Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

INMOBILIARIA PROHOGAR S.A. 2013-03-26 T-12:53

I

La Araucana B nvscinranta

Santiago, 26 de Marzo de 2013
PROH 13-0233

Señor

Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente

REF.: HECHO ESENCIAL revocación y designación
de nuevos poderes

De nuestra consideración:

En concordancia con lo establecido en la Ley N*18.046 y la normativa contenida en la
Circular N*2007 de esa Superintendencia, debidamente facultado. cumplo con informar a
usted que en Sesión de Directorio N*158, celebrada el día 12 de noviembre de 2012, se

acordó la Revocación de Poderes anteriores y la Designación de nuevos poderes.

Asimismo, adjunto copia del acta reducida a escritura pública con fecha 9 de enero del
2013, correspondiente a la sesión 158. donde consta el acuerdo del Directorio

Saluda atentamente a usted,

JUAN EDUARDO GRANIC SALIN
Gerente General

JEG/SGD

INMOBILIARIA PROHOGAR S.A.
MERCED 472 PISO 8, SANTIAGO FONO 9643405

v” B?
HMG

REPERTORIO N* 277/2013.- NAR”
O.T. N* 186.983.-
REDUCCION ESCRITURA

SESION ORDINARIA DE DIRECTORIO DE
INMOBILIARIA PROHOGAR S.A.

EN SANTIAGO DE CHILE, a nueve de Enero del año dos mil trece, a

má, COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público

de la vta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Almada
trescientos cuerenta y uno, cuarto piso, Santiago, compareco dor

JUAN PABLO VILLALTA BRAITHWAITE, chileno, casado, abogado,

de identidad Número diez millones quinientos diecisiete mil ciento
noventa y dos guión siete, domiciliado cn calle Merced núnoro

quinientos veintisiete, ofici

a quinientos uno, comuna de Sani LAGO,

mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula 1 pactiva

y expone: Que debidamente facultado viene en reducir a

púb”. ica parte pertinente del Acta de SESION ORDINARIA DE
DIRECTORIO DE INMOBILIARIA PROHOGAR S.A., que es del siquienteo

tenor: “SESIÓN NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y OCHO SESION ORDINARIA DE

DIRECTORIO DE INMOBILIARIA PROHOGAR S.A. ¡in Santiago, a

Noviembre del año dos mil doce, siendo las quince

sicl Ge la Caja de Compense

o

Araucana ubicadas 1 Cale Huérf

número quinientos volntión,

piso Sexto, se reunió el Directorio de Inmobiliaria Prolioqur

con 105 Directores señores Mauricio Oricans €

Patricio Cofré Cereso

2, Juan Carzos Dux Damianic YO BOUNaro

Krakowlex Saéz. A 2n además cl Gerente General, don Juen Edua:
ranic Salin, quien actuó de secretario, el Gerente de
Administración y Finanzas don Saúl Garrido Daza; .el Gerente de
Wir
. no,

3
Pg

Desarrolio don Gonzalo Riquelme Alvaro y el abogado corporativo don
Juan Pablo Villalta Braithwaite. I. Aprobación Acta Anterior. El
Gerente procede a la lectura del acta de la sesión número ciento
cincuenta y siete del veinticinco de Octubre de dos mil doce, la
que es aprobada por la unanimidad de los señores Directores. IV.

Revocación de Poderes Anteriores y Designación de Nuevos Poderes.

Gerente General Sr. Juan Eduardo Granic presenta a los señores
Directores, una proposición de nuevos poderes generales, los que
considerardo la generación de nuevos negocios y el cambio
permanente de la legislación, dejan a la Inmobiliaria en una mejor
posición para asumir y delegar la responsabilidad en función de
cada Cargo. Para ello, se establecen cuatro categorías de
apoderados: Clase “A”, Clase “B”, Clase “C” y “Clase D”, sin
perjuicio de otros mandatarios especiales que se designen para
negocios particulares. A) Poder Clase “A”, o de los Directores:
Los apoderados de ¡a Clase “A”, actuando conjuntamente dos
cualquiera de ellos, tendrán la representación de la Sociedad, con
Las más amplias atribuciones. Sin que la enumeración sea
restrictiva O limitativa de las facultades otorgadas, se les
confieren las siguientes: un) Comprar, vender, permutar, y en
general adquirir y enejenar a cualquier título, toda clase de
bienes muebles, corporales o incorporales, inciuso acciones, bonos,
debentures, valores mobiliarios, títulos de crédito y efectos
públicos. dos) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y
enajenar toda clase de bienes inmuebles o derechos constituidos
sobre ellos. tres) Dar en prenda muebles, valores mobiliarios,
derechos, acciones, efectos de comercio y demás bienes muebles,
corporales Oo incorporales, sean en prenda civil, comercial,
industrial, agraria, warrants, de cosas muebles vendidas a plazo,
sin desplazamiento u otras prendas especiales, en garantía de

