Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

KPMG AUDITORES CONSULTORES LIMITADA 2012-08-23 T-11:44

K

KPMG

KPMG Auditores Consultores Ltda. Teléfono +56 (2) 798 1000
Av. Isidora Goyenechea 3520, Piso 13 Fax +56 (2) 798 1001
Las Condes, Santiago Chile www.kpmg.cl
Señor GG/017/2012
Fernando Coloma Correa
. A.
Superintendente de Valores y Seguros LA A
Superintendencia de Valores y Seguros 2012080111032 /
Presente 23/08/2012 – 11:44 Operador: OJORQU
Nro. Inscrip:48 – CENTRO DE DOCUMENTACION Y
SUPERINTENDENCIA
VALORES Y SEGUROS

Santiago, 23 de agosto de 2012

Referencia: Comunica Hecho Relevante

Muy señor nuestro:
Por intermedio de la presente adjuntamos a usted, una copia de la modificación realizada a

“KPMG. Auditores Consultores Limitada” por medio de escritura pública con fecha 6 de junio de
2012, inscrita y publicada con fecha de 31 de julio de 2012.

Sin otro particular, se despide atentamente de usted,

Crigtián Bastián E.
Socio Principal

CB/im

KPMG Auditores Consultores Ltda., sociedad de responsabilidad limitada chilena y una firma miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative
(“KPMG International”), una entidad suiza. Todos los derechos reservados.

ESP IA
AUTORIZADA

¿REPERTORIO N” 14.500.-/2012
0t.1.046.907

MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD

G o 4
ARNO
KPMG AUDITORES CONSULTORES LIMITADA Cr
En Santiago de Chile, a seis de junio de dos
mil doce, ante mí, EDUARDO JAVIER DIEZ

MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de
la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con
oficio en Morandé número doscientos Cuarenta y
tres, Santiago; COMPARECEN: don BENEDICTO
SEGUNDO VÁSQUEZ CÓRDOVA, chileno, casado,
contador auditor, cédula nacional de identidad
número ocho millones ciento once mil
quinientos noventa Y seis guión seis,

domiciliado en calle Reina Victoria número

seis mil seiscientos dieciséis, casa G, comuna
de La Reina, Región Metropolitana; don
Sebastián Eyzaguirre Baeza, chileno, casado,
abogado, cédula nacional de identidad número

siete millones once mil seiscientos setenta y
cinco guión ocho, domiciliado en Avenida
Apoquindo número tres mil setecientos

veintiuno, piso catorce, comuna de Las Condes,

Región Metropolitana, en nombre Y
representación, según se acreditará, de KPMG
SERVICIOS CHILE LIMITADA, una sociedad
debidamente org izada y istenltke conforme

las leyes de la República

Gt 27
Quinta Nolarls
SANTIAGO – OH

Tributario número setenta y siete millones
doscientos cincuenta mil novecientos diez
guión tres, domiciliada en Monjitas número

quinientos veintisiete, piso quince, comuna de

Santiago-Centro, Región Metropolitana; don
JOSÉ GALINDO PÉREZ, venezolano, casado,
contador auditor, cédula de identidad de
extranjería número veintiún millones
ochocientos veintinueve mil setecientos
cuarenta y. ocho guión K, domiciliado en
Avenida Camino Real número cuatro mil

setecientos uno, casa mil cinco, comuna de Lo
Barnechea, Región Metropolitana; don CRISTIÁN
BASTIÁN ESCOBAR, Chileno, casado, contador
auditor, cédula nacional de ¡identidad número
ocho millones quinientos cuarenta y un mil
cuatrocientos noventa Y siete guión seis,
domiciliado en calle Nicanor Plaza número dos
mil doscientos noventa y siete, casa C, comuna
de La Reina, Región Metropolitana; don
ALEJANDRO CERDA GALLARDO, chileno, casado,
contador auditor, cédula nacional de identidad
número nueve millones trescientos cincuenta y
seis mil trescientos cuarenta y ocho guión
cuatro, domiciliado en calle Camino La Loica
número cinco mil veintisiete, comuna de Lo
Barnechea, Región Metropolitana; don JOAQUÍN
LIRA HERREROS, chileno, casado, ingeniero
comercial, cédula nacional de identidad número

nueve millones trescientos ochenta y ocho mil

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

na

novecientos ochenta Y uno guión nueve,
domiciliado en Cerro de la Cruz diez mil

cuatrocientos sesenta y siete, comuna de Lo

Barnechea, Región .Metropolitana; don HÉCTOR
HUGO DEL CAMPO ROJAS, chileno, casado,
ingeniero comercial, cédula nacional de
identidad número seis millones novecientos

setenta y ocho mil ciento cuarenta y dos quión
K, domiciliado en Warren Smith número ochenta,
comuna de Las Condes, Región Metropolitana;
don CRISTIÁN LUCIANO MATURANA ROJAS, chileno,
Casado, contador público y auditor, cédula
nacional de identidad número diez millones
novecientos treinta y nueve mil doscientos uno
guión cuatro, domiciliado en calle Coliqueo
número seis mil novecientos treinta y tres,
Santa Rosa de Huechuraba, comuna de
Huechuraba, Región Metropolitana; doña TERESA
DE JESÚS OLIVA SANTIBÁÑEZ, chilena, casada y
separada totalmente de bienes, contador
auditor, cédula nacional de ¡identidad número
doce millones quinientos veintiocho mil
ochocientos cuarenta guión cinco, domiciliada
en calle Augusto Mira Fernández catorce mil
trescientos setenta y siete, Comuna de Las
Condes, Región Metropolitana; don ROBERTO
EDUARDO MUÑOZ GALAZ, chileno, casado, contador
auditor, cédula nacional de ¡identidad número
nueve millones ciée cin t y dos

ciento cuarenta y ocho

en Puerta de Hierro Oriente diez mil ciento
once, casa cuarenta Y tres, comuna de Lo
Barnechea, Región Metropolitana; doña MARIA
ALEJANDRA VICENCIO SALAZAR, chilena, Casada y
separada totalmente de bienes, contador
auditor, cédula nacional de identidad número
diez millones quinientos cuarenta mil
ochocientos setenta y uno guión cuatro,
domiciliada en Pasaje Villamayor norte número
trescientos cuarenta Y cinco, valle Lo
Campino, comuna de Quilicura, Región
Metropolitana; don PATRICIO ERNESTO GUEVARA
ROJAS, chileno, soltero, ingeniero comercial,
cédula nacional de identidad número diez
millones quinientos catorce mil doscientos
treinta y nueve guión cero, domiciliado en
Alsacia número ciento cincuenta Y uno,
departamento ochocientos dos, comuna de Las
Condes, Región Metropolitana; don MARIO LUIS
TORRES SANTIBÁÑEZ, chileno, casado, ingeniero
en información y control de gestión, cédula
nacional de identidad número seis millones
ochocientos setenta y cinco mil seiscientos
cincuenta y nueve guión seis, domiciliado en

María Monvel número mil ciento ochenta B,

comuna de La Reina, Región Metropolitana; don
ALEJANDRO SEBASTIÁN ESPINOSA GONZÁLEZ,
chileno, casado, contador auditor, cédula

nacional de identidad número ocho millones

trescientos setenta y siete mil doscientos

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

ochenta y cuatro guión cero, domiciliado en
Camino La Loica cinco mil cuarenta, comuna de
Lo Barnechea, Región Metropolitana; don LUIS
GUILLERMO INOSTROZA CABELLO, chileno, Casado,
contador auditor, cédula nacional de identidad
doce millones cuatrocientos setenta y Cuatro

mil cuatrocientos treinta guión k, domiciliado

en Encomenderos doscientos, departamento
seiscientos tres, Las Condes, Región
Metropolitana; don FRANCISCO JAVIER LYON
BALIEIRO, chileno, casado, abogado, cédula

nacional de identidad número diez millones
ochocientos cuarenta y ocho mil seiscientos
doce guión cero, domiciliado en Cerro Laguna
número ocho mil novecientos noventa y siete,
comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana;
don JOHN EDUARDO DROGUETT SAAVEDRA, chileno,
casado, contador auditor, cédula nacional de
identidad número nueve millones ciento
cuarenta y nueve mil ochocientos setenta y uno
guión cinco, domiciliado en San Carlos de
Apoquindo número dos mil ochocientos setenta y
seis, casa número diecinueve, comuna de Las
Condes, Región Metropolitana; don FRANCISCO
GASTÓN SCOLARI TRAVISANY, chileno, casado,
contador, cédula nacional de identidad número
cuatro millones setecientos setenta y un mil
ciento veintiocho guión dos, domiciliado en El
Belloto número tre il ochoten s ochenta y

cinco, comuna de Pro

gi
Á

Ec Rae BENITE
Quinta Notaria
SANTIAGO – CHILE

Metropolitana; don RODRIGO ALBERTO STEIN
GROSSMAN, chileno, Casado, abogado, cédula
nacional de identidad número ocho millones
setecientos diecinueve mil setenta Y nueve
guión K, domiciliado en El Tamarugo número mil
trescientos veintitrés, comuna de Vitacura,
Región Metropolitana; don MAURICIO ALEJANDRO
LÓPEZ LASTRA, chileno, casado, abogado, cédula
de identidad número doce millones setecientos

veintidós mil setecientos sesenta y dos guión

cuatro, domiciliado en Hernán Cortes número
dos mil ochocientos treinta Y cuatro,
departamento numero cuatrocientos uno, comuna
de Ñuñoa, Región Metropolitana; don ÁLEX

RODRIGO QUEZADA QUEZADA, chileno, divorciado,
auditor contador, cédula nacional de identidad
número trece millones setecientos noventa y
seis mil quinientos nueve guión siete,
domiciliado en Cristóbal Colón número cinco
mil doscientos sesenta y siete, departamento
noventa y siete, comuna de Las Condes, Región
Metropolitana; y don GONZALO ANDRÉS ROJAS RUZ,
chileno, casado, auditor contador, cédula de
identidad número doce millones ochocientos
sesenta y un mil setecientos cuarenta y cuatro
guión dos, domiciliado en Pasaje Quintero,
número doscientos cuarenta y uno, Parque Del
Sol, comuna de Maipú, Región Metropolitana;
todos los comparecientes mayores de edad,

quienes acreditan su identidad mediante la

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

exhibición de las cédulas antes indicadas y
exponen: PRIMERO.- ANTECEDENTES.- Los
comparecientes, esto es, don Benedicto Segundo
Vásquez Córdova, KPMG Servicios Chile
Limitada, don José Galindo Pérez, don Cristián
Bastián Escobar, don Alejandro Cerda Gallardo,
don Joaquín Lira Herreros, don Héctor Hugo del
Campo Rojas, don Cristián Luciano Maturana
Rojas, doña Teresa de Jesús Oliva Santibáñez,
don Roberto Eduardo Muñoz Galaz, doña María
Alejandra Vicencio Salazar, don Patricio
Ernesto Guevara Rojas, don Mario Luis Torres
Santibáñez, don Alejandro Sebastián Espinosa
González, don Luis Guillermo Inostroza
Cabello, don Francisco Javier Lyon Balieiro,
don John Eduardo Droguett Saavedra, don
Francisco Gastón Scolari Travisany, don
Rodrigo Alberto Stein Grossman, don Mauricio
Alejandro López Lastra, don Álex Rodrigo
Quezada Quezada y don Gonzalo Andrés Rojas
Ruz, son los únicos y actuales socios de KPMG
Auditores Consultores Limitada, una sociedad
de responsabilidad limitada, en adelante
denominada indistintamente también la
“sociedad” o la “compañía”, cuya inscripción
social rola a fojas siete mil ochocientas
treinta y una número cuatro mil trescientos

cincuenta y cinco Comercio del

Conservador de Bien Comercio

Santiago correspondiente

TEM
7 ST

Áluio BnD Y BERE
Quinta Notaria
SÁMAGO xx CHE

novecientos ochenta y cuatro. SEGUNDO.- ÚLTIMA
MODIFICACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LOS ‘SOCIOS.-
La sociedad ha sido objeto de diversas
modificaciones de estatutos, la última de las
cuales consta de escritura pública de fecha
dos de abril de dos mil doce, otorgada en la
Notaría de Santiago de don Patricio Raby
Benavente, un extracto de la cual se inscribió
a fojas treinta y cinco mil setecientas
treinta y ocho número veinticinco mil ochenta
y cinco del Registro de Comercio del
Conservador de Bienes Raíces y Comercio de
Santiago correspondiente al año dos mil doce,
y se publicó en el Diario Oficial con fecha
treinta de mayo del mismo año. Del capital de
la sociedad, por la suma de mil novecientos

quince millones setecientos setenta y cinco

mil pesos, corresponde a cada socio la
siguiente cantidad y proporción, ésta
expresada con cuatro decimales: (Uno) don

