Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

INMOBILIARIA CLUB DE CAMPO S.A. 2017-09-04 T-14:56

I

Santiago, 4 de septiembre de 2017

Señor

Carlos Pavez Tolosa

Superintendente

Superintendencia de Valores y Seguros
PRESENTE

“HECHO ESENCIAL”

INMOBILIARIA CLUB DE CAMPO S.A.
Gnscripción Registro de Valores N* 271)

REF: Comunica como hecho esencial acuerdos adoptados en junta extraordinaria de
accionistas celebrada el 4 de septiembre de 2017 -, relativos a modificación del plazo de
duración de la sociedad y disminución de capital.-

De nuestra consideración:

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9” e inciso 2? del artículo
10%, ambos de la Ley 18.045, en relación con la Norma de Carácter General N* 30 y
debidamente facultado para ello, por la presente informo a Ud., como Hecho Esencial
respecto de la sociedad y sus valores, los que fueran acordados con esta misma fecha -4 de
septiembre de 2017 – en junta extraordinaria de accionistas:

1) Con el voto conforme del 100% de las acciones presentes que corresponden a un
83,290750 % de las acciones emitidas, suscritas y pagadas de la sociedad, y en
consideración a que a la fecha la sociedad ha enajenado la totalidad de sus activos
inmobiliarios y no pretende continuar con el desarrollo de su giro social y habiendo
por su parte distribuido como dividendos casi la totalidad de los ingresos generados por
esas ventas, y además, habiendo efectuado el reparto de capital que se acordara en junta
extraordinaria de accionistas celebrada el 4 de abril de 2017, más el que se informa a
continuación, se acordó modificar el artículo tercero permanente de los estatutos
sociales relativo al plazo de duración de la sociedad, de manera que ésta tendrá un plazo
de duración que termina el 31 de diciembre de 2018. En virtud de lo anterior se acordó
modificar el artículo tercero permanente de los estatutos sociales relativo al plazo de
duración de la sociedad, como asimismo, el artículo trigésimo tercero permanente,
relativo a las causales que dan lugar a la disolución de la sociedad, incluyendo la causal
por la llegada de su plazo de duración.

2) Con el mismo quórum ya señalado, se acordó disminuir el capital social de $
1.134.771.270.- dividido en 400.000 acciones ordinarias y nominativas de igual valor y
sin valor nominal, íntegramente emitido, suscrito y pagado, a $ 134.771.270.- dividido
en 400.000 acciones ordinarias y nominativas de igual valor y sin valor nominal, esto
es, disminuyendo el capital en la suma de $ 1.000.000.000.-, mediante el reparto o
devolución de dicha suma a los accionistas a prorrata de sus participaciones accionarias
suscritas y pagadas, a razón de $ 2.500.- por acción. El pago del reparto de capital será
oportunamente informado dando cumplimiento a lo que al efecto establecen los artículo
49 y 50 del Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas y ello sin perjuicio además
de la información que corresponde remitir a la Superintendencia de Valores y Seguros
(SVS), conforme a lo que establece la Circular N* 660 de 22 de octubre de 1986 de la
SVS sobre la materia. En virtud del acuerdo de disminución de capital señalado se
acordó modificar el texto del artículo cuarto permanente y primero transitorio de los
estatutos sociales referentes al capital social.

Finalmente, con el reparto de capital señalado, más el que se acordara pagar en junta
extraordinaria de accionistas de abril del presente año, más los dividendos acordados
pagar por las juntas ordinarias y los dividendos provisorios acordados pagar por el
directorio, la sociedad ha repartido prácticamente la totalidad de los ingresos que le
fueran generados en virtud de las venta de sus inmuebles o derechos sobre éstos, sin que
a la fecha tenga más activos por vender, ni tampoco nuevas negociaciones u operaciones
inmobiliarias por desarrollar, en vista de lo cual se propuso y acordó como se ha
señalado modificar su plazo de duración, de manera que la sociedad terminará el 31 de
diciembre de 2018, produciéndose en esa fecha su disolución y procediendo luego su
liquidación, conforme a lo que establece la ley y los estatutos sociales. .
/

Sin otro particular saluda atenfamente a Ud.,

VÍ /
Lil…

Gerente general

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=dadcc7c3dd26754c2f6ca9d644327630VFdwQmVFNTZRVFZOUkVVeFRucG5lVTFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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