Santiago, 29 de diciembre de 2017
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Superintendencia de Valores y Seguros
PRESENTE
REF.: COMUNICA HECHO ESENCIAL
Estimado señor Superintendente,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N*20.712 sobre Administración de
Fondos de Terceros y Carteras Individuales, en relación con los artículos 9 y 10 de la Ley
N*18.045 sobre Mercado de Valores, en representación de ltaú Chile Administradora General
de Fondos S.A. (la Sociedad), comunico a Ud. el siguiente hecho esencial:
Mediante Resolución Exenta N*6559 emitida con esta fecha, la Superintendencia de Valores y
Seguros ha otorgado la autorización para la fusión de las sociedades Corpbanca Administradora
General de Fondos S.A.-sociedad absorbida- e Itaú Chile Administradora General de Fondos
S.A.-sociedad absorbente- mediante la incorporación de la primera en la segunda, la que pasará
a denominarse ltaú Administradora General de Fondos S.A. La fusión fue acordada en Juntas
Extraordinarias de accionistas de ambas sociedades celebradas con el 30 de junio del presente
año.
En virtud de lo anterior, y habiéndose obtenido con esta fecha la Resolución que aprueba la
fusión, conforme a lo previsto en el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Sociedades
Anónimas, la fusión entre ambas administradoras generales de fondos ha producido sus efectos
con esta misma fecha.
Como consecuencia de lo anterior, se ha producido la disolución automática y de pleno derecho
de Corpbanca Administradora General de Fondos S.A., pasando Itaú Administradora General
de Fondos S.A. a ser la continuadora y sucesora legal para todos los efectos de la sociedad
disuelta, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, y adquiriendo la totalidad de su
activo y pasivo.
De este modo, todos los fondos mutuos y carteras individuales que a esta fecha eran
administrados por Corpbanca Administradora General de Fondos S.A. pasan a ser gestionados
por la sociedad absorbente y continuadora legal ltaú Administradora General de Fondos S.A.,
sin que las inversiones mantenidas por los partícipes y/o mandantes presenten modificaciones
o alteraciones en cuanto a sus términos, condiciones y demás características originalmente
contratadas por ellos. Ambas administradoras han tomado todas las medidas y resguardos
necesarios para que los clientes de la Sociedad sigan operando regularmente
Respecto a los fondos de inversión se debe estar a lo acordado por los aportantes de cada fondo
en sus respectivas asambleas extraordinarias.
Finalmente, la fusión antes referida no presenta consecuencias o efectos para los fondos y sus
aportantes, así como para las carteras individuales, administrados por la Sociedad.
Sin otro particular saluda atentamente a usted,
Itaú Administradora General de Fondos S.A.
+,
‘agher Gui. de o
Gerente General
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