Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

JOSE OÑATE AUDITORES CONSULTORES LIMITADA 2021-10-05 T-11:52

J

uAF

PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS A acroo

CIS
COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO

SN

De nuestra consideración:

Se adjuntan antecedentes sobre la nueva modificación que se realizó durante el mes de septiembre de 2021, en José Oñate
Auditores Consultores Ltda. Dicha modificación se realizó en virtud de lo solicitado por esta Comisión en oficio N043058, de fecha 11
septiembre 2020, la cual pudo ser llevada a cabo con fecha 15 de septiembre de 2021 debido a la contingencia sanitaria y a las
restricciones de las notarías en la ciudad por os contagios.

Se adjunta:

1. Respuesta Oficio 43058

2. Información de última modificación:
– Modificación de sociedad 08.09.2021
– Certificado de vigencia 15.09.2021.
– Copia inscripción 15.09.2021.

– Extracto 15.09.2021.

– Publicación D.O 15.09.2021

3. Información modificación anterior:

– Modificación de sociedad 14.08.2019
– Copia inscripción 26.09.2019.

– Extracto 26.09.2019.

– Publicación D.O 07.09.2019

4. Información Constitución sociedad:

– Constitución de sociedad 14.11.2002
– Copia inscripción 22.11.2002

– Publicación D.O 21.11.2002

Atentamente.

Nombre:
José Oñate Auditores Consultores Ltda.

Rut:
77.850.380-8

Correo electrónico:
jonateOonateauditores.cl – copazoOWonateauditores.cl

Dirección:

San Martín +t255, oficina 63, Iquique

Fecha:
27.09.2021

30-03-2021 Oficio Electronico – Comisión para el Mercado Financiero – Gobierno de Chile

OFORD.: – N43058
Antecedentes.: Modificación de Jose Oñate Auditores

Consultores Ltda. en el Registro de
Empresas de Auditoría Externa (REAB),
ingresada a esta Comisión con fecha 11 de
agosto de 2020.

Materia.: Formula observaciones.

SGD.: N*2020090395613

Santiago, 11 de Septiembre de 2020

De : Comisión para el Mercado Financiero

A : Gerente General
JOSE OÑATE AUDITORES CONSULTORES LIMITADA

En atención a su presentación del antecedente, mediante la cual informó la modificación societaria
de fecha 14 de agosto de 2019, cumplo con observar a usted lo siguiente:

1. Hecho Esencial:

1. Se hace presente que en lo sucesivo deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Norma de
Carácter General N*“275 (“NCG N*275”), en su Sección V; letra A., establece que “Todo hecho o
información relevante que afecte a una EAE, respecto de sí misma o de sus actividades, deberá ser
comunicado a esta Superintendencia en el momento en que ellos ocurran o lleguen a su
conocimiento. […]. Deberá especialmente informarse respecto de los siguientes hechos: […] d)
Cambios significativos en la organización […].”.

Además, en la citada normativa en su letra F se menciona que “Toda modificación a los
antecedentes de inscripción contenidos en la Sección III, letras A y B, una vez inscrita la EAE en el
Registro, deberá ser actualizada a través del módulo SEIL habilitado en el sitio web de esta
Superintendencia, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiere producido el
hecho.

Tratándose de antecedentes legales que acrediten lo informado, tales como reformas de estatutos,
otorgamiento de poderes de administración, fusiones u otros actos jurídicos, deberán remitirse las
respectivas escrituras públicas, a través de la Oficina de Partes de este Servicio, dentro del plazo

señalado en el párrafo anterior. Asimismo, las legalizaciones de dichas reformas o actos jurídicos
deberán remitirse en igual plazo, contado desde la última gestión de legalización.”.

