“CLÍNICA LAS CONDES
HECHO ESENCIAL
CLINICA LAS CONDES S.A.
Inscripción en el Registro de Valores N° 433
Santiago, 3 de agosto de 2021
Señor Joaquín Cortez H.
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Presente.-
Ref.: Comunica Opción de Rescate Anticipado Voluntario de Bonos Serie E.
Señor Presidente:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9° e inciso segundo del Artículo 10° de la Ley 18.045,
lo previsto en la Norma de Carácter General N° 30 de esta Comisión, debidamente facultado al efecto,
vengo en informar lo siguiente en calidad de hecho esencial respecto de la sociedad, sus valores y
oferta pública de los mismos:
Clínica Las Condes S.A. ofrecerá una opción de rescate anticipado voluntario a todos los tenedores
de Bonos Serie E emitidos con cargo a la línea de bonos inscrita en el Registro de Valores de su
Comisión, con fecha 16 de marzo del año 2018 bajo el N° 889, actualmente en circulación, por un
monto total de hasta 207.500 Unidades de Fomento por concepto de capital insoluto, todo ello
conforme a lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley N° 18.045, Ley de Mercado de Valores, en la
forma, fechas y condiciones detalladas en el Aviso que será publicado el día de mañana, miércoles
04 de agosto de 2021, en el Diario El Mercurio, cuyo texto se adjunta a la presente comunicación.
Sin otro particular, saluda atentamente,
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LEGAL
CLINICA LAS CONDES S.A.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VALORES N° 433
OPCIÓN DE RESCATE ANTICIPADO VOLUNTARIO DE BONOS SERIE E
CLINICA LAS CONDES S.A. (“CLC”), sociedad anónima abierta, Rol Único Tributario N° 93.930.000-
7, inscrita en el Registro de Valores bajo el N° 433, domiciliada en Estoril N° 450, comuna de Las Condes,
Santiago, informa a los tenedores de sus Bonos Serie E emitidos con cargo a la línea de bonos inscrita en
el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero con fecha 16 de marzo del año 2018
bajo el N° 889 (“Bonos Serie E”), que ofrece una opción de rescate anticipado voluntario a todos los
tenedores de Bonos Serie E actualmente en circulación por un monto total de hasta UF207.500 por
concepto de valor nominal, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley N° 18.045, Ley
de Mercado de Valores, según se detalla más adelante (la “Opción de Rescate”).
El rescate anticipado voluntario de los Bonos Serie E se realizará a través de Larraín Vial S.A. Corredora
de Bolsa (el “Mandatario”), de acuerdo a los términos y condiciones que se indican a continuación:
1. La Opción de Rescate anticipado voluntario se concede en idénticas condiciones a todos los
tenedores de la Serie E, por hasta un monto total de UF207.500 por concepto de valor nominal,
equivalentes a 415 Bonos Serie E actualmente en circulación. Aquellos tenedores de Bonos Serie E que
voluntariamente quieran participar en este rescate anticipado voluntario, deberán entregar para el rescate
bonos completos por su corte mínimo de UF500 cada uno y no parte de ellos.
2. El rescate de los Bonos Serie E voluntariamente entregados para rescate anticipado, se efectuará
el día jueves 5 de agosto de 2021 (la “Fecha de Rescate”).
3. Los Bonos Serie E se rescatarán usando el sistema valorizador de instrumentos de renta fija del
sistema computacional de la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores (“SEBRA”), utilizando el
valor nominal de cada Bono Serie E a ser rescatado y un precio de 101,5%. El valor así obtenido no
devengará intereses ni reajustes y será pagado en su equivalente en pesos, moneda corriente nacional, de
acuerdo al valor de la Unidad de Fomento de la Fecha de Rescate.
4. El rescate anticipado voluntario de los Bonos Serie E está sujeto al cumplimiento de la siguiente
condición de éxito: que los Bonos Serie E que sean voluntariamente rescatados se encuentren libres de
cualquier gravamen, prohibición, embargo, litigio, medida precautoria, condición suspensiva o resolutoria,
derecho preferente de tercero, derecho real o personal a favor de tercero, y en general, de cualquier otra
circunstancia que impida o limite su libre cesión o transferencia.
5. Los tenedores de Bonos Serie E que voluntariamente deseen entregar sus bonos para rescate
anticipado, deberán comunicar su aceptación a la Opción de Rescate a través de una comunicación escrita
que deberá ser enviada antes de las 14:
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=123c2240393c80f8e76ac6120eaf8406VFdwQmVVMVVRVFJOUkUxNFRtcFpORTlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108