Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

HIPOTECARIA CONCRECES S.A. 2021-06-25 T-16:15

H

Notario La Serena Ruben Reinoso Herrera

Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e íntegra de
REDUCCION A ESCRITURA PUBLICA ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS “HIPOTECARIA CONCRECES S.A.” otorgado el 30 de 04 de

2021 reproducido en las siguientes páginas.

Repertorio N*: 4029 – 2021.-
La Serena, 13 de Mayo de 2021.-

an Emito el presente documento con firma electrónica avanzada (ley No19.799, de
2002), conforme al procedimiento establecido por Auto Acordado de 13/10/2006 de la

N? Certificado: 123456888813.- Excma. Corte Suprema.-
www.fojas.cl Certificado N* 123456888813.- Verifique validez en www.fojas.cl.-
CUR N*: FO98-123456888813.-

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REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS SEGUNDO BIMESTRE 2021
REPERTORIO N*4029-2021.-

REDUCCION A ESCRITURA PUBLICA
ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
“HIPOTECARIA CONCRECES S.A.”

En LA SERENA, REPUBLICA DE CHILE a treinta de abril del año
dos mil veintiuno, ante mí, RUBEN REINOSO HERRERA, abogado,
Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de La Serena, con oficio
en Cordovez número cuatrocientos cinco, comparecen: don
ALEJANDRO ENRIQUE GASTÓN DE IRIARTE LEIVA, chileno,
soltero, abogado, cédula nacional de identidad quince millones
ochocientos treinta y tres mil novecientos veintiocho guión cinco,
domiciliado para estos efectos en San Antonio número trescientos
ochenta y siete, oficina cuatrocientos seis Santiago y de paso por
esta; el compareciente mayor de edad, quién me acredita su
identidad con la cédula respectiva y expone: Que debidamente
facultado, viene en reducir a escritura pública el ACTA JUNTA
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “HIPOTECARIA CONCRECES
S.A.”, que es del tenor siguiente: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS “HIPOTECARIA CONCRECES S.A.” En la Serena
a treinta de Abril del año dos mil veintiuno siendo las diez horas, en
Manuel Antonio Matta doscientos veintiuno, comuna de La Serena,
con la asistencia de doña María Alejandra Mas Valdés quien
concurre en representación de “SERVICIOS FINANCIEROS
CONCRECES S.A.”, y de “INVERSIONES SAN CARLOS LIMITADA”

y
de don Daniel Sebastián Mas Valdés quien

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representación “INVERSIONES ECOMAC TRES SpA.”, se celebró
Junta Extraordinaria de accionistas de “HIPOTECARIA CONCRECES
S.A.”. Preside la asamblea don Daniel Sebastián Mas Valdés Actúa
como secretario por acuerdo de los accionistas doña María Alejandra
Mas Valdés. Los concurrentes convienen en dejar establecido lo
siguiente: I.- ACCIONES PRESENTES: A la junta asisten
representadas la totalidad de las novecientas cuarenta mil setenta
y ocho acciones de la sociedad, conforme al Registro de
Accionistas, cuyos titulares son: a).- “Servicios Financieros
Concreces S.A.”, titular de novecientas veintiuno mil doscientas
setenta y siete acciones equivalentes al noventa y ocho por ciento
del total de las acciones emitidas b).- “Inversiones San Carlos
Limitada” titular de catorce mil cuatrocientas setenta y siete
acciones equivalentes al uno coma cincuenta y cuatro por ciento del
total de las acciones emitidas c.)- “Inversiones Ecomac Tres SpA.”
titular de cuatro mil trescientas veinticuatro acciones equivalentes
al cero coma cuarenta y seis por ciento del total de las acciones
emitidas. 1.- CUMPLIMIENTO DE FORMALIDADES PREVIAS Y
TRÁMITES PARA LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA. Uno.- La Junta
fue auto convocada, conforme lo permite el artículo sesenta de la
Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades
Anónimas, por lo cual se omitió la publicación de avisos de citación
y otras formas de comunicación por existir plena seguridad de que
asistirían a esta asamblea los titulares de la totalidad de las
acciones emitidas con derecho a voto, conforme lo permite el artículo
sesenta de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre
Sociedades Anónimas. Dos.- Conforme a lo establecido en el artículo
ciento seis del Reglamento de Sociedades Anónimas, los accionistas
asistentes procedieron a firmar la lista de asistencia en la forma que