2. Constitución y propiedad:

1. Deberá mencionar lo requerido en la Sección IIT.; letra A.; numeral 3; puntos 1, 2 y 3, de la NCG
N* 275 de 2010.

3. Antecedentes complementarios:

https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=9dc11d7b50209f60cc7d622058055d3cCVFdaWQmVVMUVRVFZOUkUwMVRsUIpIRTEZUF… 1/3

30-03-2021 Oficio Electronico – Comisión para el Mercado Financiero – Gobierno de Chile

1. Deberá adjuntar la copia de la inscripción del respectivo extracto en el Registro de Comercio y de
su publicación en el Diario Oficial, según lo solicitado en la Sección TIT.; letra C.; numeral 1, de la
NCG N? 275 de 2010.

ii. Deberá enviar el certificado de vigencia y de anotaciones marginales otorgado por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, de una antigúedad no superior a 15 días.
Lo anterior, según lo requerido en la Sección III.; letra C.; numeral 2, de la NCG N* 275 de 2010.

i1i. Por otra parte, se observa que en el artículo quinto de la escritura de fecha 14 de abril de 2019 se
estipula lo siguiente: “En todo lo no modificado por el presente instrumento, continúan plenamente
vigentes todas las estipulaciones del contrato social primitivo”. Al respecto, cumplo con observar
lo siguiente:

a) Respecto al objeto de la sociedad mencionado en el Artículo Segundo, en atención a la función
de auditoría externa que establece para este tipo de sociedades el artículo 239 de la Ley 18.045, de
Mercado de Valores, deberá señalar como parte de su objeto la prestación de servicios de auditoría
externa de estados financieros.

Asimismo, se deberá modificar o eliminar en dicho Artículo, donde se indica como parte del objeto:
“La sociedad podrá, en general, llevar a cabo otras actividades conexas, complementarias y/o
relacionadas a las anteriores, y cualesquiera otra, aun cuando no esté relacionada con el giro
principal de la sociedad.”. Lo anterior, deberá ser modificado o eliminado, considerando que el
artículo 352 N*S del Código de Comercio, señala que se debe precisar el objeto, siendo necesario
que quede consignado en el estatuto.

b) La escritura de constitución, en el Artículo Tercero señala que: “La razón social es José Oñate
Auditores Consultores Limitada, sin perjuicio de lo anterior la sociedad podrá funcionar y actuar,
incluso ante los Bancos, con el nombre de Oñate Auditores Ltda.”. Lo anterior implica que la
sociedad tendría en definitiva dos razones sociales indistintas, lo que deberá ser corregido, ya que el
artículo 352 N*2 del Código de Comercio contempla sólo un nombre, de modo que el nombre de
fantasía debe eliminarse o limitarse sólo a fines de publicidad y propaganda o fines bancarios.

En consecuencia, previo a proceder a la modificación de su sociedad en el Registro de Empresas de
Auditoría Externa que lleva este Servicio, deberá subsanar las observaciones 1, 2 y 3 i. y li.
formuladas precedentemente, y remitir los antecedentes indicados conforme con lo establecido por
el primer párrafo; letra F; de la Sección I, de la NCG N*275.

Respecto a las observaciones del número 3, apartado iii., letras a) y b), deberán ser subsanadas en la
próxima modificación que realice, y en todo caso a más tardar a la fecha en la que deba remitir la
Información Continua, de acuerdo a lo establecido en la letra C de la Sección V, de la NCG N*275.

La solicitud mediante la cual subsane las observaciones formuladas precedentemente, deberá

remitirse mediante una comunicación firmada por usted, indicando la documentación que se
acompaña. En su respuesta, deberá hacer referencia al número y fecha del presente oficio.

DAEC/DCU/PLR (WF-1261396)

Saluda atentamente a Usted.

https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=9dc11d7b50209f60cc7d622058055d3cCVFdWQmVVMUVRVFZOUkUwMVRsUIpIRTEZUF… 2/3

30-03-2021 Oficio Electronico – Comisión para el Mercado Financiero – Gobierno de Chile

¡A Qarrates £ .

