gestión de siniestros y de recúrsos humanos, la
celebración de contratos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, la celebración de
contratos de reaseguros, los préstamos en cuenta corriente y licencias.de software, la realización
de toda clase de actos y contratos relativos al manejo de:sú cartera de inversiones, la realización
de toda clase de operaciones financieras, operaciones de crédito de dinero, de compra y venta de
cambios internacionales, de cobranza y de custódia de valores u otros similares y la realización
de actos y contratos que digan relación con la prestacióni de servicios de telecomunicaciones,
data center, servicios de TI y convenios mutuos o de. aterición recíproca con aseguradoras

establecidas en otros países.

La presente política de habitualidad para las operaciones con partes relacionadas, refunde y

actualiza las disposiciones de la Compañía existentes en la materia,

Tanto el Código como la política de habitualidad, estarán a.disposición de los accionistas en las

oficinas sociales y”se mantendrá publicada en el sitio www.liberty.cl.

c)] Aquellas operaciones entre personas jurídicas en las cuales la sociedad posea, directa

o indirectamente, al menos un 95% de lá propiedad de la contraparte,

d) Procedimiento para aprobación de operaciones con partes relacionadas no

contempladas en la autorización genérica.

i Informe de la Administración.

Si se trata de un-acto o contrato con parte relacionada que no. se encuéntre contemplado en
la autorización genérica antes señalada, antes de su celebración, deberán remitirse los
antecedentes respectivos del acto o contrato que se desea:celebrar por la Gerencia respectiva

de la. empresa al Comité respectivo.

Respecto del acto co contrato con parte relacionada respecto del cual se solicita su

autorización, la Gerencia respectiva deberá informar al Comité acerca de:

a.- Las partes del contrato y su relación con Liberty
b.- El tipo de bien y servicio y la necesidad de efectuar dicha contratación,

C.- Los diversos bienes y servicios, tecnologías y alternativas que existen en el mercado

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para dichos bienes’o la prestación de esos servicios:ú otros semejantes,

d.- El plazo y forma de ejecución del contrato,

€.- Las garantias económicas y técnicas que se hubiéren ofrecido, en el caso de
requerirse,

f.- El précio, de la forma y condiciones para efectuar el pago, y, en su caso, las multas
y garantías que se contemplen,

8– El plazo de duración del contrato, y

h.- Todo otró antecedente qué permita jústificar que el acto o contrato se celebra en

condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado.

ii. Aprobación porel Directorio.

Antes que la sociedad otorgue su consentimiento a una operación con parte relacionada, ésta
deberá ser aprobada por.la mayoría absoluta dé los: miembros del directorio, con exclusión de
los directores o-liquidadores involucrados, quienes, no obstante, deberán hacer público su
parecer respecto de la operación, debiendo dejarse constancia en el acta de su opinión:
Asimismo, deberá dejarse constancia de los. fundamentos de la decisión y las razones por. las

cuales se excluyeron a tales directores.

Los acuerdos adoptados por el directorio para ‘aprobar una operación con – una parte
relacionada sérán dados a conocer én la próxima junta de accionistas, debiendo hacerse
mención de los directores qué la aprobaron. De.esta materia se hará indicación expresa en la

citación a la correspondiente junta de accionistas.

En caso que la mayoría absoluta de los miembros del Directorio deba abstenerse enla votación
destinada a resolver la operación, ésta ‘sólo podrá llevarse a cabo si es aprobada: por la
unanimidad de los miembros del Directorio no involucrados y ratificada por la Junta
Extraordinaria de Accioriistas conforme al articulo 67 N* 16 de la Ley de Sociedades Anónimas
o, en su defecto, si es aprobada en jurita extraordinaria de accionistas con el acuerdo de dos

tercios de las acciones.emitidas con derecho-a voto

Cuando los. directores de la Compañía deban pronunciarse tespecto de este tipo de
operaciones, deberán explicitar la relación que tuvieran con la contraparte de la operación o
el interés que en ella tengan. Deberán también hacerse cargo de la conveniencia de la
Operación para el interés social, de los reparos u objeciones’que hubiese expresado el Comité
respectivo, en su caso, asi comó de las conclusiones de-los informes de los evaluadores o

peritos, si así se requiriére en conformidad a la Ley. Estas opiniones de los directores deberán
15

ser puestas a disposición de los accionistas al día siguiente de recibidos pór lá sociedad, en
las oficinas sociales, así-como-en el sitio ‘en Internet de las sociedades que cuenten con tales

medios, y dicha situación deberá ser informada por la sociedad mediante hecho esencial.