2

2 Sociedad, de

cancelarlas. cuatro) Dar bienes en hipoteca, incluso con cláusula

de garantía generai, para caucionar obligaciones propias

Sociedad, de filiales o de terceros; posponer,

servir hipotecas. cinco) Gravar con derechos de

¿imitación de dominio los bien

o Ccuaiquier xx

Sociedad, y constituir servidumbres, activas y pasivas sobre e] 105,

])sstas de naturaleza legal o volimtaria. seis) Dar y tomar er,

errendarmiento, depós ito, administración o toda

muebles; obtenez

o
y
e
17)
a
a
3

clase

o inmuebles. sicto)

cancelar, y posponer toda ciase

Ge cauciones y garantías constituidas en favor de la sociedad, sea

ue consistan en prendas civiles, mercantiles, bancarias, sir

desplazamiento, agrarias, industriales, warrants y demás prende

especiales; en hipotecas, aún con cláusula de garantía general; en

solidarias; en avales o en cualquier otra especia

fianzas,

de garantía re Oo persona; y concurrir al alzamiento, limita

posposición y cancelación de las cauciones constituidas por

Sociedad en garantía de obligaciones propias, de filiales o de

terceros. ocho) Celebrar contratos de trabajo, individuals

in limi:

tivos, contratar y despedir trabajadores
, a –

Sonicos, ponerles cérm:

profesionales O

mn

de .os mismos y finiquitarios. nuevo) Daz

solicitar lá terminac

en mutuo o depósito; ceder y aceptar cesiones

ito 0 derecnos, rnominativos, a

diez) Celebra;

gerentías reales O perso

mate

strucción o

O especiales, por sdministración oV9 Suma alzada, por

cuenta propia o por mandato de terceros; once) Celebrar contratos
de seguro, de comodato, de depósito, de transporte, de fietamento,
de cambio, de correduría, de comisión, de securitización, de
factoring, de inversión, de futuros, de administración y, en
deneral, toda clase de actos, contratos, convenios y acuerdos,
onerosos o gratuitos, conviniendo en ellos toda clase de pactos y
estipulaciones, sean éstas de la esencia, de la naturaleza O

meramente accidentales, estén o no contempladas especialmente por

leyes, pudiendo convenir y aceptar estimaciones de perjuicios,
cláusuias penales y multas, y pactar prohibiciones, renuncia de
derechos y acciones, indivisibilidad y solidaridad sea activa O
pasiva; doce) Tomar dinero en mutuo y contratar préstamos en
cualquier forma con toda clase de organismos o instituciones de
crédito O de fomento, de derecho público o privado, sea como
crédito en cuenta corriente, créditos simples, créditos
documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en
cuentas especiales, líneas de crédito, préstamos con letras,
pagarés (O cualquier otra forma, con o sin garantía, en moneda
nacional o extranjera, con o sin reajuste, con o sin interés; y
convenir todas las condiciones y cláusulas de los mismos. trece)
Virmar Cartas de Resguardo, Cartas de Compromiso u otros
documentos de responsabilidad de pago de la Sociedad, para la
tramitación de operaciones de financiamiento, refinanciamiento oO
prepago. Catorce) Desahuciar, anular, rescindir, resciliar,
resolver, revocar, terminar y solicitar la terminación de los actos
y contratos que la Sociedad hubiere celebrado. quince) Pedir
rendición de cuentas, aprobarlas u objetarlaes; dieciséis) Pagar,
novar, remitir y extinguir, por cualquier medio gratuito u oneroso,
toda clase de obligaciones de la Sociedad. diecisiete) Cobrar y
percibir cuanto se adeude a la Sociedad, por cualquier motivo oO