Benedicto Segundo Vásquez Córdova, ciento doce
millones de pesos, representativos del cinco
coma ocho cuatro seis dos por ciento del
capital social, que ha pagado y pagará como
sigue: la) con ciento ocho millones
setecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos
treinta y dos pesos, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
y (b) con tres millones doscientos cuarenta y

cinco mil trescientos sesenta y ocho pesos,

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO -: NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

pagaderos, . en

plazo que vence

dinero efectivo, dentro del

el treinta y uno de diciembre

del año dos mil: doce; (Dos) KPMG Servicios
Chile Limitada, ciento cinco millones
doscientos setenta Y cinco mil pesos,

representativos

cinco dos por

se ha pagado íntegramente

del cinco

ciento del

anterioridad a esta fecha,

(Tres) don José

millones de pesos,

coma cuatro nueve

capital social, que

a la sociedad con

en dinero efectivo;

Galindo Pérez, setenta y ocho

representativos del cuatro

coma cero siete uno cinco por ciento del

capital social,

sigue: (a) con

y tres mil ochocientos

que ha pagado y pagará como

veinte millones ciento sesenta

ochenta y nueve pesos

pagados a la sociedad con anterioridad a esta

fecha, en dinero efectivo; y (b) con la suma
de cincuenta Y siete millones ochocientos
treinta y seis mil ciento once pesos,
pagaderos, en dinero efectivo, dentro del

plazo que vence
del año dos mil quince;

Bastián Escobar,

millones de
diecisiete coma
del capital
íntegramente a
esta fecha, en
Alejandro Cerda

dos millones

el treinta

y uno de diciembre

(Cuatro) don Cristián

trescientos veintisiete

pesos, representativos del

cero seis

o

cho ocho por ciento

social, que se ha pagado

la sociedad con anterioridad a

dinero efectivo; (Cinco) don

lardo,

quinien

a

igntos setenta

na oa
Cta AnbY SEÑA)
Quinta Notarla
SAG. Qui

representativos del catorce coma dos dos
cuatro cero por ciento del capital social, que
se han pagado íntegramente a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
(Seis) don Joaquín Lira Herreros, ciento
treinta Y ocho millones de pesos,
representativos del siete coma dos cero tres
cuatro por ciento del capital social, que ha
pagado y pagará como sigue: la) con ciento
veintidós millones seiscientos veinticinco mil
trescientos ochenta y nueve pesos, pagados a
la sociedad con anterioridad a esta fecha, en
dinero efectivo; y (b) con quince millones
trescientos setenta y cuatro mil seiscientos
once pesos, pagaderos, en dinero efectivo,
dentro del plazo que vence el treinta y uno de
diciembre del año dos mil doce; (Siete) don
Héctor Hugo del Campo Rojas, ciento cuarenta y
un millones de pesos, representativos del
siete coma tres cinco nueve nueve por ciento
del capital social, que ha pagado y pagará
como sigue: (a) con ciento veintiséis millones
trescientos cinco mil novecientos noventa y
seis pesos, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
y (b) con catorce millones seiscientos noventa
y cuatro mil cuatro pesos, pagaderos, en
dinero efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil

doce; (Ocho) don Cristián Luciano Maturana

10

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

ma

Rojas, ochenta Y tres millones de pesos,
representativos del cuatro coma tres tres dos
cinco por ciento, que ha pagado y pagará como
sigue: (la) con setenta millones quinientos
setenta míl noventa y siete pesos, pagados a
la sociedad con anterioridad a esta fecha, en
dinero efectivo; y (b) con doce millones
cuatrocientos veintinueve mil novecientos tres
pesos, pagaderos, en dinero efectivo, dentro
del plazo que vence el treinta Y uno de
diciembre del año dos mil doce; (Nueve) doña
Teresa de Jesús Oliva Santibáñez, ochenta y
tres millones de pesos, representativos del
cuatro coma tres: tres dos cinco por ciento,
que ha pagado y pagará como sigue: la) con
setenta millones quinientos setenta mil
noventa y siete pesos, pagados a la sociedad
con anterioridad a esta fecha, en dinero
efectivo; Y (b) con doce millones
cuatrocientos veintinueve mil novecientos tres
pesos, pagaderos, en dinero efectivo, dentro
del plazo que vence el treinta Y uno de
diciembre del año dos mil doce; (Diez) don
Roberto Eduardo Muñoz Galaz, ochenta millones
de pesos, representativos del cuatro coma uno
siete cinco nueve por ciento del capital
social, que ha pagado y pagará como sigue: (a)

con quince millones doscientos treinta y ocho

mil noventa y dos

con anterioridad

Nicni RaBY HENAÍ
Quinta Notaria
SANMAGO – CHILE

efectivo; y (b) con sesenta y cuatro millones
setecientos sesenta y un mil novecientos ocho
pesos, pagaderos, en dinero efectivo, dentro
del plazo que vence el treinta y uno de
diciembre del año dos mil quince; (Once) doña
María Alejandra Vicencio Salazar, un millón de
pesos, representativos del cero coma cero
cinco dos dos por ciento del capital social,
que ha pagado y pagará como sigue: (a) con
seiscientos veintinueve mil seiscientos
veintinueve pesos, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
y (b) con trescientos setenta mil trescientos
setenta y un pesos, pagaderos, en dinero
efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
doce; (Doce) don Patricio Ernesto Guevara
Rojas, sesenta y cuatro millones de pesos,
representativos del tres coma tres cuatro cero
siete por ciento del capital social, que ha
pagado y pagará como sigue: (a) con dieciséis
millones doscientos cincuenta y tres mil
novecientos sesenta y ocho pesos, pagados a la

sociedad con anterioridad a esta fecha, en

dinero efectivo; y (b) con cuarenta y siete
millones setecientos cuarenta y seis mil
treinta Y dos pesos, pagaderos, en dinero
efectivo, dentro del plazo que vence el

treinta y uno de diciembre del año dos mil

quince; (Trece) don Mario Luis Torres

12

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

COCA

Santibáñez, ochenta millones de pesos,
representativos del cuatro coma uno siete
cinco nueve por ciento del capital social, que
ha pagado y pagará como sigue: (a) con veinte
millones trescientos diecisiete mil
cuatrocientos sesenta pesos, pagados a la

sociedad con anterioridad a esta fecha, en

dinero efectivo; y (b) con cincuenta y nueve
millones seiscientos ochenta y dos mil
quinientos cuarenta pesos, pagaderos, en

dinero efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
quince; (Catorce) don Alejandro Sebastián
Espinosa González, ochenta millones de pesos,
representativos del cuatro coma uno siete

cinco nueve. por ciento del capital social, que

ha pagado y pagará como sigue: (a) con veinte
millones trescientos diecisiete mil
cuatrocientos sesenta pesos, pagados a la

sociedad con anterioridad a esta fecha, en

dinero efectivo; y (b) con cincuenta y nueve
millones seiscientos ochenta Y dos mil
quinientos cuarenta pesos, Ppagaderos, en

dinero efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
quince; (Quince) don Luis Guillermo Inostroza
Cabello, un millón de pesos, representativos

del cero coma cero cinco dos dos por ciento

del capital s do y pagará

como sigue: (a) con tresci

13

mil trescientos treinta y seis pesos, pagados
a la sociedad con anterioridad a esta fecha,
en dinero efectivo; Y (b) con seiscientos
sesenta y seis mil seiscientos sesenta y
cuatro pesos, pagaderos, en dinero efectivo,
dentro del plazo que vence el veintiuno de
octubre del año dos mil catorce; (Dieciséis)
don Francisco Javier Lyon Balieiro, ciento
setenta millones de pesos, representativos del
ocho coma ocho siete tres siete por ciento del
capital social, que ha pagado y pagará como
sigue: (a) con setenta y un millones treinta y
dos mil setecientos sesenta y cinco pesos,
pagados a la sociedad con anterioridad a esta
fecha, en dinero efectivo; y (b) con noventa y
ocho millones novecientos sesenta y siete mil
doscientos treinta y cinco pesos pagaderos, en
dinero efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
quince; (Diecisiete) don John Eduardo Droguett
Saavedra, noventa y cinco millones de pesos,
representativos del cuatro coma nueve cinco
ocho ocho por ciento del capital social, que
ha pagado y pagará como sigue: (a) con treinta
y un millones quinientos mil pesos, pagados a
la sociedad con. anterioridad a esta fecha, en
dinero efectivo; y (b) con sesenta y tres
millones quinientos mil pesos pagaderos, en
dinero efectivo, dentro del plazo que vence el

treinta y uno de diciembre del año dos mil

14

+

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

quince; (Dieciocho) don Francisco Gastón
Scolari Travisany, un millón de pesos,
representativos del cero coma cero cinco dos
dos por ciento del capital social, pagados a
la sociedad con anterioridad a esta fecha;
(Diecinueve) don Rodrigo Alberto Stein
Grossman, un millón de pesos, representativos
del cero coma cero cinco dos dos por ciento
del capital social, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
(Veinte) don Mauricio Alejandro López Lastra,
un millón de pesos, representativos del cero
coma cero cinco dos dos por ciento del capital
social, que ha pagado y pagará como sigue: (a)
con ochenta y tres mil trescientos treinta y
cinco pesos, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
y (b) con novecientos dieciséis mil
seiscientos sesenta y cinco pesos pagaderos,
en dinero efectivo, dentro del plazo que vence
el treinta y uno de diciembre del año dos mil
dieciséis; (Veintiuno) don Álex Rodrigo
Quezada Quezada, un millón de pesos,
representativos del cero coma cero cinco dos
dos por ciento del capital social, que ha
pagado y pagará como sigue: (a) con ochenta y
tres mil trescientos treinta y cinco pesos,

pagados a la sociedad con anterioridad a esta

fecha, en dire

novecientos dieciséis

15

13 AGO 2012

fits 355 EE]
Quinta Nolarla
SANTIAGO. CARE

y cinco pesos pagaderos, en dinero efectivo,
dentro del plazo que vence el treinta y uno de
diciembre del año dos mil dieciséis; Y
(Veintidós) don Gonzalo Andrés Rojas Ruz, un
millón de pesos, representativos del cero coma
cero cinco dos dos por ciento del capital
social, que ha pagado y pagará como sigue: la)
con ochenta y tres mil trescientos treinta y
cinco pesos, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
y (b) con novecientos dieciséis mil
seiscientos sesenta y cinco pesos pagaderos,
en dinero efectivo, dentro del plazo que vence

el treinta y uno de diciembre del año dos mil

dieciséis.- TERCERO.- NUEVO TEXTO DE ESTATUTOS
SOCIALES.- Por el presente instrumento, don
Benedicto Segundo Vásquez Córdova, KPMG
Servicios Chile Limitada a través de su

representante, don José Galindo Pérez, don
Cristián Bastián Escobar, don Alejandro Cerda
Gallardo, don Joaquín Lira Herreros, don
Héctor Hugo del Campo Rojas, don Cristián
Luciano Maturana Rojas, doña Teresa de Jesús
Oliva Santibáñez, don Roberto Eduardo Muñoz
Galaz, doña María Alejandra Vicencio Salazar,

don Patricio Ernesto Guevara Rojas, don Mario

Luis Torres Santibáñez, don Alejandro
Sebastián Espinosa González, don Luis
Guillermo Inostroza Cabello, don Francisco
Javier Lyon Balieiro, don John Eduardo