determina dicha disposición, documento que se archivará en las

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dependencias de la Sociedad. Tres.- Se deja constancia que asiste a
la presente Junta Extraordinaria de Accionistas el señor Notario don
Rubén Reinoso Herrera de la Cuarta Notaría de La Serena, quien
certifica la celebración de la junta de accionistas y el cumplimiento
de las formalidades establecidas en la ley dieciocho mil cuarenta y
seis de Sociedades Anónimas. I11.- CALIFICACIÓN DE PODERES: Se
conviene dejar constancia de las siguientes representaciones: a.-
Doña Maria Alejandra Mas Valdés que concurre por las siguientes
sociedades accionistas: – Por Inversiones San Carlos Limitada cuyo
poder consta de la escritura pública de fecha treinta y uno de
Octubre del año dos mil dieciocho otorgada en la notaría de
Coquimbo de don Claudio Barrera Eyzaguirre. – Por Servicios
Financieros Concreces S.A. cuyo poder consta de la escritura *
pública de fecha veinticinco de Noviembre del año dos mil dieciséis,
otorgada en la notaría de La Serena de don Oscar Fernández Mora.
b.- Don Daniel Sebastián Mas Valdés quien concurre por las
siguientes sociedades accionistas: – Por Inversiones Ecomac Tres
SpA. cuyo poder consta de la escritura pública de fecha quince de
Febrero del año dos mil veintiuno otorgada en la Notaría de Santiago
de don Cosme Gomila Gatica. Revisados los poderes presentados por
los representantes de los accionistas, se estima que los mismos se
encuentran ajustados a derecho. Se deja expresa constancia que
ningún accionista solicitó por escrito que se efectuara un
procedimiento de calificación de los poderes. En razón de lo
anterior, la Junta, por unanimidad de los presentes en la sala,
acordó tener tales poderes por aceptados, sin perjuicio de lo cual
ellos se mantendrán archivados en la Sociedad. IV.- TABLA
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIAL: Expresa el señor
Presidente que, como es de conocimiento de los accionistas,

producto de la disminución en el número de Directores por las

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renuncias presentadas por algunos miembros durante el año dos mil
veinte, sin que a la fecha, existan candidatos para su remplazo y,
considerando además, que en la próxima Junta Ordinaria de
Accionistas se renovará la totalidad de los directores, es necesario
disminuir el número de miembros para que los nuevos
nombramientos se ajusten a la realidad actual de la sociedad,
además, el señor Presidente propone que los miembros del directorio
sean sin remuneración. Atendido lo anterior, el Presidente propone
someter al pronunciamiento de la presente Junta las siguientes
materias: A.- Disminución del número de directores de seis a tres
Miembros. En caso que la junta apruebe la reducción de miembros
del directorio de la Sociedad, la elección de sus integrantes se
realizará en la Junta Ordinaria de Accionistas que se llevará a efecto
a continuación. B.-Que los miembros del directorio no sean
remunerados en el ejercicio de sus funciones. V.- INTERVENCIONES
Y SISTEMA DE VOTACIÓN: El presidente señala que de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo sesenta v dos de la Ley número dieciocho
mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, las materias
sometidas a decisión de la junta deberán llevarse individualmente a
votación, salvo que, por acuerdo unánime de los accionistas
presentes con derecho a voto, se permita omitir la votación de una o
más materias y se proceda por aclamación. Los accionistas
concurrentes, manifiestas su conformidad para que se proceda por
aclamación. VI.- ACUERDOS: La Junta de Accionistas analiza y
debate ampliamente lo propuesto, adoptando por unanimidad los
siguientes acuerdos: Uno.- Se reduce el número de directores de seis
a tres miembros. El quórum para sesionar será de dos directores. La
elección de los integrantes del directorio de la Sociedad se realizará
en la Junta Ordinaria de Accionistas que se llevará a efecto a