4

5 y cancela

de transacción, concil

término a

precaver cuaiquier litigio eventual, aún con respec

Concurrir en la constitu de toda cla

Ge sociedades civiles y comerciales, de capital o de personas, y de

toda ase de personas jurídicas, sean éstas fundaciones,

corporaci

ones, cocpe

vas u Otras, representar a

VOZ. Y voto en fund

ciones,

comunidades,

asociaciones, cuentas en

ñecho u otras, en las que la Sociedad sea a pare o

asistir en su representación a les juntas a

¡onistas, de socios, de comuneros o de asociados ce

cas

tales eniidades sus esta

7

terminación, incluso anticipada, expresar su intenci

prorrogarlas, solicitar su licuidación o partición, participar

dichos jercitar o renunciar a todas las

pro

y, en general,

acciones y

y todas las obligaciones que lo

como socia, accioni

correspondan La, -GPStOr.:,

coman ada, delegada o iquidador de ales

ra, asoc

corporaciones, fundaciones, cooperativas, corunidad

asociaciones y de cualquier otro tipo de entidades u or

en que tenga participación o interés.

te los bancos comerciales,

y estatales, con las más

y Cometeries comisiones

inversión, títulos de deuda y, en general, en toda clase valores
mobiliarios, letras de cambio, efectos de comercio, emisión de
vítulos de deuda de corto o largo plazo, y en cualquier otro

sistema de inversión o ahorro, reajustables o no, en moneda

nacional o extranjera, sea a largo, mediano o corto plazo, a
vista o condicionales, que actualmente existan en el país o puedan
establecerse en el uturo; convenir las condiciones, precios,
intereses, términos y modalidades de las operaciones; firmar todos
os documentos para llevarlos a cabo; y representar a la Sociedad
con derecho a voz y voto y con las más amplias facultades ante las
entidades emisoras O administradoras y en las juntas, asambleas o
comités de tenedores o aportantes. veintidós) Hacer depósitos a la

vista o a plazo en bancos e instituciones financieras, nacionales o

tranjeras, y retirarlos; entregar y retirar valores en custodia,

en garantía o en cobranza; contratar cajas de seguridad y retirar
lo que en ellas se encuentre; tomar boletas de garantía bancarias y
pólizas de seguros de garantía; y efectuar toda clase de
operaciones bancarias. veintitrés) Realizar toda clase de
importaciones y exportaciones y operaciones de cambio
internacional, pudiendo para ello efectuar todas las actuaciones y
suscribir todos los documentos y presentaciones que fueren
necesarias para materializarlas, sin restricción alguna.
veinticuatro) Inscribir la propiedad intelectual y patentar nombres
comerciales, modelos industriales, patentar inventos; deducir

oposiciones, solicitar nulidades, y en general, efectuar todas las

mitaciones y actuaciones que sean procedentes en estas materias.
veinticinco) Representar a la Sociedad con las más amplias

tades y sin ninguna limitación ante el Fisco, ministerios,

servicios públicos, tribunales de justicia, intendencias,
subsecreterías, gobernaciones, municipalidades, superintencencias,

6

i
de previsión, Lcda
Impuestos intornos, a se i

de Fomento de

de Barco Gel Estado de Ct xx,
n de Aduanas, DITEROL, CONAMA,

o empresa, > DIVA, 4 i

Fiscal, semifiscal o autóno a, (a nivel o rogí ,

provincial, municipal o particular, pudiendo formularles toda xx;

de presentaciones, dec! raciones, aún obligatorias, y

las o desistirse de ellas. velntisó

Y retirar toda ciase de corr

teieg

:ctirónica, aún

sepresentar a la Sociedad en todos los juicios o estiones
E J
judiciales de carácter contencioso o voluntario, ante cualquier

tribunal ordi

vario, especial, arbitral, administrativo, aduanero a

de. cualquí

intervenga COmO cd

Pta
UNA,

coadyuvante

EXCIUYenie 1

o de cualquier otra forma; interponer y etercitar

acoiones
acciones,

an ordinarias, ejecutivas, o especiaVnen,

legal o administrativo, de jurisdicción

an

y no contenciosa, o de cuaiquier naturale

juicio, a través de abogados patrocinantes y apoderados

biniz

con las facultades ordinarias y extraordinarias de.

