Resumen corto:
Clínica Las Condes S.A. demandada por Isapres Banmédica y Vida Tres por $15.815.939.796, contestará y reconvendrá por $60.486.013.354.
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Resumen largo:Hecho Esencial Clínica Las Condes S.A.: Demandada por Isapres Banmédica y Vida Tres por $15.815.939.796, contestará demanda y reconvendrá por $60.486.013.354.
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_ HECHO ESENCIAL CLINICA LAS CONDES S.A.
Inscripción en el Registro de Valores N* 433
Santiago, 5 de marzo de 2024 Señora Solange Berstein Jáuregui Presidente Comisión para el Mercado Financiero PRESENTE Ant.: Oficio Ordinario N* 30.415, de fecha 5 de marzo de 2024.
Ref.: Hecho Esencial
Informa hechos que indica.
Estimada señora Presidente: Al tenor de lo solicitado por esa Comisión para el Mercado Financiero en el Oficio Ordinario N* 30.415, de fecha 5 de marzo de 2024, y conforme a lo dispuesto en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10%, ambos de la Ley N* 18.045, en mi calidad de gerente general, informo como hecho esencial respecto de Clínica Las Condes S.A. y sus filiales (la Compañía o CLC), lo siguiente:
1. CLC fue notificada, con fecha 1? de marzo de 2024 pasado, de una demanda arbitral interpuesta por las Isapres Banmédica S.A. y Vida Tres S.A., reclamando un monto total de $15.815.939.796.-, más reajustes e intereses contados desde la fecha en que supuestamente debieron ser pagados, por concepto de descuentos que se adeudarían a dichas compañías.
Además, en la demanda se solicita el pago de los descuentos que, en concepto de las demandantes, deberían devengarse durante el curso del arbitraje.
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Finalmente, también se solicita cumplimiento de los Convenios en los plazos señalados en los mismos, por los períodos posteriores a su término -que tuvo lugar el 1? de marzo pasado- y que corresponden de conformidad con éstos.
2. CLC contestará la demanda arbitral solicitando el rechazo integro de la pretensión económica, y demandará reconvencionalmente para obtener el pago de las sumas de dinero que se determinen en función de los análisis de las auditorías en curso, que, de manera preliminar, ascienden aproximadamente a $60.486.013.354.-, más reajustes e intereses.
Por su parte, en lo que respecta al cumplimiento de los Convenios, Clínica Las Condes S.A. dará cumplimiento íntegro a los mismos, por lo que la demanda arbitral carece de sentido a dicho respecto.
3. Finalmente, se hace presente que en la demanda de Banmédica S.A. y Vida Tres
S.A. se reconoce que dichas entidades habrían recibido mayores ingresos, cuestión que violaría los artículos 171 y 173 de la Ley de Isapres, normativa que regula sus ingresos y las obliga a mantener objeto exclusivo, respectivamente.
Sin otro particular, le saluda muy atentamente, Pablo Ortiz Día Gerente General (1) Clínica Las Condes S.A.
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Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=86995d1597b978b77f873fec8cb6b286VFdwQmVVNUVRWHBOUkVVd1RtcHJlVTVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1709732041