16

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

Droguett’ Saavedra, don Francisco Gastón
Scolari Travisany, don Rodrigo Alberto Stein
Grossman, don Mauricio Alejandro López Lastra,
don Álex Rodrigo Quezada Quezada y don Gonzalo
Andrés Rojas Ruz, en su calidad de únicos y
actuales socios de KPMG Auditores Consultores
Limitada, acuerdan fijar un nuevo texto de los
estatutos de esta sociedad, que reemplaza
íntegramente a los anteriores, y que contiene
modificaciones en lo relativo a la
representación y administración de la sociedad
y uso de su razón social –que corresponderán,
en lo sucesivo, al socio Cristián Bastián
Escobar–=, duración –cuyo plazo primitivo se
amplía en un día–, arbitraje y otras materias

de orden interno: “ESTATUTOS DE KPMG AUDITORES

CONSULTORES LIMITADA.- TITULO PRIMERO.-
Nombre, Domicilio, Objeto Y Duración.-
CLAUSULA PRIMERA. – La razón social es KPMG
Auditores Consultores Limitada, pudiendo

utilizar para fines bancarios y de propaganda
el nombre de fantasía KPMG Ltda. y su
domicilio, la parte de la provincia de
Santiago sobre la que tenga jurisdicción el
Conservador de Comercio de Santiago; pero
podrá instalar agencias, oficinas O
establecimientos en otras partes del país o en

el extranjero.- CLAUSULA SEGUNDA.- El objeto

de la sociedad. a priestación

servicios y asesorías : IX les
[ORIGINAL QU
TENIDO A LA Ss
17 SsTS=o a
13 AGD 2012

o 0030 BEA
Quinta Notada
SANTIAGO – ON

materias de auditoría, contables, tributarias
y legales; /ii/ la prestación de servicios de
consultoría de empresas en general; y /iii/ la

prestación de servicios de Capacitación en

materias de auditoría, contables, tributarias
y legales. Para el cumplimiento de su objeto,
la compañía podrá adquirir y enajenar a
cualquier título y dar Y tomar en

arrendamiento, concesión u otra forma de uso y
goce, toda clase de bienes, raíces o muebles,
corporales o incorporales; gravarlos con
hipotecas o prendas de cualquier clase;
celebrar contratos de sociedad de cualquier
tipo y, en general, ejecutar todos los actos y
celebrar todos los contratos necesarios a los
fines señalados, al desarrollo de su
actividad, comercio o negocios o a la
inversión de los fondos disponibles de la
sociedad.- CLAUSULA TERCERA.- La sociedad
existe desde el dos de febrero de mil
novecientos ochenta y cuatro Y tendrá una
duración de treinta y sels años, esto es,
hasta el dos de febrero del año dos mil
veinte, plazo que se prorrogará, automática y
sucesivamente, por períodos iguales de diez
años cada uno, si ninguno de los socios
manifiesta su voluntad de ponerle término
mediante una. declaración hecha por escritura
pública de la que deberá tomarse nota en el

Registro de Comercio de Santiago al margen de

18

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA -. SANTIAGO DE CHILE

la inscripción de la sociedad; todo ello con
seis meses de anticipación, a lo menos, al
vencimiento del plazo convenido en esta
cláusula o de la prórroga que se encuentre
vigente.- TITULO. SEGUNDO.- Capital Social,
Aporte de trabajo y Responsabilidad de los
Socios.- CLAUSULA CUARTA.- CAPITAL SOCIAL.- El
capital de la sociedad es la cantidad de mil
novecientos quince millones setecientos
setenta y cinco mil pesos que los socios han
enterado y enterarán a la sociedad de la
manera siguiente, correspondiéndole a cada uno

de ellos la participación en el interés social

que se indica, ésta expresada con cuatro
decimales: (Uno) don Benedicto Segundo Vásquez
Córdova, ciento doce millones de pesos,

representativos del cinco coma ocho cuatro
seis dos por ciento del capital social, que ha
pagado y pagará como sigue: (a) con ciento
ocho millones setecientos cincuenta y cuatro
mil seiscientos treinta y dos pesos, pagados a
la sociedad con anterioridad a esta fecha, en
dinero efectivo; y (b) con tres millones
doscientos cuarenta y cinco mil trescientos
sesenta y ocho pesos, pagaderos, en dinero
efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil

doce; (Dos) KPMG Servicios

Chile Limitada,

ciento cinco mi setenta

cinco mil pesos,

02020

lic abr BER;
Quinta Notarla
SANTIAGO xx CHNÉ

coma cuatro nueve cinco dos por ciento del
capital social, que se ha pagado íntegramente
a la sociedad con anterioridad a esta fecha,
en dinero efectivo; (Tres) don José Galindo
Pérez, setenta y ocho millones de pesos,
representativos del cuatro coma cero siete uno
cinco por ciento del capital social, que. ha
pagado y pagará como sigue: (a) con veinte
millones ciento sesenta y tres mil ochocientos
ochenta y nueve pesos pagados a la sociedad
con anterioridad a esta fecha, en dinero
efectivo; y (b) con la suma de cincuenta y
siete millones ochocientos treinta y seis mil
ciento once pesos, pagaderos, en dinero
efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
quince; (Cuatro) don Cristián Bastián Escobar,
trescientos veintisiete millones de pesos,
representativos del diecisiete coma cero seis
ocho ocho por ciento del capital social, que
se ha pagado íntegramente a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
(Cinco) don Alejandro Cerda Gallardo,
doscientos setenta y dos millones quinientos
mil pesos, representativos del catorce coma
dos dos cuatro cero por ciento del capital
social, que se han pagado íntegramente a la
sociedad con anterioridad a esta fecha, en
dinero efectivo; (Seis) don Joaquín Lira

Herreros, ciento treinta y ocho millones de

20

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

pesos, representativos del siete coma dos cero
tres cuatro por ciento del capital social, que
ha pagado y pagará como sigue: (a) con ciento
veintidós millones seiscientos veinticinco mil
trescientos ochenta y nueve pesos, pagados a
la sociedad con anterioridad a esta fecha, en
dinero efectivo; y (b) con quince millones
trescientos setenta y cuatro mil seiscientos
once pesos, pagaderos, en dinero efectivo,
dentro del plazo que vence el treinta y uno de
diciembre del año dos mil doce; (Siete) don
Héctor Hugo del Campo Rojas, ciento cuarenta y
un millones de pesos, representativos del
siete coma tres cinco nueve nueve por ciento
del capital social, que ha pagado y pagará
como sigue: (a) con ciento veintiséis millones
trescientos cinco mil novecientos noventa y
seis pesos, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
y (b) con catorce millones seiscientos noventa
Y cuatro mil cuatro pesos, pagaderos, en
dinero efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
doce; (Ocho) don Cristián Luciano Maturana
Rojas, ochenta Y tres millones de pesos,
representativos del cuatro coma tres tres dos
cinco por ciento, que ha pagado y pagará como

sigue: (a) con setenta

millongs quinientos

setenta mil novs

la sociedad con anteriorid

21

dinero efectivo; Y (b) con doce millones
cuatrocientos veintinueve mil novecientos tres
pesos, pagaderos, en dinero efectivo, dentro
del plazo que vence el treinta Y uno de
diciembre del año dos mil doce; (Nueve) doña
Teresa de Jesús Oliva Santibáñez, ochenta y
tres millones de pesos, representativos del
cuatro coma tres tres dos cinco por ciento,
que ha pagado y pagará como sigue: (a) con
setenta millones quinientos setenta mil
noventa y siete pesos, pagados a la sociedad
con anterioridad a esta fecha, en dinero
efectivo; y (b) con doce millones
cuatrocientos veintinueve mil novecientos tres
pesos, pagaderos, en dinero efectivo, dentro
del plazo que vence el treinta y uno de
diciembre del año dos mil doce; (Diez) don
Roberto Eduardo Muñoz Galaz, ochenta millones
de pesos, representativos del cuatro coma uno
siete cinco nueve por ciento del capital
social, que ha pagado y pagará como sigue: (a)
con quince millones doscientos treinta y ocho
mil noventa y dos pesos, pagados a la sociedad
con anterioridad a esta fecha, en dinero
efectivo; y (b) con sesenta y cuatro millones
setecientos sesenta y un mil novecientos ocho
pesos, pagaderos, en dinero efectivo, dentro
del plazo que vence el treinta Y uno de
diciembre del año dos mil quince; (Once) doña

María Alejandra Vicencio Salazar, un millón de

22

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

pesos, representativos del cero coma cero

cinco dos dos por ciento del capital social,

que ha pagado y pagará como sigue: (a) con
seiscientos veintinueve mil seiscientos
veintinueve pesos, pagados a la sociedad con

anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;

y (b) con trescientos setenta mil trescientos
setenta y un pesos, pagaderos, en dinero
efectivo, dentro del plazo que vence el

treinta y uno de diciembre del año dos mil
doce; (Doce) don Patricio Ernesto Guevara
Rojas, sesenta y cuatro millones de pesos,

representativos del tres coma tres cuatro cero

siete por ciento del capital social, que ha
pagado y pagará como sigue: (a). con dieciséis
millones doscientos cincuenta y tres mil

novecientos sesenta y ocho pesos, pagados a la

sociedad con anterioridad a esta fecha, en
dinero efectivo; y (b) con cuarenta y siete
millones setecientos cuarenta y seis mil
treinta y dos pesos, pagaderos, en dinero
efectivo, dentro del plazo que vence el

treinta y uno de diciembre del año dos mil

quince; (Trece) don Mario Luis Torres
Santibáñez, ochenta millones de pesos,
representativos del cuatro coma uno siete

cinco nueve por ciento del capital social, que

ha pagado y pagará como sigue: (a)

millones tresTt

cuatrocientos sesenta

aci ral ERA
Quinte Notaria
SANTIAGO – CHILE,

sociedad con anterioridad a esta fecha, en

dinero efectivo; y (b) con cincuenta y nueve
millones seiscientos ochenta y dos mil
quinientos cuarenta pesos, pagaderos, en

dinero efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
quince; (Catorce) don Alejandro Sebastián

Espinosa González, ochenta millones de pesos,

representativos del cuatro coma uno siete
cinco nueve por ciento del capital social, que
ha pagado y pagará como sigue: (a) con veinte
millones trescientos diecisiete mil
cuatrocientos sesenta pesos, pagados a la

sociedad con anterioridad a esta fecha, en

dinero efectivo; y (b) con cincuenta y nueve
millones seiscientos ochenta y dos mil
quinientos cuarenta pesos, pagaderos, en

dinero efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
quince; (Quince) don Luis Guillermo Inostroza
Cabeilo, un millón de pesos, representativos
del cero coma cero cinco dos dos por ciento
del capital social, que ha pagado y pagará
como sigue: (a) con trescientos treinta y tres
mil trescientos treinta y seis pesos, pagados
a la sociedad con anterioridad a esta fecha,
en dinero efectivo; y (b) con seiscientos
sesenta Y seis mil seiscientos sesenta y
cuatro pesos, pagaderos, en dinero efectivo,

dentro del plazo que vence el veintiuno de

24

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

octubre del año dos mil catorce; (Dieciséis)

don Francisco Javier Lyon Balieiro, ciento
setenta millones de pesos, representativos del
ocho coma ocho siete tres siete por ciento del
capital social, que ha pagado y pagará como
sigue: (a) con setenta y un millones treinta y
dos mil setecientos sesenta y cinco pesos,
pagados a la sociedad con anterioridad a esta
fecha, en dinero efectivo; y (b) con noventa y
ocho millones novecientos sesenta y siete mil
doscientos treinta y cinco pesos pagaderos, en
dinero efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
quince; (Diecisiete) don John Eduardo Droguett
Saavedra, noventa y cinco millones de pesos,
representativos del cuatro coma nueve cinco
ocho ocho por ciento del capital social, que
ha pagado y pagará como sigue: (a) con treinta
y un millones quinientos mil pesos, pagados a
la sociedad con anterioridad a esta fecha, en
dinero efectivo; Y (b) con sesenta y tres
millones quinientos mil pesos pagaderos, en
dinero efectivo, dentro del plazo que vence el
treinta y uno de diciembre del año dos mil
quince; (Dieciocho) don Francisco Gastón
Scolari Travisany, un millón de pesos,
representativos del cero coma cero cinco dos
dos por ciento del

capital social, pagados a

la sociedad con esta fecha;

(Diecinueve) don Rodrig

9RICIO Mer BEN ven
Quinia Notaria
-SMTAGO- CHE

Grossman, un millón de pesos, representativos
del cero coma cero cinco dos dos por ciento
del capital social, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
(Veinte) don Mauricio Alejandro López Lastra,
un millón de pesos, representativos del cero
coma cero cinco dos dos por ciento del capital
social, que ha pagado y pagará como sigue: (a)
con ochenta y tres mil trescientos treinta y
cinco pesos, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
y (b) con novecientos dieciséis mil
seiscientos sesenta y cinco pesos pagaderos,
en dinero efectivo, dentro del plazo que vence
el treinta y uno de diciembre del año dos mil
dieciséis; (Veintiuno) don Álex Rodrigo
Quezada Quezada, un millón de pesos,
representativos del cero coma cero cinco dos
dos por ciento del capital social, que ha
pagado y pagará como sigue: (a) con ochenta y
tres mil trescientos treinta y cinco pesos,
pagados a la sociedad con anterioridad a esta
fecha, en dinero efectivo; Y (b) con
novecientos dieciséis mil seiscientos sesenta
y cinco pesos pagaderos, en dinero efectivo,
dentro del plazo que vence el treinta y uno de
diciembre del año dos mil dieciséis; y
(Veintidós) don Gonzalo Andrés Rojas Ruz, un
millón de pesos, representativos del cero coma

cero cinco dos dos por ciento del capital

26

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

social, que ha pagado y pagará como sigue: (a)
con ochenta y tres mil trescientos treinta y
cinco pesos, pagados a la sociedad con
anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo;
y (b) con novecientos dieciséis mil
seiscientos sesenta y cinco pesos pagaderos,
en dinero efectivo, dentro del plazo que vence
el treinta y uno de diciembre del año dos mil
dieciséis. Conjuntamente con lo anterior, los
socios don Benedicto Segundo Vásquez Córdova,
don José Galindo Pérez, don Cristián Bastián
Escobar, don Alejandro Cerda Gallardo, don

