Resumen corto:
Notaría de Santiago certifica la compraventa y cesión de 200 acciones de HBM CORREDORES DE SEGUROS por $200,000, efectuada el 6-6-2025, entre Valentina Acuña y Humberto Acuña, con firma electrónica y código 080-20250606093023EAF.
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7? Notaria de Santiago – Christian Ortiz Agustinas 1161 Of 18 entrepiso, Santiago www.notariaortizcaceres.cl – Fono: 224294250
El Notario que suscribe, certifica que el documento adjunto denominado COMPRAVENTA Y CESION DE ACCIONES es copia fiel e íntegra de la
Escritura Pública otorgada en este Oficio con fecha 06-06-2025 bajo el
Repertorio 5125.
CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES Notario Interino
Firmado electrónicamente por CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Interino de la 7% Notaria de Santiago, a las 12:23 horas del dia de hoy.
Santiago, 13 de junio de 2025
Documento emitido con Firma Electrónica Avanzada, conforme a la Ley N*19.799 y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 10 de Octubre de 2006. Verifique en www.ajs.cl yo www.notariosyconservadores.cl con el siguiente código:
080-20250606093023EAF
CVE: 080-20
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REPERTORIO N* 5.125-2025.- PROTOCOLIZADO N?* 202.- EAF – flelect
COMPRAVENTA Y CESIÓN DE ACCIONES
VALENTINA ELAINE ACUÑA FUENTES
HUMBERTO HERNÁN ACUÑA CORTÉS
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EN SANTIAGO DE LA REPÚBLICA DE CHILE, a seis de junio del dos mil veinticinco, ante mí, CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaria de Santiago, designado por la llustrísima Corte de Apelaciones de Santiago según decreto número ciento diez guion dos mil veinticuatro, de fecha trece de febrero del año dos mil veinticuatro, con oficio en calle Agustinas mil ciento sesenta y uno, entrepiso, Comuna y Ciudad de Santiago, comparece: doña VALENTINA ELAINE ACUÑA FUENTES, chilena, empleada, soltera, cédula de identidad número diecinueve millones seiscientos cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y cinco guión dos, domiciliada en Pantaleón Cortés dos mil sesenta y ocho, comuna de Quinta normal, Región Metropolitana, en adelante también la parte Vendedora; y don HUMBERTO H NA CORTÉS, casado, chileno,
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E-mail francoescobarfnotariaori SANTIAGO DE CHILE corredor de seguros, cédula de identidad número doce millones ochocientos sesenta y siete mil doscientos ochenta y uno guión ocho, domiciliado en Avenida Santa Marta de Huechuraba seis mil novecientos cincuenta, casa veinticinco, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante también la parte Compradora: los comparecientes mayores de edad quienes acreditan sus identidades con la cédula ya señalada y exponen que se ha convenido el siguiente contrato de compraventa de acciones:
PRIMERO: ANTECEDENTES: HBM CORREDORES DE SEGUROS,
ASESORIAS E INVERSIONES SpA: fue constituida el día veintisiete de diciembre del dos mil dieciocho, en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades, en adelante la Sociedad, Rol Único Tributario número setenta y seis millones novecientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y seis guión seis, es una sociedad por acciones, del giro de su denominación, cuyo capital social se encuentra dividido en dos mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal ni preferencias, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas.- SEGUNDO: Doña VALENTINA ELAINE ACUÑA FUENTES, declara ser dueña de doscientas acciones de la sociedad referida en la cláusula anterior.- TERCERO: En este acto y por el presente instrumento doña VALENTINA ELAINE ACUÑA FUENTES, vende, cede y transfiere el total de sus acciones a don HUMBERTO HERNÁN ACUÑA CORTÉS, quien compra, acepta y adquiere para sí, doscientas acciones de la sociedad referida precedentemente en la cláusula primera del presente instrumento, quedando con dos mil acciones, que es la totalidad de las acciones de la sociedad. La transferencia se efectúa por este instrumento.- CUARTO: El precio de la presente compraventa es por la suma total de doscientos mil pesos a un valor