LUCÍA CANALES LARDIEZ
INTENDENTE DE SUPERVISIÓN DEL
MERCADO DE VALORES (5)
POR ORDEN DEL CONSEJO DE LA
COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO

Oficio electrónico, puede revisarlo en http://www.cmfchile.cl/validar_oficio/
Folio: 2020430581261397ZzdQ AWNCxTynGEqrBwkpMfhjPllAqG

https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=9dc11d7b50209f60cc7d622058055d3cVFdWQmVVMUVRVFZOUkUwMVRSUIpIRTEZUF… 3/3

nate

AUDITORES

nuate

AUDITORES

CARTA DE PRESENTACIÓN

27.09.2021.

SEÑORES:
COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO
PRESENTE.

SRA: LUCIA CANALES LARDIEZ
INTENDENTE DE SUPERVISION (S)
REF: RESPONDE OFICIO N*43058.

De nuestra consideración:

En respuesta al oficio N*43058, recepcionado en plataforma SEIL con fecha 11 de
septiembre de 2020, pasamos a cumplir con la respuesta al oficio mencionado anteriormente.

Atentamente.

E A
| “ose OÑATEBLANC
Mo 10 PRÍNCIPAL
JO AUDIPÓRES CONSULTORES LTDA.

JOSÉ OÑATE AUDITORES CONSULTORES LTDA. SAN MARTIN 255 Pág. 1de6

nate

AUDITORES

A continuación, se detallan las respuestas a cada punto del oficio en cuestión:

1. Hecho Esencial:

Se hace presente que en lo sucesivo deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Norma
de Carácter General N*275 (“NCG N*275”), en su Sección V; letra A., establece que “Todo
hecho o información relevante que afecte a una EAE, respecto de sí misma o de sus
actividades, deberá ser comunicado a esta Superintendencia en el momento en que ellos
ocurran o lleguen a su conocimiento. […]. Deberá especialmente informarse respecto de los
siguientes hechos: […] d) Cambios significativos en la organización […].”.

Además, en la citada normativa en su letra F se menciona que “Toda modificación a los
antecedentes de inscripción contenidos en la Sección II, letras A y B, una vez inscrita la
EAE en el Registro, deberá ser actualizada a través del módulo SEIL habilitado en el sitio
web de esta Superintendencia, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha en que se
hubiere producido el hecho.

Tratándose de antecedentes legales que acrediten lo informado, tales como reformas de
estatutos, otorgamiento de poderes de administración, fusiones u otros actos jurídicos,
deberán remitirse las respectivas escrituras públicas, a través de la Oficina de Partes de
este Servicio, dentro del plazo señalado en el párrafo anterior. Asimismo, las legalizaciones
de dichas reformas o actos jurídicos deberán remitirse en igual plazo, contado desde la
última gestión de legalización.”.

R: Con respecto a los antecedentes solicitados por esta Comisión se realizaron las modificaciones
correspondientes, comunicando a esta Comisión sobre dicha modificación a través de SEIL y correo
certificado.

Constitución y propiedad:

Deberá mencionar lo requerido en la Sección TT.; letra A.; numeral 3; puntos 1, 2 y 3, de la
NCGN*275 de 2010.

R:
– Lugar, fecha y notaría de la escritura de constitución y de sus modificaciones:

xx< Escritura constitución: En Iquique, a 14 de noviembre 2002, notario Sergio Yaber Simón.
<% 1. Modificación: En Iquique, a 14 de agosto 2019, notario Abner Poza Matus. xx<% 2. Modificación: En Iquique, a 8 de septiembre 2021, notario Néstor Araya Blazina. – Inscripción del extracto en el Registro de Comercio y publicación en el Diario Oficial, si procediere. 2 xx< Escritura constitución: Inscripción 22 noviembre 2002, publicación en el Diario oficial 21 noviembre
2002.

2

*% 1. Modificación: Inscripción 26 septiembre 2019, publicación en el Diario oficial 07 septiembre
2019.

2

*% 2. Modificación: Inscripción 15 septiembre 2021, publicación en el Diario oficial 15 septiembre
2021.

JOSÉ OÑATE AUDITORES CONSULTORES LTDA. SAN MARTIN 255 Pág.2de6

nate

AUDITORES

– Capital social y estructura actual de propiedad, señalando nombre de los socios y los porcentajes de
participación.