Joaquín Lira Herreros, don Héctor Hugo del

Campo Rojas, don Cristián Luciano Maturana
Rojas, doña Teresa de Jesús Oliva Santibáñez,
don Roberto Eduardo Muñoz Galaz, doña María
Alejandra Vicencio Salazar, don Patricio
Ernesto Guevara Rojas, don Mario Luis Torres
Santibáñez, don Alejandro Sebastián Espinosa
González, don Luis Guillermo Inostroza

Cabello, don Francisco Javier Lyon Balieiro,

don John Eduardo Droguett Saavedra, don
Francisco Gastón Scolari Travisany, don
Rodrigo Alberto Stein Grossman, don Mauricio
Alejandro López Lastra, don Álex Rodrigo

Quezada Quezada y don Gonzalo Andrés Rojas
Ruz, aportan su trabajo personal, servicio e

industria en s

rofesional,

aporte éste que prestarán continua

permanente a Íavor de

27

Quinta Notarta
SANTIAGO. CANE,

quedándoles, en consecuencia, prohibido
desarrollar independientemente actividades
propias del objeto social o que constituyan 0
que naturalmente queden comprendidas dentro
del objeto social, sea en forma personal y/o
como gerente, administrador, funcionario,
socio o partícipe de otras personas, empresas
o sociedades. Asimismo, las partes
expresamente convienen que la socia KPMG
Servicios Chile Limitada podrá en todo momento
continuar desarrollando independientemente

actividades propias del objeto social o que

constituyan o que naturalmente queden
comprendidas dentro del objeto social.-
CLAUSULA QUINTA.- Los socios limitan su

responsabilidad al monto de sus respectivos

aportes.- TITULO TERCERO.- Administración.-
CLAUSULA SEXTA.- Sin que ello constituya una
cláusula esencial de este contrato, la

administración y representación de la sociedad
y el uso de su razón social corresponderá al
socio don Cristián Bastián Escobar. Para el
cumplimiento del objeto social y dentro de las
limitaciones legales, reglamentarias o
establecidas en el pacto social, don Cristián
Bastián Escobar, actuando en forma individual,
tendrá las siguientes facultades: UNO.-
administrar los negocios de la sociedad con
amplias facultades para ejecutar todos los

actos Y celebrar todos los contratos que

28

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

tiendan a la consecución de los fines
sociales. DOS.- representar a la sociedad,
Judicial y extrajudicialmente, en todos los
asuntos, negocios, operaciones, gestiones,
actuaciones, juicios, actos, contratos,
etcétera, que digan relación con su objeto o
sean necesarios o conducentes a sus fines, con
las más amplias facultades de administración y
de disposición de bienes. Al efecto, y sin que

la enunciación que sigue importe limitación de

facultades, el socio don Cristián Bastián
Escobar podrá: Uno) comprar, vender, permutar
Y, en general, adquirir y enajenar, a

cualquier título, bienes muebles o inmuebles,
corporales o incorporales, incluso monedas
extranjeras, acciones, bonos, debentures Y
derechos de cualquiera naturaleza; y celebrar

contratos de promesa para la adquisición o

enajenación, a cualquier título, de tales
bienes; otorgar los contratos prometidos Y
exigir judicial y extrajudicialmente su
cumplimiento. Dos) dar y tomar en
arrendamiento, comodato, administración,

concesión u otra forma de tenencia temporal,
toda clase de bienes, corporales o
incorporales, raíces o muebles. Tres)
celebrar, como mutuante o mutuario, contratos

de mutuo; y, en_ general,

contratpar u otorgar

préstamos en

instituciones de crédito

29

rm

gio ins SERVER
Quinta Notarla

ae SANTIAGO – CHE,

de derecho público o

civiles y comerciales,

Y; en general, con cual

institución o con

recibir dinero u otros bienes

necesario o voluntario, o en

dar y recibir bienes en hipot

cláusula de garantía

hipotecas, alzarlas y servirl

recibir en prenda

mobiliarios, derechos,

corporales o incorporales,

civil, mercantil, bancaria,

mueble vendida a

plazo,

desplazamiento u otras

cancelarlas. Siete)

franquicia, de licencia, de

asistencia técnica, de

arquitectura, de diseño, de

transporte, de fletamento,

comisión, de correduría Y

Ocho) instalar agencias,
establecimientos en

en el extranjero; y celebrar
establecer agentes,

comisionistas, distribuidores,

etcétera; o para constituir a la xxsociedad
tales calidades. Nueve) celebrar contratos
seguro, pudiendo acordar primas,
plazos y demás condiciones; cobrar

30

privado,

compañías

particulares.

secuestro.

general;

muebles,

acciones

warrants,

especiales;

celebrar

quier tipo
Cuatro)
en depósito,

eca, incluso

as. Seis)
y demás
sea en

de

prenda

contratos
distribución,
ingeniería,

construcción,
de cambio,

de

sucursales

contratos

sociedades

financieras

de

dar y

sea

Cinco)

con

posponer
dar y
valores
cosas
prenda

cosa

sin

alzarlas y

de

de

de

de

de

transacción.

o

cualquier punto del país o

para

representantes,

concesionarios,

en

de

riesgos,

pólizas,

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

endosarlas y cCcancelarlas; aprobar o impugnak.-

liquidaciones de “siniestros; etcétera. Diez)
celebrar contratos de cuenta corriente
mercantil, imponerse de su movimiento y
aceptar o impugnar saldos. Once) celebrar

contratos para. constituir sociedades o para
hacer ingresar a KPMG Auditores Consultores
Limitada en sociedades, sean ellas civiles o
comerciales, colectivas, anónimas, en

comandita, de responsabilidad limitada co de

otra especie; constituir o formar parte de
comunidades, asociaciones, cuentas en
participación, sociedades de hecho,
cooperativas; representar a KPMG Auditores
Consultores Limitada, con voz y voto, en unas

y otras, con facultades para modificarlas,
ampliarlas, formar otras nuevas o, en
cualquiera forma, alterarlas; pedir su
disolución o terminación, incluso anticipada;
expresar su intención de no continuarlas;
pedir su liquidación o partición; llevar a
cabo una y otra; y, en general, ejercitar y
renunciar todas las acciones y derechos y
cumplir todas las obligaciones que a la
sociedad correspondan como socia, comunera,
partícipe, gerente, gestora, liquidadora,
etcétera, de tales sociedades, comunidades,
asociaciones, cuentas

en participación,

sociedades de he

celebrar contratos para

31

jcii nas 7 BEÑADES o
Quirsa Notaría
SMiTA0O- cHan E.

servicios inmateriales, sea que la sociedad

actúe como prestadora o como receptora de

ellos; celebrar contratos de trabajo,
colectivos O individuales; contratar
trabajadores; Y contratar servicios de
profesionales O de técnicos o celebrar
contratos para prestar servicios de esta
naturaleza; modificar y poner término o
solicitar la terminación de todos estos
contratos. Trece) celebrar cualquier otro

contrato, nominado o no. En los contratos que
la sociedad celebre, se encuentren o no
mencionados en esta enumeración, podrá
convenir y modificar toda clase de pactos y
estipulaciones, estén o no contempladas

especialmente en las leyes Y sean de su

esencia, de su naturaleza o meramente
accidentales; fijar precios, rentas,
honorarios, remuneraciones, reajustes,
intereses, indemnizaciones, plazos,

condiciones, deberes, atribuciones, épocas y
formas de pago y de entrega, individualizar
bienes, fijar cabidas Y deslindes, cobrar,
percibir, recibir y entregar; pactar
solidaridad o indivisibilidad, tanto activa
como pasiva; convenir cláusulas penales y/o
multas, a favor o en contra de la sociedad;
otorgar y aceptar toda clase de cauciones,
sean reales o personales, Y toda clase de

garantías; proponer o aprobar convenios

32

EDUARDO [DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

extrajudiciales Y modificarlos; ejercer o
renunciar acciones, como las de nulidad,
rescisión, resolución, evicción, etcétera;
aceptar renuncia de derechos y acciones;
rescindir, resolver, resciliar, dejar sin
efecto, poner término o solicitar la
terminación de los contratos; exigir
rendiciones de cuentas, aprobarlas u
objetarlas; constituir a la sociedad en
codeudora solidaria, avalista o fiadora,

simple co solidaria; Y; en general, ejercer

todos los derechos y las acciones que competan

a la sociedad. Catorce) representar a la
sociedad ante los bancos o instituciones
financieras, nacionales o extranjeros,

particulares, estatales o mixtos, con las más

amplias facultades que se precisen; darles
instrucciones Y cometerles comisiones de
confianza; celebrar contratos de cuenta
corriente bancaria, pudiendo depositar, girar
y sobregirar en las cuentas corrientes
bancarias, imponerse de su movimiento,

modificar tales contratos, y ponerles término
o solicitar su terminación; aprobar y objetar
saldos de las cuentas corrientes bancarias 0
de cualquiera. operación llevada a cabo con
bancos; requerir y retirar talonarios de

cheques y/o cheg

arrendar cajas
xx“seguridad, abrirlas

arrendamiento; abrir

33

pis cr BIE
Quinta Notarla
“SARTIAGO – CHILE

reajustables o no, a la vista, a plazo o

condicional, hacer depósitos en ellas,
retirarlos total o parcialmente, cerrar las
cuentas; colocar y retirar dineros, sea en

moneda nacional o extranjera, y valores en

depósito, custodia 0 garantía y cancelar los
certificados respectivos; tomar Y cancelar
vales vista, boletas bancarias o boletas de
garantía; contratar préstamos, sea como
créditos en cuenta corriente, créditos

simples, créditos documentarios, créditos en
cuentas especiales, avances contra aceptación,
contratando líneas de crédito, sea en

cualquiera otra forma; contratar acreditivos,

divisibles o indivisibles, revocables e
irrevocables. Quince) girar, suscribir,
aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar,
revalidar, endosar en dominio, cobro o
garantía, protestar, descontar, cancelar,
cobrar, transferir, extender y disponer, en

cualquier forma, de cheques, letras de cambio,
pagarés y demás documentos mercantiles o
bancarios, sean nominativos, a la orden o al
portador, en moneda nacional o extranjera, y
ejercer todas las acciones que a la sociedad
correspondan en relación con tales documentos.
Dieciséis) invertir los dineros de la
sociedad, con facultades para ejecutar en su
representación todos los actos y celebrar

todos los contratos que sean aptos para ello,

34

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

con toda clase de personas, naturales o

Jurídicas, de derecho público o de derecho

privado. Quedan comprendidos en el ámbito de
esta facultad los depósitos de ahorro; la
inversión en . letras de crédito, en bonos

.