cial, en los términos previstos en el artícu

mandato Judi

o de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse

entablada, contestar demandas, aceptar la demarda

los recursos y términos legales, absolver posi

AmMpromet otorgar a 0s árbitros las facultades de

cobrar, percibir, prorrogar jurisdicción, interye
E 3 z

,
de conciliación o avenimiento, proponer o apro

Vea

convenios extrajudiciales, prejudiciales o simplemente judiciales,
proponer y aceptar modificaciones de los mismos, aceptar
¿venimientos y conceder u otorgar quitas o esperas. veintiocho)
Conferir mandatos especiales, judiciales o extrajudiciales, y
revocarlos; delegar en todo o parte las facultades que se consignan
en las letras precedentes, sin que ello signifique la pérdida de
las mismas y reasumir. B) Poder Clase “B”, o del Gerente General:
l apoderado Clase “B”, actuando individualmente, tendrá, además de
todas las atribuciones de dirección que la los estatutos de la
Sociedad y la ley le confieren al gerente general de sociedades
anónimas, las facultades siguientes: Celebrar contratos de
compraventa de viviendas para darlas en arrendamiento, con promesa
de compraventa y de ahorro metódico, de acuerdo a la ley diecinueve
mil doscientos ochenta y un y sus reglamentos, o que se regulen en
otras normas legales que pudieran derogar o modificar la ley
citada; Comprar, vender, permutar, y en general adquirir y enajenar
a cualquier título, toda clase de bienes muebles, corporales O
incorporales. Operar con amplias facultades dentro del mercado de
capitales pudiendo comprar, vender, negociar e invertir en
cualquier forma en acciones, bonos, debentures, pagarés, cuotas de

fondos de inversión, títulos de deuda y, en general, en toda clase

¿lores mobiliarios, letras de cambio, efectos de comercio, emisión

ulos de deuda de corto o largo plazo, y en cualquier otro

sistema de ¡inversión o ahorro, reajustables c no, en moneda
nacional o extranjera, sea a largo, mediano o corto plazo, a la
vista o condicionales, que actualmente existan en el país o puedan
estaplecerse en el futuro; convenir las condiciones, precios,
intereses, términos y modalidades de las operaciones; firmar todos
los docurentos para llevarlos a cabo; y representar a la Sociedad

con derecho a voz y voto y con las más amplias facultades ante las

8

oras O administradoras y en las

tenedores O aportantes. cuatro)

alviduales y coleclivos, contr

a2bajadores sin taciones, y contratar servi

Ma es

proloss

S, ponerles término o solicitar la torminación de dos

¿quitarlos. cinco) Dar y tomar en arr

sito, administración o concesión toda al

do 5
o inmucbies; vaniva ve

y posponer toda clase de

de la Sociedad, ses

consistar. 3, ban

a

(1

splazamionto,

warrants y demás pre:

especiales; en hipotecas, aún con cláusula de garantí

Fianzas, incluso solidarias; en avales o en cualquier otra especie

de garantí

currir al alzamiento, limitación,

pospos las cáuciones constituidas por ia

Sociedad en

sus obligaciones propias. siete)

contratos do

o de conf

general

cuenta

O por mandato de terceros; ocho) Tomar dinero or

3
E
£
9
< contratar préstamos en cualquier forma con tc o instituciones de crédito o de fomento, de privado, sea como crédito er cuen documenta OS, avances contra en cuentas especia. láíneas de préstamos con lelras, pagarés oO cualquier otra forma, con o air moneda nacional o extranjera, con o sin reajuste, con z
y convenir todas ¿as condiciones A, cláus; de
. 1

mismos. nueve) Celebrar contratos de crédito, de mutuo, de seguro,

de transporte, de fletamento, de Cambio, de

de comisión, de administración, de agencia y, en
jeneral, Celebrar toda clase de actos, contratos, convenios y

