COMPRAVENTA DE ACCIONES /
SOCIEDAD DE INVERSIONES A Y H DOS LIMITADA o
A S
INVERSIONES ECOMAC TRES S.A. é
ses NOTARIA
ODO
En La Serena, a 20 de Junio de 2019 entre SOCIEDAD DE INVERSIONES A Y H DOS
LIMITADA, Rol Único Tributario N* 76.255.898-K, representada por don Iván Humberto
Araos, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, cédula nacional de
identidad N* 3.268.021-6 (en adelante “A y H 2”); ambos domiciliados en calle Gabriela
Mistral N* 2,691, ciudad y comuna de La Serena, Región de Coquimbo, (la “Vendedora”,
y por la otra, INVERSIONES ECOMAC TRES S.A, Rol Único Tributario N* 76.162.185-
8, representada por don Daniel Sebastián Mas Valdés, chileno, casado y separado
totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad N* 10.055.854-8,
(en adelante “ECOMAC”); ambos domiciliados en calle Matta N* 221, ciudad y comuna de
La Serena (la “Compradora”); se ha convenido en la celebración del siguiente contrato de
compraventa de acciones. Firma como testigo de la compradora don Jerko Stambuk Ruiz,
C.N.I. N* 8.822.069-2 y como testigo de la vendedora don Fernando Araos Henríquez,
C.N.L N* 10.963.681-2.
PRIMERO: A y H 2 es dueña de:
UNO) 3.636.300 acciones, de las cuales 3.259.104 acciones son de la serie A y 372.196
acciones con de la serie B, de la sociedad SERVICIOS INMOBILIARIOS ECOMAC
S.A. según consta en el Registro de Accionistas que lleva la sociedad. Los estatutos de
SERVICIOS INMOBILIARIOS ECOMAC S.A. constan de la escritura pública de fecha
17 de noviembre del año 2010, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de doña María
Gloria Acharan Toledo, cuyo extracto se inscribió a fojas 22 número 14 en el Registro de
Comercio del Conservador de La Serena correspondiente al año 2011, y se publicó en el
Diario Oficial N* 39.857 de fecha 12 de enero de 2011;
DOS) 5.187 acciones de la sociedad CONSTRUCTORA ECOMAC S.A. según consta en
el Registro de Accionistas que lleva la sociedad. Los estatutos de CONSTRUCTORA
ECOMAC S.A. constan de la escritura pública de fecha 17 de octubre del año 2000,
otorgada en la Notaría Pública de Coquimbo de don Oscar Suarez Alvarez, cuyo extracto se
inscribió a fojas 427 número 340 en el Registro de Comercio del Conservador de La Serena
correspondiente al año 2000, y se publicó en el Diario Oficial N* 36.800 de fecha 30 de
octubre de 2000; y
TRES) 79.146 acciones de la sociedad INMOBILIARIA ECOMAC SANTIAGO S.A.
según consta en el Registro de Accionistas que lleva la sociedad. Los estatutos de
INMOBILIARIA ECOMAC SANTIAGO $.A. constan de la escritura pública de fecha
14 de enero del año 2006, otorgada en la Notaría Pública de Coquimbo de don Oscar
Suarez Alvarez, cuyo extracto se inscribió a fojas 52 número 45 en el Registro de
¿PÚBLICO
del Conservador de La Serena correspondiente al año 2006, y se publicó en el DiBxiRinA NOTARIA
Oficial N* 36.375 de fecha 28 de enero de 2006.
comparece en su nombre, vende, cede y transfiere a ECOMAC quién debidamente
representado compra, acepta y adquiere: 3.636.300 acciones, de las cuales 3.259.104
acciones son de la serie A y 372.196 acciones con de la serie B, de la sociedad
SERVICIOS INMOBILIARIOS ECOMAC S5,.A.; 5,187 acciones de la sociedad
CONSTRUCTORA ECOMAC S.A. y 79.146 acciones de la sociedad INMOBILIARIA
ECOMAC SANTIAGO S.A. (las “Acciones”), renunciando la Compradora a las acciones
resolutorias que pudieren emanar del presente contrato.
TERCERO: El precio total y único de compra de las acciones es el equivalentes en pesos
moneda de curso legal a 152.2784 Unidades de Fomento, que la compradora pagará en 4
cuotas por los montos quese indican, en las siguientes fechas o al día hábil bancario _
siguiente: Uno) 30.487,2 Unidades de Fomento el día 20 de Junio de 2019, Dos) 44.893%
Unidades de Fomento el día 20 de Junio de 2020, Tres) 44.843Í Unidades de Fomento
el día 20 de Junio de 2021, y Cuatro) 448436 Unidades de Fomento el día 20 de Junio
de 2022. Cada uno de los pagos antes indicados en unidades de fomento, incluyen el interés
de 5% anual.
TERCERO BIS: Se deja constancia que del precio total indicado en la cláusula anterior, a
las acciones de la sociedad Servicios Inmobiliarios Ecomac S.A. le corresponde la suma
equivalente en pesos moneda de curso legal a 150.904 nidades de Fomento, a las
acciones de la sociedad Constructora Ecomac S.A le corresponde la suma equivalente en
pesos moneda de curso legal a 7,1 Unidades de Fomento y a las acciones de la sociedad
Inmobiliaria Ecomac Sanfiago S.A. le corresponde la suma equivalente en pesos moneda
de curso legal a o de Fomento.
CUARTO: La Vendedora en este acto transfiere el dominio a la Compradora de las
Acciones íntegramente pagadas, para cuyo efecto le hace entrega en este acto de los títulos
accionarios correspondientes, declarando la Compradora recibirlos a su entera y total
satisfacción. La transferencia de Acciones a que se refiere este contrato quedarán anotadas
en el Registro de Accionistas y se emitirán los correspondientes títulos a nombre de la
Compradora.