hipotecarios, en pagarés reajustables de la
Tesorería General de la República, en pagarés
del Banco Central de Chile, en cuotas de
fondos mutuos, en instrumentos de sociedades
financieras e instituciones de intermediación
financiera, en los demás instrumentos del
mercado de capitales Y, en general, en
cualquier otro sistema de inversión, de mutuo,
de ahorro, reajustable o no, a plazo corto,
mediano o largo, a la vista o condicional, que
exista actualmente en el país o que pueda
establecerse en el futuro. Podrá, en relación
con estas inversiones, abrir cuentas,
depositar en ellas, retirar, en todo o en

parte y.en cualquier tiempo, los dineros de la

sociedad, imponerse de su movimiento y
cerrarlas; ceder Y aceptar cesiones de
créditos hipotecarios; capitalizar en todo o

en parte y en Cualquier tiempo, intereses y

reajustes; aceptar o impugnar saldos;
liquidar, en cualquier momento, en todo o en
parte, tales inversiones, etcétera.
Diecisiete) ceder y aceptar cesiones de

créditos, sean >
portador, con garantías rea

35

Quinta Nola
AMAGO – CH,

sin ellas. Dieciocho) efectuar operaciones de

comercio exterior Y de cambios
internacionales, con facultades para
representar a la sociedad en todas las
diligencias, trámites o actuaciones
relacionadas con importaciones y

exportaciones, ante los bancos comerciales, el
Banco Central de Chile Y cualquier otra
entidad o autoridad competente; y para firmar
registros de importación y exportación, Y
otorgar, retirar, endosar o transferir, en
cualquier forma, documentos de transporte,
embarque, facturas, conocimientos, cartas de
porte Y documentos consulares. Diecinueve)
pagar todo lo que la sociedad pueda adeudar, a
cualquier título que sea, en dinero efectivo,
mediante dación en pago de bienes muebles o
inmuebles, corporales o incorporales, por

consignación, por subrogación, por cesión de

bienes, por novación, por remisión, por
compensación, etcétera; Y; en general,
extinguir, por cualquier medio, las
obligaciones de la sociedad. Y cobrar y

percibir extrajudicialmente todo cuanto se
adeude a la sociedad, a cualquier título que
sea, por cualquier causa o persona, natural o
jurídica, de derecho privado co de derecho
público, incluso el Fisco, sea en dinero o en
otra clase de bienes, corporales o

incorporales, raíces o muebles; Y mediante

36

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

pago efectivo, otras formas de pago o cualquier
otro medio de extinguir las obligaciones de que
la sociedad sea acreedora. Veinte) firmar
recibos, finiquitos y cancelaciones Yxx en
general, suscribir, otorgar, firmar, extender y

refrendar correspondencia Y toda clase de

documentos, públicos o privados, pudiendo
formular en ellos declaraciones, incluso
obligatorias Y aquellas otras que estime
necesarias o convenientes. Veintiuno) gravar
los bienes sociales con derechos de uso,
usufructo o habitación; y constituir
servidumbres activas o pasivas. Veintidós)
ocurrir ante toda Clase de autoridades,
organismos, servicios, instituciones o

personas, naturales 0 jurídicas, de derecho
público o privado, políticas, fiscales,
semifiscales, de administración autónoma,
administrativas, municipales, sanitarias, de
orden tributario, previsional, laboral,
etcétera; con toda clase de solicitudes,
presentaciones y declaraciones, incluso
obligatorias; modificarlas Y desistirse de
ellas. Veintitrés) entregar y retirar a/y de
las oficinas de correos, telégrafos, aduanas,
empresas de transporte terrestre, marítimo,
aéreo, toda clase de correspondencia,

certificada O no, piezas postales, giros,

reembolsos, ca mercaderías,

etcétera, dirigidas o con

37

o remitidas por ella. Veinticuatro) solicitar
para la sociedad concesiones administrativas,

de cualquier naturaleza u objeto y sobre

cualquier clase de bienes, corporales o
incorporales, raíces oO muebles. Veinticinco)
inscribir propiedad intelectual, industrial,
nombres comerciales, modelos industriales,
patentar inventos, deducir oposiciones o

solicitar nulidades Y, en general, efectuar
todas las tramitaciones y llevar a cabo todas
las actuaciones que sean procedentes en esta
materia. Veintiséis) representar a la sociedad

en todos los juicios y gestiones judiciales en

que ésta tenga interés, ante cualquier
tribunal, ordinario, especial, arbitral,
administrativo o de cualquiera naturaleza, así
intervenga la sociedad como demandante,

demandada o tercero de cualquier especie,
pudiendo ejercer toda clase de acciones, sean
ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de
jurisdicción no contenciosa o de cualquiera
otra naturaleza. En el ejercicio de este poder
judicial, queda facultado para representar a la
sociedad con todas las facultades ordinarias y
extraordinarias del mandato judicial, pudiendo
desistirse en primera instancia de la acción
deducida, contestar demandas, aceptar la
demanda contraria, absolver posiciones,
renunciar los recursos y los términos legales,

transigir, comprometer, otorgar a los árbitros

38

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

facultades de arbitradores, prorrogar
jurisdicción, intervenir en gestiones de
conciliación o avenimiento, y celebrar unas y
otros, aprobar convenios judiciales, cobrar y
percibir. Veintisiete) Conferir mandatos,
judiciales y extrajudiciales, y delegar una 0
más de sus facultades en otras personas, Y
revocarlos cuantas veces lo estime necesario.
Los mandatos y delegaciones deberán hacerse por
escritura pública de la que deberá tomarse nota

al margen de la inscripción de la sociedad en

el Registro de Comercio.- TITULO CUARTO.-
Balance y Distribución de Utilidades.- CLAUSULA
SEPTIMA.- Al treinta de septiembre de cada año

se practicará un balance general y una cuenta
de ganancias y pérdidas de las operaciones
sociales; y se formará un inventario de los
bienes y obligaciones de la sociedad. Las
utilidades y pérdidas que arroje el balance,
serán distribuidas entre los socios de la
manera que libremente convengan y, a falta de

acuerdo, en proporción a su participación en el

capital de la sociedad.- TITULO QUINTO.-
Disolución, Liquidación y Arbitraje.- CLAUSULA
OCTAVA.- La sociedad no se disolverá por

cambios que afecten a cualquiera de sus socios
persona jurídica, ni tampoco por el hecho que

alguno de los so insolvencia o

quiebra, se divi transforne, /

disuelva o liquide, Casos e

39

lo BENAOS
Quinta Nojerla
Sirriaco . CAKE –

la o las personas naturales o jurídicas que le
sucedan en sus derechos en la sociedad. En caso
de fallecimiento de un socio persona natural,

la sociedad continuará con los herederos del

fallecido, quienes deberán designar un
mandatario común para que los represente,
mandatario que no tendrá facultades para

administrar ni representar a la sociedad: ni
hacer uso de su razón social. La designación de
dicho mandatario deberá hacerse por escritura
pública de la que deberá tomarse nota al margen
de la inscripción de la sociedad en el Registro
de Comercio.- CLAUSULA NOVENA.- La liquidación
de la sociedad, caso de ser ella procedente,
será practicada por un liquidador designado por
acuerdo de los socios.- CLAUSULA DECIMA.- Las
dificultades o controversias que ocurrieren
entre los socios en su calidad de tales, o
entre alguno de ellos y la sociedad, sus
administradores o el liquidador, que digan
relación con este contrato o sus efectos, sea
durante la vigencia de la sociedad, con motivo
de su disolución o en su liquidación, serán
resueltas en única instancia por un árbitro
arbitrador quien actuará sin forma de juicio y
en contra de cuyas resoluciones no procederá
recurso alguno, renunciando desde ya las partes
a la interposición de cualquiera de ellos,
incluso los de casación y queja. Para servir el

cargo, las partes designan a don Arturo

40

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

xx,

Yrarrázaval Covarrubias; y si éste no pudiere o no*—

quisiere desempeñar el cargo, a don Manuel José
Vial Vial; y si éste no pudiere o no quisiere
desempeñar el cargo, a don Francisco Ruiz-Tagle
Decombe; y si éste no pudiere o no quisiere
desempeñar el cargo, a don Sergio Urrejola
Monckeberg; y si éste no pudiere o no quisiere
desempeñar el cargo, a don Davor Harasic VJaksic; y
si éste no pudiere o no quisiere desempeñar el
cargo, a don Luis Oscar Herrera Larraín; y si éste
no pudiere o no quisiere desempeñar el cargo, a
don Gabriel Villarroel Barrientos; y si éste no
pudiere o no quisiere desempeñar el cargo, a don
Francisco Orrego Vicuña. En Caso de negativa,
ausencia, impedimento o renuncia de los árbitros
designados, el nombramiento se hará de común
acuerdo por los comprometidos en la controversia;
y, a falta de acuerdo respecto de la persona que
actuará en el cargo de árbitro arbitrador, la
designación será efectuada por la Cámara de
Comercio de Santiago A.G. (la “Cámara”), a la que
las partes confieren para este efecto mandato
especial e ¡rrevocable, a solicitud escrita de
cualquiera de ellas, de entre los integrantes del
cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes de la
Cámara. Más en este último caso, el árbitro
designado por la Cámara será un árbitro arbitrador

en cuanto al procedimiento y de derecho en cuanto

al fondo, siendo su esolucio usceptibles

Les

xx

todos los recursos que

41

Rua. do? NA 7
Quinia Notaría
SANTIAGO – CH

conformidad a la ley. El sólo hecho que cualquiera
de las partes recurra a la Cámara para el
nombramiento de árbitro implicará la inexistencia
de acuerdo entre ellas para efectuar el
nombramiento.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- Para
todos los efectos que deriven del presente
contrato, las partes constituyen domicilio en la
ciudad de Santiago”.- CUARTO.- DECLARACIÓN DE LOS
SOCIOS.- Los socios declaran que su
responsabilidad queda limitada al monto de sus
respectivos aportes. QUINTO.- DOMICILIO.- Para
todos los efectos a que haya lugar, las partes
fijan su domicilio en la ciudad de Santiago.-
SEXTO.- PODER.- Se faculta al portador de extracto
autorizado de esta escritura para requerir su
inscripción y anotaciones que procedan en el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes
Raíces y Comercio de Santiago y para llevar a cabo
los demás trámites necesarios para la legalización
de esta modificación de sociedad. PERSONERÍA.- La
personería de don Sebastián Eyzaguirre Baeza para
representar a KPMG Servicios Chile Limitada,
consta de la escritura pública de fecha dos de
diciembre de dos mil dos, otorgada en la Notaría
de Santiago de don René Benavente Cash, que no se
inserta, a petición de las partes, por ser
conocidas de las mismas y del Notario que

autoriza.- En comprobante y previa lectura firman

los comparecientes.- Doy fe.-

42

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO REPERTORIO 14.500
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

ARO: ft BEN
Quinta Notaria
SAAGO. ONE,

MARIA ALEJANDRA VICENCIO SALAZAR

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MARÍO S TORRES ANTIBANEZ

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ALEJANDRO me, ESPINOSA GONZÁLEZ
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44

EDUARDO DIEZ MORELLO
ABOGADO – NOTARIO PÚBLICO
342 NOTARÍA – SANTIAGO DE CHILE

REPERTORIO. 14.500.-2012 7

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PRANCraiÓ A TER LYON BALIE

AUTORIZO ESTA COPIA QUE ES
TESTIMONIO FIEL DE SU ORIGINAL

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– : 3492 SANTIAGO
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CHILE
ÁLEX RODRIGO QUEZADA QUEZADA /L.EDUARDO DIÉÁ MORELL
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Abogado – Not

34? Notaria – Sanifago de Chile

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(S)rerenrorro N* 19.877.-/2012 E OS
AM/am OK A
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Ot.: 1.052.476 Ta A

Protoco.extracto

EN SANTIAGO DE CHILE,

PROTOCOLIZACIÓN DE EXTRACTO

“KPMG AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”

RIERRARAAIKA RRA

a seis días del mes de agosto

del año dos mil doce, ante mí. EDUARDO JAVIER DIEZ

MORELLO,
Notaría
número doscientos Cuarenta y tres,
DAVID ALBERTO ESPINOZA CAVIERES,
empleado,

Notario Titular de

de

la Trigésima Cuarta

Santiago, con Oficio en calle Morandé

a solicitud de don
chileno, soltero,

cédula nacional de identidad número trece

millones quinientos sesenta y dos mil ciento cincuenta

y nueve guión cinco,

domiciliado para estos efectos en

calle Morandé número doscientos cuarenta y tres,
Santiago, procedo a protocolizar extracto de: “KPMG
AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”, inscrita a fojas

cincuenta y dos mil treinta y siete,
seis mil cuatrocientos dos,
julio de dos mil