E

Aprobación por Junta Extraordinaria de Accionistas.

Sise convocase a junta extraordinaria de- accionistas para aprobar la operación, el Directorio
designará al merios un evaluador independiente para informar a los accionistas respecto de
las condiciones de la operación, sus efectos y su potencial impacto para la sociedad. En su
informe, los evaluadores independientes deberán también pronunciarse acerca de los puntos
que’el Comité establecidos por el Directorio, en su caso, haya solicitado expresamente que
sean evaluados. El Comité establecido por el Directorio de lá sociedad o, si la sociedad no
contare con éstos, los directores no involucrados, podrán designar un evaluador
independiente adicional, en casó que no estuvieren de acuerdo con la selección efectuada por

el Directorio,

Los informes de los. evaluadores independientes serán puestos pór el Diréctorio a disposición
de los accionistas al día hábil siguiente de recibidos por la sociedad, en las oficinas sociales y
en el sitio en Internet de la sociedad, de contar la sociedad con tales medios, por un plazo
mínimo de 15 días.hábiles contado desde la fecha en que. se recibió el último de esos informes,

debiendo comunicar la. sociedad tal situación a los accionistas mediante hecho esencial.

Los directores deberán pronunciarse respecto de la conveniencia de la operación para el
interés social, dentro de los 5 dias hábiles siguientes desde la fecha en que se recibió-el último

delos informes de los evaluadores,

iv. Aprobación: de operación relacionada con infracción a las reglas contenidas en la

ley.

Sin perjuicio de las sancionies.que correspondan, la infracción al artículo 147 de la Ley 18:046
ño afectará la validez de.la operación, pero otorgárá a la sociedad o a los accionistas el derecha
de demandar, de la persona relacionada infractora, el.reembolso en beneficio de la sociedad
de una suma equivalente a los beneficios que la operación hubiera reportado a la contraparte

relacionada, además.de. la indemnización de los daños correspondientes,

3.15. Prohibiciones.

Ningún Director, Gerente, administrador, ejecutivo principal, liquidador, controlador, ni sus
personas relacionadas, podrá aprovechar pára sí las oportunidades comerciales de la sociedad
de que hubiese tenido conocimiento en su calidad de tal. Se entenderá por oportunidad
comercial todo: plan, proyecto, oportunidad u oferta exclusiva dirigida a la sociedad, para

desarrollar una actividad lucrativa enel ámbito de su giro o urió complementario a él.

Los accionistas podrán utilizar para sí tales oportunidades comerciales cuando el directorio
de. la sociedad las haya previamente desechado, o si hubiere transcurrido un año desde la
adopción del acuerdo de. postergar o aceptar la oportunidad comercial, sin que se hubiese
iniciado su desarrollo,

Sin perjuicio de las sariciones. que correspondan, la infracción al articulo 148 de la Ley de
Sociedades Anónimas no afectará la validez de la operación y dará derecho a la sociedad o.a
los accionistas a pedir el reembolso, a favor: de la sociedad, de una suma equivalente a los
beneficios que la operación hubiere reportado al infractor y los demás perjuicios que se

acrediten.

IV. ROL DEL GERENTE GENERAL,

El Gerenté General tiene una importante responsabilidad para establecer una relación de
trabajo saludable entre el Directorio y la Alta Gerencia. Para facilitar esta relación, se espera

que el Gerente General:

– Asegure que la organización cumpla conh lás politicas emanadas del Directorio;

– Regularmente. revise con la Alta: Gerencia el progreso de las iniciativas importantes y
asuntos significativos que enfrenta Liberty;

– Supervise el desempeño de la Alta Gerencia y participe en el proceso de evaluación de ella.

Al Gerente General corresponderá la representación judicial. de la sociedad, estarido legalmente
investido de las facúltades xxestablecidas en ambos incisos del artículo. 7? del Código de

Procedimiento Civil,

El cargo de Gerente General será designado. por el Directorio.

