Comunicación Hecho Esencial
Identificación de la Sociedad: ltaú Chile Administradora General de Fondos S.A.
Rut: 96.980.650-9
Dirección: Enrique Foster Sur N* 20, Oficina 501-B, Piso 5, Las Condes.
La presente comunicación se hace en virtud de lo establecido en la Norma de Carácter General
N? 30 de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Santiago, 06 de marzo de 2015
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente
Ref: Comunica Acuerdo Junta Extraordinaria de Accionistas
De mi consideración:
Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A., en virtud de lo establecido en el artículo 18
de la Ley N* 20.712 y por tratarse de un hecho esencial para la sociedad de la referencia,
comunica a usted lo siguiente:
1. Que, en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada en Santiago, con fecha 5 de marzo de
2015, se acordó una reforma de estatutos con el propósito de adecuar la cláusula tercera
relativa al objeto social, a la nomenclatura de la Ley 20.712; y para actualizar las referencias
legales y normativas contenidas en las cláusulas primera y vigésimo octava del Estatuto, a la
Ley N* 20.712.
Conforme a lo anterior, en la Junta se acordó reemplazar la cláusula primera, tercera y vigésimo
octava del Estatuto social, por las siguientes:
“PRIMERO: Se constituye una sociedad anónima especial administradora general de fondos,
sujeta a las disposiciones de la Ley número veinte mil setecientos doce y a las disposiciones de
su Reglamento, sin perjuicio de las estipulaciones que a continuación se indican”.
“TERCERO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la administración de recursos de terceros
de conformidad a lo dispuesto en la ley número veinte mil setecientos doce, o por aquella norma
que la reemplace, modifique o complemente, y demás normativa que fuera aplicable; asimismo
podrá realizar las demás actividades complementarias a Su giro que autorice la Superintendencia
de Valores y Seguros”. a
2000211 – Imprenta Licanray Limitada
“VIGÉSIMO OCTAVO: En el silencio de los estatutos se aplicarán las disposiciones de la Ley
número veinte mil setecientos doce, de su Reglamento y las disposiciones legales y
reglamentarias sobre sociedades anónima que correspondan”.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley N* 18.046, la modificación señalada
será sometida a la aprobación de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,
A ol
Andrés Sal ía Lagos
as Gerente ara
Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A.
2000211 – Imprenta Licanray Limitada.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=b1c9c2d7afc412604bfc0c4d0430a2e2VFdwQmVFNVVRWHBOUkVGNVRucFJNVTFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909