2

% Capital social: $1.000.000
<% Estructura actual de propiedad: Socios % Participación actual
José Oñate Blanc 50,00% Gerencia de servicios contables y laborales

Carlos Opazo Valdés 50,00% Gerencia de servicios auditoría y consultoría
100,00%

Organigrama

Gerencia General

(SA
de Consultoría y
IE]

ON
OS
Auditoría

Gerencia de
Servicios
Contables

Gerencia de
EEES

IIA
Financiera y
(ca tocl!

ISS
Consultoría

Sl
Laboral.

Área de
(Alella

3. Antecedentes complementarios:

i Deberá adjuntar la copia de la inscripción del respectivo extracto en el Registro de
Comercio y de su publicación en el Diario Oficial, según lo solicitado en la Sección TIT.;
letra C.; numeral 1, de la NCG N*275 de 2010.

R: Se adjunta Copia de la escritura de constitución y de las escrituras de las dos modificaciones, con
copia de la inscripción de su respectivo extracto en el Registro de Comercio y de su publicación en el
Diario Oficial.

ii. Deberá enviar el certificado de vigencia y de anotaciones marginales otorgado por el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, de una antigiiedad no
superior a 15 días. Lo anterior, según lo requerido en la Sección TIT.; letra C.; numeral 2,
de la NCG N?275 de 2010.

R: Se adjunta certificado de vigencia, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, con antigiiedad no
superior a 15 días.

iii. Por otra parte, se observa que en el artículo quinto de la escritura de fecha 14 de abril de
2019 se estipula lo siguiente: “En todo lo no modificado por el presente instrumento,
continúan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social primitivo”. Al
respecto, cumplo con observarlo siguiente:

JOSÉ OÑATE AUDITORES CONSULTORES LTDA. SAN MARTIN 255 Pág. 3 de 6

nate

AUDITORES

a) Respecto al objeto de la sociedad mencionado en el Artículo Segundo, en atención a la
función de auditoría externa que establece para este tipo de sociedades el artículo 239 de
la Ley 18.045, de Mercado de Valores, deberá señalar como parte de su objeto la
prestación de servicios de auditoría externa de estados financieros.

Asimismo, se deberá modificar o eliminar en dicho Artículo, donde se indica como parte
del objeto: “La sociedad podrá, en general, llevar a cabo otras actividades conexas,
complementarias y/o relacionadas a las anteriores, y cualesquiera otra, aun cuando no
esté relacionada con el giro principal de la sociedad.”. Lo anterior, deberá ser modificado
o eliminado, considerando que el artículo 352 N*5 del Código de Comercio, señala que se
debe precisar el objeto, siendo necesario que quede consignado en el estatuto.

R: Se realizó modificación, la cual consiste en la sustitución integra de la cláusula segunda, que la

reemplaza:

.. MISUIIULVO,

SEGUNDO: Por este acto e instrumento los actuales
socios de la sociedad José Oñate Auditores
Consultores Limitada, vienen en modificar la clausula
segunda del pacto social, respecto del giro u objeto
social, sustituyendo integramente la misma por la
siguiente, que la reemplaza: “SEGUNDO: La sociedad
tendrá por objeto la prestación de servicine da
auditoría extej Cm UANLLENUN, La
prestación de asesorías técnica y/o profesional a
empresas, organismos e instituciones, tanto públicas
como privadas, en las diversas áreas de la
capacitación ocupacional, selección de personal,
control, finanza, administración, gestión,
contabilidad, auditoria, tributación, costos
evaluación de proyectos, venta de servicios por
cualquier vía y modalidad, comercio exterior,

tramitación aduanera; y en general la prestación de

todo otro tipo de asesoría técnica y/o profesional en

áreas diversas a las ya mencionadas”.