Conservador de Bienes Raíce

numero treinta y

con fecha treinta y

Quinta Notaria
SANTIAGO – ONE,

en el Diario Oficial con fecha treinta y uno de julio
de dos mil doce.- Dicho documento consta de DOCE
FOJAS, que dejo agregado al final de mis Registros,
bajo el Repertorio número DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS
SETENTA Y SIETE.- Documento CUATRO MIL CIENTO
TREINTA.- En Comprobante y previa lectura firma.- Di

copia fiel de su original.- 7

DA BERTO ESPINOZA CAVIERES

xx

Eduardo Diez Morello
Abogado – Notario Público

PF-OTOCOLIZADO N%
341 Notaria – Santiago de Chile 38

REPERTORIO Nod
FECHAOG-08 —

Res A

U MORANDE 243
EXTRACTO xx o

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público
Titular 34% Notaría Santiago, Morandé: 243, Santiago, certifico:
por escritura pública de hoy, ante mí, BENEDICTO SEGUNDO
VÁSQUEZ CORDOVA, domiciliado-Reina Victoria 6616, casa G,
La Reina, Región Metropolitana; KPMG SERVICIOS CHILE
LIMITADA, domiciliada Monjitas 527, piso 15, Santiago-Centro,
Región Metropolitana; JOSÉ GALINDO PÉREZ, domiciliado
Avenlida Camino Real 4701, casa 1005, Lo Barnechea, Región
Metropolitana; CRISTIÁN BASTIÁN ESCOBAR, domiciliado
Nicanor Plaza 2297, casa C, La Reina, Región Metropolitana;
ALEJANDRO CERDA GALLARDO, domiciliado Camino La
Loica 5027, Lo Barnechea, Región Metropolitana; JOAQUÍN
LIRA HERREROS, domiciliado Cerro de la Cruz 10467, Lo
Barnechea, Región Metropolitana; HÉCTOR HUGO DEL
CAMPO ROJAS, domiciliado Warren Smith 80, Las Condes,
Región Metropolitana; CRISTIÁN LUCIANO MATURANA
ROJAS, domiciliado Coliqueo 6933, Santa Rosa de
Huechuraba, Huechuraba, Región Metropolitana; TERESA DE
JESÚS OLIVA SANTIBÁÑEZ, domiciliada Augusto Mira
Fernández” 14377, Las Condes, Región Metropolitana;
ROBERTO EDUARDO MUÑOZ GALAZ, domiciliado Puerta de
Hierro Oriente 10111, casa 43, Lo Barnechea, Región
Metropolitana; MARÍA” ALEJANDRA VICENCIO .SALAZAR,
domiciliada Pasaje Villamayor norte 345, valle Lo Campino,
Quilicura, Región Metropolitana; PATRICIO ERNESTO
GUEVARA ROJAS, domiciliado Alsacia 151, Depto. 802, Las
Condes, Región Metropolitana; MARIO LUIS TORRES
SANTIBÁÑEZ, domiciliado María Monvel 1180 B, La Reina,
Región Metropolitana; ALEJANDRO SEBASTIÁN ESPINOSA
GONZÁLEZ, domiciliado Camino La Loica 5040, Lo Barnechea,
Región Metropolitana; LUIS GUILLERMO INOSTROZA
CABELLO, domiciliado Encomenderos 200, Depto. 603, Las
Condes, Región Metropolitana; FRANCISCOJAMIER LYON
BALIEIRO, domiciliado Cerro Laguna”-8997, Lo Reraechea,
Región Metropolitana; JOHN EDU j

13 AGU 2012

cio RÁ BEAT
Guirla Notaria
ZSNTIAGO – CHE,

SAAVEDRA, domiciliado San Carlos de Apoquindo 2876, casa
19, Las Condes, Región Metropolitana; FRANCISCO GASTÓN
SCOLARI TRAVISANY, domiciliado El Belloto 3885,
Providencia, Región Metropolitana; RODRIGO ALBERTO STEIN
GROSSMAN, domiciliado El Tamarugo 1323, Vitacura, Región
Metropolitana; MAURICIO ALEJANDRO LÓPEZ LASTRA,
domiciliado Hernán Cortés 2834, Depto. 401, Ñuñoa, Región
Metropolitana; ÁLEX RODRIGO QUEZADA QUEZADA,
domiciliado Cristóbal Colón 5267, Depto. 97, Las Condes,
Región Metropolitana; y GONZALO ANDRÉS ROJAS RUZ,
domiciliado Pasaje Quintero, 241, Parque Del Sol, Maipú,
Región Metropolitana, fijaron nuevo texto de los estatutos
sociales de KPMG AUDITORES CONSULTORES LIMITADA
(inscrita Fs. 7.831 N* 4.355 Reg. Comercio Stgo. año 1984), que
reemplaza íntegramente a los anteriores, y que contiene
modificaciones en lo relativo a la representación y
administración de la sociedad y uso de su razón social -que *
corresponderán, en lo sucesivo, al socio Cristián Bastián
Escobar según se indica a continuación-, duración -cuyo plazo
primitivo se amplía en un día- y otras materias que son de
orden interno. De dichos nuevos estatutos extracto lo que
sigue: Razón Social: KPMG Auditores Consultores Limitada.-
Domicilio: la parte de la provincia de Santiago sobre la que
tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago;
pero podrá instalar agencias, oficinas o establecimientos en
otras partes del país o en el extranjero.- Objeto: /i/ la prestación
de servicios y asesorías profesionales en materias de
auditoría, contables, tributarias y legales; /ii/ la prestación de
servicios de consultoría de empresas en general; y /ii/ la
prestación de servicios de capacitación en materias de
auditoría, contables, tributarias y legales.- Duración: 36 años
contados desde 2 febrero 1984, esto es, hasta el 2 de febrero
de 2020, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente
por períodos de 10 años cada uno, si ninguno de socios
manifestare voluntad de ponerle término mediante declaración
por escritura pública anotada margen inscripción de sociedad
en Registro de Comercio de Santiago con a lo menos 6 meses
de anticipación a fecha de vencimiento de plazo o prórroga

Eduardo Diez Morello ez el

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Abogado – Notario Público e cs
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vigente.- Representación, Administración y Uso Razón Social: >

corresponden al socio Cristián Bastián Escobar, en forma
individual, y con amplias facultades, que se indican en
escritura extractada.- Capital: $1.915.775.000, que socios han
aportado y aportarán como sigue, correspondiéndole a cada
uno la participación que se indica, ésta expresada con cuatro
decimales: (Uno) Benedicto Segundo Vásquez Córdova,
$112.000.000, representativos 5,84562% capital social, de los
cuales: (a) $108.754.632 pagados con anterioridad a fecha
escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $3.245.368
pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31
diciembre 2012; (Dos) KPMG Servicios Chile Limitada,
$105.275.000, representativos 5,4952% capital social,
integramente pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; (Tres) José Galindo Pérez,
$78.000.000, representativos 4,0715% capital social, de los
cuales: (a) $20.163.889 pagados con anterioridad a fecha
escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $57.836.111
pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31
diciembre 2015; (Cuatro) – Cristián Bastiánn Escobar,
$327.000.000, representativos 17,0688% capital – social,
íntegramente pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; (Cinco) Alejandro Cerda
Gallardo, $272.500.000, representativos 14,2240% capital
social, íntegramente pagados a la sociedad con anterioridad a
fecha escritura extractada, en dinero efectivo; (Seis) Joaquín
Lira Herreros, $138.000.000, representativos 7,2034% capital
social, de los cuales: (a) $122.625.389 pagados con
anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y
(b) $15.374.611 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que
vence 31 diciembre 2012; (Siete) Héctor Hugo del Campo
Rojas, $141.000.000, representativos 7,3599% capital social, de
los cuales: (a) $126.305.996 pagados con anterioridad a fecha
escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $14.694.004
pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31

diciembre 2012; (Gcho) Cristián Lu Malurana Rojas,
$83.000.000, representativos Y; % capital al, de los
cuales: (a) $70.570.097 pagados cd< AR atepha
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escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $12.429.903
pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31
diciembre 2012; (Nueve) Teresa de Jesús Oliva Santibáñez,
$83.000.000, representativos 4,3325% capital social, de los
cuales: (a) $70.570.097 pagados con anterioridad a fecha
escritura extractada, en dinero efectivo; y (hb) $12.429.903
pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31
diciembre 2012; (Diez) Roberto Eduardo Muñoz Galaz,
$80.000.000, representativos 4,1759% capital social, de los
cuales: (a) $15.238.092 pagados con anterioridad a fecha
escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $64.761.908
pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31
diciembre 2015; (Once) María Alejandra Vicencio Salazar,
$1.000.000, representativos 0,0522% capital social, de los
cuales: (a) $629.629 pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; y (hb) $370.371 pagaderos, en
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2012;
(Doce) Patricio Ernesto Guevara Rojas, $64.000.000,
representativos 3,3407% capital social, de los cuales: (a)
$16.253.968 pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; y (b) $47.746.032 pagaderos, en
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2015;
(Trece) Mario Luis Torres Santibáñez, $80.000.000,
representativos 4,1759% capital social, de los cuales: (a)
$20.317.460 pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; y (b) $59.682.540 pagaderos, en
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2015;
(Catorce) Alejandro Sebastián Espinosa González, $80.000.000,
representativos 4,1759% capital social, de los cuales: (a)
$20.317.460 pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; y (b) $59.682.540 pagaderos, en
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2015;
(Quince) Luis Guillermo Inostroza Cabello, $1.000.000,
representativos 0,0522% capital social, de los cuales: (a)
$333.336 pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; y (b) $666.664 pagaderos, en
dinero efectivo, dentro plazo que vence 21 octubre 2014;
(Dieciséis) Francisco Javier Lyon Balieiro, $170.000.000,

C: 6604091 .
FMCOMÓS DIEZ

2

Conservador de Bienes Raíces 2
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de Santiago

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REGISTRO DE COMERCIO

LA PRESENTE HOJA CORRESPONDE A LA CERTIFICACION
DE EXTRACTO DE MODIFICACION
DE SOCIEDAD KPMG SERVICIOS CHILE LIMITADA

EL EXTRACTO SE ANOTO EN EL REPERTORIO N* 40335
Y SE-INSCRIBIO HOY EN EL REGISTRO DE COMERCIO A
FOJAS 52037 NUMERO 36402 DEL AÑO 2012

Y SE ANOTÓ AL MARGEN DE:

FOJAS 7831 NUMERO 4355 DEL AÑO 1984

DERECHOS: 3 //. 400 7

SANTIAGO, 31 DE JULIO DEL AÑO 201

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Morandé 440 telefono 3900 800 www.conservador.cl e
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Santiago fax: 380 9444 into conservador.cl Quinta Notaria
STGO – CHILE

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representativos 8,8737% capital social, de los cuales: la
$71.032.765 pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; y (b) $98.967.235 pagaderos, en
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2015;
(Diecisiete) John Eduardo Droguett Saavedra, $95.000.000,
representativos 4,9588% capital social, de los cuales: (a)
$31.500.000 pagados con anterioridad a- fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; y (b) $63.500.000 pagaderos, en
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2015;
(Dieciocho) Francisco Gastón Scolari Travisany, $1.000.000,
representativos 0,0522% capital social, íntegramente pagados
con anterioridad a techa escritura extractada, en dinero
efectivo; (Diecinueve) Rodrigo Alberto Stein – Grossman,
$1.000.000, representativos 0,0522% capital social,
íntegramente pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; (Veinte) Mauricio Alejandro
– López Lastra, $1.000.000, representativos 0,0522% capital
social, de los cuales: (a) $83.335 pagados con anterioridad a
fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $916.665
pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31
diciembre 2016; (Veintiuno) Álex Rodrigo Quezada Quezada,
$1.000.000, representativos 0,0522% capital social, de los
cuales: (a) $83.335 pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; y (b) $916.665 pagaderos, en
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2016; y
(Veintidós) don Gonzalo Andrés Rojas Ruz, $1.000.000,
representativos 0,0522% capital social, de los cuales: (a)
$83.335 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada,
en dinero efectivo; y (b) $916.665 pagaderos, en. dinero
efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2016.-
Conjuntamente con lo anterior, todos los socios personas
naturales, individualmente, aportan a la sociedad, además, sus
respectivos trabajos personales con los alcances y en la forma
que se expresan en escritura extractada. Convienen, además,
que la socia KPMG Servicios
momento continuar desarrollamide

Responsabilidad Socios: limitada al monto de sus respectivos
aportes.- Santiago, 6 junio 2012.- E. J. Diez M., Not. Público.