V. COMITÉS DE DIRECTORIO.

El Directorio, er consideración a las disposiciones establecidas en las.Normas sobre Principios
de Gobiernos Corporativos y Sistemas de Gestión. de Riesgo y Control Interno de la Compañías
(NCG.n* 309 yNCG n* 325), las recomendaciones de auditoría por Supervisión Basada en Riesgo
y finalmente el tamaño, la naturaleza; complejidad y perfil de riesgo-de la Compañía, para efectos
de promover la eficiericia en la gobernabilidad de esta, ha determinado delegar algunas de sus
tareas en los siguientes:Comités, en los cuales, al menos, debe asistir un miembro del Directorio,
sin el cual.el Comité no-puede sesióriar:

+ Comité de Ética y Cumplimiento

s “Comité de Administración dé Riesgo

e Comité de Inversiones y Flujo de caja Operacional
+ Comité de Auditoría Interna

+ Comité Técnico de Reservas

e Comité de Personas

El resultado del trabajo de los comités se consigná en actas cuya copia es sometida al

conocimiento del Directorio.

El Directorio podrá establecer o suprimir los comités que estime pertinentes, sujeto

únicamente al debido cumplimieñto de:las leyes y regulaciones que sean aplicables.

Los integrantes de los Comités serán designados por el Directorio a recomendación de su
Presidente. Los representantes del Directorio que formen. parte de estos Comités deberán
observar condiciónes de independericia que establezca el mismo Directorio, según los criterios
internacionales sobre la materia. Al menos uno de los representantes del Directorio que forme

parte del respectivo Comité deberá tener experiencia en las materias que son objeto del mismo:

Los Comités establecidos por el Directorio tendrán sus estatutos, los que establécerán las
materias de competencia del respectivo Comité, st estructura y funcionamiento, El Directorio
y cada Comité tendrán facultades suficientes para contratar asesores independientes en-las

materias que estimen pertinentes,

18

Los: integrantes y asistentes a estos Comités no podrán usar en beneficio propio o de terceros
relacionados, y en perjuicio de Liberty las oportunidades comerciales de que tuvieren
conocimiento en razón de su.cargo. Asimismo, estarán obligados a guardar estricta reserva
respecto de los negocios de. la Compañía y de la información a que tengan ácceso en razón de

su Cargo, que no haya sido divulgada oficialmente,

Asimismo, los integrantes de los:.diversos Comités y quienes asistan a ‘sus sesiones deberán
abstenerse de votar respecto.de todas aquellas materias en las.cuales estén expuestos a un
eventual o efectivo. conflicto de intereses, sea por expresa disposición legal o bien por estar
afectos a alguna circunstancia que de cualquier modo limite o restrinja su independencia e

imparcialidad respecto de las máterias sometidás a su conocimiento.

VL- FUNCIONES DE GESTIÓN DE RIESGO Y CONTROL INTERNO.

6.1. Administración de Riesgos.
La Compañía cuenta con una Gerencia de Riesgos la cual es responsable de implementar
estrategias, procesos.y procedimientos de reporte que identifiquen, evalúen, cuantifiquen,

controlen, mitiguen, y monitoreen los riesgos de la Compañía.

El propósito de la Administración de Riesgos, como un componente de la gestión de la
Compañía, será minimizar las posibles pérdidas procedentes de la exposición al riesgo

inherentes al desarrollo de los negocios de la Compañía.

Asimismo, la Compañía. tiene estructurada úna política de riesgo, la cual deberá considerar
la realización de una Matriz de Riesgo de Liberty, en virtud xxde la cual el Directorio pueda

analizar la exposición de-la compañía a lós diversos riesgos vinculados a su actividad.

Se deberán contemplar como parte de dicha Matriz, un documento que establezca cuales de
dichos riesgos se abordan de manera:explicita, que políticas se establecen en cuánto-a ellos,
coh qué mecanismos, planes, organización, personal a lo que se determine y hasta qué grado

consecuentemente se mitigan.

Asimismo, para posibilitar runa objetiva observancia de este Código, se deben contemplar
acciones que tiendan a una capacitación de sus colaboradores, plana ejecutiva y Directorio
sobre los riesgos principales que enfrenta la Compañía, y los mecanismos de mitigación

definidos. El responsable de implementar la política será el Gerente de Riesgos

19

6.1.1. Sistema de Gestión de Riesgos.

a] Marco General.

