DE CASINOS DE JUEGO
SC SUPERINTENDENCIA
OFICIO CIRCULAR N? 5 / 2020 Página 1 de 1
SM0sa0036/03/2020
ANT.: Emergencia de salud pública debido al
brote denominado coronavirus Covid-19.
MAT.: Instruye el cierre de los casinos de juego
a partir del 18 de marzo e informa
suspensión de plazos en curso.
DE : SRA. VIVIEN VILLAGRÁN ACUÑA
SUPERINTENDENTA DE CASINOS DE JUEGO
A : SRES. y SRAS. GERENTES GENERALES
SOCIEDADES OPERADORAS DE CASINOS DE JUEGO
CONCESIONES MUNICIPALES DE CASINOS DE JUEGO
1. Junto con saludarles cordialmente y con relación a la emergencia de salud pública
decretada con fecha 30 de enero de 2020 por la Organización Mundial de la Salud,
debido al brote denominado coronavirus Covid-19, así como lo establecido en el
decreto N* 4 del Ministerio de Salud, que dispuso alerta sanitaria por tal causa, se
instruye el cierre de todos los casinos de juego del país, a partir de las 00:01 de este
miércoles 18 de marzo, sin perjuicio del cierre anticipado en el caso de que lo estimen
pertinente, situación que deberá ser comunicada mediante el SAYN luego de
producido el desalojo de la sala.
2. La medida se aplicará hasta el domingo 29 de marzo a las 24:00 horas, que
corresponde al periodo de suspensión de clases decretadas por el Gobierno de Chile,
y en consideración a la prohibición de realizar actividades con más de 200 personas,
de manera de asegurar la contención en la propagación del contagio, resguardando
la salud de los trabajadores y clientes. Ello, sin perjuicio de que el cierre decretado
se pueda extender en función de las instrucciones sanitarias que pueda establecer la
autoridad de salud y la evaluación que se haga respecto de las mismas.
3. En ese contexto, se suspende la obligación establecida en el artículo 6* del Decreto
287, del Ministerio de Hacienda, de 2005, en cuanto al funcionamiento de los casinos
de juego y sus servicios anexos.
4. Asimismo, se suspenden los plazos administrativos que se encuentran corriendo a
esta fecha, y que digan relación con el cumplimiento de instrucciones generales o
particulares decretadas por esta Superintendencia. La referida suspensión se
mantendrá vigente hasta la fecha de cierre decretada.
5. Por otra parte, y no obstante las instrucciones impartidas en el presente oficio, sigue
vigente hasta la fecha de cierre decretada informar vía SAYN las contingencias
relevantes, entre las que se cuentan todas aquellas relacionadas con la presencia de
COVID19 en clientes, colaboradores, proveedores y otros relacionados con las
operaciones del casino.
6. En caso de requerir remitir información a esta Superintendencia, adicional a la que
se envía a través de las plataformas virtuales existentes (SAYN, SSHI, Sistema de
Autoexclusión Voluntaria de Jugadores, formulario de consultas web), se encuentra
disponible la casilla de correo electrónico opartesOscj.gob.cl.
DISTRIBUCIÓN:
* Gerentes Generales Sociedades Operadoras y Concesiones de Casinos de Juego
* Divisiones y Unidades SCJ
* Oficina de Partes SCJ
Digitally signed by VIVIEN ALEJANDRA VILLAGRAN
ACUNA
81cc783b-2bc1-43dd-8bb8-313cb75d8cc9 Date: 2020.03.16 15:06:01 CLST
Verifique validez en http://www.scj.cl/ e: Sada “Ga: de Casinos de Juego
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=096f9b197a774afdeab4a648495f49acVFdwQmVVMUVRWHBOUkVFeFRsUlZNMDlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108