onerosos o gratuitos, conviniendo en ellos toda clase de

pactos y estipulaciones, sean estas de la esencia, de la naturaleza
o meramente accidentales, estén o no contempladas especialmente por
las leyes. diez) Firmar Cartas de Resguardo, Cartas de Compromiso u
otros documentos de responsabilidad de pago de la Sociedad, para la
tramitación de operaciones de financiamiento, refinanciamiento oO
prepago. once) Hacer depósitos a la vista o a plazo en bancos e
instituciones financieras, nacionales o extranjeras, y retirarlos;
entregar y retirar valores en custodia, en garantía o en cobranza;
contratar cajas de seguridad y retirar lo que en ellas se
encuentre; tomar boletas de garantía bancarias y contratar pólizas
de seguro de garantía y de crédito; y efectuar toda clase de
operaciones bancarias. doce) Desahuciar, anular, rescindir,
rescillar, resolver, revocar, terminar y solicitar la terminación
de os actos y contratos que la sociedad hubiere celebrado. trece)
Pedir rerdición de cuentas, aprobarlas u objetarlas; convenir y
aceptar estimaciones de perjuicios, cláusulas penales y multas

catorce) ?agar, novar, remitir y extinguir por cualquier medio toda
cíase de obligaciones de la Sociedad. quince) Cobrar y percibir
cuanto se adeude a la Sociedad; aceptar toda clase de cauciones y
garantías en beneficio de ella; firmar recibos, finiquitos y

cancelaciones que procedieren. dieciséis) Representar a la Sociedad

voz y voto en las sociedades, corporaciones, fundaciones,
cooperativas, comunidades, asociaciones, cuentas en participación,
sociedades de hecho u otras, en las que tenga parte o interés;
asistir en su representación a las juntas oO asambleas de

10

acciLonist de socios, de comuneros O de asociados cie talos

¿tar y renunciar a todas las acciones

cciedad le

at tocas las obligaciones que a la S

como socia, accionista, gestora, comanditaria, comuner:a

Liquidadora de lales sociedades, fundaciones,

comunidades, asociaciones u otro tipo de entidad

Representar a la Sociedad ante ios bancos, entidades

y de crédito, sean éstas nacionales o

con 1

dieciocho:
y Operaciones

toda

Ono que

Fuerer, ción iquna.

cinueve) Inscribir o industrial de

nombres comercial petentar invonlos,

an

deducir opos: y Solicitar nulidades, y en general, e

todas las tr ciones y actuaciones que sean procedentes en estas

materias. veinte) Representar a la Sociedad con las más amplias

facultades y sin ninguna limitación ante el Fisco, ministerios,

servicios púbiicos tribunales de Justicia, intendencias,
Gobernaciones, municipalidades, sup -endenc , direccionos,

previsión. Contraloría Cenerai de la

cs Internos, Tesorería General de la

Ge Fomento de la Producción, Banco Central de Ch

Dirección del

Banco del

RES y ante

¿nstitución, empresa, sean púbiicos O privados, de admini:

semífiscal O autónoma, de nivel regional, provin

,
O. particular, pudiendo formmularles toda clase de

Hs

entaciones, declaraciones, aún obligatorias y peticiones,
modificarlas y desistirse de ellas. veintiuno) Firmar recibos y
retirar toda clase de correspondencia epistolar, telegráfica,
magnética o electrónica, aún certificada. veintidós) Celebrar
vontratos de transacción, conciliar O avenir, judicial y
vxtrajudicialmente, para poner término a juicios pendientes O
precaver cualquier litigio eventual, aún con respecto de cosas no
disputadas. veintitrés) Representar a la Sociedad en todos los
juicios 0 gestiones judiciales de carácter contencioso O
voluntario, ante cualquier tribunal ordinario, especial, arbitral,
administrativo, aduanero o de cualquier otra clase, así intervenga
la Corporación como demandante, solicitante, demandada O tercero
coadyuvante, excluyente O independiente o de cualquier otra