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080-20200000093023EAF y verificar este documento ingrese a www.notariaortizcaceres Wwww.als.cl Código de Verificación: 080-20250606093023EAF s’ CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES NOTARIO PUBLICO INTERINO 7* NOTARÍA
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SEGUROS, ASESORIAS E INVERSIONES SpA, para cuyo efecto, instruye a la sociedad emisora a fin de que con cargo a las acciones de la vendedora, practique las inscripciones correspondientes en registro respectivo a nombre de la parte compradora.- SEXTO: Declara la vendedora que las acciones transferidas se encuentran libres de todo gravamen, prohibición, embargo, litigio O limitación alguna de dominio, sin derechos de terceros, ni de condición resolutoria que las afecten. La efectividad de esta declaración es condición esencial del consentimiento de la parte compradora.- SÉPTIMO: El comprador declara que conoce los estatutos sociales y demás actas que han sido suscritas con anterioridad a la presente venta y que se obliga a aceptarlos, así también las partes comparecientes vienen en renunciar expresamente a la acción resolutoria que pudiese emanar de las obligaciones del presente contrato.- OCTAVO: Para todos los efectos legales, las partes dan por cumplida cualquier promesa de compra, pacto, acuerdo o convenio relacionado con las acciones materia del presente instrumento y en dicho sentido se dan el más amplio completo y total finiquito, declarando que nada se deben ni adeudan por dicho concepto.- NOVENO: Cada parte asumirá por su cuenta y riesgo todos los gastos en que incurra en relación con la negociación y ejecución del presente acto. Los derechos notariales y de registro serán asumidos por la parte compradora.- DÉCIMO: Por el presente acto la parte compradope Pxpresamente que acepta los
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NOTARIO PÚBLICO INTERINO 7* NOTARÍA Aqustinas 1161 – ENTREPISO SANTIAGO DE CHILE
A 4 estatutos de la sociedad HBM_CORREDORES DE SEGUROS,
ASESORIAS E INVERSIONES SpA y especialmente para los efectos del artículo cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio, el Cesionario declara conocer la normativa legal que regula las SpA, los estatutos de la sociedad y las protecciones existentes respectos de los accionistas. La adquisición de acciones implica la aceptación de su estatuto social y de los acuerdos de sus juntas de accionistas, de acuerdo a lo establecido en el artículo veintidós de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis.- DÉCIMO PRIMERO: Para todos los efectos derivados del presente instrumento, las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago y se someten desde ya a las leyes chilenas y a la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia.- DECIMO SEGUNDO: Los comparecientes, ya individualizados, por este mismo instrumento otorgan poder suficiente al abogado don Hugo Mayer Beltrán, cédula de identidad nacional número trece millones ochocientos veintinueve mil quinientos uno guión k, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos mil trescientos setenta y tres, oficina seiscientos dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana, para que actuando en su representación pueda rectificar esta escritura, incluso en cláusulas de la esencia de este instrumento, para sanear nulidades derivadas de vicios formales que afecten la constitución de esta sociedad, como asimismo para corregir, subsanar y aclarar dichos vicios, y los errores y omisiones en que las partes pudieron haber incurrido en este contrato, incluso modificar elementos de la esencia. Como también las disconformidades que existan entre éste y las inscripciones y publicaciones de sus respectivos extractos y ejecutar los actos y suscribir los instrumentos públicos O privados que fueran
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FUBLICO INTERINO 7* NOTARÍA Agustinas 1161 – ENTREPISO
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= . – ES A uo . s – COR.A MT AS Tr ra uN – ANTIAGO DE CHILE necesarios. Se faculta al portador del presente instrumento, para requerir las notificaciones, anotaciones e inscripciones que fueren procedentes. PROTOCOLIZACION: se procede a protocolizar bajo el número , Copia de la cédula de identidad del compareciente. En comprobante y previa lectura firman los comparecientes. Se da copia. Doy fe.y
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