Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

INDEPENDENCIA INTERNACIONAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. 2018-02-28 T-13:33

I

HECHO ESENCIAL

INDEPENDENCIA INTERNACIONAL
ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS 5.A.

Santiago, 28 de febrero de 2018

Señores
Comisión para el Mercado Financiero
PRESENTE

De mi consideración:

Por la presente, y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 18 de
la Ley N* 20.712 sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras individuales, y el
artículo 9? y el inciso segundo del artículo 10% de la Ley N* 18,045 sobre Mercado de
Valores, encontrándome debidamente facultado, por la presente comunico a usted la
siguiente información en carácter de Hecho Esencial respecto de Independencia
Internacional Administradora General de Fondos S.A. (la “Sociedad”):

De conformidad con lo establecido en la letra b) del inciso segundo
del artículo 147 de la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas, el directorio de
Independencia Internacional Administradora General de Fondos S.A., en su sesión
celebrada el día 27 de febrero de 2018, acordó fijar y aprobar, la Política General de
Habitualidad para Operaciones Ordinarias del Giro Social con Partes Relacionadas,
quedando ésta en los términos contenidos en el documento que se adjunta.

Se deja constancia que la referida política queda a disposición de los
accionistas en las oficinas sociales y se mantendrá publicada en el sitio de internet de la
Sociedad.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente,

tm

Ignacio Ossandon Ross
Gerente General
Independencia Internacional
Administradora General de Fondos S.A.

c.c.: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores

INDEPENDENCIA INTERNACIONAL
Administradora General de Fondos $.A.

POLITICA GENERAL DE HABITUALIDAD PARA OPERACIONES ORDINARIAS DEL GIRO SOCIAL CON
PARTES RELACIONADAS

Il. OBJETIVO Y ALCANCES DE LA POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD.

La presente Política General de Habitualidad tiene por objeto determinar las operaciones habituales
de Independencia Internacional Administradora General del Fondos S.A. (en adelante la “Sociedad”)
y los Fondos de Inversión que administra que, siendo ordinarias en consideración a su giro social,
podrán efectuarse, ejecutarse y/o celebrarse con partes relacionadas (las “Operaciones
Habituales”), sin necesidad de cumplir con los requisitos, formalidades y procedimientos que se
establecen en los numerales 1) al 7) del inciso primero del artículo 147 de la Ley, en la medida que
dichas operaciones tengan por objeto contribuir al interés social y se ajusten en precio, términos y
condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su celebración.

II. GIRO DE LA SOCIEDAD.

Para los efectos de la presente Política General de Habitualidad, se deja constancia que el objeto
exclusivo de la Sociedad es la administración de recursos de terceros, y las demás actividades
complementarias autorizadas por la Comisión para el Mercado Financiero.

lll. POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD.

Las operaciones ordinarias habituales podrán ejecutarse con partes relacionadas en los términos
del inciso segundo del artículo 147 de la Ley, en la medida que dichas operaciones tengan por objeto
contribuir al interés social y se ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan
en el mercado al tiempo de su aprobación.

Entre las operaciones ordinarias del giro de la Sociedad que, por cuenta propia y/o ajena ésta realiza
habitualmente, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, sino meramente referencia, se
encuentran especialmente las siguientes:

1) La administración de los fondos que conforme a su objeto social la Sociedad pueda administrar
(en adelante los “Fondos”).

2) La distribución de cuotas de fondos de terceros.

3) La prestación de asesoría de inversión.

4) Administrar vehículos extranjeros de inversión colectiva.

5) La compra y venta de activos por y para la Sociedad y/o los Fondos, la ejecución realización y
celebración de todo tipo de operaciones financieras, actos y contratos autorizados en relación
a los activos de la Sociedad y/o a los recursos de las carteras de los Fondos.

6) La contratación de servicios de administración de recursos de las carteras de los Fondos.

7) La contratación de servicios para la comercialización y distribución de productos y para la
colocación de cuotas de los Fondos, así como la contratación de agentes colocadores.

8) La contratación de servicios de intermediación de valores de oferta pública.

9) La contratación de servicios de custodia, de cobranza y otros similares, respecto a todo tipo de
valores.

10) Comercializar los sistemas que desarrollen para su gestión.

11)

12)

13)

14)

15)

16)
17)
18)

Iv.

La constitución y participación en la propiedad de entidades que provean a la administradora
de servicios para el ejercicio de su giro o las actividades complementarias autorizadas por la
normativa, o entidades a través de las que se realizará esas actividades.

La prestación de asesorías, consultorías, y otros servicios relacionados con la formación,
desarrollo y funcionamiento de fondos o sus administradoras.

La contratación y prestación de servicios y de asesorías en materias administrativas, contables,
financieras, tributarias, legales, de auditoría, informáticas, de estudio, de marketing, de
publicidad; la contratación de servicios de procesamiento y administración de datos y de
asesoría en gestión, la contratación de servicios de selección, contratación y capacitación del
personal de la Sociedad; y, en general, la contratación de cualquier servicio de back office.

La contratación de todo tipo de seguros para la Sociedad y/o para los Fondos, así como su
corretaje.

La celebración de contratos de mandato y encargo, ya sea con Bancos, intermediarios de
valores y/o entidades financieras, de custodia o de cualquier otra naturaleza, en Chile o en el
extranjero.

La realización de toda clase de operaciones financieras y cuenta corriente.

La compra de bienes e insumos necesarios para el desarrollo de las actividades de la Sociedad.
La celebración de contratos de arrendamiento de bienes muebles y/o inmuebles necesarios
para el desarrollo de las actividades de la Sociedad.

PUBLICIDAD.

La presente Política General de Habitualidad de la Sociedad quedará a disposición de los accionistas
de la Sociedad en las oficinas sociales y se publicará en el sitio web www.independencia-sa.cl.

v.

VIGENCIA.

La presente Política General de Habitualidad entró en vigencia a contar del 28 de febrero de 2018 y
se mantendrá vigente mientras el Directorio de la Sociedad no acuerde su modificación en
conformidad a la Ley.

VI. CONTROL DE MODIFICACIONES.
Nombre Política de Habitualidad
Fecha de Creación Febrero 2018

Fecha de Modificación –

Elaborado por Área Legal, Equipo Comercial y Área de Contabilidad

Revisado por Gerente General

Aprobador por Directorio en sesión de fecha 27 de febrero de 2018

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=99b90f319178d1529ea43023ce5c1972VFdwQmVFOUVRWGxOUkVGNlRsUnJNMDFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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