Santiago, 14 de enero de 2019.-
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
PRESENTE
“HECHO ESENCIAL”
INMOBILIARIA CLUB DE CAMPO S.A.
(Inscripción Registro de Valores N* 271)
REF: Comunica como hecho esencial elección Comisión Liquidadora y modificación
razón social.-
De mi consideración:
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9% e inciso 2% del
artículo 10, ambos de la Ley 18.045 sobre Mercado de Valores, en relación con la Norma
de Carácter General N” 30 de la Comisión para el Mercado Financiero y debidamente
facultado para ello, por la presente informo a usted como hecho esencial respecto de la
sociedad, que en junta extraordinaria de accionistas celebrada con esta misma fecha. se
informó y acordó lo siguiente:
(1) Dio cuenta de la disolución de la sociedad por la llegada de su plazo de duración el día
31 de diciembre de 2018. Asimismo, se dio cuenta que el directorio había dado
cumplimiento a lo que dispone el artículo 108 de la Ley 18.046, en el sentido de consignar
a través de escritura pública de fecha 3 de enero de 2019, otorgada en la Notaria de
Santiago de don Patricio Raby Benavente, que Inmobiliaria Club de Campo S.A. se ha
disuelto por la llegada de su plazo de duración, habiéndose inscrito un extracto de la
escritura citada a fojas 2.165 N” 1.227 del Registro de Comercio del Conservador de
Bienes Raíces, correspondiente al año 2019 y publicado en el Diario Oficial del día 9 de
enero de 2019.
Xx
(1i) Se eligió por aclamación con el voto conforme del 100% de las acciones presentes que
sumaban 332.981 acciones, que representan el 83,24% de la totalidad de las acciones
emitidas con derecho a voto, como miembros de la Comisión Liquidadora, a los señores:
-José Antonio Larraín Hurtado
-Manuel Vial Claro
-Daniel Cox Donoso
La junta otorgó los poderes y facultades pertinentes a la Comisión Liquidadora a objeto
pueda ejercer su función de ejecutar los actos y contratos que tiendan directamente a
practicar la liquidación de la sociedad.
La Comisión Liquidadora durará tres años en sus funciones o hasta el término de la
liquidación si fuere menor.
(ii) Conforme a lo que establece el artículo 109 de la Ley de Sociedades Anónimas, se
acordó por aclamación con el mismo quórum ya señalado, modificar la razón social de la
sociedad, la cual queda como INMOBILIARIA CLUB DE CAMPO S.A. “EN
LIQUIDACIÓN”.
Sin otro particular, saluda atentamente a Ud.
Daniel Cox Donoso — (
Miembro Comisión Liquidadora
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=93ca53abaf7ac181fdf2783ae7a2256fVFdwQmVFOVVRWGhOUkVGM1RtcG5NVTEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108