Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

ITAU CHILE ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. 2010-01-14 T-14:54

I

Resumen corto:
Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A. Enrique Foster Sur 20, Piso 7 as Condes – Santiago Fondos Mutuos ono: 685 4800 Santiago, 14 de enero de 2010. Señor Guillermo Larraín Ríos Superintendente de Valores y Seguros Presente Ref.: Hecho esencial Señor Superintendente: De conformidad co
**********
Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A.
Enrique Foster Sur 20, Piso 7 as Condes – Santiago Fondos Mutuos ono: 685 4800

Santiago, 14 de enero de 2010.

Señor

Guillermo Larraín Ríos Superintendente de Valores y Seguros Presente

Ref.: Hecho esencial Señor Superintendente:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la ley 18.045 sobre Mercado de Valores, comunico a usted, en el carácter de hecho esencial, que el Directorio de Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A. en sesión N? 96 celebrada con fecha 13 de enero de 2010, de conformidad con lo dispuesto en la letra
b) del último inciso del artículo 147 de la ley N 18.046, acordó fijar la siguiente política general de habitualidad que permite celebrar operaciones con partes relacionadas, sin necesidad de cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en los numerales 1) a 7) del referido artículo 147 de la ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas.

La referida política permite celebrar operaciones con partes relacionadas, que corresponden al giro y que tienen por objeto contribuir al interés social, ajustándose en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado.

Se adjunta a la presente, copia de la Política General de hHabitualidad acordada por el Directorio.

La política aprobada quedará a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el sitio de internet www.itau.cl.

Sin otro particular saluda atentamente a usted.

de Araujo neral

Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A.
Enrique Foster Sur 20, Piso 7 la

– Santiago

POLÍTICA DE HABITUALIDAD DE ITAÚ CHILE ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. PARA OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

1. OBJETIVO.

Establecer una política general de habitualidad para las operaciones ordinarias en consideración al giro social de Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A., que permita celebrar operaciones con partes relacionadas, independiente de su monto, sin necesidad de cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en los numerales 1) a 7) del referido artículo 147 de la ley N 18.046 sobre Sociedades Anónimas.

Estas operaciones deben contribuir al interés social, ajustándose en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado.

2. ALCANCE.

Respecto a todas las operaciones ordinarias en consideración al giro de Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A. con sus personas relacionadas.

3. POLÍTICA.

Se considerarán como operaciones ordinarias de Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A. aquellas que ésta realice corrientemente con partes relacionadas dentro de su giro social y que sean necesarias para el normal desarrollo de las actividades de Itaú Chile Administradora General de Fondos
S.A., sin necesidad de cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en los numerales 1) a 7) del referido artículo 147 de la ley N? 18.046, debiendo en todo caso dichas operaciones desarrollarse dentro de su giro social, ser necesarias para sus actividades y se ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado.

Estas operaciones se considerarán habituales, independiente de su monto y sin perjuicio de que su contratación sea por periodos mensuales, anuales o de mayor extensión. A este efecto y para facilitar la determinación respecto a la habitualidad de una operación, podrá tomarse en consideración la similitud de dicha operación con operaciones que la sociedad ha desarrollado ordinaria yo recurrentemente, incluso aquellas anteriores a esta fecha y sin las cuales éste no podría desarrollar en forma normal, adecuada y eficiente su giro.

Para la aplicación de la presente política, se considerarán operaciones habituales al giro, entre otras y a modo ejemplar, las que a continuación se indican: la compra venta y comercialización de fondos mutuos regidos por el decreto ley N? 1.328, de fondos de inversión regidos por la ley N* 18.815, de fondos de inversión de capital extranjero regidos por la ley N 18.657, de fondos para la vivienda regidos por la ley N 19.281, y de cualquier otro fondo cuya fiscalización se encuentre

Itaú Chile Administradora General de Fondos S.A.
Enrique Foster Sur 20, Piso 7

Las Condes – Santiago

Teléfono: 685 4800 encomendada a la Superintendencia de Valores y Seguros; aportes y rescates; la gestión de administración de cartera de terceros, la celebración de contratos de agente colocador; la contratación de servicios para la distribución de los productos y fondos que administra la compañía; la contratación de asesorías en materias financieras, administrativas, contables y tributarias, legales, de auditorías; la realización de toda clase de actos, contratos y operaciones financieras, de derivados, de compra y venta con pacto de retroventa o retrocompra, de cambios internacionales, de cobranza y de custodia de valores u otros similares, de mandatos y encargos, ya sea con Bancos, intermediarios de valores y entidades financieras, de custodia o de cualquier naturaleza, en Chile y en el exterior, la contratación de servicios de marketing y publicidad para el desarrollo y promoción de los servicios y productos de la sociedad; la contratación de servicios de procesamiento y administración de datos y de asesoría en gestión, la celebración de contratos de arrendamiento de bienes muebles o inmuebles.

Se deja constancia que la política aprobada quedará a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el sitio de internet www.itau.cl.

4. VIGENCIA.

La presente política entrará en vigencia a contar de esta fecha y se mantendrá vigente hasta que el Directorio no acuerde su modificación conforme a la ley.

Santiago, 13 de enero de 2010.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=34b44a063b6dca2823e88c23cdb7bee3VFdwQmVFMUVRWGhOUkVGM1RrUmpkMDFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

Por Hechos Esenciales
Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

Categorias

Archivo

Categorías

Etiquetas

27 (2458) 1616 (1196) 1713 (992) Actualizaciones (15454) Cambio de directiva (8632) Colocación de valores (1653) Compraventa acciones (1311) Dividendos (11069) Dividend payments (1275) Dividends (1283) Emisión de valores (1653) fondo (6101) fund (1545) General news (1469) Hechos relevantes (15452) importante (4957) IPSA (4185) Junta Extraordinaria (5499) Junta Ordinaria (10687) Noticias generales (15453) Nueva administración (8632) Others (1462) Otros (15448) Pago de dividendos (10843) Profit sharing (1275) Regular Meeting (1610) Relevant facts (1467) Reparto de utilidades (10843) Transacción activos (1311) Updates (1470)