Resumen corto:
Hipódromo de Arica S.A. aprueba balances 2024, designa auditores IPA S.A., renueva directorio con 10 miembros y publica en La Estrella de Arica, en 2025.
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HIPODROMO DE ARICA S.A.
PATRICIO LYNCH N* 252 FONO (58) 232525 FONO-FAX (58) 252393 hipodromodearica(QOgmail.com ÁRICA
Arica, viernes 30 de mayo del año 2025.-
SEÑORA:
SOLANGE BERSTEIN JAUREGUI PRESIDENTA
COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO SANTIAGO
REF.: INFORMA HECHO ESENCIAL HIPODROMO DE ARICA S.A.
De mi consideración:
Cúmpleme informar a usted, que conforme se comunicara, el día hoy viernes 30 de mayo del año 2025, a las 12:00 horas se llevó a efecto la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Hipódromo de Arica S.A. En consecuencia la Junta adopto los siguientes acuerdos:
1.- Se acordó aprobar la Memoria, Balance, Estados Financieros e Informe de los Auditores Externos Correspondiente al Ejercicios Año 2024.
2.- Se acordó designar como auditores externos de la Sociedad a la empresa auditora externa IPA S.A. para el Ejercicio Años 2025.
3.- Se acordó designar al Diario La Estrella de Arica para publicar las citaciones, avisos o declaraciones que la Sociedad tenga que hacer para conocimiento de sus accionistas y terceros, dentro del ejercicio año 2025.
4.- Se procedió a la renovación del Directorio de la Sociedad procediéndose a la designación y elección de sus miembros, el que quedo integrado por las siguientes personas.
1.- Luis Esteban Tebes Tapia
2.- Raúl Osvaldo Vergara González
3.- Gonzalo Andrés Araya Fuentes
4.- Javiera Verónica Flores Kesler
5.- Martin Alejandro Romero Zavala
6.- Máximo Moisés Karl Paniagua
7.- Alfonso Eduardo Bacquet Salas
8.- Renato Beyzaga Muñoz
9.- Rodrigo Marcelo Valcarce Bavestrello
10.- Javier Enrique Díaz Calderón
5.- En el último punto de la tabla intervienen el señor Presidente de la Sociedad, la señora Gerente General, y los señores representantes de las accionistas clase A lustre Municipalidad de Arica, Club Hípico de Concepción S.A. y Club Hípico de Santiago S.A.
La presente comunicación se hace en virtud de lo establecido en el artículo 9 e inciso 2? del artículo 10, ambos de la Ley 18.045.-, tratándose de un hecho esencial respecto de la Sociedad, encontrándome debidamente facultada para suscribirla.
Saluda atentamente a usted.
j vs CANALES MENDEZ
ERENTE GENERAL
HIPODROMIO DE ARICA S.A.
cc. Archivo.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=20171faa4f57a083084ae57f3dab43e5VFdwQmVVNVVRVEZOUkUwMFRWUmpOVTlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1748631601