123456790559

Fojas 52037

CONSERVADOR
+. DE BIENES RAICES
DE SANTIAGO
rFrO3-07-31 Santiago, treinta y uno de Julio del año dos mil
1
1S/YF doce.- A requerimiento de don Fidel González,
2
N*36402 procedo a inscribir lo siguiente: EDUARDO JAVIER
3 F
JODIFICACION DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular 34”

4
HILE LIMITADA

lep: 40335 domiciliado
7: 6604091 “Reina Victoria 6616, casa G, La Reina, Región
“Metropolitana; KPMG SERVICIOS CHILE LIMITADA,
“domiciliada Monjitas 527, piso 15, Santiago-

10

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30

6
BENEDICTO SEGUNDO VÁSQUEZ CORDOVA,

Notaría Santiago, Morandé 243, Santiago,

certifico: por escritura pública de hoy, ante mí,

Centro, Región Metropolitana; JOSÉ GALINDO PÉREZ,

domiciliado Avenida Camino Real 4701, casa 1005,

Lo Barnechea, Región Metropolitana; CRISTIÁN

BASTIÁN ESCOBAR, domiciliado Nicanor Plaza 2297,

casa C, La Reina, Región Metropolitana; ALEJANDRO

CERDA GALLARDO, domiciliado Camino La Loica 5027,

Lo Barnechea,

Región Metropolitana; JOAQUÍN LIRA

HERREROS, domiciliado Cerro de la Cruz 10467, Lo

Barnechea, HÉCTOR HUGO DEL

Región Metropolitana;

CAMPO ROJAS, domiciliado Warren Smith .80, Las

Condes, Región Metropolitana; CRISTIÁN LUCIANO

MATURANA ROJAS, domiciliado Coliqueo 6933, Santa

Rosa de Huechuraba, Huechuraba, Región

Metropolitana; TERESA DE JESÚS OLIVA SANTIBÁÑEZ,

Las |

ROBERTO EDUARDO |

domiciliada Augusto Mira Fernández 14377,

Condes, . Región Metropolitana;

MUÑOZ GALAZ, domiciliado Puerta de Hierro Oriente

10111, casa 43, Lo Barnechea, Región

Metropolitana; MARÍA ALEJANDRA VICENCIO SALAZAR,

domiciliada Pasaje Villamayor norte 345, valle Lo

Alt ner SChAVE
Quinta Notaria
SANTIAGO- CHE

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| MORANDE 249

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CONSERVADOR .
DE BIENES RAICES
DE SANTIAGO

Campino, Quilicura, Región Metropolitana; PATRICIO

ERNESTO GUEVARA ROJAS, domiciliado Alsacia 151,

Depto. 802, Las Condes, Región Metropolitana;

MARIO LUIS TORRES SANTIBÁÑEZ, domiciliado María

Monvel 1180 B, La Reina, Región Metropolitana;

ALEJANDRO SEBASTIÁN ESPINOSA GONZÁLEZ, domiciliado

Camino La Loica 5040, Lo Barnechea, Región

Metropolitana; LUIS GUILLERMO INOSTROZA CABELLO,

domiciliado Encomenderos 200, Depto. 603, Las

Condes, Región Metropolitana; FRANCISCO JAVIER

10
LYON BALIEIRO, domiciliado Cerro Laguna 8997, Lo

11
Barnechea, Región Metropolitana; JOHN EDUARDO

12
DROGUETT SAAVEDRA, domiciliado San Carlos de

13
Apoquindo 2876, casa 19, Las Condes, Región

14
Metropolitana; FRANCISCO GASTÓN SCOLARI TRAVISANY,

15
domiciliado El. Belloto 3885, Providencia, Región

16
Metropolitana; RODRIGO ALBERTO. STEIN GROSSMAN,

17
domiciliado El Tamarugo 1323, Vitacura, Región

18
Metropolitana; MAURICIO ALEJANDRO 1IÓPEZ LASTRA,

19
domiciliado Hernán Cortés 2834, Depto. 401, Ñuñoa,

20 o
Región Metropolitana; ÁLEX RODRIGO QUEZADA

21
QUEZADA, domiciliado Cristóbal Colón 5267, Depto.

22
97, Las Condes, Región Metropolitana; y GONZALO

23
ANDRÉS ROJAS RUZ, domiciliado Pasaje Quintero,

24
241, Parque Del Sol, Maipú, Región Metropolitana,

25
fijaron nuevo texto de los estatutos sociales de

26
KPMG AUDITORES CONSULTORES LIMITADA (inscrita Fs.

2
7.831 N” 4.355 Reg. Comercio Stgo. año 1984), que

28
reemplaza íntegramente a los anteriores, y que

29

contiene modificaciones en lo relativo a la
30

. CONSERVADOR
DE BIENES RAICES
DE SANTIAGO

representación y administración de la sociedad y

uso de su razón social -que corresponderán, en 1o |

2 ZA
sucesivo, al socio Cristián Bastián Escobar según

se indica a continuación-, duración -cuyo plazo

primitivo se amplía en un día- y otras materias

que son de orden interno. De dichos nuevos

estatutos extracto lo que sigue: Razón Social:

KPMG Auditores Consultores Limitada.- Domicilio:

la parte de la provincia de Santiago sobre la que

tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de

10
Santiago; pero podrá instalar agencias, oficinas o

11
establecimientos en otras partes del país o en el

12
extranjero.- Objeto: /1i/ la prestación de

13
servicios y asesorías profesionales en materias de

14
auditoría, contables, tributarias y legales; /1i/

15
la prestación de servicios de consultoría de

16
empresas en general; y /iii/ la prestación de

17
servicios de capacitación en materias de

18
auditoría, contables, tributarias y legales.-

19
Duración: ’36 años contados desde 2 febrero 1984,

20
esto es, hasta el 2 de febrero de 2020, plazo que

21
se prorrogará automática y sucesivamente por

22
períodos de 10 años cada uno, si ninguno de socios

23
manifestare voluntad de ponerle término mediante

24
declaración por escritura pública anotada margen

25
inscripción de sociedad en Registro de Comercio de

26 :
Santiago con a lo menos 6 meses de anticipación a

27
fecha de vencimiento de plazo o prórroga vigente.-

28
Representación, Administración y Uso Razón Social:

29

corresponden al socio Cristián Bastián Escobar, en

30

13 AGO 2012

O

8 ENAVEN
Quinta Notaria
SANTIAGO – CHE,

CONSERVADOR
DE BIENES RAICES
DE SANTIAGO

forma individual, y con amplias facultades, que se

indican en escritura extractada.- Capital:

$1.915.775.000, que socios han aportado y

aportarán como sigue, correspondiéndole a cada uno

la participación que se indica, ésta expresada con

cuatro decimales: (Uno) Benedicto Segundo Vásquez

Córdova, $112.000.000, representativos 5,8462%

capital social, de los cuales: (a) $108.754.632

pagados con anterioridad a fecha escritura

extractada, en dinero efectivo; y (b) $3.245.368

10
pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que

11
vence 31 diciembre 2012; (Dos) KPMG Servicios

12
Chile Limitada, $105.275.,000, representativos

13
5,4952% capital social, íntegramente pagados con

14
anterioridad a fecha escritura extractada, en

15
dinero efectivo; (Tres) José Galindo Pérez,

578.000.000, representativos 4,0715% capital

17)
social, de los cuales: (a) $20.163.889 pagados con

18
anterioridad a fecha escritura extractada, en

19
dinero efectivo; y (b) $57.836.111 pagaderos, en

20
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31

21
diciembre 2015; (Cuatro) Cristián Bastián Escobar,

22
$327.000.000, representativos 17,0688% capital

23
social, íntegramente pagados con anterioridad a

24
fecha escritura extractada, en dinero efectivo;

25
(Cinco) Alejandro Cerda Gallardo, $272.500,000,

26
representativos 14,2240% capital social,

27
íntegramente pagados a la sociedad con

28
anterioridad a fecha escritura extractada, en

29

dinero efectivo; (Seis) Joaquín Lira Herreros,

30

CONSERVADOR

DE BIENES RAICES

10

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DE SANTIAGO

$138.000.000, representativos 7,20343 capital

social, de los cuales: (a) $122.625.389 pagados

con anterioridad a fecha escritura extractada, en

dinero efectivo; y (b) $15.374.611 pagaderos, en

dinero efectivo, dentro plazo que vence 31

diciembre 2012; (Siete) Héctor Hugo del Campo

Rojas, $141.000.000, representativos 7,3599%

capital social, de los cuales: (a) $126.305.996

pagados con anterioridad a fecha escritura

extractada, en dinero efectivo; y (b) $14.694.004

pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que

vence 31 diciembre 2012; (Ocho) Cristián Luciano

Maturana Rojas, $83.000.000, representativos

4,3325% capital social, de los cuales: (a)

$70.570.097 pagados con anterioridad a fecha

escritura extractada, en dinero efectivo; y (b)

$12.429.903 pagaderos, en dinero efectivo, dentro

plazo que vence 31 diciembre 2012; (Nueve) Teresa

de Jesús Oliva Santibáñez, $83.000.000,

representativos 4,3325% capital social, de los

cuales: (a) $70.570.097 pagados con anterioridad a

fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y

(b) $12.429.903 pagaderos, en dinero efectivo,

dentro plazo que vence 31 diciembre 2012; (Diez)

Roberto Eduardo Muñoz Galaz, 580.000.000,

representativos 4,1759% capital social, de los

cuales: (a) $15.238.092 pagados con anterioridad a

fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y

(b) $64.761.908 pagaderos, en dinero efectivo,

dentro plazo que vence 31 diciembre 2015; (Once)

$ : 5
Quiata Notaría
UN TIAGO – CAE

CONSERVADOR >
DE BIENES RAICES
DE SANTIAGO

María Alejandra Vicencio Salazar, $1.000,000,

representativos 0,0522% capital social, de ‘ los

cuales: (a) %$629.629 pagados con anterioridad a

fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y

(b) $370.371 pagaderos, en dinero efectivo, dentro

plazo que vence 31 diciembre 2012; (Doce) Patricio

Ernesto Guevara . Rojas, 564.000.000,

representativos 3,3407% capital social, de los

cuales: (a) $16.253.968 pagados con anterioridad a

fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y

10
(b) $47.746.032 pagaderos, en dinero efectivo,

11
dentro plazo que vence 31 diciembre 2015; (Trece)

12
Mario Luis Torres Santibáñez, $80.000.000,

13
representativos 4,1759% capital social, de los

14
cuales: (a) $20.317.460 pagados con anterioridad a

15
fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y

16
(b) $59.682.540 pagaderos, en dinero efectivo,

17
dentro plazo que vence 31 diciembre 2015;

18
(Catorce) Alejandro Sebastián Espinosa González,

19
$80.000.000, representativos 4,1759% capital

20
social, de los cuales: (a) $20.317.460 pagados con

al
anterioridad a fecha escritura extractada, en
22

dinero efectivo; y (b) $59.682.540 pagaderos, en

23
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31

24
diciembre 2015; (Quince) Luis Guillermo Inostroza

25

Cabello, $1.000.000, representativos 0,0522%
26

Capital social, de los Cuales: (a) $333.336
27

pagados con anterioridad a fecha escritura

28
extractada, en dinero efectivo; y (b) $666.664

29

pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que:
30

CONSERVADOR

DE BIENES RAICES

DE SANTIAGO

vence 21 octubre 2014; (Dieciséis) Francisco
1

Javier Lyon Balieiro, $170.000.000,

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

25

26

27

28

29

30

representativos 8,8737% capital social, de los

cuales: (a) $71.032.765 pagados con anterioridad a

fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y

(b) $98.967.235 pagaderos, en dinero efectivo,

dentro plazo que vence 31 diciembre 2015;

(Diecisiete) John Eduardo Droguett Saavedra,

$95.000.000, representativos 4,9588% capital

social, de los cuales: (a) $31.500.000 pagados con

anterioridad a fecha escritura extractada, en

dinero efectivo; y (b) $63,500.000 pagaderos, en

dinero efectivo, dentro plazo que vence 31

diciembre 2015; (Dieciocho) Francisco Gastón

Scolari Travisany, $1.000.000, representativos

0,0522% capital social, íntegramente pagados con

anterioridad a fecha escritura extractada, en

dinero efectivo; (Diecinueve) Rodrigo Alberto

Stein Grossman, $1.000.000, representativos

0,0522% capital social, íntegramente pagados con

anterioridad a fecha escritura extractada, en

dinero efectivo; (Veinte) Mauricio Alejandro López

Lastra, $1.000.000, representativos 0,05223

capital social, de los cuales: (a) $83.335 pagados

con anterioridad a fecha escritura extractada, en

dinero efectivo; y (b) $916.665 pagaderos,. en

dinero efectivo, dentro plazo que vence 31

diciembre 2016; (Veintiuno) Álex Rodrigo Quezada

Quezada, $1.000.000, representativos 0,0522%

capital social, de los cuales: (a) $83.335 pagados

hi

y

id NAVE
inta Notaria
SAMAGO- CAE

CONSERVADOR
DE BIENES RAICES
DE SANTIAGO

con anterioridad a fecha escritura extractada, en

dinero efectivo; y (b) $916.665 pagaderos, en

dinero efectivo, dentro plazo que vence 31

diciembre 2016; y (Veintidós) don Gonzalo Andrés

Rojas Ruz, $1.000.000, representativos 0,0522%

capital social, de los cuales: (a) $83.335 pagados

con anterioridad a fecha escritura extractada, en

dinero efectivo; y (b) $916.665 pagaderos, en

dinero efectivo, dentro plazo que vence 31

diciembre 2016.- Conjuntamente con lo anterior,

10 .
todos los socios personas naturales,

11
individualmente, aportan a la sociedad, además,

12
sus respectivos trabajos personales con los

13
alcances y en la forma que se expresan en

14 .
escritura extractada. Convienen, además, que la]

15
socia KPMG Servicios Chile Limitada podrá en todo.

