Resumen corto:
Itaú Chile Compañía de Seguros de Vida S.A. San Antonio 113, piso 4 Santiago – Chile Teléfono : 685 7000 Fax :685 7030 Compañía de ¿Seguros Vida 0 000000080 0000 DN Santiago, 21 de enero de 2010 2010010006979 EGIv096 21012010 – 12:53 Operador: RGONZALE ñ CENTRO DE DOCUMENTACION Y OF. PARTES W
**********
Itaú Chile Compañía de Seguros de Vida S.A.
San Antonio 113, piso 4
Santiago – Chile
Teléfono : 685 7000
Fax :685 7030
Compañía de ¿Seguros Vida
0 000000080 0000 DN
Santiago, 21 de enero de 2010
2010010006979 EGIv096 21012010 – 12:53 Operador: RGONZALE ñ CENTRO DE DOCUMENTACION Y OF. PARTES Wer: Señor rr CIA Guillermo Larraín Ríos VALORES Y SEGUROS Superintendente de Valores y Seguros Presente
Ref.: Hecho esencial
De nuestra consideración:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la ley 18.045 sobre Mercado de Valores, comunico a usted, en el carácter de hecho esencial, que el Directorio de Itaú Chile Compañía de Seguros de Vida S.A. en sesión N* 16 celebrada con fecha 20 de enero de 2010, de conformidad con lo dispuesto en la letra
b) del último inciso del artículo 147 de la ley N? 18.046, acordó fijar la siguiente política general de habitualidad que permite celebrar operaciones con partes relacionadas, sin necesidad de cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en los numerales 1) a 7) del referido artículo 147 de la ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas.
La referida política permite celebrar operaciones con partes relacionadas, que corresponden al giro y que tienen por objeto contribuir al interés social, ajustándose en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado.
Se adjunta a la presente, copia de la Política General de Habitualidad acordada por el Directorio.
La política aprobada quedará a disposición de los accionistas en las oficinas sociales.
Sin otro particular saluda atentamente a usted,
Gerente Gener á Chile C ñí ida S.A. os a ele compañía de Seguros de Vida S.A Compañía de ¿piso 4 .
Santiago – Chile Seguros Vida
Teléfono : 685 7000 Fax :685 7030
POLÍTICA DE HABITUALIDAD DE ITAÚ CHILE COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A. PARA OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.
1. OBJETIVO.
Establecer una politica general de habitualidad para las operaciones ordinarias en consideración al giro social de ltaú Chile Compañía de Seguros de Vida S.A., que permita celebrar operaciones con partes relacionadas, independiente de su monto, sin necesidad de cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en los numerales 1) a 7) del referido artículo 147 de la ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas.
Estas operaciones deben contribuir al interés social, ajustándose en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado.
2. ALCANCE.
Respecto a todas las operaciones ordinarias en consideración al giro de Itaú Chile Compañía de Seguros de Vida S.A. con sus personas relacionadas.
3. POLÍTICA.
Se considerarán como operaciones ordinarias de Itaú Chile Compañía de Seguros de Vida S.A. aquellas que ésta realice corrientemente con partes relacionadas dentro de su giro social y que sean necesarias para el normal desarrollo de las actividades de Itaú Chile Compañía de Seguros de Vida S.A., sin necesidad de cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en los numerales 1) a 7) del referido artículo 147 de la ley N* 18.046, debiendo en todo caso dichas operaciones desarrollarse dentro de su giro social, ser necesarias para sus actividades y se ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado.
Estas operaciones se considerarán habituales, independiente de su monto y sin perjuicio de que su contratación sea por periodos mensuales, anuales o de mayor extensión. A este efecto y para facilitar la determinación respecto a la habitualidad de una operación, podrá tomarse en consideración la similitud de dicha operación con operaciones que la sociedad ha desarrollado ordinaria yo recurrentemente, incluso aquellas anteriores a esta fecha y sin las cuales éste no podría desarrollar en forma normal, adecuada y eficiente su giro.
Para la aplicación de la presente política, se considerarán operaciones habituales al giro, entre otras y a modo ejemplar, las que a continuación se indican: asegurar los nesgos a base de primas de las personas o garantizar a éstas, dentro o al término de un plazo, un capital, una póliza saldada o una renta para el asegurado o sus beneficiarios, de acuerdo a lo establecido en los Art. 4to y 8to del DFL N*251; cualquier otra actividad que la Superintendencia de Valores y Seguros autorice o chi ar . moy e] Chile Compañía de Seguros de Vida S.A, Compañía de an Antonio 113, piso 4 e
Santiago – Chile Seguros Vida
Teléfono : 685 7000
Fax :685 7030 haya autorizado o declare afines o complementarias al giro propio de las compañías de seguros de vida, la celebración de actos y contratos para la intermediación de seguros con corredores de seguros, la contratación de servicios de recaudación de primas, la realización de toda clase de actos, contratos y operaciones financieras, de derivados, de compra y venta con pacto de retroventa o retrocompra, de cambios internacionales, de cobranza y de custodia de valores u otros similares, de mandatos y encargos, ya sea con Bancos, intermediarios de valores y entidades financieras, de custodia o de cualquier naturaleza, en Chile y en el exterior; la contratación de asesorías en materias financieras, administrativas, contables y tributarias, legales, de auditorías; la celebración de contratos de arrendamiento de bienes muebles o inmuebles.
Se deja constancia que la política aprobada quedará a disposición de los accionistas en las oficinas sociales.
4. VIGENCIA.
La presente política entrará en vigencia a contar de esta fecha y se mantendrá vigente hasta que el Directorio no acuerde su modificación conforme a la ley.
Santiago, 20 de enero de 2010.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=370b217b1ece66292a9eb3d89bee2433VFdwQmVFMUVRWGhOUkVGM1RtcHJNMDlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909