Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

INMOBILIARIA FRONTERA COUNTRY CLUB S.A. 2020-08-10 T-18:43

I

HECHO ESENCIAL ¿ yE
INMOBILIARIA FRONTERA COUNTRY CLUB S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO VALORES CMF N? 299

Temuco, 10 de agosto de 2020

Señor

Joaquín Cortez Huerta

Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero
Avda. Liberador Bernardo O”Higgins 1449, piso 9
Santiago

Presente

Ref.: Informa respecto de HECHO
ESENCIAL de Inmobiliaria Frontera

Country Club S.A.

De nuestra consideración:

En virtud de lo dispuesto en los artículos 9? e inciso segundo del artículo 10? de la Ley N*
18.045 sobre Mercado de Valores, debidamente facultado por el Directorio, por medio de la presente
comunico a Ud. el siguiente hecho esencial de Inmobiliaria Frontera Country Club S.A. (la
“Sociedad”):

En sesión extraordinaria celebrada con esta fecha, el Directorio de la Sociedad acordó citar a
junta extraordinaria de accionistas para el día 31 de agosto de 2020 a las 16:00 horas (la “Junta”), en
las oficinas de la Sociedad, ubicadas en calle Claro Solar 4523, Temuco, con el objeto de someter a
su aprobación las siguientes materias:

1. Disolución anticipada de la Sociedad e inicio del proceso de liquidación de la Sociedad.

2. Cambio de nombre o razón social de la Sociedad, incluyendo al final de ésta las palabras “en
liquidación”, de acuerdo a lo requerido en el artículo 109 de la Ley N* 18.046.

3. Designación de una Comisión Liquidadora, número de integrantes que la componen, si éstos
serán remunerados, y, en ese caso, el monto de la remuneración, las facultades con las que
contará, y el establecimiento del procedimiento de liquidación.

4. Aprobación del Estado de Situación Financiera de la Sociedad a la fecha de disolución

anticipada, con indicación del monto total del patrimonio a liquidar.

Otras materias que fueran necesarias para dar cumplimiento a los acuerdos alcanzados.

u

De acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1? del artículo 103 del Reglamento de Sociedades
Anónimas, tendrán derecho a participar en la Junta los titulares de acciones que figuren inscritos en
el Registro de Accionistas de la Sociedad a la medianoche del quinto día hábil anterior a aquel fijado
para la celebración de la Junta.

Los accionistas podrán hacerse representar en la Junta por otra persona, sigmpre que se
otorgue a esta última poder por escrito en cumplimiento de las menciones que se indican en el artículo
111 del Reglamento de Sociedades Anónimas. De acuerdo a lo estipulado en el inciso 1? del artículo
114 del Reglamento de Sociedades Anónimas, la calificación de poderes, si procediere, se efectuará
el mismo día de Junta, al inicio de ésta.

Se deja constancia que, en conformidad a lo establecido en la Norma de Carácter General N?
435 y el Oficio Circular N* 1141, ambos dictados por esta Comisión, el directorio acordó por
unanimidad que en la Junta se permita la participación de los accionistas mediante el uso de medios
tecnológicos que la Sociedad tendrá habilitados, los cuales permitirán la participación y votación a
distancia de los accionistas (garantizándose la simultaneidad y secreto), junto con la acreditación de
la identidad de las personas participantes.

Para la participación a la Junta, la Sociedad utilizará la plataforma Zoom, y el detalle de las
instrucciones para la participación y votación a distancia serán puestas a disposición de los señores
accionistas oportunamente en el sitio web de la Sociedad (www.temucocountry.cl).

Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que, en caso que a la fecha de celebración de la
Junta, las restricciones entonces vigentes sobre el desplazamiento de las personas y la celebración de
reuniones presenciales en Chile o en la Región de La Araucanía, hicieran imposible la celebración de
la misma, la Junta no se celebrará en la oportunidad indicada, sino hasta que dicho impedimento haya
cesado. En tal caso, dicha situación será informada oportunamente esta Comisión, a los señores
accionistas y al público en general mediante hecho esencial, y la Junta se celebrará dentro del plazo
de 30 días contados desde la fecha en que el hecho que impidió la celebración de la misma haya
terminado.

Sin otro particular, le saluda atentamente a usted,

EOI ;
Rodrigo Alonso Bolzoni
Gerente General

Inmobiliaria Frontera Country Club S.A.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=55ca4d8ff30c22aa9d4469ab959ebb72VFdwQmVVMUVRVFJOUkUweFRrUmpNVTEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

Por Hechos Esenciales
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