JOSÉ OÑATE AUDITORES CONSULTORES LTDA. SAN MARTIN 255 Pág. 4de6

nate

AUDITORES

b) La escritura de constitución, en el Artículo Tercero señala que: “La razón social es
José Oñate Auditores Consultores Limitada, sin perjuicio de lo anterior la sociedad
podrá funcionar y actuar, incluso ante los Bancos, con el nombre de Oñate Auditores
Ltda.”. Lo anterior implica que la sociedad tendría en definitiva dos razones sociales
indistintas, lo que deberá ser corregido, ya que el artículo 352 N”2 del Código de
Comercio contempla sólo un nombre, de modo que el nombre de fantasía debe eliminarse
o limitarse sólo a fines de publicidad y propaganda o fines bancarios.

R: Se realizó modificación, la cual consiste en la sustitución integra de la cláusula tercera, que la
reemplaza:

TERCERO:
Se modifica la cláusula TERCERA del pacto social,
respecto de la razón social, sustituyendo integramente
la misma por la siguiente, que la reemplaza:
“TERCERO: La razón social de la sociedad será
JOSE OÑATE AUDITORES CONSULTORES
LIMITADA.

JOSÉ OÑATE AUDITORES CONSULTORES LTDA. SAN MARTIN 255 Pág.5de6

nate

AUDITORES

ANEXO

DECLARACION DE RESPONSABILIDAD Y AUTORIZACION PARA
HABILITACION DE USUARIOS SISTEMA DE ENVIO DE
INFORMACION EN LINEA (SEIL)

En Iquique a 27 de septiembre de 2021

Yo, José Alejandro Oñate Blanc

Cédula de identidad N* 7.462.481-2

en mi calidad de gerente general de José Oñate Auditores Consultores Limitada.

Declaro que me hago responsable de la veracidad e integridad de la información que la
sociedad de mi gerencia remita a través del Sistema de Envío de Información en Línea
(SEIL) a la Comisión de Mercado Financiero.

Además, autorizo a Katheryn Elena Letelier Fuentes

Cédula de identidad N* 17.392.424 – 0

para que envíe a dicha Comisión la información que más adelante se detalla:

Señalar código de información

Código de Usuario asignado por sistema: 913GPJ917

JOSÉ OÑATE AUDITORES CONSULTORES LTDA. SAN MARTIN 255 Pág.6de6

Dirección : Eleuterio Ramírez Nro. 1597, Iquique.

Mariangela Patricia Fono : 57-2718692
Web : www.conservadoriquique.cl
Petrillo Salinas Email : contacto(Aconservadoriquique.cl

Conservador de Bienes Raíces
Interina Iquique

CERTIFICADO DE VIGENCIA

Certifico: Que con fecha 22 de Noviembre del año 2002, se inscribió a fojas 898V bajo el
número 817 en el Registro de Comercio a mi cargo el extracto de la Sociedad “JOSE
OÑATE AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”.-

210915171206SC

Página 1 de 1

Dicha Sociedad se encuentra:
1.-) MODIFICADA a fojas 1434 N* 958 del año 2.019.-
2.-) MODIFICADA a fojas 846 N* 544 del año 2.021.-

Al margen de la inscripción NO hay constancia que la Sociedad haya sido disuelta.-

IQUIQUE, a las 17:40 del 15 de Septiembre del año 2021.- o?

NESTOR ARAYA BLAZINA
NOTARIO PÚBLICO
SERRANO 386 + FONOS: 57 23969(00)-(13)-(14)-(15)-(16)
Anexo: Escrituras 1 1-14-22-23-26-27 + Anexo: Letras 12 + Anexo Mesón: 17-18-19
E-Mail: escrituras notariaaraya gmail.com + supervisor.notariaaraya gmail.com
IQUIQUE

MODIFICACION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA

“JOSE OÑATE AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”

A lll alo ak

REP.3.533.- En IQUIQUE, República de CHILE, a
ocho de septiembre del año dos mil veintiuno, ante

mí, NÉSTOR ARAYA BLAZINA, abogado, Notario

Público de esta Comuna, con Oficio en calle Serrano
trescientos ochenta y seis, comparecen: Don JOSE
ALEJANDRO OÑATE BLANC, chileno, casado y
separado totalmente de bienes, contador auditor,
Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario
número siete millones cuatrocientos sesenta y dos mil
cuatrocientos ochenta y uno guión dos, con
domicilio en avenida Arturo Prat número tres mil
quinientos veinticuatro, casa diecinueve, de la ciudad
y comuna de Iquique; y don CARLOS ENRIQUE
OPAZO VALDES, chileno, casado y separado