continuación. Dos.- Se acuerda que los Directores no serán
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remunerados en el ejercicio de sus funciones. Tres.- En razón de los
acuerdo alcanzados, es necesario modificar los estatutos sociales,
acordando la junta, por unanimidad, remplazar el “ARTÍCULO
SEXTO” de los estatutos sociales de la sociedad que consta del Acta
de Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha diez de Junio del
año dos mil trece reducida a escritura pública con fecha diecinueve
de Junio del año dos mil trece en la notaría de La Serena de don
Oscar Fernández Mora. La sociedad fue constituida por escritura
pública de fecha cuatro de Octubre del año mil novecientos noventa
y seis otorgada en la notaría de la Serena de don Jaime Morandé
Miranda, inscrita a fojas cuatrocientos veinticinco vuelta número
trescientos veinte del Registro de Comercio del Conservador de la
Serena del año mil novecientos noventa y seis, por el siguiente:
“ARTÍCULO SEXTO: La sociedad será administrada por un
Directorio compuesto por tres miembros titulares, quienes, no
tendrán necesariamente la calidad de accionistas. Los directores
durarán tres años en sus funciones y podrán ser reelegidos
indefinidamente. Al final de cada periodo deberá procederse a la
elección de la totalidad de los miembros del directorio. El quórum
para sesionar será de dos directores y los acuerdos se adoptarán por
la mayoría absoluta de los directores asistentes a la sesión. En caso
de empate, decidirá el voto del que preside la reunión. Las sesiones
ordinarias deberán celebrarse a lo menos una vez al año. El
directorio podrá reunirse en sesiones extraordinarias cuando las cite
especialmente el Presidente, por sí o por indicación de uno o más
directores, previa calificación que el presidente haga de la necesidad
de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por la mayoría absoluta
de los directores, caso en el cual, deberá necesariamente celebrarse
la reunión, sin calificación previa. En las sesiones extraordinarias,

solo podrá tratarse las materias especificas de la convocatoria. Los

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directores no serán remunerados por el ejercicio de sus funciones.”
VI.- FIRMA DEL ACTA. La asamblea, por la unanimidad de las
acciones presentes, acuerda que el acta de la junta de accionistas será
suscrita por todos los asistentes. VIII.- REDUCCIÓN A ESCRITURA
PÚBLICA Y CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS. La Junta acordó, por
unanimidad, llevar adelante los acuerdos adoptados en ella una vez que
el acta se encuentre firmada por todas las personas facultadas para
este propósito, sin esperar su aprobación por otra posterior. Así mismo,
la junta acuerda por unanimidad que la reducción a escritura pública
del acta de la junta de accionistas deberá efectuarse con esta misma
fecha de modo tal que el acuerdo de la disminución del número de
directores comience a regir desde este mismo instante, sin perjuicio,
que el extracto de dicha reducción a escritura deberá ser
oportunamente inscrito y publicado conforme a lo previsto en el artículo
cinco de la ley dieciocho mil cuarenta y seis. Se acordó, asimismo,
facultar al abogado don Alejandro Enrique Gastón de Iriarte Leiva para
que reduzca a escritura pública, en todo o en parte, el acta de la
presente Junta y efectúe todos los trámites, actuaciones y gestiones
que fueren necesarias o convenientes para legalizar los acuerdos
adoptados. Igualmente se acordó facultar al portador de la copia
autorizada de la escritura pública a que se reduzca la presente acta o
de su extracto, para requerir las inscripciones, subinscripciones y
anotaciones marginales que sean procedentes en el Registro de
Comercio y realizar las publicaciones correspondientes para la plena
eficacia de los acuerdos adoptados en esta junta. Por no haber otros
asuntos que tratar, se pone término a la junta siendo las diez treinta
horas. firmas ilegibles de doña MARÍA ALEJANDRA MAS VALDES p.p.
SERVICIOS FINANCIEROS CONCRECES S.A. p.p. INVERSIONES SAN
CARLOS LIMITADA y don DANIEL SEBASTIÁN MAS VALDES p.p.

INVERSIONES ECOMAC TRES SpA. Leida, conforme al artículo
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cuatrocientos siete del Código Orgánico de Tribunales, firman y estampan

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su impresión digito pulgar derecha.- Se otorga copia.- Doy fe.-

Impresión Dactilar

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Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=4cec38c6c10912080395b3f313d851e7VFdwQmVVMVVRVEpOUkVreFRrUlJNRTFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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