especie; ejercitar toda clase de acciones, sean ordinarias,

ejecutivas, o especiales, sean de rango constitucional, legal o
administrativo, de jurisdicción contenciosa y no contenciosa, o de
cualquier naturaleza; actuar en juicio, a través de abogados
patrocinantes y apoderados habilitados, con las facultades
ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, en los términos
previstos en el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil,
pudiendo desistirse de la acción entablada, contestar demandas,
aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos y términos
legales, absolver posiciones, transigir, comprometer, otorgar a los
árbitros las facultades de arbitradores, cobrar, percibir,
prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o
avenimiento, proponer O aprobar convenios extrajudiciales,
prejudiciales O simplemente judiciales, aprobarlos y aceptar sus
modificaciones, aceptar avenimientos, conceder u otorgar quitas o
Osperas. veinticuatro) Conferir mandatos especiales, Judiciales o
extrajudiciales y revocarios; delegar en todo o en parte las

12

que se enan en las

cons

i

sS faculiades precedentes

apode!
Clase “3” se entienden comprendidas las especificadas para los
apoderados de la Ciase “C”. C) Poder Clase YC”, o de los Gerentes

de Área Y Gerentes Regionales: Los apoderados de

ectuerndo individualmente en las respectivas zonas indicada

ión de la Sociedad en

cada uno de ellos, tendrán la representa

todas las materias relacionadas con la organización de demanda

habitacional y la presentación, postulación, selección y NICIÓnN

de Proyectos de acuerdo a Programas de Subsidio

cional,

ente vigentes o que se dispongan en

los reglamentados en el Decreto SUpremo

o Setenta y cuatro, V. y U., de dos mil cinco, sobre

reLo mm

yo on elo De

cuarenta, Y. y U., de dos mil cuatro, sobre aa Sunsidio

que la enumeración sea taxaliva
,

los apoderados de la Clase C, tendrán las facultades y atribuciones

ides de incorporación de xxii

siguien El

al Prog lá. Araucana (uú a Otros 0
atención aque a dad implemente; dos) E die

compra y órdenes de venta de viviendas construidas y convenios de

prestación de servicios habitacionales complementarios a

tres), Suscribir y firmar contratos o convenios de servicios cio

asesoría nabitaciona: o de asesoría con empresas

Operar y alimentar el sistema computacional (RUCAN) habilitada por

los SERVWIU para recibir información de os
postuzantes y su grupo familiar para la preparación de

postulaciones. cinco) Solicitar la incorporación de proyecios al

Banco de para su revisión y aprobación. sels) Suscribir
e
Y 08 antecedentes, documentos, so!
Vio

109)

a,
Von

declaraciones y Compromisos requeridos para la presentación y
calificación de los proyectos, en especial los siguientes: la

declaración de disponibilidad de oficinas e infraestructura para la

ción de público; declaraciones juradas relativas a la Sociedad
y Su personal; declaración de disponibilidad y compromiso de
profesionales para la prestación de los servicios de asistencia
técnica y social; formularios de incorporación del proyecto y de
incorporación de las familias al Banco de Proyectos; formulario del

presupuesto financiado del proyecto; el proyecto de asistencia

y social ofrecida a los postulantes y el presupuesto
financiaco de los servicios; la declaración de compromiso de
ejecutar el proyecto y de cumplir con las obligaciones que se
asumen; y, en general, Cualquier otro antecedente que, de acuerdo a
la reglamentación respectiva, pueda exigir el MINVU o el SERVIU
para esos fines. siete) Solicitar y tramitar ante las entidades y
organismes habilitados las certificaciones de la condición de
discapacitado, indígena, o víctima de prisión política y tortura
respecto de clientes postulantes al subsidio habitacional que
tengan esa condición. ocho) Extender o solicitar y tramitar, según
corresponda, las certificaciones requeridas para la evaluación de
los factores de localización o emplazamiento de los proyectos, de
acuerdo a la Pauta de Evaluación respectiva. nueve) Suscribir y
tirmar, en calidad de EGIS, los contratos de construcción de
viviendas Con empresas constructoras y los grupos organizados,
operarlos y ponerles término. diez) Presentar solicitudes y
declaraciones, formalizar peticiones y gestionarlas en las SERIMI,
¿08 SERVIU, ministerios, municipalidades, direcciones regionales
dei SII y de la Tesorería General de la República, empresas de
servicios concesionados u otros organismos, empresas o entidades
que intervengan en la implementación y operación de programas del

