AAA – Santiago, 27 de septiembre de 2023.
HECHO ESENCIAL HIPOTECARIA SECURITY S.A.
Señora
Solange Bernstein J.
Presidente del Consejo
Comisión para el Mercado Financiero Presente
De nuestra consideración,
De acuerdo a lo dispuesto en el número 3) de la letra n) del número 3) del acápite II referente al Registro y Operación de los Agentes Administradores de Mutuos Hipotecarios Endosables de la Norma de Carácter General N° 136 de esa Comisión, y debidamente facultado al efecto, me dirijo a Ud. con el objeto de comunicarle el siguiente Hecho Esencial respecto de Hipotecaria Security S.A. (la “Sociedad”), lo siguiente:
Con fecha 25 de septiembre de 2023, en junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad se reformaron los estatutos, reemplazándose el artículo cuarto por el siguiente:
“Artículo Cuarto: La sociedad tendrá como objeto otorgar y administrar mutuos hipotecarios endosables, sin perjuicio de desarrollar otras actividades afines o complementarias con su giro, de acuerdo con las normas legales y administrativas que la rijan. Podrá además administrar contratos de leasing inmobiliarios, y contratos de arriendo de viviendas con promesa de compraventa de la Ley N° 19.281. También podrá constituir y formar parte de sociedades inmobiliarias a que se refiere la Ley 19.281, y de sociedades securitizadoras de que trata el Título Décimo Octavo de la Ley dieciocho mil cuarenta y cinco, sobre Mercado de Valores. Para el cumplimiento del objeto social la sociedad podrá ejecutar toda clase de actos de comercio y actividades que se relacionen con su giro.-“.
Por último, la junta resolvió fijar un texto refundido de los estatutos sociales.
Agradeceremos tener por presentada esta información, y dar por cumplidas las normas legales y reglamentarias que obligan a Hipotecaria Security S.A. a proporcionarla.
Saluda muy atentamente a usted,
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=22e55932e21487952adbb96b17eb14fbVFdwQmVVMTZRVFZOUkZGM1QxUkZORTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1695849602