Liberty, a través de su Directorio, ha aprobado un documento denominado Estrategia de Gestión
de Riesgo,.en el cual se explicita el enfoque que la Compañía ha resueito adoptar para tratar con

temas específicos de. gestión de riesgos, obligaciones legales y regulatorias,

Dicho enfoque o estrategia de gestión de riesgos, propende a la mantención de una gestión de

riésgos saña. y prudente es a través de:

– Establecer ámbitos diseñados para identificar, medir, gestionar, controlar e informar los
riesgos;

– Establecer politicas de gestión de riesgos para los principales riesgos que enfrenta la
empresa y que, por consiguiente, representa las áreas de enfoque para las decisiones
estratégicas y actividades de gestión de riesgos;

– Establecer el Apetito de Riesgo y la Tolerancia al Riesgo y la descripción de su importancia
y relación fundamental para la formulación de-estrategias. de negocio, y

– Garantizar que la información oportuna y relevante de gestión de riesgos. sé proporciona
a la Alta Gerencia y al Directorio para monitorear activamente y gestionar el riesgo en

concordancia cón el Apetito de Riesgo de la Compañía.

b) Riésgos Evaluados.

El Directorio ha definido los siguientes riesgosa avaluar en su gestión:

. Riesgo de Mercado:
– Considéra el riesgo de precios, asociado a fluctuaciones en los precios de
mercado de lá cartera de los activós de la compañia.
– Riesgo de descalce, asociado a movimientos adversos de activos y pasivos
por fluctuaciones económicas.
– Riesgo de reinversión, por la necesidad de reinvertir flujos de. activos futuros
auna tasa de interés incierta, debido. a plazos de vencimientó de activos menores

alos de pasivos.

. Riesgo de crédito: El riesgo de crédito corresponde-al riesgo de incumplimiento de
deudores y contrapartes de la compañia, y el. riesgo de pérdida de valor de los“activos,
debido a un deterioro en la calidad de crédito de éstos.

xx Riesgo de liquidez: Deriva de la incapacidad de la Compañia para obtener los
fondos necesarios para asumir el flujo de pago de sús obligaciones, sin incurrir en
pérdidas significativas.

e Riesgo técnico del seguro: Involucra riesgos de tarificación, suscripción, diseño de
productos, gestión de siniestros e insuficiencia de reservas técnicas,

$ Riesgo operacional y tecnológico: Es el riesgo de pérdidas financieras que resulta
de fallos en los procesos, personas o-sistemas, ya sea ante eventos internos-o externos.

. Riesgo legal y regulatorio: corresponde ál riesgo de pérdidas ante cambios legales
o regulatorios.

o Riesgo de Grupo: Deriva de la pertenencia a un grupo económico o financiero, local
o internacional, y está asociado las pérdidas a que se expone por inversiones,

transacciones u operaciones con empresás relacionadas.

c) Autoevaluación de riesgos y Solvencia (ORSA) y Autoevaluación de Gobiernos
Corporativos (NCG N* 408).

En virtud de las disposiciones establecidas en la NCG N? 408, la cual establece principios de
gobierno corporativo para entidades aseguradoras y reaseguradoras, la Compañía deberá
realizar en forma anual, una autoevaluación de sus riesgos y solvencia (ORSA), para efectos
de evaluar desu situación de solvencia actual y futura probable, teniendo en consideración
los riesgos ‘a los que está expuesta y la adecuación de su capital a estos riesgos. Para ello la
Compañía deberá enviar a la Comisión para el Mercado Financiero, a: más tardar él 30 de
junio de cada año, un informe con los resultados él cual deberá ser aprobado por el Directorio

de la Compañía y firmado por el gerente general y por el gerente de riesgos de:la Compañía.

Asimismo, y en virtud de las disposiciones establecidas.en la NCG:N” 408, la Compañía deberá
realizar cada dos años, una autoevaluación del grado de cumplimiento de sus estructuras de
gobierno corporativo respecto de los principios establecidos en la referida: norma, debiendo
para ello enviar a la Comisión para el Mercado Financiero, a más tardar el 30 de:junio del
año correspondiente, un informe con los resultados y los planes de acción que se determinen
en caso de existir brechas. El informe con-el resultado dela autoevaluación y los planes de

acción deberá ser aprobado por el Directorio de la Compañía.