14

subsidio habi vaciona., el desarrol: o, Yo YT an
proyectos de construcción de vivi endas, 0 la adquisición mie
once) Aceptar de

p a! ce os proyectos; la contratación y i 1
obras; el endoso de certificados, a entrega de aho; ,

y aplicación de aportes, ahorros previos y

quier otra finalidad o cometido. doce) Aceptar,

Cartas de renuncia presentada por clientes a proyectos

selecci amitar su

también xxLl de benefi

ciarios subsidiados que sean sustituidos o

uidos por los grupos organizados en conformidad a Sus

estatutos. trece) Realizar gestiones y

de crédito de ciientes para

de financiamiento

2cional comp?

catorce; Cobrar cuanto se adeude a la y recibir o

los documentos de Pago de La entidad pagadora y firmar

cance.ac.ones que procedan; endosar chc S, vale vistas cemás
y 1

certif

valores para su depósito en cobranza en

OOO AS

o títulos de

mar bos y

tolar, telegráfica, qnética a eLoctrónica,

cada. dieciséis) Presentar, en cumpli

a Sociedad y por cuenta de sus

ozorgad

de créditos

do cobro de subsidios, giro de

comp..ementario de pagarés cupones de letras de crédito, de

aportes de terceros y de cualquier otro valor imputado y apiicado

o dei precio de contratos de construcción, o de a

y
2

al p

2

[81]

viviendas, y retirar de las entidades pagadores los documentos

respectivos. Se excluye expresamente la facultad de percibir estos

vaiores. diecisiete) Reducir a escritura pública actas de asambleas

de grupos organizados, permisos de urbanización y de edificación u

otros decumentos que se requiera; solicitar y firmar la

de certificados y documentos en notarías; y
solicitar el archivo de planos, certificados, resoluciones y la

de escrituras en los Conservadores de Bienes Raíces;

dieciocho: Solicitar y tramitar ante las oficinas del Servicio de
Impuestos Internos solicitudes de certificados de avalúo
proporcional de terrenos y de asignación de números de roles de
avalúo individual, pudiendo suscribir y firmar los formularios
respectivas. diecinueve) Delegar en personal de la Sociedad una O
más de las facultades anteriores, o bien en terceros ajenos a ella,
en este último caso, solo para proyectos o negocios particulares.
D) Poder Clase “D”, o de firma de cheques: Los apoderados de la
Clase “D”, actuando de la forma que se indica en su nombramiento,
tencrán las facultades y atribuciones siguientes: Uno) Abrir y
cerrar cuentas corrientes bancarias y mercantiles, de depósito, de
crédito o de ahorro, imponerse de sus movimientos; depositar, girar
y xxsobregirar en ellas; reconocer e impugnar saldos; retirar
libretos de cheques o cheques sueltos; y dos) Girar, revalidar,
endosar, depositar, cobrar, cancelar, dar orden de no pago y
protestar toda clase de cheques; y girar endosar en dominio, cobro
o qarantía, con o sin restricciones, descontar, protestar,
prorrogar, cobrar, cancelar, transferir y disponer en cualquier
forma de letras de cambio, pagarés y demás efectos o títulos
negociables o de comercio, bancarios o mercantiles, sean
nominativos, a la orden o al portador; y ejercitar todos los
derechos y acciones que a la Sociedad le correspondan en relación a

16

ta.es docume s. Luego de un amplio debate, los señores directores
ZAAEASES directores
acuerdan revocar la totalidad de los poderes otorgados con

anterioridad, y aceptan la Propuesta del Sr. Granic, designando los

Siguientes apoderados: Se designan poderados de la Clase “A” a

directores señores: Mauricio Orleans Cuadra, rut mil
mii novecientos treinta quión Oscar Pradorna

millones ciento no

Parricio Cofrá Cerosoli, rut sej

tos setenta y cinco guión ocho: Juan

Carlos Duk Damianic, rut cinco mi ilones trescientos diecinueve má

ochocientos veinte guión uno; y Alvaro Kraxowiak Sáez, rut quince

inientos noventa y Lres

Se des

apoderado de la Clase “B” al Gerente General

Fduardac

anio Saiin, rut seís millones sesenta y siete mil

Cuatrocientos setenta y siete guión nueve. Se designan apoderados

de Clase “Cc” a los Gerentes señores Tobar

Zúñiga, Rut quince millones novecientos sesenta y dos mil
quinientos ochenta guión K, para actuar en ia Décimo Quinta Región

