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Los especialistas financieros de General Motors
HECHO ESENCIAL (COMPLEMENTO)
GMAC COMERCIAL AUTOMOTRIZ CHILE S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 1080
Santiago, 6 de septiembre de 2012
Señor
Fernando Coloma Correa
SUPERINTENDENTE DE VALORES Y SEGUROS
Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449
Santiago
Ref.: Oficio Ordinario 21427 de 4 de septiembre de 2012, respecto a hecho esencial de GMAC
Comercial Automotriz Chile S.A., de fecha 8 de agosto de 2012, complementado con fecha 15
de agosto de 2012.
De nuestra consideración:
En respuesta al Oficio Ordinario N? 21427 de 4 de septiembre de 2012, por la presente venimos
a actualizar la información contenida en el hecho esencial notificado a la Superintendencia de
Valores y Seguros con fecha 8 de agosto de 2012, el que fue complementado con fecha 15 de
agosto de 2012, de manera de informar a Ud. lo siguiente:
1. En relación a su consulta contenida en el numeral 1 de su Oficio Ordinario N* 21427,
podemos informarle lo siguiente respecto del estado actual de los procesos de
declaración de quiebra de Grunfeld Automotriz S.A. (“Grunfeld”), Trading Motors Corp.
Chile S.A. (“Trampcorp”) y de don Jaime Jesús Luongo Roca:
(i) Finameris Servicios Financieros S.A. con Grunfeld Automotriz S.A. (Rol 48.110-2012, 8?
Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago):
a) Con fecha 31 de agosto de 2012 se dictó sentencia declaratoria de quiebra;
b) En la mencionada sentencia declaratoria de quiebra se nombró a don Arturo
Urzúa Jensen como síndico titular provisional y como síndico suplente
provisional a don Tomás Lacamara de Camino;
GMAC Comercial Automotríz Chile S.A. / GMAC Automotriz LTDA.
Gertrudis Echeñique 30, of. 33. Las Condes Santiago Chile
Casilla 366 V- Correo 21 LasCondes Santiago Chile
Teléfono: +56 (02) 338 1600 Fax: +56 (02) 207 0908
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c) Con fecha 3 de septiembre de 2012, el síndico titular nombrado, señor Urzúa
Jensen, se notificó de la sentencia declaratoria de quiebra y aceptó el encargo
conferido;
d) También con fecha 3 de septiembre de 2012, el síndico constituyó patrocinio y
poder, y solicitó el giro de un cheque por UF 100 para solventar los primeros
gastos de la quiebra (con cargo a la garantía dada por el solicitante de la
quiebra); y
e) Aún se encuentra pendiente la publicación en el Diario Oficial de la sentencia
declaratoria de quiebra.
(ii) Finameris con Trading Motors Corp. Chile S.A. (Rol 18.342-2012, 1? Juzgado de Letras
en lo Civil de Santiago):
a) La quiebra fue solicitada con fecha 9 de agosto de 2012;
b) Con fecha 21 de agosto de 2012, el tribunal dictó la resolución que dio traslado
a la solicitud de quiebra; y
c) Con fecha 22 de agosto de 2012, don Jaime Jesús Luongo Roca, representante
legal de Tramcorp, fue notificado personalmente de la demanda.
(iii) Compañía de Créditos Corpface con Jaime Luongo (Rol 18.694-2012, 25” Juzgado de
Letras en lo Civil de Santiago):
a) La quiebra fue solicitada con fecha 14 de agosto de 2012;
b) Con fecha 30 de agosto de 2012, el tribunal dictó la resolución que dio traslado
a la solicitud de quiebra; y
c) A la fecha la demanda no ha sido notificada.
2. Respecto del efecto a nivel de cuentas de activos, pasivos o resultados de GMAC
Comercial Automotriz Chile S.A. (la “Sociedad”), por la declaración de quiebra de
Grunfeld y las eventuales quiebras de Tramcorp y don Jaime Jesús Luongo Roca,
reiteramos que:
a) Estimamos, en total, los posibles efectos adversos a nivel consolidado podrían
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b)
d)
fluctuar entre $200.000.000 y $750.000.000, dependiendo de la eficacia de
determinadas garantías que se encuentran constituidas a favor de GMAC. El
estado, naturaleza y alcance de las garantías constituidas a favor de la
Sociedad y de su filial GMAC Automotriz Ltda., se encuentran detallado
numeral 3 siguiente:
Adicionalmente al resultado que se obtenga en la ejecución de las garantías, se
debe considerar la potencial recuperación de créditos en los procesos de
quiebra descritos en el numeral 1. de esta comunicación, circunstancia que
podremos apreciar con mayor claridad una vez concluidos los procesos de
determinación del activo y pasivo de las respectivas quiebras;
En relación con los potenciales efectos adversos que se indican en la letra a)
precedente, hemos generado una provisión con efecto a nivel de resultado
consolidado por $272.509.000.
