Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

ILC: INVERSIONES LA CONSTRUCCION S.A. 2015-11-05 T-19:39

I

HECHO ESENCIAL

INVERSIONES LA CONSTRUCCIÓN S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE VALORES Nº 1081

Santiago, 5 de Noviembre de 2015

Señor Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente

Ref.: Divulga como Hecho Esencial la comunicación Reservada enviada a la Superintendencia el 03.11.15.-

De nuestra consideración:

Para los efectos de lo previsto en el artículo 10% de la Ley Nº 18.045 y estando debidamente facultado por el Directorio al efecto, por la presente comunico a Ud., en carácter de hecho esencial respecto de INVERSIONES LA CONSTRUCCIÓN S.A. (en adelante también “ILC” o la “Sociedad”), de sus negocios, de sus valores de oferta pública o de la oferta de ellos, lo siguiente:

El Directorio de la Sociedad, en sesión extraordinaria celebrada el día de hoy, ha acordado hacer público el Hecho Esencial Reservado que presentó a esa Superintendencia el día 3 de noviembre en curso, cuya copia se acompaña a la presente. Lo anterior, dado que en la edición de esta fecha del diario “El Mercurio” se informó respecto de la existencia y contenido del referido Hecho Esencial Reservado.

Hacemos presente que esta situación constituye una filtración de una información cuya reserva y confidencialidad había sido decidida por el Directorio de INVERSIONES LA CONSTRUCCIÓN S.A. en consideración a que su divulgación pública podía afectar el interés social y perjudicar tanto a la Sociedad como a sus accionistas, para cuyo efecto se cumplió con todos los requisitos establecidos para que se conservara dicha confidencialidad. En razón de lo anterior, la Sociedad está adoptando las medidas pertinentes para determinar el origen de la filtración de nuestro comunicado, dada la gravedad que representa esta situación.

Por último, cabe señalar que por Oficio Reservado Nº 2684 de esta fecha, esa Superintendencia solicitó a la Sociedad divulgar al público el referido Hecho Esencial Reservado, dada la filtración que hubo del mismo a la prensa, de modo que, además, con la presente se cumple con lo allí solicitado.

Sin otro particular, se despide atentamente,

Inversiones La Construcción S.A.

HECHO ESENCIAL RESERVADO

INVERSIONES LA CONSTRUCCIÓN S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE VALORES Nº 1081

Santiago, 3 de Noviembre de 2015

Señor Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente

Ref.: Informa hechos reservados que indica.-

De nuestra consideración:

Para los efectos de lo previsto en el artículo 10% de la Ley Nº 18.045 y estando debidamente facultado por el Directorio al efecto, por la presente comunico a Ud., en carácter de hecho esencial reservado respecto de INVERSIONES LA CONSTRUCCIÓN S.A. (en adelante también “ILC” o la “Sociedad”), de sus negocios, de sus valores de oferta pública o de la oferta de ellos, lo siguiente:

Con fecha 2 de Noviembre de 2015 hemos recibido de la Superintendencia de Pensiones su Oficio Ordinario Nº 25.282 de esa misma fecha, mediante el cual dicho Organismo nos manifiesta en forma concluyente que no acepta la estructura prevista en el Contrato Maestro de Transacción celebrado entre la Sociedad y PRUDENTIAL FINANCIAL INC. (en adelante “PRUDENTIAL”) para materializar la asociación que permita el ingreso de esta última en la propiedad de nuestra filial ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES HABITAT SA. (en adelante “HABITAT”). Esta operación había sido informada a esa Superintendencia mediante el hecho esencial de fecha 28 de Octubre de 2014, complementado por el hecho esencial de fecha 8 de Noviembre del mismo año.

Cabe señalar que la estructura prevista en el Contrato Maestro de Transacción y que se propuso a la Superintendencia de Pensiones está elaborada y contiene parámetros que -a nuestro juicio- son similares a los utilizados en otras operaciones de adquisición de administradoras de fondos de pensiones efectuadas con anterioridad, las cuales fueron debidamente autorizadas la Superintendencia de Pensiones en su oportunidad.

De conformidad a las estipulaciones del Contrato Maestro de Transacción, el plazo para la obtención de la autorización por parte de la Superintendencia de Pensiones vence el próximo 20 de Noviembre en curso. Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad, en conjunto con PRUDENTIAL, se encuentra revisando en detalle los reparos formulados por la Superintendencia en el referido oficio, a efectos de solicitar la reconsideración del mismo dado los beneficios que presenta la estructura propuesta y al hecho que ella se ajusta plenamente a los requerimientos legales.- Sin embargo, en caso que esa Superintendencia decida mantener su interpretación, ILC y PRUDENTIAL se verían en la necesidad de buscar una nueva estructura para llevar a cabo la Operación, lo cual, en caso de que se llegare a un acuerdo, significará que los plazos originalmente proyectados para la concreción de la referida Operación no puedan ser cumplidos. Con todo, en este nuevo escenario y según estaba previsto en el Contrato Maestro de Transacción, en caso que no sea posible lograr un acuerdo respecto de una nueva estructura para materializar la Operación, las partes podrían optar por dejar sin efecto los acuerdos alcanzados hasta esta fecha en relación a la mencionada Operación.

Se hace presente que el Directorio de la Sociedad, en su sesión extraordinaria celebrada con esta fecha, a fin de no perjudicar el interés social, dispuso que la presente comunicación se mantuviera en calidad de reservada hasta la fecha en que exista certeza que la postura de la Superintendencia de Pensiones es definitiva y que, por lo tanto, ILC y PRUDENTIAL se vean en la necesidad de buscar una nueva estructura para llevar a cabo la operación, informando al mercado el acuerdo que logre o, en su defecto, las partes se desistan de la Operación. Estimamos que ello debiera ocurrir antes del 20 de Noviembre en curso.- La reserva se justifica en atención a que la divulgación pública de esta información, antes que se resuelva la reconsideración que se solicitará a la Superintendencia de Pensiones, podría comprometer las posibilidades de llevar a cabo la Operación y afectar, en consecuencia, el interés de la Sociedad y de nuestros accionistas.

Están en conocimiento de la información contenida en la presente, los miembros del Directorio de la Sociedad y de su administración superior, sus asesores jurídicos Prieto y Cía., además de PRUDENTIAL y sus asesores, los cuales se encuentran sujetos a un acuerdo de confidencialidad al respecto.

Concurrieron al acuerdo los directores señores Jorge Mas F., Daniel Hurtado P., Patricio Bustamante P., Lorenzo Constans G., Gastón Escala A., Alberto Etchegaray A. y Sergio Torretti C., los que facultaron al suscrito para

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=609df0506fe6a1ef1c1e8a20e56a43c7VFdwQmVFNVVSWGhOUkVWNlRrUmpNVTFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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