MIA

totalmente de bienes, contador auditor, Cédula
Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número
nueve millones ciento setenta y dos mil novecientos
setenta y tres guión tres, con domicilio en Manuel
Jesus Silva Número dos mil doscientos cuarenta y
nueve, departamento mil uno, Edifico Velamar,
Comuna de Iquique, todos mayores de edad, quiénes
acreditan sus identidades con las cédulas citadas y
exponen: PRIMERO: Por escritura pública de fecha
catorce de noviembre del año dos mil dos otorgada
ante el Notario Público de Iquique, don Ricardo
Humberto Ponce Bilbao, Suplente del Titular don
Sergio José Yaber Simon; don José Alejandro Oñate
Blanc y don Carlos Enrique Opazo Valdes,
constituyeron una sociedad de responsabilidad
limitada, bajo la razón social “JOSE OÑATE
AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”, que
figura inscrita a fojas ochocientas noventa y ocho
vuelta, número ochocientos diecisiete en el Registro
de Comercio del año dos mil dos del Conservador de
Bienes Raíces y de Comercio de Iquique, y cuyo
extracto asimismo fue publicado en el Diario Oficial
número treinta y siete mil cuatrocientos catorce de
fecha veintiuno de noviembre del año dos mil dos. A
su vez por escritura pública de fecha catorce de
agosto del año dos mil diecinueve, ante el Notario
Público de Iquique don Abner Bernabé Poza Matus,
don José Alejandro Oñate Blanc y don Carlos Enrique
Opazo Valdes, modificaron la sociedad, cediendo el

primero al segundo el dieciséis coma seis seis seis

AAA 0

AAA AAN

NOTARIO PÚBLICO

SERRANO 386 xx FONOS: 57 23969(00)413)-( 14)415)416)
Anexo: Escrituras 11-14-22-23-26-27 + Ánexo: Letras 12 + Anexo Mesón: 17-18-19
E-Mail: escrituras. notariaarayaQ gmail.com + supervisor. notariaraya E gmail.com
IQUIQUE

HSA
por ciento de sus derechos y acciones en la sociedad

equivalente al diez por ciento del capital total de la
misma, razón por la cual a partir de dicha
modificación los dos únicos socios compartieron la
participación en el capital social en partes iguales.
Modificación que fue inscrita a fojas mil
cuatrocientos treinta y Cuatro, número novecientos
cincuenta y ocho en el Registro de Comercio del año
dos mil diecinueve del Conservador de Bienes Raíces
, y de Comercio de Iquique y cuyo extracto asimismo
IN fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y
idos mil cuatrocientos cuarenta y nueve de fecha siete
de septiembre del año dos mil diecinueve.
SEGUNDO: Por este acto e instrumento los actuales
socios de la sociedad José Oñate Auditores
Consultores Limitada, vienen en modificar la clausula
segunda del pacto social, respecto del giro u objeto
social, sustituyendo íntegramente la misma por la
siguiente, que la reemplaza: “SEGUNDO: La sociedad
tendrá por objeto la prestación de servicios de
auditoría externa de estados financieros; la
prestación de asesorías técnica y/o profesional a
empresas, organismos e instituciones, tanto públicas
como privadas, en las diversas áreas de la
capacitación ocupacional, selección de personal,
control, finanza, administración, gestión,
contabilidad, auditoria, tributación, costos,
evaluación de proyectos, venta de servicios por
cualquier vía y modalidad, comercio exterior,
tramitación aduanera; y en general la prestación de

