HECHO ESENCIAL
Inmobiliaria Apoquindo S.A.
Inscripción Registro de Valores N*1.175
Santiago, 30 de septiembre de 2020
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Av. Libertador Bernardo O”Higgins 1449
PRESENTE
Ref.: Hecho Esencial – Oferta rescate bonos
De mi consideración:
De acuerdo a lo establecido en el artículo 9” e inciso segundo del artículo 10? de la Ley N*
18.045 y en la Norma de Carácter General N* 30, y debidamente facultado para ello, informo a ustedes
el siguiente hecho esencial respecto de Inmobiliaria Apoquindo S.A. (la “Sociedad”), y sus negocios:
Tal como se informó en el hecho esencial de fecha 6 de agosto de 2020, la Sociedad acordó
refinanciar los bonos colocados el 4 de enero de 2020 (los “Bonos”), mediante la celebración de una
operación de leaseback sobre sus inmuebles, sujeta al cumplimiento de ciertas condiciones
suspensivas.
Habiéndose cumplido las referidas condiciones suspensivas, la Sociedad inició, mediante
aviso publicado el día de hoy en el diario El Libero, una opción de rescate anticipado voluntario de
los Bonos de conformidad con el artículo 130 de la Ley 18.045 (la “Opción de Rescate”). Se adjunta
a la presente una copia de dicho aviso.
En consecuencia, en caso de que se cumplan las condiciones mencionadas en la Opción de
Rescate y de conformidad con los términos ahí mencionados, los Bonos se rescatarán el día 1 de
octubre de 2020.
Sin otro particular y quedando a disposición de la Comisión para el Mercado Financiero para
cualquier consulta que estime oportuna, lo saluda atentamente,
ES
Jorge Vergara Correa
Gerente General
Inmobiliaria Apoquindo S.A.
INMOBILIARIA APOQUINDO S.A.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VALORES N’ 1.175
OPCIÓN DE RESCATE ANTICIPADO VOLUNTARIO DE BONOS SERIE A
Inmobiliaria Apoquindo S.A. (“Inmobiliaria Apoquindo”), sociedad anónima cerrada, Rol Único
Tributario N* 76.954.619-7, inscrita en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado
Financiero bajo el N” 1.175, domiciliada en calle Magdalena 140, piso 22, comuna de Las Condes,
Santiago, informa al tenedor de sus Bonos Serie A, (en adelante, los “Bonos Serie A”), emitidos con
cargo a la línea de bonos inscrita en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero
(“CMFE”) con fecha 29 de enero de 2020 bajo el N* 997 (la “Línea de Bonos”), que ofrece al tenedor
de los Bonos Series A una opción de rescate anticipado voluntario de la totalidad de los Bonos Serie
A actualmente en circulación en los términos a que se refiere este aviso y conforme a lo dispuesto en
el artículo 130 de la Ley N*18.045, Ley de Mercado de Valores (la “Opción de Rescate”).
El rescate anticipado voluntario de los Bonos Serie A se realizará de acuerdo a los términos y
condiciones que se indican a continuación:
1) La Opción de Rescate se concede en idénticas condiciones por la totalidad de los Bonos Serie A
actualmente en circulación. Si el tenedor de los Bonos Serie A voluntariamente quiere participar
en el rescate anticipado voluntario, deberá entregar para el rescate la totalidad de sus bonos y no
parte de ellos.
2) El rescate de los Bonos Serie A voluntariamente entregados para rescate anticipado, se efectuará
el día 1 de octubre de 2020 (la “Fecha de Rescate”).
3) Los Bonos Serie A se rescatarán a un precio de 500 Unidades de Fomento cada uno, esto es, a su
capital nominal. Dicho valor no devengará intereses.
4) El rescate anticipado voluntario de los Bonos Serie A está sujeto al cumplimiento de las siguientes
condiciones copulativas de éxito:
Que los Bonos Serie A que sean voluntariamente rescatados en virtud de esta Opción de Rescate
se encuentren libres de cualquier gravamen, prohibición, embargo, litigio, medida precautoria,
condición suspensiva o resolutoria, derecho preferente de tercero, derecho real o personal a favor
de tercero, y en general, de cualquier otra circunstancia que impida o limite su libre cesión o
transferencia, lo que se acreditará con la presentación de un certificado de posiciones de los Bonos
Serie A y que acredite que los mismos se encuentran disponibles (por oposición a bloqueados);
Que expirado el plazo de vigencia de esta Opción de Rescate señalado en el número 5) siguiente,
se hayan recibido aceptaciones de rescate por la totalidad de los Bonos Serie A en circulación;
Las condiciones antes señaladas se establecen en beneficio exclusivo de Inmobiliaria Apoquindo,
y en consecuencia, podrán ser renunciadas por ella hasta la fecha en que debiera declararse exitosa
la Opción de Rescate.
5) Si el tenedor de Bonos Serie A voluntariamente desea entregar sus bonos para rescate
anticipado, deberá comunicar su aceptación a la Opción de Rescate a través de una comunicación
escrita que deberá ser presentada a más tardar a las 12:00 horas del día 1 de octubre de 2020,
época en la cual la aceptación se hará irrevocable, en las oficinas de Inmobiliaria Apoquindo, en
Magdalena 140, piso 22, Las Condes, Santiago o a través de correo electrónico a
contacto Otoesca.cl (la “Carta de Aceptación”), la que al menos deberá acompañar el certificado
de posiciones antes referido.
6) Mediante envío de un correo electrónico a la dirección que el tenedor de los Bonos Serie A
deberá designar en la Carta de Aceptación, se informará a más tardar el día 1 de octubre de 2020
a las 13:00 horas, si se han cumplido o no las condiciones de éxito a que se refiere el número 4)
anterior o la renuncia a las mismas, en el evento que no se hayan cumplido e Inmobiliaria
Apoquindo quisiera llevar a cabo el rescate de todos modos.
Gerente General
INMOBILIARIA APOQUINDO S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=f154b0815574d8080a6bedfa3749381aVFdwQmVVMUVRVFZOUkZGNFRucEpNMDVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108