21

6.2. Control Interno.

Liberty cuerita con un sistema de control interno que busca proveer una seguridad
razonable: en el logro de sus objetivos estratégicos, operacionales, en el reporte de la
información y en el cumplimiento normativo, mediante la gestión oportuna de sus riesgos
y la efectividad de sus coritroles, contribuyendo a resguardar los. recursos de la Compañía,
evitando pérdidas por fraude o negligencia, como así también detectar las desviaciones que

se presenten y que puedan afectar al cumplimiento de los objetivos de la Compañía.

Liberty está comprometido con establecer y mantener un sistema de control interno, basado
en una cultura de.autocontrol, autogestión y autorregulación, alineado a la estrategia y a
los procesos, y en la cual todos los colaboradores son responsables de asegurar la gestión
de los riesgos, la efectividad de los controles a su cargo, el reporte: de los incidentes y lás

deficiencias eñicontradas, así cómo de velar por el mejoramiento continuo de sus procesos.

Para lo ánterior, la Compañía ha establecido una estructura organizacional que: soporta el
sistema de control interno y ha asignado responsabilidades especificas para su definición,
implementación, monitoreo y mejora, siendo los máximos responsables el Directorio, la Alta
Administración, la Gerencia de Auditoría Interna, la Gerencia de Cumplimiento, la Gerencia

Legal y la Subgerencia de Administración de Riesgo.

Liberty Seguros deberá contar’con uti Sistema de Control Interno (SCI) integrado por
principios, políticas, normas y procedimientos encaminados a proporcionar transparencia
y seguridad alos diferentes Grupos de Interés de la Compañia. La adopción del Sistema de
Control Interno, conlleva la necesidad de que todás las persónás e instancias de la
organización, comprendan cabalmente la trascendencia del control interno y. la incidencia
del mismo. sobre los resultados de. la gestión, considerándolo cómo un conjunto de

actividades integradas a los procesos operativos de la empresa.

Se entiende por Sistema de Control Interno el conjunto de políticas, principios, ñormas,
procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación .establecidos por Directorio, la
Alta Dirección y demás áreas involucradas en la organización: para proporcionar un grado

de seguridad razonable en cúanto-a la consecución de los siguientes objetivos:

1. Mejorar la efectividad y eficiencia de las operaciones. Pará el efecto, se entiende por

efectividad la capácidad de “alcanzar las metas y/o resultados propuestos; y por

22

eficiencia la-capacidad de producir el máximo de resultados con el minimo de recursos,

energía y tiempo,

2. Prevenir y mitigar la ocurrencia de fraudes, tanto internos como externos,

3. Realizar una gestión adecuada de lós riesgos.

4. Aumentar la confiabilidad y oportunidad en la información generada por la

organización:

5. Dar un ádecúado cumplimiento a las normativas y regulaciones aplicables a la

organización, velando por siempre por actuar con ética e integridad.

6.3. Auditoría Interna.

La Compañía cuenta con una Gerencia de Auditoría Interna, que reporta al Directorio através
del Comité de Auditoría Interna, contando a su vez con un reporte matricial en la Casa Matriz

de la Compañía y dependiendo localmente por temía operativos.de la Gerencia General,

La Gerencia de Auditoria Interna se:encarga de revisar y evaluar los mecanismos de control
interno y operaciones, para verificar la aplicación y el cumplimiento de las políticas y

procedimientos.

Las auditorías internas, tienen por objeto examinar y evaluar la efectividad de los controles
internos, sistemas, procesos y procedimientos de generación de informies, constituyen una
actividad mediante la cual se revisan de manera objetiva e independiente las operaciones de

la Compañía, y se brinda consultoría a fin de agregár valor en la ejecución de las mismas.

La función de Auditoría cuenta con la definición de objetivos, alcance y procedimientos de
sus actividades. Incluye el diseño de un plan anual de trabajo, el examen y valoración de la
información disponible, la comunicación de resultados y seguimiento delas recomendaciones
efectuadas. El plan de trabajo será sometido “anualmente a la aprobación del Comité de

Auditoría y presentado al Directorio para aprobación.