A

todo otro tipo de asesoría técnica y/o profesional en
áreas diversas a las ya mencionadas”. TERCERO:
Se modifica la cláusula TERCERA del pacto social,
respecto de la razón social, sustituyendo íntegramente
la misma por la siguiente, que la reemplaza:
“TERCERO: La razón social de la sociedad será
JOSE OÑATE AUDITORES CONSULTORES
LIMITADA. CUARTO: Los socios declaran que en lo
no modificado se mantienen plenamente vigentes
todas las cláusulas, condiciones y demás normas del
contrato social y sus modificaciones singularizadas
en la cláusula primera. QUINTO: Todos los gastos
originados por esta escritura, serán de cargo de la
sociedad. SEXTO: Las partes comparecientes otorgan
mandato especial e irrevocable a don José Alejandro
Oñate Blanc y a don Carlos Enrique Opazo Valdes,
para que cualquiera de ellos individualmente, efectúe
todas las rectificaciones, correcciones o enmiendas
que sean necesarias en este instrumento, como
también para otorgar escrituras públicas O
instrumentos privados modificatorios O
complementarios del presente instrumento, que salve
eventuales errores u omisiones de transcripción, que
permitan la inscripción conservatoria de la misma, en
los términos precedentemente convenidos. SEPTIMO:
Se faculta al portador de extracto autorizado de la
presente escritura para requerir las inscripciones,
anotaciones y publicaciones que exige la ley. Minuta
redactada por abogado Pedro A. Véliz Fan.- Así lo

otorgan, y en constancia de estar de acuerdo en todo

AO 0

SRIVERA-202120234

Anotada en el Repertorio con el n* (3030

e Inscrita en ei Registro de Comerae

¿NILO 2 UD LANA Abal AE
NOTARIO PÚBLICO
SERRANO 386 xx FONOS: 57 23969(00)-(13)-(14)-(15)-(16)
Anexo: Escrituras 11-14-22-23-26-27 + Anexo: Letras 12 + Anexo Mesón: 17- 18-19
E-Mail: escrituras.notariaarayaQ gmail.com * supervisor.notariaarayaQ gmail.com
IQUIQUE

el contenido del presente instrumento, previa lectura,

firman los comparecientes.- Se dio copia.- Doy Fe.-

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21

Iquique, /5 de Sgal:embre. de.

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COPIA INSCRIPCIÓN

En Iquique, a quince de Septiembre del año dos mil veintiuno, procedo a la
siguiente inscripción: “NESTOR ARAYA BLAZINA, Notario Público
Iquique, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: JOSE
ALEJANDRO OÑATE BLANC y CARLOS ENRIQUE OPAZO VALDES,
con domicilio en Arturo Prat 3524, casa 19 y Playa Quinteros 3566, ambos
comuna Iquique, respectivamente, modifican la sociedad “JOSE OÑATE
AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”, inscrita a fojas 898 vuelta,
número 817 del Registro de Comercio de Iquique del año 2002. Modificación
consiste sustitución integra de cláusula segunda, que la reemplaza:
“SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de
auditoria externa de estados financieros; la prestación de asesorías técnica y/o
profesional a empresas, organismos e instituciones, tanto públicas como
privadas, en las diversas áreas de la capacitación ocupacional, selección de
personal, control, finanzas, administración, gestión, contabilidad, auditoria,
tributación, costos, evaluación de proyectos, venta de servicios por cualquier
vía y modalidad, comercio exterior, tramitación aduanera; y en general la
prestación de todo otro tipo de asesoría técnica y/o profesional en áreas diversas
a las ya mencionadas”. Sustitución integra cláusula tercera que la: “TERCERO:
La razón social de la sociedad será JOSE OÑATE AUDITORES
CONSULTORES LIMITADA”. Capital social de $1.000.000, se mantiene
inalterado. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes todas las
cláusulas, condiciones y demás normas del acto constitutivo.- Iquique, 08 de
septiembre de 2021.-”. Hay firma y timbre. (sic). Así consta en el extracto que
en original dejo archivado bajo el N*523, en el Registro de Documentos de
Comercio del presente año. Requirente: Darcy Salvatierra. Para constancia
firmo. Hay firma y timbre. CONFORME CON LA INSCRIPCIÓN
CORRIENTE A FOJAS 846 N*%544 DEL REGISTRO DE COMERCIO DEL
AÑO 2021.- IQUIQUE, 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021.-

