Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

LATIN GAMING CALAMA S.A. 2020-03-18 T-13:02

L

HECHO ESENCIAL
LATIN GAMING CALAMA S.A.
Inscripción Registro de Valores No. 205

Santiago, 18 de marzo de 2020

Señor

Joaquín Cortez Huerta,

Comisión para el Mercado Financiero
Alameda 1449

Presente

De nuestra consideración:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9” e inciso segundo del artículo 10? de la Ley
18.045, la Norma de Carácter General N*30 de la Comisión para el Mercado Financiero, y estando
debidamente facultado al efecto, informo a usted lo siguiente en carácter de HECHO ESENCIAL:

Conforme consta de Oficio Circular N* 5 de fecha 16 de marzo de 2020, de la Superintendencia
de Casinos de Juego, dicho organismo ha instruido a las Sociedades Operadoras de Casinos de
Juego proceder al cierre de los mismos a partir de las 00:01 de este miércoles 18 de marzo, sin
perjuicio del cierre anticipado en el caso de que se estime pertinente, y hasta el día 29 de marzo
de 2020 a las 24:00 horas. Lo anterior atendida la emergencia de salud pública decretada con
fecha 30 de enero de 2020 por la Organización Mundial de la Salud, debido al brote denominado
coronavirus Covid-19, así como lo establecido en el decreto N? 4 del Ministerio de Salud, que
dispuso alerta sanitaria por tal causa.

Atendido lo anterior, mi representada ha procedido al cierre del Casino de Juego que opera en la
comuna de Calama a partir del día 16 de marzo de 2020, a la 20:00 horas.

Sin otro particular, saluda atentamente a Ud.,

icolás Imséhenetzkg Ebensperger
Presidente

DE CASINOS DE JUEGO

SC SUPERINTENDENCIA

OFICIO CIRCULAR N? 5 / 2020 Página 1 de 1
SM0sa0036/03/2020
ANT.: Emergencia de salud pública debido al
brote denominado coronavirus Covid-19.

MAT.: Instruye el cierre de los casinos de juego
a partir del 18 de marzo e informa
suspensión de plazos en curso.

DE : SRA. VIVIEN VILLAGRÁN ACUÑA
SUPERINTENDENTA DE CASINOS DE JUEGO

A : SRES. y SRAS. GERENTES GENERALES
SOCIEDADES OPERADORAS DE CASINOS DE JUEGO
CONCESIONES MUNICIPALES DE CASINOS DE JUEGO

1. Junto con saludarles cordialmente y con relación a la emergencia de salud pública
decretada con fecha 30 de enero de 2020 por la Organización Mundial de la Salud,
debido al brote denominado coronavirus Covid-19, así como lo establecido en el
decreto N* 4 del Ministerio de Salud, que dispuso alerta sanitaria por tal causa, se
instruye el cierre de todos los casinos de juego del país, a partir de las 00:01 de este
miércoles 18 de marzo, sin perjuicio del cierre anticipado en el caso de que lo estimen
pertinente, situación que deberá ser comunicada mediante el SAYN luego de
producido el desalojo de la sala.

2. La medida se aplicará hasta el domingo 29 de marzo a las 24:00 horas, que
corresponde al periodo de suspensión de clases decretadas por el Gobierno de Chile,
y en consideración a la prohibición de realizar actividades con más de 200 personas,
de manera de asegurar la contención en la propagación del contagio, resguardando
la salud de los trabajadores y clientes. Ello, sin perjuicio de que el cierre decretado
se pueda extender en función de las instrucciones sanitarias que pueda establecer la
autoridad de salud y la evaluación que se haga respecto de las mismas.

3. En ese contexto, se suspende la obligación establecida en el artículo 6* del Decreto
287, del Ministerio de Hacienda, de 2005, en cuanto al funcionamiento de los casinos
de juego y sus servicios anexos.

4. Asimismo, se suspenden los plazos administrativos que se encuentran corriendo a
esta fecha, y que digan relación con el cumplimiento de instrucciones generales o
particulares decretadas por esta Superintendencia. La referida suspensión se
mantendrá vigente hasta la fecha de cierre decretada.

5. Por otra parte, y no obstante las instrucciones impartidas en el presente oficio, sigue
vigente hasta la fecha de cierre decretada informar vía SAYN las contingencias
relevantes, entre las que se cuentan todas aquellas relacionadas con la presencia de
COVID19 en clientes, colaboradores, proveedores y otros relacionados con las
operaciones del casino.

6. En caso de requerir remitir información a esta Superintendencia, adicional a la que
se envía a través de las plataformas virtuales existentes (SAYN, SSHI, Sistema de
Autoexclusión Voluntaria de Jugadores, formulario de consultas web), se encuentra
disponible la casilla de correo electrónico opartesOscj.gob.cl.

DISTRIBUCIÓN:

* Gerentes Generales Sociedades Operadoras y Concesiones de Casinos de Juego
* Divisiones y Unidades SCJ

* Oficina de Partes SCJ

Digitally signed by VIVIEN ALEJANDRA VILLAGRAN
ACUNA

81cc783b-2bc1-43dd-8bb8-313cb75d8cc9 Date: 2020.03.16 15:06:01 CLST

Verifique validez en http://www.scj.cl/ e: Sada “Ga: de Casinos de Juego

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=8fe296b451c372a9ab52ca49a2f13524VFdwQmVVMUVRWHBOUkVFeFRsUmpNMDlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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