Posteriormente, una vez agotados todos los medios de cobro y constatado el
valor real de la pérdida, se procedería a rebajar el valor de los activos contra
provisión, que estará registrada en la cuenta de estimación de deudores
incobrables.
Por este acto, dejamos expresa constancia de que ni la Sociedad ni su filial GMAC
Automotriz Ltda. son a la fecha parte de los procesos de quiebra informados en el
presente documento.
3. El detalle, estado actual, naturaleza y alcance de las garantías constituidas a favor de la
Sociedad y de su filial GMAC Automotriz Ltda. es el siguiente:
(1)
(ii)
(iii)
Boleta de Garantía emitida por el Banco BBVA, tomada por Grunfeld en
beneficio de GMAC Automotriz Limitada, por $400.000.000, con vencimiento al
31 de marzo de 2013, para garantizar el fiel cumplimiento tanto del contrato de
consignación como del convenio para el financiamiento de repuestos suscritos
entre ambas partes.
Boleta de Garantía emitida por Corpbanca, tomada por Grunfeld en beneficio de
GMAC Automotriz Limitada, por $ 140.000.000, con vencimiento al 2 de mayo
de 2013, para garantizar el fiel cumplimiento tanto del contrato de consignación
como del convenio para el financiamiento de repuestos suscritos entre ambas
partes.
Codeuda solidaria constituida mediante escritura pública de 25 de Noviembre
de 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Undurraga L., por don
GMAC
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Jaime Luongo Roca, Grunfeld y Tramcorp para garantizar a la Sociedad y
GMAC Automotriz Ltda., sin limitación alguna, las obligaciones asumidas para
con estas últimas por parte de Grunfeld y Tramcorp en virtud de las líneas de
consignación de vehículos o financiamiento de repuestos que fueron recibidos
tanto por Grunfeld como por Tramcorp en el giro normal de sus negocios.
(iv) Codeuda solidaria constituida mediante escritura pública de 13 de julio de 2011,
otorgada en la Notaría de Santiago de Cosme Fernando Gomila G., por
Asesorías y Rentas El Coihue Ltda. -sin limitación- y doña Macarena Alcalde
Díaz para garantizar a la Sociedad y de GMAC Automotriz Ltda., las
obligaciones asumidas para con estas últimas por parte de Grunfeld y Tramcorp
en virtud de las líneas de consignación de vehículos o financiamiento de
repuestos que fueron recibidos tanto por Grunfeld como por Tramcorp en el giro
normal de sus negocios. La codeuda solidaria constituida por la Sra. Macarena
Alcalde Díaz. quedó limitada a un monto equivalente al 10% del total de las
obligaciones caucionadas.
(v) Además, existen 4 prendas sin desplazamiento sobre vehículos constituidas a
favor de GMAC Automotriz Limitada para caucionar obligaciones de Grunfeld
derivadas del pago de dichos vehículos.
GMAC Automotriz Limitada solicitó con fecha 5 de septiembre en curso el pago de la
totalidad de la garantía indicada en el número (i) precedente al Banco BBVA. De
acuerdo a lo informado por el referido banco, el proceso de revisión y pago de la
mencionada garantía debiera tomar aproximadamente un mes.
De la misma forma, GMAC Automotriz Limitada solicitó con fecha 4 de septiembre en
curso el pago de la totalidad de la garantía indicada en el número (ii) precedente a
Corpbanca. De acuerdo a lo informado por el referido banco, el proceso de revisión y
pago de la mencionada garantía debiera tomar aproximadamente un mes.
Respecto de las garantías indicadas en los números (iii) y (v) precedentes, podemos
informarle que a la fecha nos encontramos a la espera de la publicación en el Diario
Oficial de la sentencia que declaró la quiebra de Grunfeld, y también nos encontramos
pendientes del estado de avance de las eventuales quiebras de Tramcorp y don Jaime
Jesús Luongo Roca, a objeto de verificar los créditos y preferencias de la Sociedad y su
filial GMAC Automotriz Limitada en los respectivos procesos.
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Respecto de la garantía personal indicada en el numero (iv) precedente, a la fecha nos
encontramos preparando las eventuales acciones en contra de los deudores solidarios
mencionados en dicha garantía.
4. Por último, reiteramos que la quiebra de Grunfeld y las potenciales quiebras de
Tramcorp y don Jaime Jesús Luongo Roca no afectarán la capacidad de pago de la
Sociedad ni de su filial GMAC Automotriz Limitada respecto de sus obligaciones con
terceros.
Sin otro particular, saluda atentamente a Ud.,
Sofia Nahum Enjem
Gerente de Operaciones
GMAC Comercial Automotriz Chile S.A.
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Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=81865e683fd9ae48f817685510db1b08VFdwQmVFMXFRVFZOUkVWNFQxUkZNRTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909