de Arica y i acota; Ciaudia Vilaza Saavedra, Rut trece millones

y cinco mil ochocientos setenta y seis

CO nove

ra actu en la Sexta Región del Libertador Bernardo 0O’

pa

Nelson Font Valenzuela, Rut cinco millones doscientos cincuc

tres mil quinientos cincuenta y ocho guión uno, para actuar en la

ICTava del Bío 3B%o0; Ecmundo ilídelgo Birot, Ruz

co mil cuatrocien:*

venta y Cualro quién

en olé Novena Región de ja

Región de Los Lagos, Décima Cuarta Región de Los Ríos y

segunda Región de Magallanes y Antártica Chilena; y a los señor

Rossana Karapas Améstica, Rut nueve milliones ochocient

tres mil Lrescientos treinta y Ccualro quión K:;;
17

x

Weyanne, Rut catorce millones cuarenta y cuatro mil quinientos

veintiséis guión seis; Saúl Garrido Daza, Rut ocho millones

cecientos cuatro mil setecientos cuarenta y siete guión cuatro; y
sonzalo Riquelme Alvaro, Rut ocho millones doscientos noventa y

ccho mil cuatrocientos noventa y ocho guión cuatro, para actuar en

todas las regiones del país. Se designan apoderados de la Clase
“D” a los señores: Mauricio Orleans Cuadra, rut cinco millones
veintinueve mil novecientos treinta guión nueve; Oscar Pradenas
Villa, rat seis millones ciento noventa y dos mil treinta y uno
guión cinco; Patricio Cofré Ceresoli, rut seis millones trescientos
ochenta y tres mil doscientos setenta y cinco guión ocho; Juan
Carlos Duk Damianic, rut cinco millones trescientos diecinueve mil
ochocientos veinte guión uno; y Alvaro Krakowiak Sáez, rut quince
milliones quinientos noventa y tres mil setenta y siete guión dos,
para que actúe siempre uno cualquiera de ellos en conjunto con

alguno de los señores Juan Eduardo Granic, rut seis millones

v siete mil cuatrocientos setenta y siete guión nueve; Saúl
Sáarrido Daza, rut ocho millones setecientos cuatro mil setecientos
cuarenta y siete guión cuatro; y Gonzalo Riquelme Alvaro, rut ocho
millones doscientos noventa y ocho mil cuarrocientos noventa y ocho

Guión Cuatro. Reducción a escritura pública. El Directorio, también

por unanimidad de los Directores presentes, acordé facultar a los
abogedos Juan Pablo Villalta Braithwaite y Héctor Neira Eid, para
que indistintamente puedan reducir a escritura pública la presente
acta, en todo o en parte, sin esperar su aprobación posterior,
pastando para eilo que el acta esté firmada por dos de los
Vlrectores presentes en esta sesión y el Gerente General. Asimismo,
se facultó a las mismas personas para requerir la inscripción o

anotaciones que procedan de esa escritura pública en el Registro de

Comercio. No habiendo otro punto de tabla ni materia que tratar y

a

8

ón y levantó la

tebla ni materia que Lratar y siendo las died

el señor Orleans declaró terminada la reunión y ler
Hay foimas de don MAURICIO ORLEANS CUADRA; de don PATRICIO COFRE
CERESOLI; de dor JUAN CARLOS DUK DAMIANIC; de don ALVARO KRAKOWIAK

SAEZ y Cde don JUAN EDUARDO GRANIC SALIN.” CONFORME.- En Comprobante

y previa lectura, firma el compareciente.- Se da copia.- Doy To,-

critura se encuentra anotada en el Libro de


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JUAN |PABLI TA BRAITEHWAITE

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Repertorio:
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N* Copias
Derechos

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NOTARIO TITULAR ES
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COSME FERNANDO GOMILA GATICA
NOTARIO PUBLICO

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