Resumen corto:
Clínica Las Condes S.A. ofrece rescate voluntario de bonos Serie E por UF402.000, con fecha de rescate el 22/12/2022, para 804 bonos en circulación, mediante proceso automatizado y condiciones específicas.
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HECHO ESENCIAL CLINICA LAS CONDES S.A.
Inscripción en el Registro de Valores N* 433
Santiago, 16 de diciembre de 2022
Señora
Solange Berstein
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero Presente.-
Ref.: Comunica Opción de Rescate Anticipado Voluntario de Bonos Serie E.
Señora Presidente:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9? e inciso segundo del Artículo 10 de la Ley 18.045, lo previsto en la Norma de Carácter General N*30 de esta Comisión, debidamente facultado al efecto, vengo en informar lo siguiente en calidad de hecho esencial respecto de la sociedad, sus valores y oferta pública de los mismos:
Clínica Las Condes S.A. ofrecerá una opción de rescate anticipado voluntario con recursos propios, atodos los tenedores de Bonos Serie E emitidos con cargo a la línea de bonos inscrita en el Registro de Valores de su Comisión, con fecha 19 de diciembre del año 2022 bajo el N*889, actualmente en circulación, por un monto total de 402.000 Unidades de Fomento por concepto de capital insoluto, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley N*18.045, Ley de Mercado de Valores, en la forma, fechas y condiciones detalladas en el Aviso que se publicará con fecha 19 de diciembre de 2022, en el Diario el Libero, cuyo texto se adjunta a la presente comunicación.
Sin otro particular, saluda atentamente, apia Hortuvia Gerente General
c.c.: Banco de Chile, representantes de los Tenedores de Bonos
CLINICA LAS CONDES S.A.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VALORES N’ 433 OPCIÓN DE RESCATE ANTICIPADO VOLUNTARIO DE BONOS SERIE E
CLÍNICA LAS CONDES S.A. (CLC), sociedad anónima abierta, Rol Único Tributario N 93.930.000- 7, inscrita en el Registro de Valores bajo el N*433, domiciliada en Estoril N450, comuna de Las Condes, Santiago, informa a los tenedores de sus Bonos Serie E emitidos con cargo a la línea de bonos inscrita en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero con fecha 16 de marzo del año 2018 bajo el N*889 (Bonos Serie E), que ofrece una opción de rescate anticipado voluntario a todos los tenedores de Bonos Serie E actualmente en circulación por un monto total de UF402.000 por concepto de valor nominal, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley N*18.045, Ley de Mercado de Valores, según se detalla más adelante (la Opción de Rescate).
El rescate anticipado voluntario de los Bonos Serie E se realizará a través de Larraín Vial S.A. Corredora de Bolsa (el Mandatario), de acuerdo a los términos y condiciones que se indican a continuación:
D La Opción de Rescate anticipado voluntario se concede en idénticas condiciones a todos los tenedores de la Serie E, por hasta un monto total de UF402.000 por concepto de valor nominal, equivalentes a 804 Bonos Serie E actualmente en circulación. Aquellos tenedores de Bonos Serie E que voluntariamente quieran participar en este rescate anticipado voluntario, deberán entregar para el rescate bonos completos por su corte mínimo de UFS00 cada uno y no parte de ellos.
2 El rescate de los Bonos Serie E voluntariamente entregados para rescate anticipado, se efectuará el día jueves 22 de diciembre de 2022 (la Fecha de Rescate).
3) Los Bonos Serie E se rescatarán usando el sistema valorizador de instrumentos de renta fija del sistema computacional de la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores (SEBRA), utilizando el valor nominal de cada Bono Serie E a ser rescatado y un precio de 100%. El valor así obtenido no devengará intereses ni reajustes y será pagado en su equivalente en pesos, moneda corriente nacional, de acuerdo al valor de la Unidad de Fomento de la Fecha de Rescate.
4) El rescate anticipado voluntario de los Bonos Serie E está sujeto al cumplimiento de la siguiente condición de éxito: que los Bonos Serie E que sean voluntariamente rescatados se encuentren libres de cualquier gravamen, prohibición, embargo, litigio, medida precautoria, condición suspensiva o resolutoria, derecho preferente de tercero, derecho real o personal a favor de tercero, y en general, de cualquier otra circunstancia que impida o limite su libre cesión o transferencia.
5) Los tenedores de Bonos Serie E que voluntariamente deseen entregar sus bonos para rescate anticipado, deberán comunicar su aceptación a la Opción de Rescate a través de una comunicación escrita que deberá ser enviada antes de las 16:00 horas del día miércoles 21 de diciembre de 2022, época en la cual las aceptaciones se harán irrevocables (sin perjuicio de lo indicado en el punto 8) siguiente), al correo electrónico jtovalle(Alarrainvial.com (la Carta de Aceptación), con las formalidades y contenidos que establecerá el mismo Mandatario y que incluirán al menos: (a) un certificado de posiciones de los Bonos Serie E que se entregarán para su rescate voluntario anticipado; (b) datos de contacto del correspondiente tenedor de Bonos Serie E, o de su representante, en su caso, y de la cuenta corriente bancaria registrada en el Depósito Central de Valores S.A. (DCV) en la que se deberá depositar el pago del rescate y de la correspondiente cuenta DCV; y (c) en su caso, copia del poder conferido por el tenedor del Bono Serie E a quien suscriba la comunicación otorgado por escritura pública. Para mayor información sobre este proceso, le rogamos contactar al Mandatario al correo electrónico jtovalle(Wlarrainvial.com.
6) El Mandatario, contra la aceptación de la Opción de Rescate efectuada por el respectivo tenedor de Bonos Serie E, contactará a este último en la Fecha de Rescate con el objeto de enviar la información relevante del proceso de liquidación para perfeccionar el objeto del rescate voluntario anticipado de los Bonos Serie E, la que se efectuará bajo la modalidad denominada transferenciatraspaso DVP Delivery versus Payment. De esta forma, se utilizará el sistema electrónico automatizado del DCV, transfiriendo los Bonos Serie E a una cuenta de custodia del Mandatario en el DCV. El Mandatario pagará el día jueves 22 de diciembre de 2022, por orden, a cuenta y cargo de CLC, el precio de rescate anticipado voluntario correspondiente, transfiriendo los fondos respectivos directamente a la cuenta corriente bancaria informada por el respectivo tenedor de Bonos Serie E en su Carta de Aceptación.
7) CLC podrá modificar los términos de esta Opción de Rescate en cualquier momento mediante un aviso comunicado, antes de las 14:00 horas del día martes 21 de diciembre de 2022, en su página WEB (https:www.clinicalascondes.cl), y a los tenedores de bonos que hubieren aceptado la Opción de Rescate, a la persona señalada como contacto en su Carta de Aceptación, pudiendo los tenedores de bonos que ya hubieren aceptado retractarse de la misma, total o parcialmente, mediante comunicación escrita enviada al correo electrónico del Mandatario a la misma dirección señalada en el punto 5) anterior, hasta las 15:00 horas del día miércoles 21 de diciembre de 2022. Por el mismo medio CLC informará el día miércoles 21 de diciembre de 2022, si se cumplió o no la condición a que se refiere el punto 4)
Santiago, 19 de diciembre de 2022.
Gerente General CLINICA LAS CONDES S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=df1004d325d6312ac13c0da8910e43bbVFdwQmVVMXFSWGxOUkZFelQxUk5kMDlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108