EXTRACTO

NESTOR ARAYA BLAZINA, Notario Público Iquique, Serrano 386,
CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: JOSE ALEJANDRO OÑATE
BLANC y CARLOS ENRIQUE OPAZO VALDES, con domicilio en Arturo
Prat 3524, casa 19 y Playa Quinteros 3566, ambos comuna Iquique,
respectivamente, modifican la sociedad “JOSE OÑATE AUDITORES
CONSULTORES LIMITADA”, inscrita a fojas 898 vuelta, número 817 del
Registro de Comercio de Iquique del año 2002. Modificación consiste
sustitución integra de clausula segunda, que la reemplaza: “SEGUNDO: La
sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de auditoría externa de
estados financieros; la prestación de asesorías técnica y/o profesional a
empresas, organismos e instituciones, tanto públicas como privadas, en las
diversas áreas de la capacitación ocupacional, selección de personal, control,
finanza, administración, gestión, contabilidad, auditoria, tributación, costos,
evaluación de proyectos, venta de servicios por cualquier vía y modalidad,
comercio exterior, tramitación aduanera; y en general la prestación de todo
otro tipo de asesoría técnica y/o profesional en áreas diversas a las ya
mencionadas”. Sustitución integra clausula tercera que la: “TERCERO: La
razón social de la sociedad será JOSE GOÑATE AUDITORES
CONSULTORES LIMITADA ” .Capital social de $1.000.000.- se mantiene
inalterado. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes todas las
cláusulas, condiciones y demás normas del acto constitutivo.- Iquique, 08 de
septiembre de 2021.-

Anotada en el Repertorio conelN* (3030
e Inscrita en e. Registro de Comerauo

a FS. BH… ne. SY

Iquique, 1S copien. de ZO21

Certifico que se temó nota de ig Caron

Al margen de la inscripción de fojas__ BGBY _N* Bl+
Del Registro de m

Del año Zo02 Iquique JS ¿Sp de ZO?!

DIARIO OFICIAL. y

DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública SECCIÓN

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS

Núm. 43.055 | Miércoles 15 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 1

Empresas y Cooperativas
CVE 2010277

=– === –

EXTRACTO

NESTOR ARAYA BLAZINA, Notario Público Iquique, Serrano 386, CERTIFICO: Por
escritura hoy ante mí: JOSE ALEJANDRO ONATE BLANC y CARLOS ENRIQUE OPAZO
VALDES, con domicilio en Arturo Prat 3524, casa 19 y Playa Quinteros 3566, ambos comuna
Iquique, respectivamente, modifican la sociedad “JOSE (OÑATE AUDITORES
CONSULTORES LIMITADA”, inscrita a fojas 898 vuelta, número 817 del Registro de
Comercio de Iquique del año 2002. Modificación consiste sustitución integra de clausula
segunda, que la reemplaza: “SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto la prestación de
servicios de auditoría externa de estados financieros; la prestación de asesorías técnica y/o
profesional a empresas, organismos e instituciones, tanto públicas como privadas, en las diversas
áreas de la capacitación ocupacional, selección de personal, control, finanza, administración,
gestión, contabilidad, auditoria, tributación, costos, evaluación de proyectos, venta de servicios
por cualquier vía y modalidad, comercio exterior, tramitación aduanera; y en general la
prestación de todo otro tipo de asesoría técnica y/o profesional en áreas diversas a las ya
mencionadas”. Sustitución íntegra clausula tercera que la: “TERCERO: La razón social de la
sociedad será JOSE OÑATE AUDITORES CONSULTORES LIMITADA” xxCapital social de
$1.000.000.- se mantiene inalterado. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes
todas las cláusulas, condiciones y demás normas del acto constitutivo.- Iquique, 08 de septiembre
de 2021.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=28b66d9c7f643cd5556fc1eda12f96ccVFdwQmVVMVVSWGROUkZGM1RsUlZOVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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