Resumen corto:
una carta a cada accionista de la Sociedad informando dichas circunstancias, además de ser comunicadas en la página web de la Sociedad. 3. Los accionistas respectivos estarán facultados a renunciar, ceder o ejercer su opción preferente para suscribir las Acciones en los términos del artículo 28 del
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una carta a cada accionista de la Sociedad informando dichas circunstancias, además de ser comunicadas en la página web de la Sociedad.
3. Los accionistas respectivos estarán facultados a renunciar, ceder o ejercer su opción preferente para suscribir las Acciones en los términos del artículo 28 del Reglamento. Se entenderá que renuncian a su derecho, total o parcialmente según corresponda, quienes no comuniquen su intención de suscribir las Acciones que a prorrata tiene derecho a suscribir, dentro del período de opción preferente.
4. Si concluido el periodo de suscripción preferente existieren Acciones no suscritas por los accionistas, el directorio ofrecerá, inmediatamente finalizado el período de opción preferente, por los 30 días siguientes a ello, el remanente de las Acciones a accionistas de la Sociedad o a terceros que manifiesten interés en ello, en el mismo precio y bajo los mismos términos arriba indicados. Vencido el plazo de 30 días indicado, el remanente de las Acciones podrá ser ofrecido a terceros en condiciones y precios diferentes a los de la opción preferente, siempre que estas ofertas se hagan en la Bolsa de Comercio de Santiago.
Sin otro particular, saluda atentamente,
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=c80652f18eb4d5b12c20ee1883f791eaVFdwQmVVMXFSWGxOUkZFMFRtcGpkMDlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108