Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

INMOBILIARIA CLUB DE CAMPO S.A. 2017-05-04 T-15:48

I

Santiago, 4 de máyo de 2017

Señor

Carlos Pavez Tolosa

Superintendente

Superintendencia de Valores y Seguros
PRESENTE

“HECHO ESENCIAL”

INMOBILIARIA CLUB DE CAMPO S.A.
(Inscripción Registro de Valores N* 271)

REF: Comunica como hecho esencial celebración de compraventa de los derechos de
dominio sobre los inmuebles de Avda. Las Condes de Inmobiliaria Club de Campo
S.A. (Club de Campo) a Inmobiliaria San Damián Norte S.A.-

De nuestra consideración:

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9” e inciso 2” del
artículo 10%, ambos de la Ley 18.045, en relación con la Norma de Carácter General N* 30
y debidamente facultado para ello, y en concordancia con los términos de la aceptación de
la contraoferta que se informara como hecho esencial a esa Superintendencia de Valores y
Seguros (SVS) y bolsas de valores con fecha 21 de octubre de 2016, complementado por
hecho esencial de fecha 2 de noviembre de 2016, por la presente informo a Ud., como
– Hecho Esencial respecto de la sociedad y sus negocios, lo que se informara en sesión de
directorio de fecha 4 de mayo de 2017:

1) Por escritura pública de fecha 24 de abril 2017, otorgada ante el Notario Público de
Santiago don Patricio Zaldívar Mackenna, Club de Campo vendió, cedió y transfirió a
Inmobiliaria San Damián Norte S.A.: (i) la totalidad de los derechos de dominio: que
tenía sobre los inmuebles de Avenida Las Condes N* 12.150 y 12.180, de la Comuna
de Vitacura, que correspondían al 50% del dominio de dicha propiedad; y ii) la
totalidad de los derechos de dominio que tenía sobre la faja de terreno, ubicada en
frente de todo el deslinde norte de los inmueble referidos en el numeral i), que tiene una
superficie de 4.167,47, que correspondían al 50% del dominio de dicha faja de terreno.

En concordancia con lo informado en hecho esencial de fecha 21 de octubre de 2016,
complementado por hecho esencial de fecha 2 de noviembre de 2016, se hace presente
. que dentro de los términos acordados en la oferta, los oferentes originales -Inmobiliaria

e Inversiones Dacna Limitada, Inversiones A4 limitada e Inversiones Sodisa Limitada -,
materializaron la compra de los derechos ofertada a través de la sociedad Inmobiliaria
San Damián Norte S.A., conforme se informa,

2) El precio de venta de los derechos señalados ascendió a 925.000 Unidades de
Fomento, equivalentes a la fecha de la compraventa a $ 24.549.703.500.- que la
compradora -Inmobiliaria San Damián Norte S.A.- pagó y se obligó a pagar a la
vendedora – Club de Campo – de la siguiente forma:

3) Con la suma $ 12.274,851.750:- xxequivalentes a 462. 500 Unidades de Fomento que
correspondió al 50% del precio de la compraventa, que la compradora -Inmobiliaria
San Damián Alto S.A. – pagó de contado en dinero efectivo a Club de Campo junto
con la celebración de la compraventa ya singularizada; y

3i) El otro 50% del precio de la compraventa ascendente a 462.500 Unidades de
Fomento más el interés 3% anual, que se devenga desde el 1 de abril de 2017 hasta el
día efectivo de su pago, que se pagará de contado: (a) inmediatamente y a más tardar
dentro de tercero día de aprobádo por la Secretaria Ministerial de Transportes y
Telecomunicaciones, el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano
(EISTU) correspondiente al proyecto inmobiliario que se pretende desarrollar en los
– inmueble objeto de la compraventa que se informa; o (b) dentro del plazo máximo que
* vence el 20 de diciembre de 2017. En caso de mora o simple retardo en el pago del
saldo de precio, la suma adeudada devengará el interés máximo convencional para:
operaciones de crédito: de dinero reajustables desde la mora o simple retardo hasta la
fecha de su pago efectivo.

3) A objeto de garantizar el pago íntegro y oportuno del saldo de precio la compraventa,
referido en el literal ii) del numeral 2) precedente, la compradora – Inmobiliaria San
Damián Norte S.A., constituyó hipoteca sobre los defechos adquiridos en virtud de la
compraventa.

Gerente general

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=1ba8db1cbc06979a54af71d66427c529VFdwQmVFNTZRVEZOUkVFMFRWUnJNRTEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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