EXTRACTO
JOSE GERARDO BAMBACH ECHAZARRETA, Abogado, Notario Público Concepción,
oficio O’Higgins 806, certifico: Por escritura pública 19/11/2007,ante mí, PILAR ELVIRA
CATALINA LARRAÑAGA JIMÉNEZ y ANDRÉS ANTONIO LARRAÑAGA JIMÉNEZ,
ambos Cochrane N* 980, oficina 107, Concepción, constituyeron sociedad
responsabilidad limitada. Razón Social: “LARRAÑAGA LIQUIDADORES Y COMPAÑIA
LIMITADA” pudiendo actuar o funcionar bajo el nombre de “ANDRES LARRAÑAGA
JIMENEZ LIQUIDADOR DE SEGUROS Y COMPAÑIA LIMITADA”, pudiendo abreviar en
ambos casos las palabras “COMPAÑIA” por “CIA” y “LIMITADA” por “LTDA.- Objeto: a) La
liquidación de siniestros de todo tipo, sean de seguros generales, de vida o de crédito, o
de cualquier otra clase que pudiera llegar a presentarse en el futuro, tanto en el territorio
nacional como fuera de éste; b) La prestación de servicios profesionales, de cualquier
tipo, que sean o resulten necesarios para la liquidación de los siniestros sometidos a su
conocimiento; c) La prestación de servicios profesionales de asesoría, consultoría,
análisis, estudios, investigaciones, en especial, respecto de toda clase de materias
relacionadas con el ejercicio de esta actividad, aunque no resultaren indispensables o
necesarias para la liquidación de los siniestros que les fueren encargados; d) La
realización de cualquier otra actividad o servicio que se relacione en la actualidad o en el
futuro, con todo lo anterior; e) cualquier otro negocio que los socios acuerden.-
Administración y uso razón social: Andrés Antonio |Larrañaga Jiménez.- Capital:
$13.000.020, enterados siguiente forma: a) Andrés Antonio Larrañaga Jiménez
$7.800.000, que entera y paga mediante dación en pago de bienes muebles
individualizados en inventario protocolizado con esta fecha en esta Notaría: y b) Pilar
Elvira Catalina Larrañaga Jiménez, $5.200.020, que enterará mediante pago cuotas
mensuales de $144.445, durante tres años.- Responsabilidad socios: Monto respectivos
aportes.- Duración: 3 años, desde fecha escritura, renovables. Domicilio: Concepción,
sin perjuicio agencias, o sucursales resto país.- Demás estipulaciones escritura
extractada. Concepción, 04 diciembre 2007.-
(mbp)
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=da30c68abe9b5b4dbb1facea0588c770VFdwQmVFNXFRVE5OUkVFMFQwUkZNVTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909