Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

HORTIFRUT S.A. 2012-03-01 T-12:25

H

da

ro:

HORTIFRUT

DERMIES POR TIL MBALO EVERY DA?

Señor

HECHO ESENCIAL
Hortifrut S.A.
Inscripción Registro de Entidades Informantes 181

Santiago, 01 de Marzo de 2012

Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente

Señor

Ref: Citación a Junta Extraordinaria de
Accionistas

Superintendente:

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9” e inciso segundo del artículo
10%, ambos de la Ley 18.045, en relación con la Norma de Carácter General N*
284, Sección 2.2, de la Superintendencia de Valores, estando debidamente
facultado al efecto, por medio de la presente venimos a informar el siguiente

hecho

esencial.

El directorio de Hortifrut S.A., en sesión de fecha 29 de Febrero de 2012 acordó

citar a
las 11

Junta Extraordinaria de Accionistas para el día 15 de marzo de 2012, a

.30 horas, a celebrarse en en las oficinas de la Sociedad ubicadas en

Avenida del Cóndor No. 600, Piso 4, comuna de Huechuraba, Santiago, con el
propósito de someter a su consideración las siguientes materias:

1.

Deslistar a la Sociedad del Registro Especial de Entidades Informantes

que lleva la Superintendencia de Valores y Seguros de conformidad al

artículo 7 de la Ley N” 18.045 sobre Mercado de Valores y la Norma de

Carácter General N” 284 de esa misma Superintendencia;

Aumentar el número de acciones en que se divide el capital de la
Sociedad, multiplicando el actual número de acciones por 15, todo ello
sin modificar el monto del capital actual, efectivamente suscrito y
pagado;

Aumentar el capital de la Sociedad en un monto de USD75 millones o en
el monto que determine la Junta, mediante la emisión de nuevas
acciones de pago;

Acordar que la Sociedad se sujete a las normas que rigen a las
sociedades anónimas abiertas.

Ma

E |

HORTIFRUT

DORMEE POR TIL WBALO EVERY DA?

Superintendencia de Valores y Seguros y, asimismo, en una o más
Bolsas de Valores autorizadas del país, con el objeto que las acciones
de la Sociedad, incluyendo aquellas que corresponda emitir con cargo
al aumento de capital, sean transadas en los “Mercado para Empresas
Emergentes” que regulan las Bolsas de Valores, de conformidad a lo
dispuesto en el inciso segundo del artículo 8 de la Ley 18.045 de
Mercado de Valores y en la Norma de Carácter General N” 118 de la
Superintendencia de Valores y Seguros.

Acordar que una vez que la Sociedad haya colocado las nuevas
acciones de pago, ésta no cancelará su inscripción en el Registro de
Valores por el plazo de 3 años contados desde la fecha en que tales
acciones hayan sido colocadas en el público. Lo anterior, no obstante
que la Sociedad reúna los requisitos que exige la ley para proceder en
ese sentido.

Modificar los estatutos sociales con el objeto de ajustarlos a los
acuerdos que adopte la Junta de Accionistas y en todas aquellas otras
materias que sea necesario para adecuarlos al cumplimiento de las
normas establecidas en la Ley N” 18.045 de Mercado de Valores, en la
Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas y en la demás normativa
dictada por la Superintendencia de Valores y Seguros aplicable a la
Sociedad. En particular, modificar los estatutos en lo relativo al
aumento de capital de la Sociedad propuesto;

Fijar un nuevo texto refundido de los estatutos sociales que reemplace
íntegramente al texto actualmente vigente;

Designar el periódico en el cual se publicarán todos los avisos que la
Sociedad deba efectuar conforme las disposiciones de la Ley N*
18.045 de Mercado de Valores y de la Ley N”18.046 sobre Sociedades
Anónimas, con excepción de la publicación de sus estados financieros;

10.Adoptar todos los acuerdos y otorgar los poderes y facultades a

ejecutivos y abogados de la Sociedad que la Junta de Accionista
estime necesarios y conducentes para formalizar, perfeccionar,
legalizar y llevar adelante los acuerdos y resoluciones que adopte; y

11.Dar cuenta de los acuerdos relativos a las operaciones con partes

relacionadas a que se refiere el Título XVI de la Ley N* 18.046 sobre
Sociedades Anónimas.

Atendido a que se encuentra asegurada la comparecencia de la totalidad de las
acciones emitidas con derecho a voto, no se practicarán las formalidades de
citación.

Sin otro particular, atentamente “>
SN

Nicolá pr
ns General”
cr Hortifrut SA.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=07a77a7ddf792a8fcd8cfa9bd601c98dVFdwQmVFMXFRWHBOUkVGNVQwUm5lRTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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