QUINTO: Las Acciones se enajenan libres de cualquier gravamen, prenda, usufructo, u
otros derechos reales distintos al del dominio, prohibición, embargo, litigio, sin que estén
afectas a condición resolutoria o suspensiva, declarando expresamente la Vendedora que
son de su pleno y exclusivo dominio.
La Vendedora responderá del saneamiento de la evicción en conformidad a la ley, en los
términos del Párrafo Séptimo, del Título Veintitrés del Libro Cuarto del Código Civil.
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SEXTO: La Compradora declara expresamente conocer, aprobar y obligarse a cumplir COPYBLICO
los estatutos de SERVICIOS INMOBILIARIOS ECOMAC S.A., CONSTRUG NR ACA.
ECOMAE S.A. e INMOBILIARIA ECOMAC SANTIAGO S.A. Que
SEPTIMO: La venta de acciones que da cuenta este instrumento comprende todos lo;
derechos y beneficios actuales o futuros que corresponden a dichas acciones de acuerdo a
los estatutos sociales de SERVICIOS INMOBILIARIOS ECOMAC S,A.,
CONSTRUCTORA ECOMAC S.A. e INMOBILIARIA ECOMAC SANTIAGO y la
legislación vigente sobre sociedades anónimas y sus reglamentaciones.
OCTAVO: A y H 2 declara y garantiza expresamente que a esta fecha:
(a) Es la única propietaria de las Acciones objeto de este contrato.
(b) La Sociedad es una sociedad válidamente constituida y existente de conformidad
con las leyes de la República de Chile y que se encuentra plenamente facultada para
ser dueña, arrendar o de otro modo poseer los bienes respecto de los cuales es
dueña, arrendataria o poseedora y para llevar a cabo sus negocios de la manera en
que actualmente los desarrolla;
(c) Las Acciones se encuentran libres de gravámenes, prohibiciones, litigios, derechos
preferenciales de terceros o pactos o convenios de accionistas que limiten o entraben
su cesibilidad o el ejercicio de los derechos de accionistas que de ellas derivan;
(d) Las Acciones han sido válidamente emitidas y se encuentran válidamente
registradas a nombre de A y H 2 en el Registro de Accionistas de las Sociedades;
(e) No existen acciones de las Sociedades que no hayan sido suscritas, no se ha
acordado la emisión de nuevas acciones de las Sociedades, ni existen opciones
vigentes para la suscripción de nuevas acciones de éstas;
(5) A y H 2 cuenta con todas las facultades y autorizaciones que en derecho
corresponden para proceder a la venta de la Acciones y a la suscripción de los actos
y contratos que como consecuencia de dicha venta deban tener lugar (incluyendo
esta compraventa) y para el cumplimiento de las obligaciones que de ellos derivan;
(2) Los balances de las sociedades SERVICIOS INMOBILIARIOS ECOMAC S.A.,
CONSTRUCTORA ECOMAC S.A. e INMOBILIARIA ECOMAC SANTIAGO
S.A. al día 31 de diciembre de 2018 y el balance a la fecha del presente contrato (el
“Balance de Cierre”), reflejan fiel y lealmente la posición financiera de las
Sociedades de acuerdo a los principios contables que le son aplicables y no contiene
u omite nada.
(h) El capital de las sociedades SERVICIOS INMOBILIARIOS ECOMAC S.A.,
CONSTRUCTORA ECOMAC S.A. e INMOBILIARIA ECOMAC SANTIAGO
S.A. de que da cuenta el Balance de Cierre se encuentra integramente suscrito y
pagado y las Sociedades no reconocen más pasivos, actuales o contingentes, que
aquellos que constan en el Balance de Cierre.
NOVENO: Todos los gastos y derechos que se deriven del presente este contra
cargo de la Compradora. l S, AS
DÉCIMO: Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la OPE ANREENOTARIA
Santiago y se someten a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia.
DÉCIMO PRIMERO: Se faculta al portador de copia autorizada del presente inst
para requerir las inscripciones y anotaciones que procedan en el Registro de Accionistas de
las sociedades SERVICIOS INMOBILIARIOS ECOMAC S.A., CONSTRUCTORA
ECOMAC S.A. e INMOBILIARIA ECOMAC SANTIAGO S.A.
La personería de don Daniel Sebastián Mas Valdés para representar a INVERSIONES
ECOMAC TRES S.A. consta en la escritura pública de fecha 09 de septiembre de 2015
otorgada en la Notaría de Coquimbo de don Claudio Barrea Eyzaguirre.
La personería de don Iván Humberto Araos para representar a SOCIEDAD DE
INVERSIONES A Y H DOS LIMITADA consta de escritura pública de fecha 19 de
junio de 2012 otorgada en la Notaría de Coquimbo de don Claudio Barrena Eyzaguirre.
El presente contrato se otorga en 5 ejemplares del mismo tenor y fecha, quedando uno en
poder de cada una de las partes, y uno en poder de cada una de las sociedades.
Testigos Compradora Testigos Vendedora
Y=30N-2019 Segunda
OSCAR
ALITORIZO LAS FIRMAS EN CONFORMIDAD
AL ART. 401 N”10 DEL CODIGO ORGÁNICO JOHN G, ÓMEZ
DE TRIBUNALES LA SERENA ; Notari
‘erena
Z MORA
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=3ae2e3c94849ca3008c47a9b616ad384VFdwQmVFOVVRVFJOUkVVd1RWUlJlVTEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108