6,4, Cumplimiento.

El Directorio ha designado a un Oficial de Cumplimiento para la Compañía, ejecutivo

23

independiente y de alto nivel encargado de administrar y velar por el programa de
cumplimiento y ética de Liberty.

El Oficial de Cumpliniiento reporta al Directorio, al Comité de Ética y Cumplimiento y tiene
un reporte matricial’en la casa matriz de la Compañía. Para efectos operativos localmerite

depende de la Gerencia General.

Dentro de las principales funciones y responsabilidades del Oficial de Cumplimiento, se

pueden señalar las siguientes:

e Evaluar leyes y reglamentos que puedan ser aplicables y cambios en éstos que puedan
tener un impacto en las operaciones, así como velar por’su cumplimiento.

+ Velar por el cumplimierito de la regulación y políticas de. prevención de Lavado de
Dinero y Financiamiento del Terrorismo.

e Velar por el cumplimiento del Código de Ética y sorneterlo á la aprobación del
Directorio, gestionando su correcta aplicación,

* Implementarmecanismos para facilitar la entrega de información por parte. de los
colaboradores acerca del incumplimiento y potenciales. violaciones a las obligaciones
legales, al Código de Ética y Estándares de Conducta de la Compañía y sobre
potenciales fraudes, tanto internos comó extérnos.

xx Informar al Directorio, a través del Comité de Cumplimiento, de posibles
incumplimientos que se hayan detectado.

+ Realizar análisis de riesgo de incumplimiento.

+ Diseñar, controles, políticas y procedimientos en las materias propias de su área.

e Administrar estrategias de concientización y capacitación er matería de ética y
cumplimiento, contribuyendo ‘a crear uña cultura de buenas prácticas en la

Compañia.

6.5. Función de reaseguro.

Liberty cuenta con una subgerencia de reaseguro, lá.cuál es responsable de administrar el
programa de reasegúros de la Compañía. Asimismo, el Directorio es responsable de aprobar
la política de reaseguro, la cual será revisada periódicamente y,:en especial, cuarido se
presenten cambios en la situación de la Compañía, su estrategia de-suscripción de riesgos, o
en la situación de solvencia de sus reaseguradores. Asimismo, deberá velar para que existan
sistemas adecuados de control interno que garanticen que la suscripción de riesgos se realiza
de acuerdo con las politicas de reaseguro definidas y que se cuenta efectivamente con las

coberturas de reaseguro planeadas.
24

La política de reaseguro establece la. condición de operar cón comipañias de reaseguro dé
reconocimierito mundial coh una reputación excelente, lo que deberá asegurarse
manteniendo un adecuado sistema de evaluación de los reaseguúradores. La Compañía ha
establecido una política de reaseguro que dispone, entre otras materias, la elaboración de

listas de reaseguradoras y brokers de reaseguro elegibles.

6.6. Difusión y transparencia.

Liberty está comprometida con divulgar oportuna, precisa y simétricamente toda información.
materia] acerca de la Compañía y proveef acceso justo e igualitario: a tal información. Es
imperativo que la divulgación sea. coherente en el tiempo, que se evite la divulgación de
información selectiva en todo. momento y que todós los accionistas tengan un acceso a la

información, de acuerdo a la normativa vigente.

El Directorio y’su administración creen que es para el mejor interés de la Compañía mantener
un diálogo activo y abierto con sus accionistas acerca del desempeño histórico y las
perspectivas de: futuro. La politica de divulgación de información aplica. a todos los

colaboradores con respecto a sus interacciones y a las comunicaciones. con los accionistas.

El Directorio requiere que la administración implemente procesos para que la divulgación de
la información relativa a los resultados financieros, eventos significativos y otra información
material a los grupos de interés, tales como accionistas, reguladores, colaboradores,
clasificadoras de riesgo, auditores y cualquier otro que la Compañía identifique como tal, sea
veraz y oportuna. Todo ello con el debido resguardo de confidencialidad que: las leyes y

regulaciones :exigen.

6.7. Relación con asegurados y otros grupos de interés.
Liberty está comprometida con la conducción del negocio de acuerdo a. altos estándares de
gobierno corporativo y aspira á ser abierta y transparente con todos los grupos de interés en

relación a las metas y logros de la Compañía.

