Resumen corto:
Aumento de capital de hasta UF 700.000 en el Fondo de Inversión SURA Renta Inmobiliaria III, con suscripción preferente desde el 07 al 16 de agosto de 2024. Derecho renunciable y transferible.
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HECHO ESENCIAL Fondo de Inversión SURA Renta Inmobiliaria III
01 de agosto de 2024
Señora
Solange Berstein Jáuregui
Presidenta
Comisión para el Mercado Financiero
Av. Libertador Bernardo O Higgins N*1449, piso 9 Santiago Presente
Ref: Información respecto a suscripción preferente de cuotas en relación al Acuerdo de Asamblea Extraordinaria de Aportantes Fondo de Inversión SURA Renta Inmobiliaria 111 de fecha _2 de julio de 2024
De nuestra consideración:
En mi calidad de representante de Administradora General de Fondos SURA S.A., en adelante la Sociedad Administradora, Sociedad Administradora del Fondo de Inversión SURA Renta Inmobiliaria 111, en adelante el Fondo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N*20.712 y de los artículos 9 y 10 inciso segundo de la Ley 18.045, estando debidamente facultado, por la presente comunico a Usted en carácter de Hecho Esencial del Fondo de Inversión SURA Renta Inmobiliaria III, lo siguiente:
Que, con fecha 2 de julio de 2024, el Fondo de Inversión SURA Renta Inmobiliaria 111 acordó en Asamblea Extraordinaria de Aportantes un aumento de capital por un monto de hasta UF 700.000 (setecientas mil Unidades de Fomento), mediante la emisión de hasta 700.000 nuevas cuotas a ser distribuidas entre la Serie B Preferente y la Serie C Preferente. Se hace presente que la Sociedad Administradora no colocará cuotas del Fondo por un monto superior a 700.000 cuotas entre ambas series.
Los aportantes que tendrán derecho de suscribir preferentemente el referido aumento de capital son aquellos que mantuviesen cuotas inscritas en el Registro de Aportantes a la medianoche del quinto día hábil anterior al 07 de agosto de 2024, es decir al 01 de agosto de 2024 y hasta por el porcentaje de su participación en el Fondo a dicha fecha.
Podrán suscribir aproximadamente 0,381 cuotas nuevas por cada cuota de la Serie A (anteriormente Serie Unica) que posean y que serán ofrecidas al valor cuota inicial señalado en el Reglamento Interno del Fondo para la Serie B Preferente y para la Serie C Preferente, el que será equivalente a 1 UF (una Unidad de Fomento).
Los aportantes con derecho a suscribir preferentemente las cuotas de la Serie B Preferente y Serie C Preferente o los cesionarios de las opciones deberán manifestar su opción a la Sociedad Administradora indicando su intención de concurrir a este aumento de capital, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de inicio de la opción, es decir, entre el 07 de agosto de 2024 y el 16 de agosto de 2024, entendiéndose que renuncian a este derecho si no suscribieren aquellas cuotas dentro de dicho plazo.
El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo señalado en el párrafo anterior. Dicho derecho no estará disponible para ser transado en bolsa.
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Vencido el periodo de oferta preferente, el remanente de cuotas del Fondo no suscritas en dicho periodo podrá ser suscrito libremente por los inversionistas que resulten interesados desde la fecha de finalización del periodo de oferta preferente, es decir desde el 17 de agosto de 2024 hasta el 16 de agosto de 2025.
Sin otro particular, saluda muy atentamente a usted,
And beaymelic asuman
912AC88C1D2F46C… a, Andres Karmelic Bascuñan
Gerente General ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS SURA S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=b90379b8aacd2a2e73d70c4a71902b3fVFdwQmVVNUVRVFJOUkUwMVRucG5lRTlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1722517201