16
momento continuar desarrollando independientemente

17
actividades propias del objeto social o que

18
constituyan o que naturalmente queden comprendidas

19
dentro del objeto social.- Responsabilidad Socios:

20
limitada al monto de sus respectivos aportes.-

21
Santiago, 6 junio 2012.- E. J. Diez M., Not,

22
Público.- Hay firma ilegible.- Se anotó al margen

23
de la inscripción de fojas 7831 número 4355 del

24
año 1984.- El extracto materia de la presente

25
inscripción, queda agregado al final del bimestre

26
de Comercio en curso.L. Maldonado C. CERTIFICO QUE |
27

LA INSCRIPCION QUE ANTECEDE ESTA CONFORME CON su |

28
ORIGINAL DEL REGISTRO DE_ COMERCIO.- Santiago,

Martes, 31 de Julio A

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A

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DIARIO OFICIAL ¿3%

DE LA REPUBLICA DE CHILE y Mranoa a]

2,

Núm. 40.325 martes, 31 de jullo de 2012 35 PARRAS
SECCIÓN SOCIEDADES

MODIFICACIONES SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
520800 KPMG AUDITORES CONSULTORES LIMITADA.

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular 34% Notaría
Santiago, Morandé 243, Santiago, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, BENEDICTO
SEGUNDO VÁSQUEZ CORDOVA, domiciliado Reina Victoria 6616, casa G, La Reina, Región
Metropolitana, KPMG SERVICIOS CHILE LIMITADA, domiciliada Monjitas 527, piso 15,
Santiago-Centro, Región Metropolitana; JOSÉ GALINDO PÉREZ, domiciliado Avenida Camino
Real 4701, casa 1005, Lo Barnechea, Región Metropolitana; CRISTIÁN BASTIÁN ESCOBAR,
domiciliado Nicanor Plaza 2297, casa C, La Reina, Región Metropolitana, ALEJANDRO
CERDA GALLARDO, domiciliado Camino La Loica 5027, Lo Barnechea, Región Metropolitana;
JOAQUÍN LIRA HERREROS, domiciliado Cerro de la Cruz 10467, Lo Barnechea, Región
Metropolitana; HÉCTOR HUGO DEL CAMPO ROJAS, domiciliado Warren Smith 80, Las
Condes, Región Metropolitana; CRISTIÁN LUCIANO MATURANA ROJAS, domiciliado
Coliqueo 6933, Santa Rosa de Huechuraba, Huechuraba, Región Metropolitana; TERESA DE
JESÚS OLIVA SANTIBÁÑEZ, domiciliada Augusto Mira Fernández 14377, Las Condes, –
Región Metropolitana; ROBERTO EDUARDO MUÑOZ GALAZ, domiciliado Puerta de Hierro
Oriente 10111, casa 43, Lo Bamechea, Región Metropolitana; MARÍA ALEJANDRA VICENCIO
SALAZAR, domiciliada Pasaje Villamayor norte 345, valle Lo Campino, Quilicura, Región
Metropolitana; PATRICIO ERNESTO GUEVARA ROJAS, domiciliado Alsacia 151, Depto. 802,
Las Condes, Región Metropolitana, MARIO LUIS TORRES SANTIBÁÑEZ, domiciliado Marla
Monvel 1180 B, La Reina, Región Metropolitana; ALEJANDRO SEBASTIÁN ESPINOSA
GONZÁLEZ, domiciliado Camino La Loica 5040, Lo Barnechea, Región Metropolitana; LUIS
GUILLERMO INOSTROZA CABELLO, domiciliado Encomenderos 200, Depto. 603, Las
Condes, Región Metropolitana; FRANCISCO JAVIER LYON BALIEIRO, domiciliado Cerro
Laguna 8997, Lo Barnechea, Región Metropolitana; JOHN EDUARDO DROGUETT
SAAVEDRA, domiciliado San Caos de Apoquindo 2876, casa 19, Las Condes, Región
Metropolitana; FRANCISCO GASTÓN SCOLARI TRAVISANY, domiciliado El Belloto 3885,
Providencia, Región Metropolitana; RODRIGO ALBERTO STEIN GROSSMAN, domiciliado El
Tamarugo 1323, Vitacura, Región Metropolitana; MAURICIO ALEJANDRO LÓPEZ LASTRA,
domiciliado Hernán Cortés 2834, Depto. 401, Ñuñoa, Región Metropolitana; ÁLEX RODRIGO
QUEZADA QUEZADA, domiciliado Cristóbal Colón 5267, Depto. 97, Las Condes, Región
Metropolitana; y GONZALO ANDRÉS ROJAS RUZ, domiciliado Pasaje Quintero, 241, Parque
Del Sol, Maipú, Región Metropolitana, fijaron nuevo texto de los estatutos sociales de KPMG
AUDITORES CONSULTORES LIMITADA (inscrita Fs. 7.831 N” 4,355 Reg. Comercio Stgo.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE TEN

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Quinta Notaria
SANTIAGO – CHILE

DIARIO OFICIAL

DE LA REPUBLICA DE CHILE

Núm. 40.325 martes, 31 de julio de 2012 – E-35’Pág. 2 de 4 £ /
ANTAS
año 1984), que reemplaza integramente a los anteriores, y que contiene modificaciones en lo mn
relativo a la representación y administración de la sociedad y uso de su razón social -que
corresponderán, en lo sucesivo, al socio Cristián Bastián Escobar según se indica a
continuación-, duración -cuyo plazo primitivo se amplía en un día- y otras materias que son de
orden interno. De dichos nuevos estatutos extracto lo que sigue: Razón Social: KPMG
Auditores Consultores Limitada.- Domicilio: la parte de la provincia de Santiago sobre la que
tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago; pero podrá instalar agencias,
oficinas o establecimientos en otras partes del país o en el extranjero.- Objeto: /i/ la prestación
de servicios y asesorías profesionales en materias de auditoría, contables, tributarias y legales;
fii/ la prestación de servicios de consultoría de empresas en general; y /iii/ la prestación de
servicios de capacitación en materias de auditoría, contables, tributarias y legales.- Duración:
36 años contados desde 2 febrero 1984, esto es, hasta el 2 de febrero de 2020, plazo que se
prorrogará automática y sucesivamente por perlodos de 10 años cada uno, si ninguno de
socios manifestare voluntad de ponerle término mediante declaración por escritura pública
anotada margen inscripción de sociedad en Registro de Comercio de Santiago con a lo menos
6 meses de anticipación a fecha de vencimiento de plazo o prórroga vigente.- Representación,
Administración y Uso Razón Social: corresponden al socio Cristián Bastián Escobar, en forma
individual, y con amplias facultades, que se indican en escritura extractada.- Capital:
$1.915.775.000, que socios han aportado y aportarán como sigue, correspondiéndole a cada
uno la participación que se indica, ésta expresada con cuatro decimales: (Uno) Benedicto
Segundo Vásquez Córdova, $112.000.000, representativos 5,8462% capital social, de los
cuales: (a) $108.754.632 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero
efectivo; y (b) $3.245.368 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre
2012; (Dos) KPMG Servicios Chile Limitada, $105.275.000, representativos 5,4952% capital
social, integramente pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo;
(Tres) José Galindo Pérez, $78.000.000, representativos 4,0715% capital social, de los cuales:
(a) $20.163.889 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y (b)
$57.836.111 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2015;
(Cuatro) Cristián Bastián Escobar, $327.000.000, representativos 17,0688% capital social,
integramente pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo;
(Cinco) Alejandro Cerda Gallardo, $272.500,000, “representativos 14,2240% capital social,
integramente pagados a la sociedad con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero
efectivo; (Seis) Joaquín Lira Herreros, $138.000.000, representativos 7,2034% capita! social,
de los cuales: (a) $122.625,389 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en
dinero efectivo; y (b) $15.374,611 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31
diciembre 2012; (Siete) Héctor Hugo del Campo Rojas, $141.000.000, representativos
7,3599% capital social, de los cuales: (a) $126.305.996 pagados con anterioridad. a fecha

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Quinta Notaria
SANTIAGO xx CHILE

DIARIO OFICIAL

DE LA REPUBLICA DE CHILE

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Núm. 40.325 martes, 31 de Julio de 2012 E-35 Pág. 3de 4…”

escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $14.694.004 pagaderos, en dinero efectivo,
dentro plazo que vence 31 diciembre 2012; (Ocho) Cristián Luciano Maturana Rojas,
$83.000.000, representativos 4,3325% capital social, de los cuales: (a) $70.570.097 pagados
con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $12.429.903 pagaderos,
en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2012; (Nueve) Teresa de Jesús Oliva
Santibáñez, $83.000.000, representativos 4,3325% capital social, de los cuales: (a)
$70.570.097 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y (b)
$12.429.903 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2012; (Diez)
Roberto Eduardo Muñoz Galaz, $80.000.000, representativos 4,1759% capital social, de los
cuales: (a) $15.238.092 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero
efectivo; y (b) $64,761.908 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre
2015; (Once) Maria Alejandra Vicencio Salazar, $1.000.000, representativos 0,0522% capital
social, de los cuales: (a) $629.629 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en
dinero efectivo; y (b) $370.371 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31
diciembre 2012; (Doce) Patricio Ernesto Guevara Rojas, $64.000.000, representativos
3,3407% capital social, de los cuales: (a) $16.253.968 pagados con anterioridad a fecha
escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $47.746.032 pagaderos, en dinero efectivo,
dentro plazo que vence 31 diciembre 2015; (Trece) Mario Luis Torres Santibáñez,
$80.000.000, representativos 4,1759% capital social, de los cuales: (a) $20.317.460 pagados
con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $59.682.540 pagaderos,
en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2015; (Catorce) Alejandro Sebastián
Espinosa González, $80.000.000, representativos 4,1759% capital social, de los cuales: (a)
$20.317.460 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y (b)
$59.682.540 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2015;
(Quince) Luis Guillermo Inostroza Cabello, $1.000.000, representativos 0,0522% capital social,
de los cuales: (a) $333.336 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero
efectivo; y (b) $666.664 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 21 octubre
2014; (Dieciséis) Francisco Javier Lyon Balieiro, $170.000.000, representativos 8,8737%
capital social, de los cuales: (a) $71.032.765 pagados con anterioridad a fecha escritura
extractada, en dinero efectivo; y (b) $98.967.235 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo
que vence 31 diciembre 2015; (Diecisiete) John Eduardo Droguett Saavedra, $95.000.000,
representativos 4,9588% capital social, de los cuales: (a) $31.500.000 pagados con
anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $63.500.000 pagaderos, en
dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2015; (Dieciocho) Francisco Gastón
Scolari Travisany, $1.000,000, representativos 0,0522% capital social, integramente pagados
con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; (Diecinueve) Rodrigo Alberto
Stein Grossman, $1.000.000, representativos 0,0522% capital social, integramente pagados

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Quinta Hotaría
SANTIAGO – ONE

DIARIO OFICIAL TN
DE LA REPUBLICA DE CHILE E HOTARO %
Núm, 40.325 martes, 31 de julio de 2012 E-35 Pagiaudaio ma j

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con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; (Veinte) Mauricio Alejandto eTIA a Z
López Lastra, $1.000.000, representativos 0,0522% capital social, de los cuales: (a) $83.335 |
pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y (b) $916.665
pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2016; (Veintiuno) Álex
Rodrigo Quezada Quezada, $1.000.000, representativos 0,0522% capital social, de los cuales:
(a) $83.335 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en dinero efectivo; y (b)
$916.665 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31 diciembre 2016; y
(Veintidós) don Gonzalo Andrés Rojas Ruz, $1.000.000, representativos 0,0522% capital
social, de los cuales: (a) $83.335 pagados con anterioridad a fecha escritura extractada, en

. dinero efectivo; y (b) $916.665 pagaderos, en dinero efectivo, dentro plazo que vence 31
diciembre 2016.- Conjuntamente con lo anterior, todos los socios personas naturales,
individualmente, aportan a la sociedad, además, sus respectivos trabajos personales con los
alcances y en la forma que se expresan en escritura extractada. Convienen, además, que la
socia KPMG Servicios Chile Limitada podrá en todo momento continuar desarrollando
independientemente actividades propias del objeto social o que constituyan o que
naturalmente queden comprendidas dentro del objeto social.- Responsabilidad Socios: limitada

al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 6 junio 2012.- E. J. Diez M., Not, Público.
Gertifina que 2] extract

aqua 22 reñiera
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cve: 520800 este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley 19.799.

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Quinta Notaría

SANTIAGO – CHILE

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AUTORIZO ESTA COFÍA QUE ES
TESTIMONIO FIEL AE SU ORIGINAL

SANTIAGO

cal 06 AGO 202 | 2%

EDUARDO DIEZ MORELLO
NOTARIO PUBLICO

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