Liberty es consciente. de que buenas relaciones con sus grupos de iriterés pueden permitir
ina buena toma de decisiones, resolver dificultades, construir comunidades fuertes, y

fortalecer la lealtad dé:los clientes.

25

La Compañía aspira-a demostrar un liderazgo visible y activó én esta materia, que dé el
ejeniplo y enfatice’la importancia de la relación con los grupos de interés, que se traduce en

lo siguiente:

e Grupo Controlador

El Directorio y la Alta Gerencia de la Compañía serán responsables por la estabilidad del
buen desempeño de Liberty, y velarán porque la relación con el grupo controlador no
afecte el cumplimiento de dicha responsabilidad. Asimismo, cualquier potencial coriflicto

de interés en este sentido, deberá ser divulgado tan pronto sea conocido.

. Accionistas
Comunicación fluida con los propietarios para. mantenerlos al día en el desarrollo: del

negocio y ayudar a reforzar su compromiso.

o Colaboradores
Liberty cree firmemente que escuchar, responder y actuar:en pro de sus colabofadores-es

clave para el éxito continuo.

> Clientes/Asegurados

El diálogo en ambos sentidos.con nuestros asegurados es esencial para comprenderlos a
cabalidad y satisfacer sus necesidades. Liberty procurará que los seguros que contraten:
los clientes sean adecuados para su situación. particular, velando por los principios de
Conducta de Mercado (tráto justo a clientes, evitar conflictos: de interés, proteger la

información de clientes y. promover-la:educación financiera).

. Proveedores
Liberty trabaja con sus proveedores habituales para asegurar que ellos manejan sus

operaciones de manera consistente-con lós valores y principios de negocio de la Compañía.

. Reguladores

Liberty opera.en un mercado regulado. El diálogo cuidado y el desarróllo de relaciones cón
los éntes reguladores son esenciales para que Liberty cumpla sus obligaciones, informe
acerca de sus políticas y comparta sus buenas prácticas. De esta manera, Liberty aspira

a mantener relaciones constructivas y transparentes con los reguladores:

26

. Manejo de Reclamos

Liberty xxconsidera que tener un compromiso con la comunidad, dándole acceso :a
información periódicamente, puede ayudar sustáncialmente ‘á prevenir reclamos, en
primer lugar,:ó evitar siescalamiento a un nivel que podría menoscabar sustancialmente
el desempeño del negocio. Así desde una perspectiva de administración de riesgos, invertir

tiempo y esfuerzos en el desarrollo de un buen proceso és deseable.

Idealmente, los procedimientos de reclamos, deberán estar disponibles en-todo momento,
y la Gerencia deberá estar informada e involucrada, de manera que las acciones que se
tomen permitan la resolución de potenciales conflictos.

Estos procedimientos deberán estar, eri todo moniento, en congruencia cón la legislación
vigente, las disposiciones de los organismos: reguladores y con la normativa en materia de

Conducta de Mercado.

6.9. Auditores Externos

Es labor del Directorio de la Compañía garantizar el cumplimiento de la obligación de integridad
de los sistemas contables y de los Estados Financieros de la Compañía, incluida la realización de

una auditoría independiente.

El Directorio tiéne como responsabilidad examinar los informes de los auditores externos y los
Estados Financieros presentados por la Administración de la Compañía y pronunciarse respecto
de ellos en forma previa a su ¡presentación a la Junta Ordinaria de Accionistas. Dicho
pronunciamiento es incluido enla memoria anual de la Compañía. Adicionalmente, el Directorio
es el encargado de proponer a la: Junta Ordinaria de Accionistas los auditores externos que

examinarán los Estados Finariciéros. de la Compañia.

El Directorio ha delegado en el Comité de Auditoría la evaluación del desempeño de los auditores

externos.

VI.- VIGENCIA.
El presente Código y la política de habitualidad entrarán en vigencia a contar de la fecha de
aprobación efectiva por parte del Directorio, manteniéndose vigente hasta que el Directorio no

acuerde su modificación conforme a la ley.

27

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=0a3cec8c874befafd077b371c0b6eec9VFdwQmVFOVVRVFJOUkVWNlQwUkZNazUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

Por Hechos Esenciales
Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

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